Marcos Jiménez, M.: Parcelaciones y reparcelaciones urbanísticas y el Registro de la Propiedad. Editorial Montecorvo. Madrid, 1976

AutorJosé María Chico y Ortiz
Páginas424-426

    MARCOS JIMÉNEZ, M.: Parcelaciones y reparcelaciones urbanísticas y el Registro de la Propiedad. Editorial Montecorvo. Madrid, 1976.

A pesar de que se ha dicho con insistencia que el artículo 209 de la primitiva Ley del Suelo era la gran concesión genérica en la que esta legislación trataba de ponerse en coordinación con el Registro de la Propiedad, yo he defendido y sigo entendiendo que los autores de la ley desconocieron totalmente la existencia del Registro y no midieron el alcance que sus preceptos iban a tener al ponerse en contacto con determinadas instituciones. Discrepo con ello del prologuista del libro que reccnsiono y que ha defendido la panacea del artículo 209. Demuestra esta falta de coordinación la actual disposición treceava de la actual ley, que lanza un reto al Gobierno para que la legislación hipotecaria se ponga de acuerdo con la del Suelo. Es curioso que lo que parece «defectuoso» es la legislación hipotecaria, y lo «perfecto», la del Suelo, cuando de haber procedido de otra forma, es decir, pensar en las posibles consecuencias de lo que se legislaba, se hubiese tenido que estructurar la ley coordinando sus preceptos con los existentes o adaptándolos a las nuevas situaciones creadas.

El «engendro» legislativo de la primitiva Ley del Suelo, que cogió de sorpresa a las primeras figuras que hoy defienden sus principios, no supo Page 425 penetrar en una institución que por ser «neutra» sirve para cualquier sistema que haya de regir la propiedad. Sea individualista o social él o la forma de entender la propiedad, es evidente que necesita de una institución que publique frente a todos la situación en que se encuentra para que el principio de la «seguridad jurídica», en su vertiente de seguridad del tráfico, sea efectivo. Esta institución, llamada Registro de la Propiedad, se soslayó con una referencia genérica, pensando que con ello los problemas habían quedado resueltos, y no fue así.

El reto que el urbanismo, en sus versiones modificadas de la legislación del Suelo, lanza a la institución del Registro de la Propiedad no ha sido recogido en su totalidad pnr el autor de este trabajo, sino que en el mismo se circunscribe a uno de sus aspectos: el de la parcelación y reparcelación, al filo de una reforma reciente, caliente y pendiente de aplicación.

Hace ya mucho tiempo, en una de las primeras clausuras de los Seminarios de Derecho Hipotecario (clausura y seminario suenan mucho a culto y clero), di una de las conferencias...

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