Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética. (Ley Foral 4/2022, de 22 de marzo)

Publicado enBON
Ámbito TerritorialNormativa de Navarra
RangoLey Foral

LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética.

PREÁMBULO
I

La atmósfera y los océanos se están calentando, provocando el cambio climático con graves consecuencias para nuestro medio ambiente y nuestra sociedad. En el informe del Grupo de Trabajo I, de fecha 7 de agosto de 2021, que formará parte del 6.º Informe del IPCC, se indica que la temperatura de la superficie global continuará incrementándose hasta al menos mitades de siglo, según todos los escenarios considerados. Durante el siglo XXI el calentamiento global superará 1,5 ºC y 2 ºC, a menos que tengan lugar profundas reducciones en las emisiones de CO2 y de otros gases de efecto invernadero en las próximas décadas.

Hacer frente al cambio climático es un desafío urgente ya que está teniendo un impacto cada vez más severo en todos los medios y sectores, en los ecosistemas, la biodiversidad, las infraestructuras y los sistemas productivos, además de en nuestros sistemas de salud y alimentación.

Por ello, ha de asumirse el compromiso de trabajar para paliar sus efectos y preparar la transición hacia un nuevo modelo energético, basado en una economía circular baja en carbono, que sea capaz de aprovechar los recursos disponibles con mayor eficiencia y que plantee la sustitución progresiva de las energías fósiles –causantes de emisiones gases de efecto invernadero– por las renovables.

En este contexto se encuadran por una parte las políticas de mitigación, que persiguen reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y aumentar la capacidad de sumidero de CO2 y, por otra parte, las políticas de adaptación, que persiguen reducir los riesgos que origina el cambio climático para el medio ambiente y los sistemas sociales como la economía, la salud, las infraestructuras y los equipamientos.

Las declaraciones de emergencia climática aprobadas por el Parlamento de Navarra y el Gobierno de Navarra el 23 y 24 de septiembre de 2019, el Parlamento Europeo el 28 de noviembre de 2019, y el Gobierno de España el 21 de enero de 2020, entre otros organismos, justifican la necesidad y la urgencia en la tramitación de la presente Ley Foral de Cambio Climático y Transición Energética, que materialice el marco jurídico de actuación.

Dos de las grandes amenazas que afligen actualmente a la humanidad, el cambio climático y la pandemia de la COVID-19, demandan objetivos comunes: un liderazgo valiente y cooperativo. La aparición de la crisis del coronavirus y su posterior recuperación debe constituir una oportunidad de encaminar el planeta hacia un camino más sostenible e inclusivo, una senda que aborde el cambio climático, proteja el medio ambiente, invierta la pérdida de biodiversidad y garantice la salud y la seguridad a largo plazo de la humanidad.

II

Con el acuerdo de París sobre cambio climático de 2015 –adoptado en la 21.ª Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático COP21– se alcanza un compromiso mundial para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero con el objetivo de mantener el incremento de la temperatura media global por debajo de los 2 ºC respecto a los niveles preindustriales e incluso, si es posible, por debajo de 1,5 ºC tal como se recomienda en el informe especial de octubre de 2018 del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático.

Según la Organización Meteorológica Mundial, la temperatura mundial anual de 2019 superó en 1,1 ºC la media del período 1850-1900. Según la Agencia Estatal de Meteorología, en España este aumento de temperatura ha llegado a alcanzar los 1,7 ºC.

Las proyecciones regionalizadas realizadas por la Agencia Estatal de Meteorología indican un aumento generalizado de las temperaturas para finales del presente siglo; en concreto, se observa un incremento de hasta 5 ºC en la temperatura máxima y 4 ºC en la temperatura mínima. Este aumento está relacionado con el incremento en la duración de las olas de calor, así como con el porcentaje de días y noches cálidas, y la reducción del número de días con heladas. La evolución en la precipitación muestra una tendencia negativa, que podría llegar hasta un 20 % a final de siglo.

En la Comunidad Foral de Navarra, según el «Estudio de variabilidad climática. Informe sobre las áreas climáticas de Navarra y las condiciones generales del clima previsto en Navarra», elaborado en el marco del proyecto LIFE IP NADAPTA, se ha dado un aumento de temperatura de 0,23 ºC por década en el periodo 1991-2019 frente al periodo de referencia 1961-1990.

III

Paralelamente al Acuerdo de París de 2015, la Asamblea de Naciones Unidas aprobó en septiembre de 2015 la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible con 17 objetivos de alcance mundial y de aplicación universal, entre los que se incluye el objetivo específico sobre adopción de medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos (Objetivo 13).

La Comisión Europea el 11 de diciembre de 2019 aprobó el «Pacto Verde Europeo», estableciendo una nueva estrategia de crecimiento que tiene como objetivo la neutralidad climática para 2050, sin emisiones netas de gases de efecto invernadero y donde el crecimiento económico se desacople del uso de los recursos, basada en transformaciones tecnológicas, económicas y sociales justas en las que la investigación y la innovación son fundamentales. El ambicioso Plan de Inversiones del Pacto Verde movilizará un mínimo de un billón de euros en inversiones verdes y un fondo de transición justa de 100.000 millones de euros durante la próxima década para contribuir a la financiación de la transición climática.

El pasado mes de junio fue aprobado el Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de junio de 2021, por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 401/2009 y (UE) 2018/1999.

Este Reglamento UE, además de consagrar jurídicamente el objetivo de la Unión Europea de alcanzar la neutralidad climática a 2050, establece un objetivo vinculante para la reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55 % de aquí a 2030 con respecto a los niveles de 1990, por el cual sus instituciones y los Estados miembros están colectivamente obligados a adoptar las medidas necesarias.

En la misma línea, la Comisión Europea ha presentado el paquete «Objetivo 55» (Fit for 55, en su versión en inglés), que comprende un conjunto de propuestas interconectadas, todas ellas orientadas hacia el mismo objetivo de garantizar una transición justa...

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