ORDEN de 9 de julio de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se desarrolla la Orden de 14 de junio de 2013, de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se crean precios públicos por matrícula en enseñanzas de formación profesional de grado superior y en enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

Mediante Orden de 14 de junio de 2013 de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se crearon precios públicos por matrícula en enseñanzas de formación profesional de grado superior y en enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 24 de junio).

En su artículo primero se determina el objeto de dicha orden, por la que se aprobaban las cuantías de los precios públicos relativos al pago por matriculación de alumnos en esas enseñanzas, según detalle contenido en su anexo.

Por otra parte, la disposición final primera de esa orden concede autorización expresamente al Consejero competente en materia de enseñanza no universitaria, entre otras cuestiones, para aprobar los modelos de impresos necesarios para la gestión de estos precios así como para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y ejecución de lo establecido en la mencionada orden.

La Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, determina en su artículo 32 que la gestión y administración de los precios públicos corresponde a los Departamentos u organismos públicos que deban prestar el servicio.

El Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 178/2012, de 17 de julio, aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el que se atribuyen al Departamento, entre otras funciones, las competencias en materia de enseñanza no universitaria.

Por todo lo anterior, se considera procedente establecer el procedimiento de gestión, liquidación y recaudación de dichos precios, así como aprobar los modelos de impresos necesarios para su tramitación.

En su virtud, a propuesta del Director General de Ordenación Académica, en aplicación de las competencias atribuidas en la normativa vigente, dispongo:

Artículo 1 Objeto.
  1. La presente orden establece los procedimientos y reglas de gestión de la liquidación y pago por parte de los alumnos así como de la gestión, liquidación y recaudación en los centros docentes, de los precios públicos a abonar por la matrícula en enseñanzas de Ciclos Formativos de Grado Superior de Formación Profesional y de Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobados por Orden de 14 de junio de 2013, de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

    Asimismo, aprueba los modelos de impresos de autoliquidación para los alumnos.

  2. Los conceptos por los que se abonen estos precios públicos, su cuantía y demás elementos identificadores y de gestión son los aprobados en la mencionada Orden de 14 de junio, debiéndose estar a las correspondientes actualizaciones de cuantías.

Artículo 2 Impresos de autoliquidación de precios públicos para los alumnos.
  1. Se aprueban los modelos de impresos de autoliquidación para formalizar el pago de los precios públicos en los centros docentes, conforme al modelo que figura en la presente orden como anexo I (grado superior de formación profesional, alumnos de centros públicos ), anexo II (grado superior de formación profesional, alumnos de centros privados ), anexo III (grado superior de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, alumnos de centros públicos) y anexo IV (grado superior de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, alumnos de centros privados).

  2. Dichos impresos se encuentran disponibles en el portal de centros docentes del Gobierno de Aragón (www.centroseducativosaragon.es). Asimismo, supletoriamente podrán facilitarse gratuitamente por los centros docentes en los que los alumnos formalicen la matrícula.

  3. Los impresos de autoliquidación de los alumnos de centros públicos se cumplimentarán por triplicado, siendo un ejemplar para el interesado, otro para el centro y otro para la entidad bancaria en que se efectúa el ingreso.

  4. Los impresos...

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