SAP Vizcaya 512/2007, 11 de Julio de 2007
Ponente | IGNACIO OLASO AZPIROZ |
ECLI | ES:APBI:2007:1670 |
Número de Recurso | 673/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 512/2007 |
Fecha de Resolución | 11 de Julio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA
BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA
Sección 4ª
BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001
Tfno.: 94-4016665
Fax: 94-4016992
N.I.G. 48.04.2-06/000343
A.divor.conte.L2 673/06
O.Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia nº 14 Familia (Bilbao)
Autos de Divor.contenc.L2 34/06
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Recurrente: Pedro Miguel
Procurador/a: Mª ELIDA CERDEIRA RICOY
Recurrido: María Milagros y MINISTERIO FISCAL
Procurador/a: MERCEDES ARRESE-IGOR LAZKANO y
SENTENCIA Nº 512/07
ILMOS. SRES.
D. IGNACIO OLASO AZPIROZ
Dña. LOURDES ARRANZ FREIJO
Dña. REYES CASTRESANA GARCÍA
En BILBAO, a once de julio de dos mil siete.
Visto en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen indicados, el procedimiento de DIVORCIO CONTENCIOSO 34/06, procedente del Juzgado de 1ª Instancia nº 14 de Bilbao y seguido entre partes: Como apelante-demandado Pedro Miguel representado por la Procuradora Sra. Cerdeira Ricoy y dirigido por la Letrada Sra. Sonia Oribe Cantero, como apelada-demandante que se opone al recurso María Milagros representada por la Procuradora Sra. Mercedes Arrese-Igor Lazcano y dirigida por el Letrado Juan Carlos Castro Rodriguez y con la intervención del Mº FISCAL.
SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
La Sentencia de instancia de fecha 6 de Junio de 2006 es de tenor literal siguiente:
FALLO: Que estimando parcialmente la demanda promovida por DÑA. María Milagros, representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mercedes Arrese-Igor Lazcano; frente a D. Pedro Miguel, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Elida Cerdeira Ricoy; y siendo parte también la FISCALÍA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO; debo declarar y declaro DISUELTO por la causa de DIVORCIO, el matrimonio formado por los anteriormente citados cónyuges, con todos los efectos legales; manteniendo las medidas definitivas acordadas en sentencia de fecha 12 de febrero de 2.004, en la cual se aprobaba el convenio regulador de fecha 22 de diciembre de 2.003.
No se hace especial pronunciamiento en costas
Una vez firme esta Sentencia remítase testimonio de la misma al Registro Civil correspondiente para que se haga la oportuna anotación marginal en el asiento correspondiente al matrimonio de los cónyuges a los que afecta.
Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación del demandado se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 673/06 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.
Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO OLASO AZPIROZ.
Se interpone recurso de apelación por D. Pedro Miguel, disconforme con la sentencia dictada por el juzgado de instancia en cuanto que no acoge su pretensión de que se reduzca a...
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