Ley 164 - Donaciones hechas por el bínubo

AutorAlvaro D'Ors Pérez-Peix
Cargo del AutorCatedrático de Derecho romano

Vuelve a defender esta ley, respecto a las donaciones ínter vivos, los derechos de los hijos o descendientes de anterior matrimonio frente a las liberalidades hechas por el progenitor bínubo en favor del nuevo cónyuge o de los hijos o descendientes de posteriores nupcias. La defensa de aquéllos consiste en una acción para la reducción de las donaciones que conculquen aquel derecho general, que enuncia la ley 272, de que los hijos de anterior matrimonio no deben recibir de sus progenitores menos que cualquiera de los de otra unión posterior, matrimonial o no1.

Esta acción de reducción corresponde a...

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