Resolución de 5 de julio de 1983, de la Dirección General de Régimen Económico y Jurídico de la Seguridad Social, por la que se fija para el año 1983 la cuota complementaria mensual por asistencia sanitaria en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social de los representantes de comercio, de los trabajadores por cuenta propia o autónomos y de los escritores de libros.

MarginalBOE-A-1983-18949
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyResolución

Las Ordenes de 25 de mayo de 1977, de 8 de mayo y 11 de julio de 1978, que regulan las mejoras voluntarias en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, representantes de comercio y escritores de libros, respectivamente, determinan que la cuota mensual complementaria que han de satisfacer los afiliados a los citados Regímenes por la prestación de asistencia sanitaria será fijada anualmente en cuantía que resulte del coste medio estimado de dicha prestación, por beneficiario y mes, en el Régimen General, deducido, en el caso de los trabajadores autónomos, el promedio que se imputa mensualmente por titular de este Régimen Especial para financiar las ayudas por intervención quirúrgica.

A la vista de los costes actuales de la asistencia sanitaria en la Seguridad Social y en uso de las facultades que tiene atribuidas, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.- La cuota complementaria mensual por asistencia sanitaria en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social de los representantes de comercio y escritores de libros se fija, para el año 1983, en seis...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR