Ley 1/2020, de 31 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2020
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyLey

I DISPOSICIONES GENERALES

PRESIDENCIA DE LA JUNTA

LEY 1/2020, de 31 de enero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020. (2020010001)

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

La Asamblea de Extremadura ha aprobado y yo, en nombre del Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 40.1 del Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente ley.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I

En nuestro Ordenamiento, todos los ingresos y gastos de la Comunidad Autónoma de Extremadura deben estar previstos en un presupuesto anual y único, en el que se consignará el importe de los beneficios fiscales establecidos por las leyes autonómicas.

Así lo exigen de forma expresa la Constitución y el Estatuto de Autonomía en el apartado 1 del artículo 78.

Esta Ley pretende, precisamente, hacer efectivos ambos principios de unidad y anualidad del Presupuesto. Además, tiene en cuenta que el apartado 3 del citado precepto del Estatuto de Autonomía requiere que el Presupuesto se presente equilibrado, orientado al cumplimiento de los objetivos de política económica y respetuoso con el principio de estabilidad presupuestaria.

En cuanto a los ingresos, el Estatuto de Autonomía establece en el apartado 1 del artículo 80 que la Comunidad Autónoma de Extremadura dispondrá de recursos suficientes para atender las necesidades de gasto derivadas de la ejecución de sus competencias.

Por su parte, el artículo 79 del Estatuto de Autonomía otorga a la Comunidad Autónoma de Extremadura plena autonomía de gasto y, en el marco de sus competencias, capacidad para determinar libremente el destino de sus recursos económicos y financieros.

No obstante, exige el mismo precepto, que el gasto público de la Comunidad Autónoma de Extremadura realizará una asignación equitativa de los recursos públicos; y su programación

y ejecución responderán a los criterios de transparencia, eficiencia y economía. En todo caso, el gasto público deberá contribuir a la cohesión socioeconómica de la región, mediante la sustancial equiparación de los servicios públicos y de las inversiones regionales en sus diferentes zonas, procurando su homogeneidad en los municipios de similar población y necesidades equivalentes.

A raíz de estos principios consagrados estatutariamente, el Presupuesto anual se erige como el principal instrumento del que dispone la Junta de Extremadura para llevar a cabo su acción de gobierno, con el necesario respaldo de la Asamblea de Extremadura, a través de la aprobación de la presente ley.

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2020 se han elaborado a partir de previsiones que estiman tasas de crecimiento para la región análogas a las experimentadas en los últimos años.

Así, ante una previsión prudente y un escenario estable de la economía nacional, Extremadura crecerá en el próximo ejercicio un 2'1 % del PIB, lo que supone un 0'7 % por encima de la Eurozona (1'4 %).

En un contexto lastrado por factores como la posible salida del Reino Unido de la Unión Europea, la imposición de aranceles por Estados Unidos o la débil recuperación de nuestros socios comerciales, este crecimiento sostenido se traducirá en la creación de más empleo y de mejor calidad, la puesta en marcha de grandes proyectos de inversión, el aumento de las exportaciones y del número de empresas inscritas en la Seguridad Social, entre otros aspectos.

Este camino ha conducido a unas cuentas equilibradas; lo que ha permitido dotar de mayor credibilidad, estabilidad y sostenibilidad a la región, tal y como avala la AIReF en su último informe sobre las previsiones macroeconómicas que se incorporan en el mismo, diferenciadas de las del conjunto de la economía del país.

Como sucedió en los de años anteriores, la obligación de cumplir los objetivos de deuda y déficit condicionan estos Presupuestos. Unas Cuentas que están concebidas para cumplir con los objetivos de estabilidad, salvaguardando el Estado del Bienestar. Por tanto, los Presupuestos Generales para 2020 se han elaborado de acuerdo con los objetivos de estabilidad presupuestaria pautados y materializan el compromiso del Gobierno regional de hacer compatible la sostenibilidad de las cuentas públicas y el impulso de la actividad económica y del empleo.

Con estos Presupuestos nuestra Comunidad Autónoma avanza y profundiza en las políticas implantadas en los últimos años, que garantizan los derechos de los extremeños, aportan seguridad y promueven la igualdad, junto a medidas de activación económica y renovación productiva. En concreto, estas cuentas construyen la educación pública del futuro, fortalecen la atención sanitaria y dan una respuesta decidida a la dependencia. Asimismo, activan el

tejido productivo, hacia un empleo inclusivo y de mayor calidad, promueven la innovación, impulsan la inversión y vertebran la región a través de las infraestructuras.

Además, estos Presupuestos están alineados con los objetivos de desarrollo sostenible fundamentados en tres grandes ejes: acabar con la exclusión social y la pobreza; abordar el reto demográfico como un desafío trascendental para la región y avanzar en la transición ecológica hacia un modelo más eficiente y sostenible. Y por segundo año consecutivo han sido evaluadas con perspectiva de género para que la igualdad sea un compromiso cotidiano de esta Administración.

Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2020 acentúan el sesgo social que caracterizó los de ejercicios anteriores y dedican 7 de cada 10 euros a estas políticas, que aumentan 105´9 millones de euros con respecto a las del pasado año. 10´4 millones de euros al día irán dirigidos a estas políticas; al tiempo que 4 millones de euros diarios se dedicarán a políticas económicas enfocadas a la estimulación del tejido productivo y al fomento del empleo de calidad, como clave de la cohesión social y territorial.

II

Por lo que respecta a la estructura de la ley, la misma consta de cinco Títulos, con cincuenta artículos, trece disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales.

