Responsabilidad del Estado: La justicia y sus límites temporales, de Enrique García Pons.

AutorLucía Caparrós Torrente
Páginas1963-1966

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    GARCÍA PONS, ENRIQUE: Responsabilidad del Estado: La justicia y sus límites temporales, Editorial Bosch, Barcelona, 1996, 388 págs

El contenido de la obra, que básicamente constituyó la tesis doctoral del autor, aborda la garantía última de todas las demás garantías de todos los derechos en el Estado social y democrático de Derecho diseñado por la Constitución de 1978, es decir, los más trascendentales límites temporales del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión, más allá de los cuales la justicia se manifiesta injusta, o sea, el derecho a un proceso dentro de un plazo razonable o, en expresión sinónima, sin dilaciones indebidas.

Dado que se trata de un derecho indeterminado, la sistematización expositiva ha adquirido en la obra una especial relevancia que vamos a mantener en la presente reseña

En el capítulo primero se constata que el derecho a un proceso, dentro de un plazo razonable, constituye un derecho humano positivizado, en los artículos 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 6 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y al tiempo un derecho fundamental en el artículo 24 de la Constitución; y se anticipa lo que se sentará en capítulos posteriores: que el contenido esencial del derecho será el dimanante de la más favorable de las interpretaciones entre las efectuadas por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas (CDH), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y el Tribunal Constitucional (TC)

En el capítulo segundo se profundiza en la conceptualización del derecho fundamental, atendiendo a su estructura jurídica y a su función constitucional, como derecho subjetivo de naturaleza prestacional exigible a todos los poderes públicos, y se sientan las bases de objetivación de los límites del contenido esencial atendiendo a los valores, los principios, la protección internacional y la interpretación extensiva aplicable.

En el capítulo tercero cabe distinguir dos partes.

En la primera, se contemplan los criterios genéricos de objetivación a partir de la sistematización desarrollada por el TEDH, que se complementan con las aportaciones del TC y del CDH, tanto los tres criterios preceptivos (complejidad del asunto, comportamiento del recurrente y comportamiento de las autoridades competentes) como los tres facultativos (período a considerar, importancia del litigio para el interesado y contexto en que se desarrollaron las actuaciones).

En la segunda parte se explicitan las especificidades de la jurisprudencia constitucional (preceptiva invocación previa, exigencia de proceso no finalizado, duración de procesos similares, consideración de los medios disponibles y proyección hacia el futuro) y se relacionan dichas especificidades con los mínimos dimanantes de la protección internacional

Page 1964En el capítulo cuarto se analizan los diferentes fallos del TEDH, del TC y...

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