ORDEN HAC/429/2004, de 13 de febrero, por la que se hacen públicos los límites de los distintos tipos de contratos a efectos de la contratación administrativa a partir de 1 de enero de 2004.

MarginalBOE-A-2004-3450
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/429/2004, de 13 de febrero, por la que se hacen públicos los límites de los distintos tipos de contratos a efectos de la contratación administrativa a partir de 1 de enero de 2004.

La comunicación de la Comisión Europea (2001/ C 322/03),publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas número C 322, de 27 de noviembre de 2001, hacía público el contravalor de los umbrales correspondientes a los contratos públicos de obras, suministros y servicios y a los contratos sujetos al Acuerdo sobre Contratación Pública a partir de 1 de enero de 2002.

Haciendo uso de lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y en la disposición final tercera de la Ley 48/1998, de 30 de diciembre, en el sentido de que las cifras que en lo sucesivo se fijen por la Unión Europea y se publiquen por Orden del Ministro de Hacienda en euros o en derechos especiales de giro (DEG) sustituirán a las que figuren en el texto de ambas Leyes, la Orden HAC/737/2002, de 2 de abril de 2002 (Boletín Oficial del Estado número 83, de 6 de abril de 2002), hizo públicos los límites aplicables a los contratos previstos en las Directivas Comunitarias y a los incluidos en el Acuerdo sobre Contratación Pública, alterando las cifras que figuraban en diversos artículos de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y de la Ley 46/1998, de 16 de diciembre, a partir de 1 de enero de 2002.

En el Diario Oficial de la Unión Europea número C 309, de 19 de diciembre de 2003, se publica la comunicación de la Comisión Europea (2003/C 309/07) fijando, a partir de 1 de enero de 2004, los umbrales previstos para los contratos públicos y el contravalor en euros de los derechos especiales de giro, aclarando que para los Estados miembros que participen en el euro las cantidades en euros se aplicarán directamente.

Procede, por tanto, incorporar a la legislación española los límites fijados, a partir de 1 de enero de 2004, por la Comisión Europea y señalar las cifras que deben figurar en los respectivos preceptos de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y de la Ley 48/1998, de 30 de diciembre.

En su virtud, previo informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, a propuesta de la Dirección General del Patrimonio del...

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