Ley 479

AutorBruno Rodriguez-Rosado
Cargo del AutorDoctor en Derecho

Esta disposiciÛn trae directamente causa de la ley 476, que presume el derecho del vendedor a la posesiÛn y disfrute de la cosa. Por tanto no tendr· aplicaciÛn cuando no se dÈ este presupuesto b·sico.

La consumaciÛn de la adquisiciÛn de la propiedad por el comprador determina el cese del derecho del vendedor al uso y disfrute de la cosa, salvo que este derecho se prolongue por otro tÌtulo -arrendamiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR