SAP León 196/2008, 8 de Septiembre de 2008
Ponente | MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO |
ECLI | ES:APLE:2008:942 |
Número de Recurso | 128/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 196/2008 |
Fecha de Resolución | 8 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 2ª |
SENTENCIA: 00196/2008
Apelación Civil Núm. 128/08
Procedimiento Ordinario Núm. 904/07
Juzgado de 1ª Instancia Núm. 7 de León
SENTENCIA NUM. 196/08
ILMOS. SRES.:
D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente
D. ALFONSO LOZANO GUTIERREZ.- Magistrado
D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado
En León, a ocho de septiembre de dos mil ocho.
VISTOS ante el Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante, Dª. María Dolores , representada por el Procurador D. Ismael Díez Llamazares y defendida por la Letrada Dña. Carmen Serrano Cimadevilla, y como apelada, D. Victor Manuel y Dª. Celestina , representados por el Procurador D. Pablo Calvo Liste y defendidos por el Letrado D. Elias Alvarez Frade, actuando como Ponente para éste trámite el Ilmo. Sr. D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.
Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos, con fecha 11 de febrero de 2008 , cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Desestimando como desestimo la demanda interpuesta por el Procurador D. Ismael Díez Llamazares, en nombre y representación de Dª María Dolores , contra D. Victor Manuel y Dª. Celestina , representados por el Procurador D. Pablo Juan Calvo Liste, debo absolver y absuelvo a la parte demandada, con imposición de las costas a la parte actora".
Contra la relacionada sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte apelante ante el Juzgado, y dado traslado a la otra parte, por esta se presentó escrito de oposición, remitiéndose las actuaciones a esta Sala y señalándose para la fecha de deliberación el pasado día 2 de septiembre de 2008.
En la tramitación del presente rollo de apelación se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada, y
Se ejercita en el escrito de demanda y por Doña María Dolores una acción por la que se pide básicamente el cumplimiento por parte de los demandados Don Victor Manuel y Doña Celestina , del compromiso que con fecha 12 de diciembre de 2003, asumieron con Doña Marisol , Doña Silvia y Doña María Consuelo , y que tiene su origen en la venta por escritura pública que estas últimas hicieron a los primeros, de una porción segregada de una finca de su propiedad, con una extensión dicha porción segregada de quinientos metros veinte decímetros cuadrados, y en cuya superficie se encuentra un pozo artesiano de agua potable. En la misma fecha de la venta, ambas partes firmaron un acuerdo o compromiso, en documento privado, en virtud del cual, los compradores, Don Victor Manuel y Doña Celestina , autorizaban a las vendedoras, que eran propietarias de la finca matriz, situada al Oeste de la porción vendida, para que pudieran hacer uso del pozo, a cambio de participar en la mitad de los gastos de su mantenimiento, señalándose también en dicho pacto o compromiso, que para el caso de que las vendedoras, enajenaran la finca colindante, Don Victor...
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