Ley Foral de la Transparencia y del Gobierno Abierto. (Ley Foral 11/2012, de 21 de junio)

Publicado enBON
Ámbito TerritorialNormativa de Navarra
RangoLey Foral

LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de la Transparencia y del Gobierno Abierto.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I

La participación de todos los ciudadanos y ciudadanas en la vida política, económica, cultural y social es un principio constitucional cuya finalidad última es la garantía de una libertad y una igualdad reales y efectivas. La consecución de estos objetivos irrenunciables para una sociedad moderna y democrática como la nuestra es un compromiso de todas las Administraciones Públicas. La exigencia de remoción de los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud obliga a depurar nuestro ordenamiento jurídico, contemplando con mayor precisión y claridad todas las medidas necesarias para mejorar la transparencia, el derecho de acceso a la información de los ciudadanos y ciudadanas y su participación en los asuntos públicos, que constituyen la base para la mejora institucional y de gobierno.

No sólo a nivel europeo se ha ido perfilando la mejora de la transparencia, sino que también a nivel estatal son diversas las normas que vienen a regular el acceso de los ciudadanos y ciudadanas a la información de los poderes públicos, aunque desde diversas perspectivas. Así, entre otras, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente; la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, y la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público. En Navarra, como más importantes, tenemos la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; la Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, para la Implantación de la Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; la Ley Foral 21/2005, de 29 de diciembre, de evaluación de las políticas públicas y de la calidad de los servicios públicos, y la Ley Foral 15/2009, de 9 de diciembre, de medidas de simplificación administrativa para la puesta en marcha de actividades empresariales o profesionales. También debe destacarse la Ley Foral 2/2011, de 17 de marzo, por la que se establece un código de buen gobierno, y que recoge una serie de principios éticos y de conducta que garantizan la publicidad y transparencia de su actividad.

Una visión más completa e integradora de lo que significa un buen gobierno y una buena administración exige contemplar conjuntamente los derechos a una actuación transparente, el derecho de participación de los ciudadanos y ciudadanas y el derecho de éstos a colaborar y contribuir en la mejora de los servicios públicos. En una sociedad democrática avanzada los ciudadanos y ciudadanas, además de ver reconocidos sus derechos más elementales dentro de un procedimiento administrativo como parte interesada, han demostrado su deseo de saber, de tomar parte y de colaborar activamente. Sin duda, esto refuerza nuestra sociedad democrática, sirve de impulso a una acción de gobierno transparente y a una administración más eficaz, cercana y servicial. En suma, se desea una Administración y un Gobierno capaces y preparados para asumir sus responsabilidades frente a los ciudadanos y ciudadanas a los que han de servir. Surge así también la idea de un Gobierno Abierto, expresión que se define en la propia Ley Foral como aquél que es capaz de entablar una permanente conversación con los ciudadanos y ciudadanas con el fin de escuchar lo que dicen y solicitan, que toma sus decisiones centrándose en sus necesidades y preferencias, que facilita la participación y la colaboración de la ciudadanía en la definición de sus políticas y en el ejercicio de sus funciones, que proporciona información y comunica aquello que decide y hace de forma transparente, que se somete a criterios de calidad y de mejora continua, y que está preparado para rendir cuentas y asumir su responsabilidad ante los ciudadanos y ciudadanas a los que ha de servir.

La presente Ley Foral trata de condensar en una sola norma los diferentes aspectos y principios esenciales que dirijan a nuestra Administración Pública y a nuestro Gobierno a ser definitivamente transparentes y al establecimiento de una nueva forma de interrelación con la ciudadanía.

II

Navarra tiene competencia exclusiva, en virtud de su régimen foral, sobre las normas de procedimiento administrativo que se deriven de las especialidades del Derecho sustantivo o de la organización propios de Navarra, así como sobre el Régimen jurídico de la Diputación Foral, de su Administración y de los entes públicos dependientes de la misma, garantizando el tratamiento igual de los administrados ante las Administraciones Públicas, conforme dispone las letras c) y e) del artículo 49.1 de la LORAFNA.

La materia que se regula en la presente Ley Foral configura un diseño nuevo de la organización de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus entes públicos, adoptando un modelo que apuesta por la transparencia en la información de la que dispone, por fomentar su reutilización, por la participación y colaboración de los ciudadanos y ciudadanas a las que debe servir, configurando una nueva forma de administrar, más abierta y participativa. Navarra respeta los límites de la legislación básica del Estado en materia de procedimiento administrativo común, dado que los derechos de acceso y el procedimiento y régimen de su ejercicio, amén de circunscribirse a su ámbito organizativo no suponen quiebra alguna de tales límites, sino antes bien, van más allá del mínimo impuesto por dicha legislación. En materia de transparencia, configurar un derecho de acceso a la información de la que dispone la Administración con carácter menos restrictivo y, por tanto, más amplio, supone una mejora para todas las personas que se relacionan con ella.

La Ley Foral refleja el convencimiento de que la transparencia en la actuación de los poderes públicos debe ser abordada desde una perspectiva integral e integradora. El buen gobierno y la buena administración constituyen, en una democracia avanzada, los pilares básicos para una Administración de calidad, eficiente, accesible a la ciudadanía y, en suma, ejemplar en su funcionamiento. Con esta idea, la norma contempla medidas para la transparencia en la actividad pública y en la gestión administrativa, para fomentar la participación y la colaboración ciudadanas, para la modernización, la racionalización y la simplificación de la actuación administrativa, para la mejora de la calidad de la Administración Pública y medidas éticas y de transparencia en la acción de Gobierno. Todo ello persigue, asimismo, la efectiva implantación del Gobierno Abierto.

La finalidad que todas las disposiciones de la Ley Foral persiguen es la construcción de un sistema público servicial, de excelencia en su comportamiento y en su funcionamiento, que genere confianza en la ciudadanía y le anime a...

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