DECRETO 213/2009, de 20 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban medidas para el control de especies exóticas invasoras en la Comunitat Valenciana.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Noviembre de 2009
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 213/2009, de 20 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban medidas para el control de especies exóticas invasoras en la Comunitat Valenciana. [2009/13396] PREÁMBULO Las invasiones biológicas generan crecientes problemas económicos, ecológicos y de salud en todo el planeta. Por esta razón, en la actualidad su control es una de las líneas prioritarias de actuación para la conservación del medio natural. En la Comunitat Valenciana las especies invasoras modifican la estructura, la composición y el funcionamiento de algunos ecosistemas y comprometen la viabilidad de especies autóctonas.

Según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), las invasiones biológicas son la segunda causa de desaparición de especies en el mundo. Por ello, este organismo recomienda prestar una atención, proporcional a su gravedad, al control de las especies invasoras. En este sentido, el Convenio de Biodiversidad Biológica, aprobado en 1992 y ratificado por España en 1993, establece en su artículo 8.h) que 'cada parte contratante, en la medida de sus posibilidades, impedirá que se introduzcan, controlará o erradicará las especies exóticas que amenacen los ecosistemas, los hábitats o las especies'. En abril de 2002 la Conferencia de las partes instó a las partes contratantes, a otros gobiernos y a las organizaciones pertinentes a promover y aplicar los principios orientadores, elaborados por la propia Conferencia, sobre especies exóticas invasoras. Por su parte, el Consejo de Europa ha elaborado y editado la Estrategia Europea sobre Especies Exóticas Invasoras (2004), en la que propone la prohibición de introducción de especies no nativas en el medio natural, el establecimiento de medidas preventivas y la puesta en marcha de programas para su control como medidas que deben ser adoptadas por los Estados miembros. Estos planteamientos estratégicos han sido recientemente recogidos en la Estrategia Europea relativa a las Especies Invasoras, publicada en 2008 por la Comisión.

En España, la Estrategia Española para la Conservación y Uso Sostenible de la Diversidad Biológica (1999) contiene diversas referencias a la necesidad de establecer medidas preventivas, de control y de erradicación de tales especies. Por otro lado, el artículo 61.6 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece que las comunidades autónomas, en su ámbito territorial, podrán establecer catálogos de especies exóticas invasoras, determinando las prohibiciones y actuaciones suplementarias que se consideren necesarias para su erradicación.

En la Comunitat Valenciana la normativa referida al control de las especies exóticas invasoras se halla dispersa en normas de distinto rango y amplitud publicadas entre 1994 y 2007. Habida cuenta del creciente problema que suponen las especies invasoras, es necesario progresar en la normativa que limite ciertas conductas, dotarse de nuevos instrumentos que faciliten las actuaciones de erradicación e integrar las normas existentes en una norma única y coherente.

Por todo lo anterior, de acuerdo con lo establecido en la citada Ley 42/2007, y en el marco de las competencias otorgadas a la Generalitat de desarrollo legislativo y ejecución de la legislación básica del Estado sobre la protección del medio ambiente, según lo dispuesto en el artículo 50.6 del Estatut d'Autonomia, a propuesta del conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 20 de noviembre de 2009, DECRETO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación 1

El objeto de este decreto es prevenir la introducción y la proliferación de especies exóticas invasoras en la Comunitat Valenciana, en cumplimiento del artículo 61.6 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

  1. A los efectos de este decreto se consideran especies exóticas invasoras las que se introducen o establecen en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y son un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica de la Comunitat Valenciana, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación...

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