Liquidación de gananciales. Adjudicación de bien inscrito por mitad y pro indiviso

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Hechos: dentro de un procedimiento de divorcio se inventaría determinado bien como ganancial por acuerdo de las partes, figurando en el Registro como privativo por mitad por haber sido adquirido antes del matrimonio, y se procede a adjudicarlo a uno de los cónyuges mediante Decreto del Secretario Judicial. Posteriormente el secretario judicial, contestando a una petición de aclaración de dicho decreto, y responde que no hay nada que aclarar pues en la sentencia está declarado expresamente el bien como ganancial.

El registrador suspende la inscripción señalando la contradicción existente en el Registro de la Propiedad entre el carácter del bien inventariado como ganancial y el que resulta del Registro (privativo), por considerar que o es un error del inventario o no se acredita debidamente la existencia de un negocio jurídico de cambio de carácter del bien a ganancial. Además, como segundo defecto, no se justifica la disolución de la sociedad de gananciales por sentencia ni su indicación en el Registro Civil.

El recurrente alega que se trata de la vivienda del matrimonio, lo que acredita con determinadas fotocopias, que se ha producido una atribución de ganancialidad en el convenio de la liquidación por las contraprestaciones acordadas, y que, a mayor abundamiento, la vivienda era ya ganancial al haber sido pagado el préstamo hipotecario para su adquisición con fondos gananciales, tal como consta en el Registro.

La DGRN, como cuestión previa, señala que no va a tener cuenta la documentación aportada por el recurrente, como la que hace referencia al carácter de vivienda familiar, al no haber sido aportada al Registrador para la calificación.

Seguidamente recuerda su doctrina de que, en sede judicial, la regla general es que el convenio regulador ha de tener por objeto bienes gananciales, aunque también puede incluirse la vivienda conyugal cuando sea privativa, y en los matrimonios sujetos a separación de bienes la disolución de proindivisos que traigan su causa del divorcio. En los demás casos estaríamos ante negocios complejos que exigen la escritura pública...

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