El lugar del sorteo en la democracia
Autor | Sebastián Linares |
Páginas | 171-205 |
CAPÍTULO VI
EL LUGAR DEL SORTEO EN LA DEMOCRACIA
Las elecciones por suerte tendrían pocos inconvenientes en una ver-
dadera democracia, en la que, siendo todos iguales, tanto en costumbres y
talentos, como en principios y fortuna, la selección sería casi indiferente.
Pero ya he dicho que no existe una verdadera democracia.
J. J. ROUSSEAU, 1761, El contrato social, libro IV, cap. 3.
El concepto de democracia ha estado asociado, en diferentes épocas his-
tóricas, a dos métodos muy diferentes de selección de cargos públicos y asig-
nación de responsabilidades: las elecciones populares y el sorteo de cargos
públicos. En los últimos doscientos años la teoría democrática ha dado por
sentado que el único método democrático para escoger cargos públicos es la
elección de representantes a través del voto popular. Sin embargo, desde sus
orígenes en Atenas (508 a. C.) hasta bien entrado el siglo XIX, el concepto de
«democracia» solía hacer alusión al uso del sorteo para la selección de cargos
públicos (MANIN, 1997).
En este capítulo analizo el papel del sorteo en la teoría de la democracia,
y en particular en una teoría de la democracia como la que aquí defiendo. Está
dividido en dos partes. En la primera voy a explicar y someter a crítica tres
líneas hipotéticas de justificación del sorteo de cargos públicos como única
forma de gobierno. Una primera justificación defiende el sorteo sobre la pre-
misa de la igualdad de competencia epistémica de los ciudadanos. La segunda
línea de justificación apela a la capacidad del sorteo de cargos para generar
una muestra descriptiva de la sociedad en general, de la que podría inferirse
una voluntad general hipotética si los sorteados deliberaran adecuadamente
172 SEBASTIÁN LINARES
entre ellos. Y el tercer argumento sostiene que el sorteo de cargos públicos,
cuando se selecciona un número amplio de participantes, es un instrumento
adecuado para propiciar la diversidad cognitiva, lo cual a su vez promueve la
toma de mejores decisiones políticas. En este artículo voy a sostener que nin-
guno de estos argumentos alcanza a justificar el sorteo puro de cargos como
forma única de gobierno, y que este solo puede estar justificado como dispo-
sitivo complementario a las elecciones populares.
En la segunda parte voy a describir una serie de propuestas de diseño insti-
tucional que incorporan al sorteo como pieza clave para el mejoramiento de la
democracia representativa contemporánea. Describo cada una de las propues-
tas y hago una breve evaluación de las mismas a la luz de las consideraciones
teóricas vertidas en la primera parte. Finalmente, expongo las conclusiones.
1. FUNDAMENTOS TEÓRICOS DEL SORTEO DE CARGOS
Justificar la legitimidad democrática del sorteo de cargos no es tarea sim-
ple. He argumentado que son tres los valores implicados en la legitimidad de
las leyes (véase capítulo I), así que debemos preguntarnos cómo es que el sor-
teo se ajusta a los mismos. El sorteo de cargos públicos, en principio, resulta
plenamente congruente con el valor de la igualdad de trato, puesto que con-
cede a todos una igual probabilidad de obtener un cargo público. Sin embar-
go, parece lesionar el valor de la libertad de elegir, en tanto que las personas
sometidas a coerción estatal no ejercen ninguna influencia ni tienen ninguna
posibilidad de manifestar su libertad de elección respecto de quién terminará
obteniendo el cargo. Esta ausencia completa de la libertad de elegir pone al
sorteo puro de cargos públicos en serios aprietos si queremos ver en él algún
viso de legitimidad, puesto que es razonable argumentar que no queremos
vivir bajo leyes sobre las que no hemos podido manifestar nuestra libertad de
elección. Según creo, este argumento comporta una objeción suficiente para
rechazar el sorteo de cargos como mecanismo sustitutivo de las elecciones de
gobernantes 1. Sin embargo, no alcanza por sí solo para rechazar esquemas
mixtos de gobierno, en los que las elecciones se combinan con el sorteo de
cargos públicos.
