Algunos aspectos relativos a la prevención y protección de la maternidad y la lactancia de las trabajadoras autónomas y trades

AutorOlga Fotinopoulou Basurko
CargoProf. T.U. de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, E.U. Estudios empresariales de Vitoria-Gasteiz, Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea
Páginas245-275

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1. Introducción

Podría parecer una temeridad dedicar un capítulo del presente monográfico al análisis de algunas cuestiones atinentes a la seguridad y salud, así como a la protección social de las trabajadoras autónomas, máxime si tomamos en consideración que han transcurrido más de tres años desde la adopción de la Ley 20/2007, Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo (LETA) y que han sido numerosos los comentarios y trabajos doctrinales que han abordado la materia en términos generales y amplios [Inter alia, Barrios (2009); Monereo y Fernández (2009) o Cruz y Valdés (2008)]. A pesar de lo anterior, consideramos oportuno volver sobre algunos aspectos de la regulación de este colectivo de trabajadores que prestan servicios de forma independiente, si bien desde una perspectiva sesgada o parcial al pretender tratar algunas cuestiones que más afectan a los trabajadores por cuenta propia del sexo femenino. Y es que no podemos perder de vista que un gran número de trabajadores por cuenta propia de nuestro país y de nuestro entorno son mujeres, por lo que gran parte de ese colectivo (tan heterogéneo por otra parte) comparte como una de sus grandes preocupaciones los problemas que se les plantean en relación con la maternidad y la paternidad, y muy particularmente las dificultades que surgen a la hora de interrumpir su actividad cuando se encuentren ante una situación de riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia por citar las más destacables desde el punto de vista de la seguridad y salud laborales, así como desde la perspectiva de la protección social1.

Además de por los motivos apenas mencionados, encontramos esta temática de máxima actualidad, tanto desde una óptica más amplia de la que aquí se aborda, dada la reciente regulación en nuestro país del denominado cese por actividad de estos trabajadores (Ley 32/2010, de 5 de agosto (BOE n.º 190, de 6 de agosto); como sobre todo -en lo que a nuestro objetivo in-teresa- por el impulso que el análisis de los derechos de los trabajadores que ejercen una actividad autónoma está generando a escala europea. Baste citar a estos efectos, y en riguroso orden cronológico, el Dictamen del CESE -Consejo económico y social europeo- sobre «Nuevas tendencias del trabajo

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autónomo: el caso específico del trabajo autónomo económicamente dependiente» de 29 de abril de 2010, o también la importante Directiva 2010/41/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2010 sobre «la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres que ejercen una actividad autónoma, y por la que se deroga la Directiva 85/613/CEE del Consejo» (DOUE L180, de 15 de julio de 2010). El objetivo de la norma comunitaria reseñada no es otro que el de tratar de garantizar los derechos relacionados con la maternidad y la paternidad de los trabajadores autónomos y de aquéllos cónyuges que les ayudan; fomentar la protección de la maternidad de las trabajadoras autónomas e impedir la discriminación por razón de sexo. Ello así, como se señala expresamente «dada la vulnerabilidad económica y física de las trabajadoras autónomas embarazadas y de las cónyuges embarazadas y, cuando y en la medida en que estén reconocidas en el Derecho nacional, de las parejas de hecho embarazadas de los trabajadores autónomos» (considerando 18). Teniendo en cuenta lo anterior, el objetivo que nos proponemos a lo largo de las páginas siguientes es analizar y estudiar el sistema normativo español en relación con las cuestiones supra citadas con la finalidad de determinar si las distintas reformas operadas en el ordenamiento jurídico interno español son adecuadas, así como al hilo de estas mismas consideraciones, señalar si todavía hoy existen dificultades para que este colectivo pueda ejercer los derechos anotados.

Para lograr los objetivos propuestos, se considera necesario analizar la regulación existente en España sobre la materia constituida, además de -como se sabe- por la LPRL o LGSS, por la LETA y por las novedades introducidas por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOI), así como por sus normas de desarrollo; particular-mente por el Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural (BOE n.º 69, de 21 de marzo). En este orden de consideraciones, procederemos en primer lugar a realizar una descripción general del sistema de prevención de riesgos laborales aplicable a los trabajadores autónomos para proceder, con posterioridad, a analizar el sistema de protección social -indisolublemente ligado al anterior- por lo que se refiere a la protección frente al riesgo durante el embarazo y el riesgo durante la lactancia. A este fin, se prescinde de un análisis descriptivo general de la LETA o de la LOI, al entender que para la mayor parte de los eventuales lectores estas cuestiones son ya conocidas. De ahí que para evitar reiteraciones innecesarias se insiste en que dedicaremos las siguientes páginas al análisis de la regulación sobre prevención de riesgos laborales y algunos aspectos de protección social que pudieran ser relevantes en el contexto general sobre el que circunda el presente monográfico.

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2. Trabajo autónomo o independiente vs trabajo por cuenta ajena o dependiente en materia de protección social y seguridad y salud laborales

En el año 2004, el Gobierno español inició un proceso de diálogo con varias organizaciones de trabajadores autónomos con el objetivo de elaborar un Estatuto o norma marco para los trabajadores por cuenta propia. A partir de ese momento, se creó una Comisión de Expertos integrada -prácticamente en su totalidad- por Profesores de Derecho del Trabajo (Valdés Dal-Ré, Cruz Villalón, Del Rey Guanter y Sáez Lara), que acometieron la elaboración de un Informe, al que se añadía una Propuesta de texto articulado sobre el Estatuto del Trabajador Autónomo. Este trabajo fue sometido para su valoración a los agentes sociales implicados, quienes realizaron diversos comentarios y aportaciones que provocaron una sensible variación del contenido de la propuesta inicial. De este modo, el 26 de septiembre del año 2006, se firmaba por parte del Ministro de Trabajo y del Secretario general de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos y del Presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos el Acuerdo sobre la aprobación de una Ley que regule el Estatuto del Trabajador Autónomo. Poco después, el 29 de septiembre de 2006, se aprobó el Anteproyecto de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, que se convirtió en Proyecto de Ley, el 24 de noviembre del mismo año. Finalmente, y como se sabe, el 11 de julio de 2007 ve la luz en España, la Ley 20/2007, sobre el Estatuto del Trabajo Autónomo (en adelante LETA) (BOE n.º 166, de 12 de julio de 2007). Tras el período de tres meses de «vacatio legis» preceptuado por la norma, el 12 de octubre de ese mismo año entró en vigor la tan esperada LETA. Esta norma culmina un proceso histórico de reivindicaciones y esfuerzos desarrollados por las organizaciones de trabajadores autónomos en España, que venían exigiendo una regulación jurídica unitaria (un Estatuto) para un conjunto de realidades socio-económicas muy dispares o heterogéneas entre sí, que encontraban su adecuación jurídica dispersa en normas pertenecientes al Derecho mercantil, administrativo o civil.

La ausencia de una regulación homogénea de la situación de los trabajadores que voluntariamente prestan servicios de forma autónoma o independiente trae causa, como es sabido, en que la preocupación del legislador decimonónico -de finales del siglo xix...

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