Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa. (DOGC núm. 6035, de 30 de diciembre)

AutorCelia Gonzalo Miguel
CargoPersonal Investigador en Formación del CIEDA-CIEMAT
Páginas47-48

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Temas clave: Política ambiental; Aguas; Evaluación de planes y programas; Montes; Actividades extractivas; Simplificación administrativa

Resumen:

Para reducir y clarificar la legislación con el objetivo de que sea más accesible y comprensible por los ciudadanos, la presente Ley pretende avanzar en el proceso de simplificación administrativa. Dicha simplificación es abordada desde una doble perspectiva: la administrativa, que comprende todas las modificaciones legales cuya última finalidad es la reducción efectiva de trámites innecesarios y la simplificación de los procedimientos considerados en conjunto; y la normativa, que comprende tanto reformas que corresponden a la necesidad de adaptar el ordenamiento jurídico a las finalidades perseguidas, como la corrección de algunos errores detectados.

Numerosas son las reformas introducidas en esta Ley, por lo que nos detendremos tan sólo en el análisis del Título I que bajo la rúbrica «Ámbito agroambiental», contiene las siguientes medidas:

- Se modifican aspectos relativos al acceso motorizado al medio natural en relación con la delimitación de los viales de circulación de vehículos o de los espacios y recorridos en la celebración de competiciones deportivas (Capítulo I). Destacar de este último aspecto que se prohíben las competiciones deportivas en el interior de los espacios naturales de especial protección, en las reservas nacionales de caza y en las reservas naturales de fauna salvaje, salvo en el caso de tramos de enlace no cronometrados, que pueden pasar por viales aptos para la circulación motorizada, previo informe favorable del órgano gestor del espacio y de acuerdo con las autorizaciones correspondientes.

- Se determina que la organización y funcionamiento del registro de envasadores y embotelladores de vinos y bebidas alcohólicas debe establecerse por reglamento (Capítulo II).

- El Capítulo III introduce diversas modificaciones del Texto Refundido en materia de aguas, que básicamente se orientan a la supresión del Ente de Abastecimiento de Agua, cuyas funciones pasan a ser ejercidas por la Agencia Catalana del Agua, y a la simplificación del proceso de ejecución de obras de regadío por parte de los beneficiarios.

- Se simplifica el sistema de nombramiento de miembros del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias (Capítulo IV).

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- Se simplifica el procedimiento de evaluación ambiental de planes y programas, eliminando la obligación de presentar...

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