Ahora bien, es importante preguntarse cuál es la relación entre el sorteo de
cargos con la dimensión epistémica de la legitimidad de las leyes. Si no existiera
ninguna dimensión epistémica involucrada, y solo la igualdad fuese el único va-
lor digno de admiración, entonces no tendríamos razones para preferir las elec-
1 El argumento parece tener asidero empírico. En un experimento sobre cooperación entre gran-
jeros sobre bienes comunes se demostró que aquellos granjeros a los que se les permitía seleccionar un
monitor centralizado tenían un desempeño mejor y percibido como más legítimo que aquellos en los
que el monitor era seleccionado al azar (BALDASARRI y GROSSMAN, 2011).
EL LUGAR DEL SORTEO EN LA DEMOCRACIA 173
ciones populares al sorteo puro (ESTLUND, 2008). Sin embargo, he argumentado
(capítulo I) que la democracia se justifica, en parte, por su capacidad estructural
para tomar decisiones suficientemente buenas en el largo plazo. Si además de la
igualdad importan los resultados y la calidad de las preferencias (en términos de
autonomía, información adecuada y orientación hacia el bien común), debemos
preguntarnos cómo es que el sorteo de cargos se condice también con ese com-
promiso epistémico.
Voy a analizar tres líneas de justificación hipotéticas del sorteo de cargos
que, además de la igualdad reconocen una dimensión epistémica. Si alguna de
estas estrategias de justificación fuese exitosa, ello haría del sorteo de cargos
el «único mecanismo» de toma de decisiones vinculantes. Voy a mostrar que
ninguno de los argumentos alcanza a desmoronar el valor de las elecciones
populares, y que el sorteo de cargos tiene un lugar dentro de la democracia
como instrumento complementario para potenciar la igualdad o para promo-
ver de manera inteligente la generación autónoma de preferencias informadas
y orientadas al bien común.
1.1. Sorteo de cargos e igualdad de competencia epistémica
La primera línea de justificación hipotética diría que el sorteo de cargos
públicos se justifica como única forma de gobierno porque todas las personas
poseen una igual competencia epistémica para tomar decisiones políticas vin-
culantes. Si las personas no se distinguen entre sí por sus aportes epistémicos,
y estos aportes tienden a ser en promedio significativos, entonces el sorteo
de cargos permitiría respetar la igualdad al mismo tiempo que mantener el
compromiso epistémico con la toma de decisiones suficientemente buenas 2.
¿En qué circunstancias tiene sentido fijar un procedimiento que ofrezca a
todos la misma probabilidad de ser victorioso? En general, se ha dicho que el
2 Esta línea de justificación del sorteo, basada en la creencia de que todos los ciudadanos tienen
una igual competencia política, o al menos una igual capacidad para adquirir las competencias políticas
relevantes, puede remontarse a Protágoras. Recordemos que Protágoras es un personaje que dialoga
con Sócrates en los diálogos de Platón. Allí Platón cuenta el mito de Epimeteo (Platón, Protágoras,
320d-321d), según el cual, en la distribución de facultades y competencias a las especies vivientes, y
por culpa de un descuido de Epimeteo, las personas se quedan sin nada en el reparto. Esta circunstancia
hace que Prometeo decida robar del taller de Atenea la sabiduría de las artes junto con el fuego, para
dárselos furtivamente a los hombres. Con la sabiduría del arte y el fuego, los seres humanos construyen
ciudades, pero dado que carecían de las competencias políticas (el arte del gobierno), no logran convivir
en paz, destruyéndose mutuamente. Entonces Zeus, temiendo que nuestra especie quedase exterminada
por completo, envió a Hermes para que llevase a los hombres el arte del gobierno y la justicia, a fin de
que rigiesen en las ciudades la armonía y los lazos comunes de amistad. Preguntó, entonces, Hermes
a Zeus la forma de repartir estas facultades en los hombres: ¿las reparto de manera desigual, o las
distribuyo por igual entre todos? «Entre todos, respondió Zeus; y que todos participen de ellas; porque
si participan de ellas solo unos pocos, como ocurre con las demás artes, jamás habrá ciudades». De
acuerdo con este mito, las personas han recibido unas mismas competencias técnicas (destrezas para el
ejercicio del arte) y político-morales (el arte del gobierno y la justicia).
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