El Título I, denominado «De la aprobación de los presupuestos y la gestión presupuestaria» consta de tres capítulos. El Capítulo I, «Créditos iniciales y financiación de los mismos», establece el ámbito de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma. Asimismo contiene la aprobación de los estados de ingresos y gastos, la distribución funcional del gasto, la financiación de los créditos, así como los beneficios fiscales que afectan a los tributos a recaudar por la Junta de Extremadura. El Capítulo II se denomina «De las modificaciones presupuestarias». Y el Capítulo III se refiere a las «Normas especiales de gestión presupuestaria».

Dentro del Título II, «De los gastos de personal y otros costes», en su Capítulo I, «De los regímenes retributivos», se regulan la variación general de las retribuciones del personal de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las retribuciones de los cargos públicos; del personal funcionario, estatutario, interino, eventual y laboral, recogiéndose las variaciones establecidas por la normativa básica de Función Pública. En el Capítulo II, «Disposiciones en materia de gestión del sistema retributivo», se establecen normas comunes en materia retributiva, y en el Capítulo III se introducen «Otras disposiciones en materia de personal» relativas a la contención del gasto, oferta de empleo público y carrera profesional, entre otras.

El Título III, denominado «De las operaciones financieras», consta de dos capítulos. El primero, «Operaciones de endeudamiento». En el Capítulo II, «De los avales», se fija el límite de los avales que se pueden conceder a lo largo del ejercicio.

Dentro del Título IV, «Otras normas de ejecución del gasto», se incluyen medidas con vigencia exclusivamente anual, sin perjuicio de su valoración a los efectos de su incorporación a una norma sustantiva, si así resulta aconsejable. Así, el Capítulo I, «Normas en materia de contratación», regula la necesidad de autorización del Consejo de Gobierno para determinados tipos de contratos. En el Capítulo II se incluyen normas en materia de convenios, encargos y transferencias. Por su parte, en el Capítulo III se incluyen diversas medidas de transparencia en la ejecución del Presupuesto.

El Título V establece una serie de normas relativas a las «Relaciones económico-presupuestarias con las Corporaciones Locales».

Se añade además al texto un conjunto de disposiciones adicionales que establecen distintas regulaciones de índole tributaria y sobre otras materias.

En materia tributaria, se adoptan medidas de actualización de los tipos de cuantía fija de las tasas y precios públicos de la Hacienda autonómica.

Además, la sucesión de acontecimientos relacionados con la fiscalidad de las escrituras públicas que documentan los contratos de préstamo con garantía hipotecaria ha generado una situación de inseguridad jurídica, que es preciso corregir por todos los poderes públicos que ostentan competencia normativa en esta materia.

Mediante el Real Decreto-ley 17/2018, de 8 de noviembre se modifica el artículo 29 del texto refundido de la Ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados estableciendo que, en las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria, es el prestamista el sujeto pasivo del impuesto. Esta previsión normativa ha entrado en vigor el 10 de noviembre de 2018. El Real Decreto-ley fue convalidado por el Congreso de los Diputados y la correspondiente Resolución ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado el 30 de noviembre de 2018.

De acuerdo con la capacidad normativa de la que dispone la Comunidad Autónoma de Extremadura para aprobar los tipos impositivos sobre los documentos notariales, prevista en el artículo 49.1.a) de la Ley22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modificaran determinadas normas tributarias, la Junta de Extremadura había establecido tipos reducidos de gravamen en los supuestos de formalización de préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda habitual y para financiar la adquisición de inmuebles que vayan a constituir el domicilio fiscal o un centro de trabajo de sociedades o empresas de nueva creación.

En todos estos supuestos la voluntad del legislador era reducir la carga tributaria a determinados contribuyentes, en atención a su capacidad económica y para facilitarles el acceso a la vivienda o, en otro caso, al negocio. Tras la modificación operada en la normativa estatal, la finalidad antes expuesta queda desvirtuada desde el momento en que el obligado al pago del tributo es la entidad prestamista.

Esta situación aconseja abordar una modificación del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, de manera que se supriman los tipos de gravamen reducidos aplicables a las escrituras públicas que documenten préstamos hipotecarios.

Asimismo, se establece un tipo de gravamen incrementado aplicable a las escrituras públicas de préstamo o crédito hipotecario, que pasa del 1,5 % general al 2 %, cuando el sujeto pasivo sea el prestamista".

Se mantienen los beneficios tributarios en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados referidos viviendas medias. Dado que este programa de viviendas con protección pública ha tenido un plazo determinado de ejecución, es adecuado que este régimen fiscal bonificado se contemple en una norma con vigencia limitada.

Con la disposición adicional undécima, relativa a presentaciones tributarias telemáticas, se consolida normativamente el cumplimiento de los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, la norma es respetuosa con los principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad, en tanto que con ella se consigue el fin perseguido, básicamente establecer la obligación de presentar telemáticamente diversos modelos de declaración y autoliquidación a determinados sujetos pasivos, no tratándose de una norma restrictiva de derechos. Asimismo, la iniciativa es coherente con el resto del ordenamiento jurídico, tanto nacional como de la Unión Europea, y su objetivo se encuentra claramente definido, cumpliendo así los principios de seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Se incorporan igualmente importantes medidas con vigencia exclusivamente anual, sin perjuicio de su valoración a los efectos de su incorporación a una norma sustantiva, si así resulta aconsejable, como: la ejecución directa de obras, servicios y demás actividades a través de TRAGSA; la gestión de pagos a proveedores; la enseñanza privada concertada; los costes de personal de la Universidad de Extremadura en futuros ejercicios presupuestarios; la suspensión de pactos y acuerdos; las subvenciones a la formalización de pólizas de seguros agrarios combinados durante el año 2020; complemento extraordinario a la cantidad reconocida en concepto de pensión de jubilación e invalidez en su modalidad no contributiva; y la adquisición de la condición de personal laboral indefinido no fijo en ejecución de sentencia judicial.

