SAP Murcia 14/2005, 17 de Enero de 2005
Ponente | JUAN ANTONIO JOVER COY |
ECLI | ES:APMU:2005:105 |
Número de Recurso | 139/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 14/2005 |
Fecha de Resolución | 17 de Enero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
D. CARLOS MORENO MILLAND. JUAN ANTONIO JOVER COYD. ANDRES PACHECO GUEVARA
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00014/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo Apelación Civil
SECCION CUARTA nº. 139/04
MURCIA
Iltmos. Sres.:
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Juan Antonio Jover Coy
D. Andrés Pacheco Guevara
Magistrados
S E N T E N C I A Nº 14
En la ciudad de Murcia, a diecisiete de enero de dos mil cinco.
La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos sobre División Judicial de las herencias de D. Silvio y Dª. Lina , seguidos, con arreglo a lo dispuesto para el juicio verbal, con el nº 108/2001 en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Murcia, -rollo nº 139/2004-, entre la partes, actora Dª. Nieves , mayor de edad, casada, funcionaria, vecina de Madrid, con domicilio en CALLE000 nº NUM000 , con D.N.I. nº NUM001 , representada en el Juzgado por la Procuradora Sra. Pérez Haya y en la Audiencia por el Procurador Sr. Aledo Martínez, y dirigida en el Juzgado por el Letrado Sr. De la Peña Clavel y en la Audiencia por ella misma; y demandados, D. Jesus Miguel , con D.N.I. nº NUM002 , D. Benito , con D.N.I. nº NUM003 , representados por el Procurador Sr. Pérez Cerdán y dirigidos por el Letrado Sr. De Alba y Luis, D. Ernesto , con D.N.I. nº NUM004 , representado por la Procuradora Sra. Mercader Roca y dirigido por la Letrada Sra. Balsalobre Oliva, y Dª. Erica , con D.N.I. nº NUM005 , representada por la Procuradora Sra. De Alba y Vega y dirigida por la Letrada Sra. Torres González.
Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recursos de apelación interpuestos por D. Jesus Miguel y D. Benito y por Dª. Nieves contra la sentencia de 9 de enero de 2004, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Murcia; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.
La expresada resolución contiene el siguiente fallo:
"Que estimando parcialmente la demanda promovida por el Procurador FRANCISCO ALEDO MARTINEZ, en nombre y representación de Nieves , contra Jesus Miguel , representado por el Procurador Sr. PEREZ CERDAN, Ernesto , representado por la Procuradora Sra. MERCADER ROCA, Erica , representada por la Procuradora Sra. DE ALBA Y VEGA y Benito , representado por el Procurador Sr. PEREZ CERDAN, se aprueban las operaciones particionales incluidas en el cuaderno particional realizada por el Contador-Partidor D. Pedro Miguel , a excepción del valor de tasación dado a la finca sita en CALLE001 número NUM006 , planta NUM007 . de Murcia, con sus anexos que se valorará a efectos de colación en 180.000 E., sin imposición de costas".
Contra dicha sentencia interpusieron Dª. Nieves y D. Jesus Miguel y D. Benito recursos de apelación, que tras tenerse por preparados fueron formalizados conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil.
Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 139/2004, y se señaló el día 14 de enero de 2005 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Dª. Nieves solicitó, al amparo de lo dispuesto en el artículo 784 de la Ley de Enjuiciamiento Civil la división judicial de las herencias de D. Silvio y Dª. Lina , padres de la solicitante y fallecidos en fecha 3-1-2000 y 22-2-1998 respectivamente.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia estimando parcialmente la demanda y aprobó las operaciones particionales incluidas en el cuaderno particional realizado por el Contador-Partidor D. Pedro Miguel , a excepción del valor de tasación dado a la finca sita en Murcia, CALLE001 nº NUM006 , NUM007 , con sus anexos, que se valoró a efectos de tasación en 180.000 euros.
Consideró el Juzgado que la valoración del inmueble de la CALLE001 nº NUM006 , de Murcia no podía realizarse utilizando el sistema de capitalización de rentas, porque siendo objeto de donación colacionable, el heredero donatario D. Benito estaba obligado a traer a la herencia el valor del bien, y si lo arrendó a una pariente el 1 de septiembre de 2002, el valor a colacionar debería ser el que el bien donado tuviera por comparación con otros inmuebles...
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