SAP Lugo 711/2007, 23 de Octubre de 2007

PonenteMARIA JOSEFA RUIZ TOVAR
ECLIES:APLU:2007:1092
Número de Recurso641/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución711/2007
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SENTENCIA: 00711/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO

Sección 1.ª

SENTENCIA NÚMERO 711

ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

D.ª MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR

MAGISTRADOS:

D. JOSÉ RAFAEL PEDROSA LÓPEZ

D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO

Lugo, veintitrés de octubre de dos mil siete.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala n.º 64l/07,

dimanante del Juicio Verbal n.º 295/07 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº

4 de Lugo sobre reclamación de cantidad; siendo apelante Aegon Seguros Generales S.A. (Reale

Seguros Generales S.A.), representado por el procurador Sr. Mourelo Caldas y asistido del letrado

Sr. Gonzalez-Novo Martínez y apelado Transportes Rodrigo y Gómez S.L., representado por el

procurador Sr. Pardo Paz y asistido del letrado Sr. Vilanova da Costa; actuando como ponente la

Presidenta, Ilma. Sra. Dña. MARÍA JOSEFA RUIZ TOVAR.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 8 de mayo de 2007, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: QUE ESTIMANDO la demanda planteada por la mercantil "TRANSPORTES RODRIGO Y GOMEZ S.L.", representada por el procurador Don José Angel Pardo Paz, contra, la entidad aseguradora "AEGON SEGUROS, S.A.", DEBO CONDENAR Y CONDENO a esta última al abono de la suma de 842,53 euros, más los intereses del artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro desde la fecha del pago de las gastos de retirada de mercancía ocasionados por el siniestro, efectuado en fecha 4 de febrero de 2003, hasta que se efectúa pleno pago de la cantidad referida. Todo ello con expresa condena en costas a la entidad demandada".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por el demandado Aegón Seguros Generales S.A., teniéndose por preparado el mismo y cumplidos los trámites del art. 458 y siguientes de la L.E.C. 1/2000 se elevaron los autos a la Audiencia Provincial para la resolución procedente.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada

PRIMERO

Interpone recurso de apelación la demandada por entender que la sentencia apelada efectúa una incorrecta interpretación de la normativa relativa al contrato de seguro obligatorio de circulación y contrato de transportes que no garantiza daños a terceros durante el transporte. En definitiva lo sostenido es que no se puede abonar los daños de las costas transportados y además los gastos originados...

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