Al igual que el año pasado, en la disposición adicional decimotercera se establece el procedimiento normativo para incorporar al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura las cantidades derivadas de las asignaciones que puedan preverse en los Presupuestos Generales del Estado, o en su posterior ejecución, relativas a las asignaciones complementarias para hacer frente a las circunstancias socioeconómicas de Extremadura, denominada "Deuda Histórica", y a las inversiones complementarias en infraestructuras equivalentes al uno por ciento del producto interior bruto regional, en aplicación de lo regulado en las disposiciones adicional primera y segunda del Estatuto de Autonomía de Extremadura, respectivamente.

La disposición derogatoria, además de contener la cláusula genérica de derogación de normas de igual o inferior rango, dispone la derogación expresa de los artículos 66 y 67 del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, que establecían los tipos impositivos autonómicos del Impuesto sobre Hidrocarburos, así como el tipo de devolución. Puesto que mediante la Ley 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se ha integrado el tipo impositivo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos en el tipo estatal especial al objeto de garantizar la unidad de mercado en el ámbito de los combustibles y carburantes, dentro del marco normativo comunitario, carece de sentido mantener la regulación normativa propia de la Comunidad autónoma que fijaba los tipos impositivos autonómicos y de devolución de este Impuesto.

Asimismo, se deroga la Ley 1/2004, de 19 de febrero, de creación de la Empresa Pública "Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura", iniciándose el proceso de liquidación de la misma por incurrir en causa legal de disolución, a partir del día siguiente a la publicación de la presente ley. La sociedad quedará extinguida una vez completadas las operaciones mercantiles necesarias y previstas en la normativa aplicable necesarias en el ámbito mercantil para su liquidación. "La empresa pública GISVESA, creada por Ley 1/2004, de 19 de febrero, de creación de la Empresa Pública "Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura", es una empresa que en la actualidad carece de actividad incurriendo por ello en causa legal de disolución siendo en estos momentos difícilmente sostenible, financiera y presupuestariamente, provocando ello un deterioro en su liquidez y así fue puesto de manifiesto en acuerdos del Consejo de Administración, siendo por esos motivos inviable e innecesario mantener la vigencia de la misma. Por otro lado, siguiendo las Recomendaciones del Tribunal de Cuentas en sus Informes Anuales de Fiscalización de la Comunidad Autónoma de Extremadura Ejercicio 2013. n.º 1.142 y del Ejercicio 2014 n.º 1.201, se concluye que debería elaborarse un Plan integral de reestructuración de entidades integrantes del sector público, contemplando de un lado, la evaluación de posibles duplicidades e ineficiencias en la prestación de servicios por entidades públicas, y en la racionalización de las sociedades encargadas de la gestión del suelo y urbanismo; y de otro, la extinción de entidades sin actividad o con actividad muy reducida.

En la disposición final segunda se realizan las habilitaciones necesarias.

Finalmente, en la disposición final cuarta se prevé la entrada en vigor.

III

La presente ley se adecua a lo dispuesto en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, en el que se establece como principio general la integración de la perspectiva de género, en línea con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que supone la consideración sistemática de las diferentes situaciones, condiciones, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres, incorporando objetivos y actuaciones específicos dirigido a eliminar las desigualdades y promover la igualdad en todas la políticas y acciones, a todos los niveles y en todas sus fases de diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación. Asimismo, se ha tenido en cuenta, en cuanto impacto de diversidad de género, la Ley 12/2015, de 8 de abril, de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales y de políticas públicas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

TÍTULO I Artículos 1 a 13

DE LA APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS Y LA GESTIÓN

PRESUPUESTARIA

CAPÍTULO I Artículos 1 a 4

CRÉDITOS INICIALES Y FINANCIACIÓN DE LOS MISMOS

Artículo 1 Ámbito de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2020 se integran:

1. Los presupuestos con carácter limitativo de las siguientes entidades:

  1. El presupuesto de la Asamblea de Extremadura.

  2. El presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  3. El presupuesto de la institución estatutaria Consejo Económico y Social de Extremadura.

  4. Los presupuestos de los organismos autónomos:

    1. Consejo de la Juventud de Extremadura.

    2. Instituto de la Mujer de Extremadura.

    3. Servicio Extremeño de Salud.

  5. Los presupuestos de los consorcios:

    1. Consorcio Gran Teatro de Cáceres.

    2. Consorcio Museo de las Ciencias del Vino de Almendralejo.

    3. Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana de Olivenza.

    4. Consorcio Museo Vostell Malpartida.

  6. El presupuesto del ente público Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura.

    2. Los presupuestos con carácter estimativo de las siguientes entidades:

  7. El presupuesto consolidado de la empresa pública con forma de entidad de derecho público Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales y los presupuestos individualizados de:

    1. Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales.

    2. Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SA.

  8. Los presupuestos consolidados e individuales, según los casos, de las sociedades mercantiles autonómicas siguientes:

    1. Sociedad de Gestión Pública de Extremadura, SA,de forma individualizada figuran:

    - Sociedad de Gestión Pública de Extremadura, SAU.

    - GEBIDEXSA, SAU.

    - Gestión y Explotación de Servicios Públicos Extremeños, SA.

    2. Extremadura Avante, SLU, de forma individualizada figuran:

    - Extremadura AVANTE servicios avanzados a PYMES, SLU.

    - Extremadura Avante Inversiones, Sociedad Gestora de Entidades de Capital Riesgo, SA.

    - Fomento Extremeño de Infraestructuras Industriales, SAU.

    - Gestión y Estudios Mineros, SAU.

