ORDEN ECF/50/2007, de 23 de febrero, por la que semodifican la Orden ECF/109/2005, de 18 de marzo, por la que se aprueban losmodelos 600, 610, 611, 615, 616 i 630, del impuesto sobre transmisionespatrimoniales y actos jurídicos documentados, y se fija la cuota de la tasa quegrava el suministro del modelo 620 en soporte papel, y la Orden ECF/597...

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Rango de LeyOrden

ORDEN

ECF/50/2007, de 23 de febrero, por la que se modifican la Orden ECF/109/2005, de 18 de marzo, por la que se aprueban los modelos 600, 610, 611, 615, 616 i 630, del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y se fija la cuota de la tasa que grava el suministro del modelo 620 en soporte papel, y la Orden ECF/597/2006, de 28 de diciembre, por la que se determina el contenido de la declaración informativa resumen de las escrituras públicas y el procedimiento para su tramitación telemática.

En el marco de la modernización de la Administración de la Generalidad de Cataluña y actualización de los procedimientos administrativos mediante la incorporación de las nuevas tecnologías, hay que destacar en el ámbito de la gestión tributaria el artículo 32 de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, por el que se insta al Departamento de Economía y Finanzas a promover la presentación por vía telemática de declaraciones, escrituras públicas y otros documentos relativos a la gestión tributaria.

Persiguiendo este mismo objetivo, el artículo 15 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, de medidas fiscales y administrativas, estableció la obligación de los notarios de enviar por vía telemática las escrituras públicas formalizadas por ellos que contengan actos sujetos al impuesto sobre sucesiones y donaciones y sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. La disposición adicional 2 de la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras, dispone la obligación de los notarios de enviar, por vía telemática, una declaración informativa resumen de la escritura, en los términos y las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

En desarrollo de estos artículos se han aprobado, por una parte, el Decreto 648/2006, de 27 de diciembre, por el que se establece el procedimiento de envío telemático de información sobre los datos de trascendencia tributaria de determinados documentos autorizados en las notarías de Cataluña, y por otra, la Orden ECF/597/2006, de 28 de diciembre, por la que se determina el contenido de la declaración informativa resumen de las escrituras públicas y el procedimiento para su envío telemático. Disponiendo de la declaración informativa se hace posible la presentación telemática de la autoliquidación correspondiente, por lo que ya no es necesario efectuar la presentación en las oficinas de la Administración Tributaria.

Esta declaración informativa resumen de las escrituras públicas autorizadas por los notarios se refiere, transitoriamente, a un número limitado de hechos imponibles, los cuales se recogen en el anexo II de la Orden mencionada. Sólo respecto a estos hechos imponibles .todos ellos referidos al impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. es posible, de momento, la presentación telemática de la correspondiente autoliquidación, puesto que es necesario que la Administración disponga previamente de la declaración informativa.

Por otra parte, se procede a modificar los códigos que aparecen en el último cuadro Tabla de tipo de operaciones del anexo I de la misma Orden, dado que por parte del Consejo General del Notariado se ha aprobado el Nuevo Índice Único Informatizado, que ha entrado en vigor el 1 de enero de 2007, y en el que se cambia la codificación de los actos jurídicos.

Por todo ello,

Ordeno:

Artículo 1

Modificación del apartado 2.3 del artículo 2 de la Orden ECF/109/2005, de 18 de marzo, por la que se aprueban los modelos 600, 610, 611, 615, 616, y 630, del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, y se fija la cuota de la tasa que graba el suministro del modelo 600 en soporte papel.

Se modifica el apartado...

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