Ley 6/2020, de 18 de junio, de protección, conservación y puesta en valor de los olivos y olivares monumentales

AutorDr. Carlos Javier Durá Alemañ
CargoInvestigador del Área de Formación e Investigación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Páginas140-141
Recopilación mensual n. 103, julio 2020
140
Cataluña
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 22 de julio de 2020
Ley 6/2020, de 18 de junio, de protección, conservación y puesta en valor de los olivos
y olivares monumentales
Autor: Dr. Carlos Javier Durá Alemañ. Investigador del Área de Formación e Investigación
del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT)
Fuente: DOGC número 8160 de 23 de junio de 2020
Palabras clave: Olivares monumentales. Agricultura.
Resumen:
El olivo, árbol milenario de la sabiduría y de la paz, es fuente de riqueza y alimento desde
hace milenios. La historia del olivo tiene sus raíces en el propio origen de la agricultura, en
las primeras civilizaciones del Mediterráneo. Todos los pueblos que han ocupado el
Mediterráneo han contribuido al desarrollo de un modelo de agricultura caracterizado por su
adaptación al territorio y a su clima, y que se reconoce como la agricultura mediterránea.
Esta agricultura tiene uno de sus exponentes en el cultivo del olivo para la producción de
aceite, que es y ha sido un producto de uso habitual en la dieta de estas zonas y una mercancía
principal en los intercambios comerciales de todas las épocas. En Cataluña, el uso del aceite
ha formado parte de la cultura del país desde tiempos inmemoriales. No se concibe mesa
alguna ni cocina sin un aceite generoso. Además, por sus características ambientales e
históricas, las plantaciones de olivos han formado parte de los cultivos y el paisaje de los
pueblos catalanes.
Todos estos hechos han facilitado que, en el medio natural, agrícola pero también urbano
existan olivos y olivares monumentales. Esta riqueza paisajística constituye un patrimonio
ambiental, agrario, cultural, social, histórico y económico que es también patrimonio de
Cataluña. Por lo tanto, su protección y conservación tienen un interés público evidente. Los
olivos monumentales que responden a estas características son deudores del esfuerzo
humano en su cuidado y mantenimiento. Son monumentos vivos en desarrollo y producción.
Muchos de estos espacios están hoy en peligro por diversas causas. Desgraciadamente, en las
últimas décadas los paisajes y los espacios agrarios catalanes han sufrido procesos de
degradación y banalización, como reconoce la Ley 8/2005, de 8 de junio, de protección,
gestión y ordenación del paisaje.
Con el fin de detener y evitar la degradación y desaparición de este patrimonio, deben
establecerse mecanismos e instrumentos de planificación que aseguren la adecuada gestión
de los olivos monumentales y su permanencia en el lugar que los ha visto enraizarse, y deben
prohibirse explícitamente su extracción y comercialización.
En 2010 la Generalidad aprobó el Catálogo del paisaje de Les Terres de l'Ebre. El capítulo
13 ( «Paisajes de atención especial») contiene un apartado dedicado al «Paisaje de especial
atención de los olivos», en el que se habla de algunos olivos singulares y monumentales. En

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR