STSJ Murcia , 24 de Octubre de 2001

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2001:2893
Número de Recurso732/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

1 Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº. 732/98.

SENTENCIA nº. 751/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 751/01.

En Murcia a 24 de octubre de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº. 732/98, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: sanción urbanística por edificación sin licencia.

Parte demandante:

D. Paulino , representado y defendido por el Letrado D. Ramón Rodríguez Costa.

Parte demandada:

El Ayuntamiento de Murcia, representado por la Procuradora Dª. Carmen Rosagro Sánchez y defendido por la Abogado Dña. Ana María Vidal Maestre.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Consejo de Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Murcia de 12 de enero de 1.998 por el que se impone una sanción urbanística de 38.500 pesetas por la ejecución sin licencia de obras de conversión de viviendas en oficinas en calle Gerónimo de Roda, 1,1º,D.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la que se anule la resolución recurrida. Subsidiariamente, se condene al recurrente a satisfacer unicamente la cantidad de 3.604 pesetas por la diferencia en la liquidación de la obra realizada.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 3-4-98, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 16 de octubre de 2.001.

II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Murcia se iniciaron actuaciones en relación con la conversión de dos viviendas en una oficina de 140 m2 realizada por el recurrente en la calle Gerónimo de Roda, 1, 1º D, de Murcia.

En su sustanciación, por Decreto de 7 de febrero de 1.997, se requirió al Sr. Jesus Miguel para que en el plazo de dos meses solicitase licencia, lo que se notificó el día 21 de febrero de 1.997, formulando alegaciones en las que señalaba que las obras eran menores y se ajustaban a las licencias concedidas para obras de esta naturaleza.

Por Decreto de 23 de julio de 1.997, notificado el 1 de...

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