    - Sociedad Gestora de la Ciudad de la Salud y la Innovación, SAU.

    3. Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura, SA.

    4. Urvipexsa, SAU.

  9. Los presupuestos de las fundaciones del sector público autonómico:

    1. Academia Europea e Iberoamericana de Yuste.

    2. Apoyo al Certamen Internacional docente de video cine médico, salud y telemedicina (VIDEOMED).

    3. Centro de Cirugía de Mínima Invasión.

    4. Centro de Documentación e Información Europea de Extremadura.

    5. Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura.

    6. Extremeña de la Cultura.

    7. Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura.

    8. FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura.

    9. Godofredo Ortega Muñoz.

    10. Helga de Alvear.

    11. Jóvenes y Deportes.

    12. Orquesta de Extremadura.

    13. Relaciones Laborales de Extremadura.

  10. Los presupuestos de los consorcios y resto de entes del sector público institucional autonómico:

    1. Agencia Extremeña de la Energía.

    2. Consorcio Ciudad Monumental, Histórico-Artística y Arqueológica de Mérida.

    3. Consorcio Extremeño de Información al Consumidor.

    4. Consorcio FEVAL-Institución Ferial de Extremadura, de forma diferenciada figura:

    - Feval, Gestión de Servicios, S.L.U.

    5. Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción.

    6. Consorcio Patronato del Festival Internacional de Teatro Clásico en el Teatro Romano de Mérida.

    7. Consorcio Teatro López de Ayala.

  11. El presupuesto del fondo carente de personalidad jurídica "Fondo de Cartera Jeremie Extremadura 2".

Artículo 2 De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en las letras a) a f) del artículo 1. 1 de la presente ley.

1. En el estado de gastos del presupuesto de la Asamblea de Extremadura se aprueban créditos por un importe sin consolidar de 13.929.940 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

2. En el estado de gastos del presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura se aprueban créditos por un importe sin consolidar de 6.002.768.637 euros, que se financiarán:

  1. Con los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio 2020, que ascienden a 5.407.827.857 euros.

  2. Con el importe de las operaciones de endeudamiento según lo establecido en el artículo 35 de esta ley.

3. En el estado de gastos del presupuesto del Consejo Económico y Social de Extremadura se aprueban créditos por un importe sin consolidar de 444.979 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

4. En el estado de gastos del presupuesto del Consejo de la Juventud de Extremadura se aprueban créditos por importe sin consolidar de 633.796 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

5. En el estado de gastos del presupuesto de Instituto de la Mujer de Extremadura se aprueban créditos por importe sin consolidar de 10.555.911euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

6. En el estado de gastos del presupuesto del Servicio Extremeño de Salud se aprueban créditos por un importe sin consolidar de 1.723.777.029 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

7. En el estado de gastos del presupuesto del Consorcio Gran Teatro de Cáceres se aprueban créditos por importe sin consolidar de 1.187.005 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

8. En el estado de gastos del presupuesto del Consorcio Museo de las Ciencias del Vino de Almendralejo se aprueban créditos por importe sin consolidar de 220.811 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

9. En el estado de gastos del presupuesto del Consorcio Museo Etnográfico Extremeño González Santana de Olivenza se aprueban créditos por importe sin consolidar de 248.633 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

10. En el estado de gastos del presupuesto del Consorcio Museo Vostell Malpartida se aprueban créditos por importe sin consolidar de 857.107 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

11. En el estado de gastos del presupuesto del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura se aprueban créditos por importe sin consolidar de 20.467.026 euros, financiándose con unos recursos totales del mismo importe que las dotaciones de gastos consignados.

12. Los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados anteriores, por un importe consolidado de 6.006.647.051 euros, se distribuyen según el detalle del Anexo de esta ley. La agregación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente:

Función Denominación función 2020

11 ADMINISTRACIÓN GENERAL 146.290.360

12 DEUDA PÚBLICA 586.931.392

13 IMPREVISTOS Y CONTINGENCIAS 5.000.000

21 SANIDAD 1.742.520.488

22 EDUCACIÓN 1.096.831.818

23 DEPENDENCIA 347.141.661

24 EMPLEO 320.011.725

25 PROMOCIÓN SOCIAL 161.104.636

26 VIVIENDA 63.786.749

27 CULTURA 65.521.471

31 AGRICULTURA 733.648.625

32 EMPRESA 86.515.453

33 INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA 128.636.335

34 COMERCIO Y TURISMO 44.824.372

35 INFRAESTRUCTURAS 477.881.966

Total 6.006.647.051

Artículo 3 De los presupuestos de los entes referidos en las letras a) a e) del artículo 1. 2 de la presente ley.

1. Se aprueban los presupuestos de las empresas públicas relacionadas en la letra a) y b) del artículo 1.2 de la presente ley, que recogen sus estimaciones de gastos y previsiones de ingresos, presentados de forma individualizada y consolidados con el grupo de empresas al que pertenecen, relacionándose en este último caso las sociedades objeto de presentación consolidadas.

2. Se aprueban los presupuestos de las fundaciones relacionadas en la letra c) del artículo 1.2 de la presente ley, en los que se incluyen sus estimaciones de gastos y previsiones de ingresos.

3. Se aprueban los presupuestos de los entes relacionados en la letra d) del artículo 1.2 de la presente ley, en los que se incluyen sus estimaciones de gastos y previsiones de ingresos, sin perjuicio de los mecanismos de control que, en su caso, pudieran contener las disposiciones que les resulten de aplicación.

4. Se aprueba el presupuesto del fondo carente de personalidad jurídica relacionado en la letra e) del artículo 1.2 de esta ley, en el que se incluyen las estimaciones de gastos y previsiones de ingresos referidos al mismo y a sus estados financieros, sin perjuicio de los mecanismos de control que, en su caso, pudieran contener las disposiciones que resulten de aplicación.

