Opinión pública y "Libertades de expresión" en el constitucionalismo español (1726-1845)

AutorIgnacio Fernández Sarasola
CargoProfesor Titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Oviedo
Páginas160-186

    Ignacio Fernández Sarasola Profesor Titular de Derecho Constitucional en la Universidad de Oviedo, investigador titular del Instituto Feijoo de Estudios del Siglo XVIII y Secretario de la revista electrónica "Historia Constitucional". Se ha especializado en la historia constitucional comparada, campo en el que posee medio centenar de publicaciones. Entre sus libros más recientes destacan: Proyectos constitucionales en España (1786-1824), Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2004; y, Jovellanos. Escritos políticos, Instituto Feijoo de Estudios del Siglo XVIII, Oviedo, 2006.


    Este estudio tiene como base un artículo publicado en el Giornale di Storia Costituzionale, núm. 6, 2003, págs. 195-215, al que ahora he añadido notas al pie, así como algunas leves adiciones en el texto.


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"Opinión Pública: El órgano de Móstoles. Como cada trompeta suena por distinto tono, los que lo pulsan no oyen más que las tocatas que a ellos les agradan; así es que al sonar el órgano se figuran unos que oyen la pitita y otros el himno de Riego. Para un periodista la opinión pública son los suscriptores de su periódico, para el gobierno sus empleados, para un diputado sus electores"

(Juan Rico y Amat, Diccionario de los Políticos, 1855)

I Introducción
  1. En 1662, Blaise Pascal formulaba entre sus Pensamientos una máxima que habría de ser premonitoria para el futuro pensamiento político: "La opinión es como la reina del mundo, pero la fuerza es su tirano"1. Aun sin pretenderlo, Pascal había expresado metafóricamente la postrera relación que el liberalismo iba a establecer entre la Sociedad -ámbito dePage 161 la opinión- y el Estado -terreno de la fuerza pública-. Una relación en la que la autonomía de ambas esferas (Sociedad y Estado) se disipaba mediante la opinión pública, como medio a través del cual la Nación consolidaba sus libertades frente al poder público.

  2. Estas premisas liberales supusieron una alteración de los postulados sustentados por el Despotismo Ilustrado. Para este último, la opinión pública era, en principio, irrelevante, toda vez que el gobernante (ilustrado y asesorado por unas elites intelectuales, generalmente integradas en Consejos) era el único capacitado para interpretar el bienestar público y la prosperidad común. Incluso el engaño al pueblo quedaba legitimado, si con ello se lograba la felicidad pública2. Sin embargo, el propio programa social ilustrado, orientado a instruir a la Sociedad, llevaría implícito un cambio de esta situación, ya que acabaría otorgando a los ciudadanos una capacidad de crítica que les llevaría a superar su condición de meros gobernados. Por ese motivo, cuando Kant (y poco después Fichte) alzaba la voz con su Sapere Aude! incitaba al individuo a abandonar su minoría de edad política, a desterrar las bases del Despotismo Ilustrado y a convertirse en un sujeto activo de las relaciones políticas3.

  3. El liberalismo acentuó este protagonismo del individuo en la vida pública, aunque lo hizo sobre premisas bien distintas a las que sustentaría el futuro pensamiento democrático. Para el liberalismo, lo relevante no era tanto convertir a los gobernados en gobernantes (mediante derechos de participación) sino garantizar la esfera de libertades frente al Estado, hasta el punto de que los derechos políticos no serían más que instrumentos de defensa de los derechos de libertad. El liberalismo trató de garantizar la autonomía social a través de técnicas de estructuración del poder, entre las que el principio de legalidad, y la sempiterna idea de la división de poderes ocuparon un lugar privilegiado. Pero, aparte de estas técnicas organizativas, utilizará otro instrumento: la opinión pública, como expresión de las ideas de la Sociedad y, por tanto, como guía y como crítica de la actuación del poder público. Así, la "reina del mundo", la opinión expresada por la Sociedad, modularía la fuerza pública, evitando su tiranía.

  4. Como se verá en este artículo, España no es ajena a este creciente papel de la opinión pública. Su protagonismo en las relaciones políticas comienza a gestarse en el siglo XVIII español, para consolidarse a mediados del siglo XIX, momento en el que nadie duda de su relevancia y de la correlativa fuerza de aquellas "libertades de expresión" que lePage 162 sirven de cauce y entre las que destaca, pero no exclusivamente, la libertad de imprenta.

