Ley con vocación integral

AutorGorgonio Martínez Atienza
Cargo del AutorDoctor en Derecho y Licenciado Criminología
Páginas6-7

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Del escaso protagonismo jurídico-legal que ha tenido la víctima en nuestro ordenamiento jurídico, se ha pasado a la aprobación de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del Delito, que tiene como protagonista de una forma clara y expresa a la víctima, y, que trata de trasponer a la legislación española las Directivas Comunitarias siguientes:

  1. - Directiva 2012/29/UE, de 25 de octubre sobre normas mínimas de apoyo y protección a las víctimas.

  2. - Directiva 2011/36/UE, de 5 de abril de 2011, contra la trata de seres humanos y la protección de las víctimas.

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  3. - Directiva 2011/93/UE, de 13 de diciembre de 2011, contra el abuso sexual infantil, la explotación sexual y la pornografía infantil.

    La Ley del Estatuto de la Víctima del Delito, que es desarrollada por el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, es una norma con vocación integral al no limitarse a regular los derechos de la víctima en el seno de un procedimiento penal, sino que trata de ofrecer un estatuto de la víctima tanto desde el punto de vista procesal como extraprocesal, pues ofrece desde los poderes públicos una respuesta jurídica y social a las víctimas, no sólo reparadora del daño en el marco de un proceso penal, sino también minimizadora de otros efectos traumáticos en lo...

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