SAP Vizcaya 512/2007, 11 de Julio de 2007

PonenteIGNACIO OLASO AZPIROZ
ECLIES:APBI:2007:1670
Número de Recurso673/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución512/2007
Fecha de Resolución11 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

BIZKAIKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 4ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ªplanta- C.P. 48001

Tfno.: 94-4016665

Fax: 94-4016992

N.I.G. 48.04.2-06/000343

A.divor.conte.L2 673/06

O.Judicial Origen: Jdo. 1ª Instancia nº 14 Familia (Bilbao)

Autos de Divor.contenc.L2 34/06

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Recurrente: Pedro Miguel

Procurador/a: Mª ELIDA CERDEIRA RICOY

Recurrido: María Milagros y MINISTERIO FISCAL

Procurador/a: MERCEDES ARRESE-IGOR LAZKANO y

SENTENCIA Nº 512/07

ILMOS. SRES.

D. IGNACIO OLASO AZPIROZ

Dña. LOURDES ARRANZ FREIJO

Dña. REYES CASTRESANA GARCÍA

En BILBAO, a once de julio de dos mil siete.

Visto en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen indicados, el procedimiento de DIVORCIO CONTENCIOSO 34/06, procedente del Juzgado de 1ª Instancia nº 14 de Bilbao y seguido entre partes: Como apelante-demandado Pedro Miguel representado por la Procuradora Sra. Cerdeira Ricoy y dirigido por la Letrada Sra. Sonia Oribe Cantero, como apelada-demandante que se opone al recurso María Milagros representada por la Procuradora Sra. Mercedes Arrese-Igor Lazcano y dirigida por el Letrado Juan Carlos Castro Rodriguez y con la intervención del Mº FISCAL.

SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 6 de Junio de 2006 es de tenor literal siguiente:

FALLO: Que estimando parcialmente la demanda promovida por DÑA. María Milagros, representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. Mercedes Arrese-Igor Lazcano; frente a D. Pedro Miguel, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Elida Cerdeira Ricoy; y siendo parte también la FISCALÍA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAÍS VASCO; debo declarar y declaro DISUELTO por la causa de DIVORCIO, el matrimonio formado por los anteriormente citados cónyuges, con todos los efectos legales; manteniendo las medidas definitivas acordadas en sentencia de fecha 12 de febrero de 2.004, en la cual se aprobaba el convenio regulador de fecha 22 de diciembre de 2.003.

No se hace especial pronunciamiento en costas

Una vez firme esta Sentencia remítase testimonio de la misma al Registro Civil correspondiente para que se haga la oportuna anotación marginal en el asiento correspondiente al matrimonio de los cónyuges a los que afecta.

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación del demandado se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el nº 673/06 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO OLASO AZPIROZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por D. Pedro Miguel, disconforme con la sentencia dictada por el juzgado de instancia en cuanto que no acoge su pretensión de que se reduzca a...

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