Ley Orgánica del Poder Judicial

AutorManuel Jaén Vallejo - Ángel Luis Perrino Pérez
Cargo del AutorMagistrado - Fiscal
Páginas205-207

Page 205

Art. 57.1.5º, que atribuye la competencia a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes.

Artículo 57.

"1. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo conocerá:

(...)

  1. De los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes (...)".

    Art. 65.7º, que atribuye la misma competencia a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes.

    Artículo 65.

    "La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional conocerá:

    (...)

  2. De los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competente (...)".

    Art. 73.3.e), la atribuye a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia, respecto a los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes.

    Artículo 73.

    "1. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia conocerá, como Sala de lo Civil: (...)

    Page 206

    1. Como Sala de lo Penal, corresponde a esta Sala: (...)

    e) De los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes (...).

    Art. 82.1.6º, la atribuye a las Audiencias Provinciales, en cuanto a los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes.

    Artículo 82.

    "1. Las Audiencias Provinciales conocerán en el orden penal:

    (...)

  3. De los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes (...)".

    Art. 87.1.h), la atribuye a los Juzgados de Instrucción, en cuanto a los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes.

    Artículo 87.

    "1. Los Juzgados de Instrucción conocerán, en el orden penal:

    (...)

    h) De los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes (...)".

    Art. 89 bis.2, referido a los Juzgados de lo Penal, atribuyéndoles la competencia de los procedimientos de decomiso autónomo por los delitos para cuyo conocimiento sean competentes.

    Artículo 89 bis.2.

    "2. (...) Corresponde asimismo a los Juzgados de lo Penal (...) los procedimientos de decomiso autónomo por los...

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