II Opinión pública y libertad de imprenta en la ilustración liberal y en el liberalismo predoceañista (1726-1810)
  1. La primera aproximación al concepto de opinión pública en España suele imputarse al ilustrado Benito Feijoo, quien en su obra Teatro Crítico Universal (1726) definió el concepto de "voz del pueblo" o "voz común". Feijoo, que luchó con denuedo a lo largo de toda su vida para desterrar las muy extendidas supersticiones populares, definía la "voz del pueblo" en un sentido cuantitativo, como la opinión más extendida. Este componente meramente numérico no le otorgaba, por sí, ningún valor intrínseco, puesto que el número de voces no era sinónimo de celsitud4. Ésta última sólo se lograba con una adecuada instrucción, que pudiera reconducir las múltiples voces discordantes e irracionales a una sola voz, racional y cualitativamente superior5.

  2. Hasta la década de 1790, aproximadamente, en la ilustración española se acudió a términos como el de "opinión común", "opinión popular" y "opinión vulgar" para referirse por igual a una opinión caracterizada por la falta de racionalidad6. Así como la opinión uti singulis aparecía como contraria a la razón, la opinión colectiva no era más que suma de opiniones parciales, igualmente disociada de la ratio.

  3. Partícipe de esta idea cuantitativa de la voz pública fue el ilustrado vasco Valentín de Foronda quien, utilizando los conceptos de "opinión pública" o su sinónimo "opinión común", consideraba que se trataba de una voz general que podía estar equivocada. Para lograr que la opinión pública fuese acertada, Foronda -a diferencia de Feijoo- no se centraba sólo en la instrucción, sino que conectaba ésta, ante todo, con libertad de imprenta. En Foronda, dicha libertad se hallaba al servicio de la instrucción, de modo que, a través del intercambio recíproco de opiniones, se pudiera alcanzar una verdad asumible por toda la Nación. Precisamente porque la libertad de imprenta cumplía este objetivo instructor, se relegaba su posible papel de instancia crítica (muy excepcional en Foronda), y se sujetaba a determinados límites, porPage 163 cuanto no eran opinables cuestiones tales como la religión o ciertas máximas de gobierno7.

  4. La apertura hacia una concepción más liberal de la opinión pública y la libertad de imprenta la hallamos en autores como Cabarrús, Jovellanos y, sobre todo, Calvo de Rozas y Flórez Estrada. Cabarrús consideraba que la libertad de opinar se fundamentaba en el estado de naturaleza y, por tanto, tenía un carácter preestatal. Nacida la Sociedad y el Estado a partir del pacto social, ambas instancias debían propiciar esta libertad de opinar. Así, la Sociedad debía fomentar la escritura y la lectura en sus componentes, en tanto que el Estado debía garantizar la libertad de imprenta que cumpliría un doble cometido, positivo (de orientación al poder público) y negativo (de crítica a éste). Así pues, en Cabarrús la libertad de imprenta no sólo se dirigía a fomentar la instrucción pública - de hecho, ésta era un cometido social, y un presupuesto para el ejercicio de la libertad de imprenta- sino, sobre todo, a articular las relaciones de la Sociedad con el Estado8.

  5. Algo parecido sucede con Jovellanos, quien también atisbó el papel que debían asumir la opinión pública y la libertad de imprenta para el adecuado ejercicio del poder público9. Jovellanos consideraba a la opinión pública como una fuerza viva, cuyo poder se sustentaba en su número y en su extensión a lo largo de todo el territorio nacional10. Esta opinión pública tenía una doble dimensión, por cuanto guiaba la conducta de los gobernantes (aspecto positivo) y los sujetaba a crítica y exigencia de responsabilidad por su gestión (aspecto negativo). La capacidad de enjuiciar a los gobernantes convertía a la opinión pública en un auténtico Tribunal (al que incluso se dirigió Jovellanos para que exculpara su conducta como miembro de la Junta Central), cuyo medio de expresión era la libertad de imprenta. Estas ideas, típicamente liberales, se entremezclaban con notas propias del pensamiento ilustrado. Y es que Jovellanos, consciente del poder de la opinión pública, y de la imprenta como su medio de difusión, también eraPage 164 temeroso de una opinión mal dirigida. Por tal motivo, pretendía conseguir una opinión pública ilustrada, razonable, convirtiendo, una vez más a la instrucción como elemento medular. Así pues, la libertad de imprenta, sin...

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