Artículo 4 De los beneficios fiscales.

Los beneficios fiscales que afectan a los tributos que integran el Presupuesto de Ingresos de la Junta de Extremadura se estiman en 564.622.683,80 euros.

CAPÍTULO II Artículos 5 a 10

DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

Artículo 5 Modificaciones presupuestarias.

Las modificaciones de créditos presupuestarios que se lleven a cabo durante el ejercicio 2020 se ajustarán a lo dispuesto en la Ley 5/2007, de 19 de abril, general de Hacienda Pública de Extremadura y en la presente ley.

Artículo 6 Vinculaciones de los créditos.

1. En el presupuesto de la Administración de la Comunidad Autónoma, sus organismos autónomos y demás entidades del sector público autonómico con presupuesto limitativo los

créditos para gastos tendrán, con carácter general, los siguientes niveles de vinculación, sin perjuicio de su contabilización al nivel que se especifique en las distintas clasificaciones que conforman la estructura presupuestaria:

  1. En la clasificación orgánica, a nivel de servicio u organismo presupuestario.

  2. En la clasificación funcional, a nivel de programa presupuestario.

  3. En la clasificación económica, a nivel de artículo.

  4. En la clasificación de fondos, a nivel de fuente de financiación.

    2. Se establecen las siguientes excepciones a los niveles de vinculación generales establecidos en el apartado anterior:

  5. Tendrán carácter vinculante por su importe global los créditos relativos al organismo presupuestario 14301 "Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura", con excepción de los correspondientes a gastos de personal que vincularán por su cuantía total.

  6. Tendrán carácter vinculante, dentro de cada servicio u organismo presupuestario, programa y fuente de financiación, a nivel de capítulo:

    1. Todos los créditos relativos al capítulo 6 "Inversiones reales".

    2. Todos los créditos relativos a las fuentes de financiación FEAGA, FEDER, Fondo Europeo para el Empleo Juvenil, Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, FEADER, FSE, Fondo de Compensación y Fondo Complementario, salvo los especificados en las letras c) y d) del artículo 6.2. de esta Ley.

  7. Tendrán carácter vinculante, dentro de cada servicio u organismo presupuestario, programa y fuente de financiación, a nivel de concepto los créditos destinados a satisfacer:

    1. Las retribuciones del personal funcionario interino y del estatutario temporal de carácter eventual.

    2. Las retribuciones del personal laboral indefinido de carácter eventual.

    3. Las retribuciones del personal laboral temporal de carácter eventual.

    4. Los tributos.

  8. Tendrán carácter vinculante con el nivel de desagregación con que figuren en el estado de gastos los siguientes créditos:

    1. Los créditos extraordinarios que se concedan durante el ejercicio.

    2. Los declarados ampliables conforme a lo establecido en la Ley General de Hacienda Pública de Extremadura.

    3. Los destinados a atenciones protocolarias y representativas.

    4. Los que establezcan subvenciones nominativas.

    5. Los que, en su caso, se establezcan en el estado de gastos de esta Ley.

    3. Asimismo, cualquier partida presupuestaria de gastos podrá ser solo receptora y no emisora de créditos dentro de los niveles de vinculación establecidos en los anteriores apartados de este artículo, quedando sujeta a las limitaciones que este hecho implica.

Artículo 7 Ampliaciones de créditos.

Se considerarán ampliables, en cumplimiento y con las exigencias previstas en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, los siguientes créditos:

  1. Los créditos consignados en el programa del endeudamiento público. No obstante, lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, las ampliaciones de créditos del programa de endeudamiento público que se realicen con el fin de formalizar la cancelación de deudas derivadas de convenios de colaboración interadministrativos podrán ser financiadas con los ingresos en formalización derivados de los anticipos de fondos realizados por el Estado.

  2. Los créditos que se consignen para atender las responsabilidades que sean repercutidas a la Comunidad Autónoma de Extremadura por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea o de tratados o convenios internacionales en los que España sea parte, de acuerdo con lo previsto por la disposición adicional 2.ª de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Artículo 8 Incorporaciones de créditos.

Además de los supuestos establecidos en el artículo 76.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, se podrán incorporar al ejercicio presupuestario 2020 los remanentes de créditos del ejercicio anterior para atender las prestaciones económicas establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Artículo 9 Transferencias de créditos.

No obstante lo dispuesto en el artículo 69.1.a) de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo de Gobierno por el artículo 79 del referido cuerpo legal, el Consejero competente en materia de hacienda podrá autorizar, durante el ejercicio 2020, transferencias de créditos de operaciones financieras o de capital a créditos para operaciones corrientes.

Artículo 10 Generaciones de créditos.

No obstante lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, podrán generar créditos:

  1. Los ingresos percibidos en el ejercicio corriente, o en el último trimestre del ejercicio 2019, procedentes de la Unión Europea en concepto de participación financiera comunitaria para cubrir gastos realizados por la Administración de la Comunidad Autónoma en los programas de vigilancia, erradicación y control de enfermedades animales y vegetales. Estos ingresos únicamente podrán dar lugar a generaciones de créditos relativos a los programas señalados.

  2. Los recursos derivados de la formalización de operaciones de crédito con cargo al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas creado por el Real Decreto-Ley 17/2014, de 26 de diciembre, o de cualquier otra medida extraordinaria o mecanismo adicional de apoyo a la liquidez a la que solicite el acceso la Comunidad Autónoma.

  3. Los ingresos obtenidos en aplicación de la normativa comunitaria de la PAC que, de acuerdo con esta normativa, estén a disposición de los Organismos Pagadores. Estos ingresos podrán generar créditos para atender los gastos derivados de la corresponsabilidad financiera regulada en la disposición adicional quinta del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea.

