Medidas de seguridad decretadas para trastornos asociados

AutorSalud de Aguilar Gualda
Páginas433-437

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La medida de seguridad de internamiento en centro psiquiátrico ha sido aplicada en casos donde los diagnósticos eran los siguientes: alcoholismo de timo Gamma de notable intensidad unido a personalidad border-line neurótica-psicótica385, esquizofrenia paranoica y trastorno fóbico386, trastorno adaptativo mixto ansioso depresivo y trastorno psicótico387, trastorno bipolar y TOC388, delirio paranoide secundario y depresión389, trastorno de ansiedad y coeficiente intelectual del 55 al 60%390, trastorno límite de personalidad, capacidad intelectual límite, escaso control de los impulsos, baja tolerancia a las frustraciones y dependencia a opiáceos391, trastorno de la personalidad de tipo evitación

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y dependencia (distimia, fobia específica y trastorno del control de los impulsos)392, esquizofrenia y trastorno del control de los impulsos393,394, esquizofrenia paranoide y trastorno de ansiedad (estrés agudo)395, trastorno de personalidad con episodios disfóricos, irritabilidad y notable impulsividad. Frecuentes también los episodios paranoides y síntomas disociativos graves, trastorno de ansiedad inespecificado, trastorno conversivo, oligofrenia leve y trastorno del control de los impulsos396, retraso mental, epilepsia postraumática y trastorno adaptativo con alteración de la conducta397, retraso mental con trastorno de conducta y alteración del control de los impulsos398, trastorno disocial de personalidad y problemas adaptativos del acusado, relacionados tanto con su déficit intelectual e inmadurez emocional, como con los acontecimientos vitales vividos por el mismo desde su infancia, con imposibilidad de controlar sus impulsos399, trastorno disociativo, de psicosis carcelaria y de inteligencia límite400, trastorno límite de la personalidad, trastorno del control de los impulsos y retraso mental ligero401, trastorno de impulsividad con crisis de agresividad y abuso de sustancias402, trastorno de la afectividad por trastorno

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adaptativo y dependencia de sustancias psicoactivas (minusvalía psíquica del 65% reconocida)403, trastorno psicótico, trastorno ansioso-depresivo y dependencia del alcohol404.

En relación a la medida de seguridad de tratamiento ambulatorio o sumisión a tratamiento externo en centro médico adecuado a su enfermedad en caso de trastornos neuróticos, se han encontrado las siguientes resoluciones: eximente completa por trastorno paranoide, síndrome depresivo y abuso de alcohol405, eximente completa por trastorno límite de personalidad con características esquizotípicas y cuadros intensos de ansiedad generalizada, sin control de los impulsos406, eximente incompleta por trastorno límite de la personalidad, dependencia del alcohol y estado depresivo, con comportamiento impulsivo407, eximente completa por trastorno adaptativo con alteración mixta de las emociones y de la conducta y en el momento de los hechos, esquizofrenia408, eximente completa por trastorno psicótico-esquizofrénico con componentes depresivos que anulaba por completo sus facultades409, eximente incompleta por trastorno bipolar y de control de los impulsos410, eximente incompleta por trastorno de ansiedad generalizada, trastorno psicótico y abuso de alcohol, con sumisión a tratamiento externo en Centro de Drogodependencia411, eximente incompleta por síntomas psicóticos tales como ideas

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delirantes y de perjuicio, agitación psicomotriz, impulsividad, falta de control de impulsos, angustia y ansiedad412, eximente completa por trastorno de ansiedad generalizada y esquizofrenia paranoide en el momento de ejecución de los hechos413, eximente completa por esquizofrenia y TOC414, eximente completa por trastorno de personalidad distímica415, eximente incompleta por trastorno depresivo con síntomas psicóticos consistentes en un delirio de persecución416, eximente incompleta por trastorno límite de la personalidad, dependencia del alcohol y estado depresivo, con comportamiento impulsivo417, eximente completa por adicción a sustancias estupefacientes, conducta compulsiva, crisis depresivas e ideas de suicidio418, eximente incompleta por esquizofrenia paranoide y TOC con predominio de pensamientos obsesivos419, eximente incompleta por retraso mental y trastorno del control de los impulsos420, eximente incompleta por trastorno adaptativo con alteración mixta de emociones y el comportamiento de tipo crónico, dependencia de alcohol y benzodiazepinas y opiáceos y probable trastorno de la personalidad no especificado con rasgo dependiente421, eximente completa por ansiedad, depresión y rasgos de enfermedad paranoica422, eximente completa por trastorno depresivo con síntomas psicóticos y tendencia a la autole-

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sión423, eximente incompleta por trastorno de la conducta asociados a ingesta de psicofármacos, trastorno de inestabilidad emocional y trastorno del control de los impulsos, además, ingesta de sustancias psicoactivas424.

Recogemos el caso de la SAP de Asturias, de 30 de marzo de 2000 (EDJ 2000/16563) donde en un caso de trastorno de inestabilidad emocional de tipo impulsivo y esquizofrenia paranoide, se establece en al resolución que la medida de seguridad será la que se determine en ejecución de sentencia, sin concretar la misma. Igual que sucede en la SAP de Zaragoza, de 18 de febrero de 2010 (EDJ 2010/231245), donde se aprecia eximente incompleta por trastorno paranoide, TOC y abuso de alcohol. La medida será decretada en ejecución de sentencia.

En cuanto a la medida de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, hallamos las siguientes resoluciones: eximente incompleta por padecer el sujeto trastorno de la conducta con inestabilidad emocional, reacciones exageradas e impulsividad y una capacidad intelectual límite425, atenuante analógica por padecer trastorno de la personalidad con rasgos paranoides y trastorno del control de los impulsos426, atenuante analógica por trastorno depresivo mayor con síntomas psicóticos que alteraba su capacidad de control de impulsos, afectando a su capacidad volitiva427.

[385] STS de 17 de abril de 2002 (RJ 2002/4268/EDJ 2002/10530).

[386] SAP Barcelona, de 23 de octubre de 2013 (EDJ 2013/267257).

[387] SAP Valladolid, de 3 de septiembre de 1999 (EDJ 1999/28016); SAP Murcia, de 11 de febrero de 2000 (EDJ 2000/6008); SAP de Barcelona, de 11 de febrero de 2004 (EDJ 2004/9605); SAP Guipúzcoa, de 7 de marzo de 2011 (EDJ 2011/395394); SAP Badajoz, de 15 de febrero de 2013 (EDJ 2013/29878); SAP Barcelona, de 19 de octubre de 2012 (EDJ 2012/245757).

[388] SAP Asturias, de 27 de septiembre de 2011 (EDJ 2011/286082).

[389] SAP Granada, de 8 de julio de 1996 (EDJ 1996/13148).

[390] SAP Madrid, de 24 de enero de 2000 (EDJ 2000/4471).

[391] SAP Sevilla, de 19 de diciembre de 2002 (EDJ 2002/83285).

[392] SAP Teruel, de 10 de...

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