Medio ambiente

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1. Legislación

[Unión Europea]

Modificación del Registro de la Unión Europea de Derechos de Emisión

Reglamento (UE) n.º 389/2013 de la Comisión, de 2 de mayo de 2013, por el que se establece el Registro de la Unión, de conformidad con la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y las Decisiones n.º 280/2004/CE y n.º 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 920/2010 y n.º 1193/2011 de la Comisión (DOUE L 122/2013, publicado el 3 de mayo)

Este Reglamento establece los requisitos generales, de funcionamiento y mantenimiento relativos al Registro de la Unión para el periodo de comercio de derechos de emisión que comenzó el 1 de enero de 2013, así como de creación del diario independiente de transacciones previsto en el artículo 20, apartado 1, de la Directiva 2003/87/CE por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE. Por otro lado, se modifica el régimen de los registros previstos en el artículo 6 de la Decisión 280/2004/CE relativa a un mecanismo para el seguimiento de las emisiones de gases de efecto invernadero en la Comunidad y para la aplicación del Protocolo de Kioto.

El Registro de la Unión debe contener las cuentas en las que se registren los procesos y las operaciones necesarias para la aplicación de las disposiciones de la Directiva 2003/87/CE. Cada cuenta debe abrirse siguiendo procedimientos normalizados, al objeto de garantizar la integridad del sistema de registros y el acceso a la información contenida en él por parte del público. Los derechos de emisión deben expedirse en el Registro de la Unión.

Las transacciones con derechos de emisión dentro del Registro de la Unión deben efectuarse a través de un enlace de comunicación en el que participe el Diario de Transacciones de la Unión Europea (DTUE), mientras que las transacciones con unidades de Kioto deben efectuarse a través de un enlace de comunicación en el que participen tanto el DTUE como el Diario Internacional de Transacciones de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

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[España]

Restricciones en la utilización de ciertas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos

Real Decreto 219/2013, de 22 de marzo, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (BOE de 23 de marzo de 2013)

Este Real Decreto transpone la Directiva 2011/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), así como la Directiva delegada 2012/50/UE de la Comisión de 10 de octubre de 2012.

El Real Decreto 219/2013 establece restricciones a la utilización de sustancias peligrosas en AEE con el fin de contribuir a la protección de la salud humana y del medio ambiente, facilitando la valorización y eliminación correctas desde el punto de vista medioambiental de los residuos de los AEE. En concreto, se prohíbe la introducción en el mercado de los AEE que contengan las sustancias mencionadas en el anexo II en cantidades que superen los valores máximos de concentración en peso de materiales homogéneos que figuran en ese mismo anexo. Además, establece obligaciones para los fabricantes, los representantes autorizados, los importadores y los distribuidores.

Por último, se deroga el artículo 3.a) (medidas de prevención) y el anexo II (excepciones a las prohibiciones de utilizar plomo, mercurio, cadmio y cromo hexavalente en los materiales y componentes de los aparatos eléctricos y electrónicos) del Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos.

Transposición parcial de la Directiva 2010/75/UE sobre las emisiones industriales

Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE de 12 de junio de 2013)

Mediante la Ley 5/2013 se transpone parcialmente la Directiva 2010/75/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre, sobre las emisiones industriales. Aquellos aspectos de la Directiva 2010/75/UE no transpuestos mediante la Ley 5/2013 serán incorporados a nuestro ordenamiento por vía reglamentaria. De entre las modificaciones operadas...

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