CAPÍTULO III Artículos 11 a 13

NORMAS ESPECIALES DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA

Artículo 11 Atribuciones a la Consejería competente en materia de hacienda.

Las operaciones financieras de las distintas secciones presupuestarias que se realicen con cargo al Capítulo 8, «Activos financieros», de la Clasificación Económica del Gasto, requerirán informe previo favorable de la Consejería competente en materia de hacienda.

En su caso, las operaciones financieras realizadas con cargo a dicho Capítulo, deberán formalizarse respetando lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas y en el resto de disposiciones aplicables en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y en particular el principio de prudencia financiera regulado en su artículo 13.bis.

Artículo 12 Otras normas de intervención.

1. Mediante Resolución de la Intervención General de la Junta de Extremadura, se determinarán los supuestos en los cuales formarán parte de las Mesas de Contratación en sustitución del Interventor, bien funcionarios habilitados específicamente de la misma, u otras personas designadas por el órgano de contratación dentro de su organización que tengan atribuidas las funciones relativas a su control económicopresupuestario. De igual manera se determinará la cuantía a partir de la cual será preceptiva la comunicación del acto de recepción de los contratos a la Intervención para su asistencia potestativa en el ejercicio de sus funciones de comprobación de la inversión.

2. En los términos dispuestos en el artículo 148.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura no estarán sometidos a intervención previa los gastos menores de 5.000 euros cuando se apliquen a conceptos presupuestarios susceptibles de ser abonados por el procedimiento especial de anticipos de caja fija, los cuales podrán realizarse en todo caso mediante este sistema.

3. La consejería competente en materia de hacienda podrá acceder, preferentemente por vía telemática en tiempo real, a la información bancaria que conste en las entidades de crédito en la que los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de Extremadura tengan depositados los fondos provenientes de su tesorería.

En particular, se podrá acceder a modo de consulta a la información correspondiente a:

- Los organismos autónomos dependientes de la administración de la Comunidad Autónoma.

- Los entes, agencias, en su caso, y consorcios públicos vinculados o dependientes de la administración de la Comunidad Autónoma.

- Las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- Las entidades públicas empresariales dependientes de la administración de la Comunidad Autónoma.

- Las sociedades mercantiles autonómicas.

- Las fundaciones del sector público autonómico.

4. Los gastos exentos de fiscalización previa a que se refiere el artículo 148.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, que puedan adquirirse válidamente conforme al ordenamiento jurídico, sin necesidad de llevar a cabo la retención y contabilización independiente de las distintas fases de gastos, porque éstas puedan acumularse al reconocimiento de las obligaciones, se imputarán al ejercicio presupuestario en el que se reconozca la obligación contable.

No obstante, cuando se trate de gastos realizados en ejercicios anteriores, deberá justificarse en el expediente los motivos de su no aplicación al ejercicio correspondiente y, en todo caso en los gastos realizados a los ejercicios previos al inmediato anterior al vigente deberá autorizarse previamente por el Consejo de Gobierno si su cuantía individual supera los 5. 000 euros, sin perjuicio de las responsabilidades a que en su caso hubiere lugar.

5. En las subvenciones financiadas con cargo a la Política Agrícola Común (FEAGA y FEADER), sin perjuicio de la fiscalización previa de las convocatorias, la fiscalización podrá realizarse una vez acordados los gastos u obligaciones al tiempo de su contabilización, acompañados de la documentación correspondiente, y en los gastos financiados por el FEAGA cuando se puedan acumular las fases de autorización, disposición y reconocimiento de la obligación del gasto, dicha fiscalización consistirá en comprobar que existe crédito suficiente y adecuado, la competencia del órgano de ejecución del gasto, y que consta en el expediente certificado del jefe del servicio gestor, acreditativo del cumplimiento por los beneficiarios de los requisitos establecidos por la normativa aplicable.

Artículo 13 Otras normas de procedimiento.

1. Para dar cumplimiento a lo previsto en el punto 6 del artículo 65 del Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes de aplicación a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, los órganos gestores de las actuaciones cofinanciadas por dichos Fondos deberán presentar una solicitud de financiación a la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, como Autoridad de Gestión del FEADER y Organismo Intermedio que actúa por delegación de la Autoridad de Gestión de los Programas Operativos de FEDER, FSE y Empleo Juvenil.

La solicitud se formalizará antes de cualquier anotación contable por cada proyecto presupuestario cofinanciado por cualquiera de los Fondos anteriores, siempre que no se haya

informado con carácter previo, y contendrá la documentación que se determine por Resolución de la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos.

En respuesta a la solicitud anterior, la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos emitirá un informe, que tendrá carácter vinculante, y que se pronunciará sobre la adecuación de las actuaciones previstas en cada uno de los proyectos presupuestarios cofinanciados, al documento de Criterios de Selección de cada uno de los programas operativos de ayuda de la Unión Europea, y sobre la congruencia de dicha finalidad con la denominación de los mencionados proyectos presupuestarios.

Además, cuando estos proyectos presupuestarios contengan gastos que se materialicen a través de transferencias o subvenciones, los órganos gestores también deberán solicitar un informe a la Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos con carácter previo a la aprobación de las bases reguladoras o del instrumento jurídico equivalente donde se establezcan sus condiciones. Dicho informe, que tendrá carácter vinculante, se pronunciará sobre la adecuación del ámbito subjetivo y objetivo de las ayudas a los Criterios de Selección de cada uno de los Programas de ayuda de la Unión Europea, así como sobre la adaptación de la forma de justificación a las normas previstas en los artículos 66 y siguientes del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, y en los Reglamentos específicos de cada uno de los Fondos.

