La base liquidable en el nuevo impuesto sobre grandes establecimientos comerciales

AutorJordi Gasulla
Cargo del AutorAbogado
Páginas97-106

LIGEC

Artículo 8. Base liquidable

  1. La base liquidable se obtiene de aplicar a la base imponible el coeficiente que corresponda entre los establecidos por el apartado 2 y, sobre el resultado obtenido, la reducción establecida por los apartados 3, si procede.

  2. En función de la superficie de terreno ocupada por la proyección horizontal del establecimiento, se aplican los coeficientes siguientes:

  3. En el caso de sujetos pasivos dedicados esencialmente a la venta de mobiliario, de artículos de saneamiento, y de puertas y ventanas, y los centros de bricolaje, la base liquidable se obtiene de aplicar una reducción del 60 % sobre el resultado obtenido de la aplicación de lo que establece el apartado 2.

    RIGEC

    Artículo 13. Proyección horizontal del establecimiento En la determinación de la base liquidable y al efecto de la aplicación del coeficiente que corresponda en cada caso entre los establecidos en el apartado 2 del artículo 8 de la Ley del impuesto, se considera que la superficie de terreno es la ocupada por la proyección horizontal de la edificación o edificaciones que integran el establecimiento.

    6.1. LA PROYECCIÓN HORIZONTAL

    Los arts. 8 LIGEC y 13 RIGEC regulan el cálculo de la base liquidable del impuesto, y la hacen pivotar básicamente en la figura de la proyección horizontal de la edificación o edificaciones que constituyen el establecimiento comercial individual.

    Un primer elemento de debate que puede sustraerse de la lectura de los citados artículos es el criterio utilizado por el legislador para calcular la base liquidable del impuesto, que se diferencia holgadamente del determinado para la base imponible.

    Mientras que la base imponible del impuesto se calcula en función de los metros cuadrados de superficie de venta real, de almacenes, talleres, obradores y aparcamientos, es decir, en función de la superficie directamente relacionada con la actividad comercial, la base liquidable se obtendrá de la aplicación de un concepto provinente de la geometría descriptiva ---la proyección horizontal--- que parte de la edificación envolvente ---con lo que va a incluir superficies no directamente relacionadas con la actividad comercial---.

    Si abundamos en la geometría descriptiva 17 , ésta es la disciplina que tiene por objeto proporcionar al técnico la manera de representar sobre un plano las diversas figuras del espacio a fin de resolver, utilizando solamente las construcciones de Geometría plana, todos los problemas que puedan presentarse con los elementos del espacio.

    En este contexto se ha venido considerando la proyección horizontal, la reproducción en planta de un edificio o edificaciones, o dicho de otra forma, la proporción máxima de la superficie total de una parcela que es ocupada en edificaciones.

    Como se puede apreciar, a diferencia de la base imponible, donde se acumulan todas las plantas de un establecimiento comercial (volumen), almacenes, talleres, obradores y superficies de aparcamiento, la base liquidable se centra en un aspecto distinto: la ocupación máxima en metros cuadrados de la edificación o edificaciones que integran el establecimiento sobre la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR