DECRETO 254/2001, de 25 de septiembre, por el que se autoriza la implantación de los estudios conducentes a la obtención de los títulos de licenciado en ciencias del trabajo (segundo ciclo) y de licenciado en ciencias políticas y de la administración (segundo ciclo) en la Universitat Oberta de Catalunya.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

254/2001, de 25 de septiembre, por el que se autoriza la implantación de los estudios conducentes a la obtención de los títulos de licenciado en ciencias del trabajo (segundo ciclo) y de licenciado en ciencias políticas y de la administración (segundo ciclo) en la Universitat Oberta de Catalunya.

La Ley 3/1995, de 6 de abril, de reconocimiento de la Universitat Oberta de Catalunya, establece en el artículo 4.6 que para la implantación de nuevas titulaciones oficiales en esta Universidad deberá seguirse el procedimiento establecido en la normativa vigente.

La Universitat Oberta de Catalunya, con el fin de ampliar su oferta docente, ha acordado implantar los estudios conducentes a la obtención de los títulos de licenciado en ciencias del trabajo (segundo ciclo) y de licenciado en ciencias políticas y de la administración (segundo ciclo).

De acuerdo con ello, esta Universidad, previa aprobación de su órgano de gobierno, ha solicitado al Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información autorización para implantar estos estudios.

En consecuencia, de acuerdo con la mencionada solicitud, y de conformidad con lo que establece la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria; el Decreto 258/1997, de 30 de septiembre, por el que se regula la Programación universitaria de Cataluña y los procedimientos de creación o reconocimiento y de reordenación de centros docentes universitarios y de implantación de enseñanzas, y el Real decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios, a propuesta del consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información y previo acuerdo del Gobierno,

Decreto:

Artículo único

Se autoriza la implantación de los estudios conducentes a la obtención de los títulos de licenciado en ciencias del trabajo (segundo ciclo) y licenciado en ciencias políticas y de la administración (segundo ciclo) en la Universitat Oberta de Catalunya.

Disposición adicional

Una vez homologados los títulos y cumplidos los compromisos adquiridos por la Universitat Oberta de Catalunya, esta solicitará al Departamento de...

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