2. El plazo máximo para resolver los procedimientos para la declaración del derecho al reintegro de cantidades a la hacienda de la Comunidad Autónoma será en todo caso de 12 meses.

3. Se designa como lugar para la práctica de las notificaciones de las deudas cuyo titular sea la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la sede central en Mérida de la secretaría general de la consejería que haya generado la correspondiente obligación.

En el caso de deudas de organismos públicos o de entes pertenecientes al sector público de Extremadura, se designan como lugares para la práctica de las notificaciones sus respectivos servicios centrales.

Asimismo, la deuda tributaria se expresará por el organismo recaudador en grupos de recaudación según su destino para la correcta identificación e imputación de los hechos imponibles, de cara a la gestión individualizada de liquidación y pago con carácter anual por las secretarías generales correspondientes, en el marco de los acuerdos de colaboración que se suscriban a estos efectos por las administraciones competentes.

4. No obstante lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Ley 5/2007, de19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, durante el ejercicio 2020, el número de ejercicios a que pueden aplicarse los gastos no será superior a cuatro. Además, para todos los capítulos

económicos el gasto que se impute a cada uno de los ejercicios posteriores no podrá exceder de la cantidad que resulte de aplicar al crédito inicial a que corresponda la operación el porcentaje del 100 por 100.

5. No computarán a efectos de los límites a que se refiere el artículo 63 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ni precisarán la autorización prevista en el artículo 64 de dicha ley para superar aquéllos, los proyectos presupuestarios destinados a financiar los gastos derivados de las subvenciones gestionadas por el órgano directivo competente en materia de promoción a la empresa destinadas a financiar inversiones en activos fijos y que tienen como finalidad la de apoyar la creación de nuevas empresas y la consolidación de las ya existentes, favoreciendo y promoviendo proyectos de ampliación, modernización y traslados de éstas, y que a continuación se indican:

- 20150308 Desarrollo de actuaciones, instrumentos y programas para facilitar la financiación de nuevos proyectos.

- 20140138 Incentivos complementarios a la inversión.

6. La minoración de ingresos como consecuencia de deducciones y compensaciones de deudas con cargo a las obligaciones de pago no atendidas a su vencimiento, efectuadas por la Administración General del Estado, por la Administración de la Seguridad Social y por otras Administraciones Públicas, en virtud de cualquier concepto, será imputada antes del fin del ejercicio en que se produzca al presupuesto de la consejería, organismo autónomo o ente público dependiente de la Junta de Extremadura que dio origen a la deducción o compensación.

El importe del ingreso minorado como consecuencia de los procedimientos de deducción o compensación de deudas de los Organismos Autónomos o Entes Públicos dependientes de la Junta de Extremadura se compensará, en su caso, con cargo a las obligaciones que se encuentren pendientes de pago en la Tesorería a favor de dichas entidades.

7. La consejería competente en materia de hacienda podrá satisfacer las deudas líquidas, vencidas y exigibles contraídas por órganos de la Junta de Extremadura o de Organismos Autónomos o Entidades Públicas de ella dependientes, por obligaciones tributarias o con la Seguridad Social, sin perjuicio de su imputación en el ejercicio al presupuesto del centro gestor correspondiente.

TÍTULO II Artículos 14 a 34

DE LOS GASTOS DE PERSONAL Y OTROS COSTES

CAPÍTULO I Artículos 14 a 20

DE LOS REGÍMENES RETRIBUTIVOS

Artículo 14 Variación general de retribuciones.

1. Con efectos desde 1 de enero del año 2020 las retribuciones íntegras del personal de la Asamblea de Extremadura, de la administración de la Comunidad Autónoma y de sus Organismos Autónomos, de la Universidad de Extremadura y demás entes, experimentarán el incremento que permita el Estado, en términos de homogeneidad, tanto por lo que respecta a los efectivos de personal como a la antigüedad del mismo, con respecto a las establecidas en la Ley 2/2019, de 22 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2019 y normas y acuerdos posteriores. Para ello, se tendrá en cuenta el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

2. Lo dispuesto en el apartado anterior debe entenderse sin perjuicio de las adecuaciones retributivas que con carácter singular y excepcional resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variación del número de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados al mismo, siempre con estricto cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 21 y 22 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Artículo 15 Retribuciones del Presidente, miembros del Consejo de Gobierno, Altos Cargos y asimilados.

1. La cuantía de los conceptos retributivos a que tienen derecho durante el año 2020 el Presidente, el resto de miembros del Consejo de Gobierno, los Altos Cargos y asimilados de la Junta de Extremadura experimentarán la misma variación prevista en el artículo 14 de esta ley respecto al año 2019. El régimen retributivo del Interventor o Interventora General de la Junta de Extremadura, del Letrado o Letrada General de la Junta de Extremadura y el del Director o Directora Gerente del Servicio Extremeño de Salud será el correspondiente al de los Consejeros de la Junta de Extremadura.

2. Los cargos públicos indicados en el apartado anterior que tuviera previamente la condición de empleado público de cualquiera de las Administraciones Públicas percibirán, en concepto de antigüedad, la misma que tengan reconocida, o que les sea reconocida durante el

ejercicio de esas funciones, por su Administración de origen. Igualmente tendrán derecho a percibir los complementos retributivos correspondientes al nivel de desempeño referido a la carrera profesional, carrera docente y carrera investigadora que tuvieren reconocidos previamente por su Administración Publica en sus puestos de origen, con el límite máximo de las cuantías establecidas para los funcionarios de la Junta de Extremadura.

