DECRETO 261/2001, de 25 de septiembre, de ampliación de los límites del parque natural de la Zona Volcànica de la Garrotxa.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

261/2001, de 25 de septiembre, de ampliación de los límites del parque natural de la Zona Volcànica de la Garrotxa.

La Ley 2/1982, de 3 de marzo, de protección de la zona volcánica de La Garrotxa, determinó la zona declarada paraje natural de interés nacional mediante un polígono provisional. Posteriormente, la disposición final primera de la Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales, asignó a este espacio protegido la denominación de parque natural. La concreción de los límites del parque natural de la Zona Volcànica de la Garrotxa y el ámbito territorial de las zonas declaradas reserva natural fueron aprobados por el Decreto 71/1986, de 13 de febrero.

EL Ayuntamiento de Sant Feliu de Pallerols solicitó a la Junta de Protección de la Zona Volcànica de la Garrotxa el inicio de estudios previos para analizar la posibilidad de la ampliación del parque natural en este municipio.

Los estudios llevados a término para valorar los diferentes aspectos a tener en cuenta con el fin de ampliar el área del parque natural de la Zona Volcànica de la Garrotxa, con la inclusión del territorio del término municipal de Sant Feliu de Pallerols que en la actualidad no está integrado en el parque, ponen de manifiesto la necesidad de materializar esta ampliación.

Considerando que el Ayuntamiento de Sant Feliu de Pallerols ha acordado solicitar la continuación del proceso de ampliación del parque;

Atendiendo a lo que dispone la disposición final primera de la Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales;

A propuesta del consejero de Medio Ambiente, y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo único

—1 Se aprueba la incorporación al ámbito del parque natural de la Zona Volcànica de la Garrotxa de la totalidad del territorio del término municipal de Sant Feliu de Pallerols que no estaba integrado en el parque.

—2 Se excluyen los espacios clasificados como suelo urbano o urbanizable en el planeamiento urbanístico del municipio que se incorpora.

—3 De acuerdo con lo que dispone el artículo 16.3 de la Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales, el ámbito territorial descrito en el punto 1 de este artículo queda incluido en el Plan de...

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