Limitaciones en el ámbito de los partidos políticos, delito de financiación ilegal y ejemplo en el sector privado

AutorAbdeslam Jesús Aoulad Ben Salem Lucena
Páginas129-137

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1. Código de buenas prácticas partido popular

El Partido Popular entiende que no es posible exigir regeneración a los demás, si previamente no asume un compromiso de autoexigencia, tanto como Partido, y por otra parte a sus dirigentes y militantes que puedan en el presente o futuro ostentar tareas públicas. Esta es la razón por la que disposiciones contenidas en el Código Ético de 1993 fueron incorporadas a los Estatutos del Partido; por la que el Partido Popular se comprometía a no presentar como candidato a los tránsfugas, llevándolo al pacto antitransfuguismo; y por la que quedarán incorporadas de forma inmediata a este Código de Buenas Prácticas las propuestas de las «Bases por la transparencia y contra la corrupción» necesarias para dar una imagen acorde con la realidad que se está viviendo en las últimas fechas132.

Todos los cargos públicos, responsables políticos y profesionales con funciones ejecutivas en el Partido Popular, han de observar el máximo rigor y exigencia en el desempeño de sus funciones, velando siempre por el interés público y el servicio a los ciudadanos, y absteniéndose de cualquier conducta que, aun siendo plenamente legal, pueda dañar la imagen u honorabilidad de la organización a la que pertenecen.

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Actuarán en el desempeño de sus cargos o funciones de acuerdo con los principios de transparencia, eficacia y austeridad.

Se abstendrán de toda actividad privada que pueda suponer un conflicto de intereses con el ejercicio de su función, y no aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja.

La prohibición de aceptar cualesquiera regalos, atenciones o liberalidades que no respondan, por su importe o causa, a los usos y costumbres sociales.133

El concepto de regalo al igual que ocurre con la Ley de Transparencia queda vacío de contenido, con la indefinición que indica aquello que no supere los usos o costumbres sociales.

Ante la preocupación ciudadana con el fenómeno de la corrupción, el Partido Popular lanzaba un comunicado de prensa anunciando la intención de crear una oficina interna de control anticorrupción, justificada en la necesidad de aumentar la confianza de los españoles y avanzar en la regeneración con más autocontroles134.

Para ello anunciaban que endurecerán los requisitos que han de satisfacerse para poder formar parte de las listas electorales y fijarán una serie de mecanismos de alerta temprana para atajar la corrupción, ello unido a una suerte de examen de idoneidad, que incluirá la declaración de actividades, la de bienes, patrimonio, así como un resumen de la última declaración de IRPF y una reconocimiento jurado dando fe de que no se está incurso en causa alguna de inhabilitación o conflicto de intereses. Además indicaban la creación de la Oficina del cargo popular, que se encargará de verificar estos datos y supervisar el cumplimiento de todos los requisitos para acceder al cargo135.

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Dicha iniciativa si se materializa puede ser de gran utilidad, no obstante pienso que dado que el Partido Popular ostenta el Gobierno de nuestro País, abogo por trasladar dicha decisión a las Autoridades y Cargos Públicos que a día de hoy forman parte del Ejecutivo y opino que la Oficina de Conflicto de Intereses podría encargarse de supervisar dichas declaraciones de los responsables públicos.

Daríamos un paso efectivo, en cuanto a la transparencia en la Administración se refiere y tendríamos un Organismo Estatal encargado de vigilar los desmanes y corruptelas, que a día de hoy indignan a la ciudadanía.

2. Código ético partido socialista obrero español

El Partido Socialista Obrero Español aprobó el 10 de octubre de 2014, un Código Ético que contemplaba una serie de principios de funcionamiento para sus afiliados y que era extensible a sus cargos públicos y personal eventual, que venía a establecer una cuantificación de los límites de los regalos y por tanto indicaba la forma de proceder al respecto.

Ningún cargo orgánico o público socialista podrá aceptar regalos u obsequios, sean en efectivo o en especie, favores o servicios que procedan de una persona física o jurídica relacionada directa o indirectamente con su actividad política, orgánica o administrativa y cuyo valor supere los 60 euros. No podrán acumular regalos procedentes de la misma persona, organismo o empresa, cuya suma de sus valores sea superior, igualmente, a los 100 euros durante el periodo de un año136.

Cuando un regalo u obsequio exceda las cuantías señaladas, será rechazado y, en su caso, devuelto a la persona de procedencia en el

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plazo de cinco días. Cuando dicha devolución no sea posible, se procederá a su integración en el patrimonio de la administración o, si no resulta posible, se donará a una entidad sin ánimo de lucro.

Todo regalo que se reciba quedará plasmado en un registro dispuesto al efecto custodiado por la Gerencia del partido.137 Este partido en su Código ético avanza un peldaño, al cuantificar dicha límite, cuestión que echamos en falta en la mayoría de las normativas tanto estatales como autonómicas que hemos analizado hasta ahora, y cuanto menos sugiere modos de proceder, que si bien podrían ser extrapolables a la vida...

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