La liquidación de la herencia en el Código civil español

AutorBelén Sainz-Cantero Caparrós
CargoCatedrática de Derecho Civil. Universidad de Almería
Páginas796-802
796 Anuario de Derecho Civil
ADC, tomo LXXIII, 2020, fasc. II, pp. 783-806
En todo caso, para la propuesta citada, como para otras posibles solucio-
nes claras a un problema de por sí muy complejo, parece que solo cabe ya
una vía: la de la reforma constitucional. A disminuir los miedos que esta op-
ción todavía crea en algunos se dirigen los apuntes finales de este libro, de
imprescindible lectura para los interesados en la pluralidad de ordenamientos
civiles en España y, en general, para calibrar la situación derivada del reparto
del poder normativo cuatro décadas después de la entrada en vigor de la
Constitución. No se si es o no el mejor momento para acometer esa reforma,
ni si la que plantea el Dr. Durbán Martín es la mejor de las opciones posibles,
pero nada obvia la necesidad y hasta la urgencia de la primera y la convenien-
cia de pensar, entre otras, en la segunda. Permítanme, pues, terminar mi re-
censión con las mismas palabras con las que finaliza su libro Ignacio Durbán
(apelando, nada menos, que a Gramsci y a Rubio Llorente): «afrontemos el
pesimismo de la razón con el optimismo de la voluntad».
María Paz G R
Catedrática de Derecho civil
Universidad de Santiago de Compostela
GARCÍA GOLDAR, Mónica: La liquidación de la herencia en el código
civil español, Boletín Oficial del Estado, Madrid, 2019, 566 pp.
Aunque los sistemas de sucesión mortis causa se suelen definir por el
modo en el que el llamado a suceder a título universal se convierte en sucesor
(por la aceptación o por el solo llamamiento), en la definición de un sistema
sucesorio es igualmente determinante el modo en que se dispone la liquida-
ción de las deudas del causante y las que origina la sucesión, sea esta testada,
intestada o contractual. Naturalmente, en todos los sistemas, las obligaciones
del causante que no son personalísimas son transmisibles mortis causa; pero
mientras en el Common Law del pago de estas deudas se ocupa un liquidador
nombrado al efecto, en nuestro sistema es el sucesor quien asume esa función
de liquidación de las deudas hereditarias, y responde de ello con su propio
patrimonio.
Este es el objeto de este estudio comparado y en profundidad, sobre la
liquidación de la herencia en el Código Civil español. Y la responsabilidad
del sucesor a título universal es la perspectiva desde la que se aborda; para
poner de manifiesto, sobre todo, la necesidad de que las normas y principios
determinantes de dicha responsabilidad sean revisados y reformados: para
limitarla de modo efectivo intra vires con carácter general y para todas las
deudas de la herencia; pero en especial, cuando las deudas, que con ocasión
de la sucesión deberá afrontar el sucesor universal, resulten desconocidas o
sobrevenidas. Pero en este completísimo estudio la autora propone, además,
a quien se acerca a él y a lo largo de su recorrido, nuevas soluciones sobre
otros problemas antiguos y nuevos de nuestra normativa sobre sucesiones
mortis causa, que la crisis económica, con sus efectos en todos los ámbitos,
ha obligado a reconsiderar.
Como punto de partida, se considera la imposibilidad de que los acreedo-
res del causante puedan verse afectados por el hecho sucesorio en la garantía
patrimonial universal con que contaban al nacer su crédito y en vida del cau-
sante. Y que la responsabilidad de los sucesores mortis causa por las deudas

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