Limitaciones de los derechos de autor derivadas del derecho comunitario: el caso «Magill»

AutorMaría del Mar Maroño Gargallo
Cargo del AutorProf. Ayud. Der. Penal Fac. de Derecho Univ. de La Coruña

En 1991, el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas dictó tres sentencias que resolvían sendos recursos formulados de forma paralela. Dichas sentencias han provocado una cierta polémica doctrinal porque en ellas el Tribunal de Primera Instancia ha reconocido la posible limitación de lo que hasta ahora se consideraba incluido en el contenido esencial del derecho de propiedad intelectual, cual es el derecho exclusivo de reproducción del titular. Actualmente, estas sentencias se encuentran recurridas ante el TJCE.

Los hechos que provocaron el conflicto se basaban en la política mantenida por las sociedades rectoras de los distintos canales televisivos que podían ser captados en Irlanda e Irlanda del Norte (RTE, BBC e ITP). Cada sociedad reivindicaba, al amparo de las leyes británica e irlandesa sobre propiedad intelectual, la protección de los derechos de autor sobre sus listas de programas semanales, oponiéndose a su reproducción por terceros. De esta forma, no existía ninguna guía semanal exhaustiva de programas de televisión, esto es, con las listas de todos los canales que se captaban en la zona, sino sólo las guías que cada entidad editaba y que estaban dedicadas exclusivamente a sus propios programas. Por lo demás, el consumidor podía acceder de forma limitada a esa misma información a través de las listas de la prensa diaria y semanal (listas de un día -o de dos, la víspera de festivos- en los periódicos, así como una selección de los programas de la semana en revistas semanales y dominicales). Información a la que dichas publicaciones accedían de forma gratuita, bajo una licencia exenta de pago, y...

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