3. En los mismos términos experimentarán la misma variación prevista en el artículo 14 de esta ley respecto al año 2019 con las cuantías anuales de los conceptos retributivos a que tiene derecho durante el año 2020 el Presidente del Consejo de la Juventud de Extremadura y el Director General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales CEXMA, sin perjuicio de la percepción de la retribución por antigüedad y carrera profesional, docente o investigadora que pudiera corresponderles de acuerdo con el apartado dos de este artículo.

Artículo 16 Régimen jurídico-retributivo del personal funcionario, estatutario y eventual de la administración de la Comunidad Autónoma, sus Organismos Autónomos y demás entes.

1. Hasta tanto se proceda a la implantación y desarrollo del nuevo régimen retributivo previsto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, mantendrá su aplicación el régimen previsto en los artículos 74, 75 y 76 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, y normas concordantes, con las modificaciones, en lo que se refiere a la composición y cuantía de las pagas extraordinarias y del complemento específico, que se establecen en la presente ley.

2. Con efecto desde el 1 de enero del año 2020, la cuantía de los conceptos retributivos del personal funcionario, estatutario, interino y eventual al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma, de sus Organismos Autónomos y demás Entes, experimentará la misma variación establecida en el artículo 14. Se excluyen expresamente de esta variación los complementos personal transitorio y personal garantizado, que se regirán por la presente ley y por la norma legal o reglamentaria de la que traen causa, en todo lo que no sea contrario a la misma.

3. Las retribuciones de los funcionarios en prácticas se acomodarán a lo dispuesto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero.

4. El complemento especial previsto en la disposición adicional duodécima de la Ley 1/2012, de 24 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2012, se abonará en los términos allí previstos, al personal funcionario de carrera, docente y estatutario, tomando como referencia las cuantías del complemento de destino indicadas en el artículo 17 de la presente ley.

Artículo 17 Retribuciones del personal funcionario.

El personal funcionario percibirá:

A) Retribuciones básicas:

1. El sueldo correspondiente al Grupo en que fuera clasificado el Cuerpo o Escala en el que se encuentre en servicio activo.

2. La antigüedad correspondiente a los Trienios reconocidos en cada Grupo.

Las cuantías del Sueldo y los Trienios, por Grupos, referidas a doce mensualidades, para el supuesto de que el Estado no permita variación alguna para 2020 en materia retributiva, serán:

Grupo Sueldo (12) Trienio (12)

A/A1 14.159,52 544,92

B/A2 12.243,36 444,36

C/C1 9.192,72 336,24

D/C2 7.650,84 228,84

E/A.P. 7.002,48 172,32

3. Las Pagas Extraordinarias, que serán dos al año y se percibirán en los meses de junio y diciembre, se devengarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 de esta ley. Cada una de estas pagas se compondrá del sueldo, de los trienios reconocidos, del complemento personal garantizado de antigüedad que en su caso pueda tener reconocido y de la retribución complementaria del complemento de destino que le corresponda.

No obstante, para el año 2020 las cuantías correspondientes del Sueldo y Trienios por Grupos que integran cada paga extraordinaria, para el supuesto de que el Estado no permita variación alguna para 2020 en materia retributiva, serán:

Grupo Sueldo (2) Trienio (2)

A/A1 728,13 28,02

B/A2 744,11 27,00

C/C1 662,10 24,20

D/C2 631,76 18,89

E/A.P. 583,54 14,36

B) Retribuciones complementarias:

1. El Complemento de destino correspondiente al nivel del puesto que ocupe o desempeñe, asignado en la Relación de Puestos de Trabajo en vigor, con arreglo a las siguientes cuantías, referidas a doce mensualidades, para el supuesto de que el Estado no permita variación alguna para 2020 en materia retributiva:

COMPLEMENTO DE DESTINO

NIVEL ANUAL (12) NIVEL ANUAL (12) NIVEL ANUAL (12) NIVEL ANUAL (12)

30 12.368,28

29 11.093,76

28 10.627,56

27 10.160,64

18 5.040,60

17 4.753,80

16 4.467,84

15 4.180,68

14 3.894,48

En caso de poseer un Grado personal superior al del Nivel de Complemento de Destino asignado al puesto de trabajo en la Relación de Puestos de Trabajo, el funcionario tendrá derecho a la percepción de aquél.

26 8.914,32

25 7.908,84

24 7.442,28

23 6.976,32

22 6.509,40

21 6.043,56

20 5.613,96

19 5.327,40

2. El complemento específico asignado al puesto que ocupe o desempeñe en la Relación de Puestos de Trabajo en vigor, que será de 14 pagas iguales, 12 ordinarias y 2 adicionales. El complemento específico se compondrá del complemento específico general y otros especiales o adicionales si se determina en la relación de puestos de trabajo.

3. El Complemento de productividad que, en su caso, y previa negociación con las Centrales Sindicales representativas en el ámbito de la Función Pública de Extremadura y el correspondiente desarrollo normativo, se establezca, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y previo acuerdo del Consejo de Gobierno, sin que se pueda percibir cuantía alguna en concepto productividad durante el año 2020 en virtud de dichos acuerdos.

No obstante lo anterior, sí se contempla el abono derivado del Convenio entre el Ministerio de Empleo y Seguridad Social (INSS) y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el control de la incapacidad temporal mientras esté en vigor.

4. Las Gratificaciones, que tendrán carácter excepcional, sólo podrán ser reconocidas por servicios extraordinarios prestados fuera de la jornada normal de trabajo y no podrán ser fijas en su cuantía ni periódicas en su devengo.

5. El Complemento de carrera profesional previsto en la letra f) del apartado 3 del artículo 74 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, con arreglo a las siguientes cuantías, para el supuesto de que el Estado no permita variación alguna para 2020 en materia retributiva, en cómputo anual:

NIVEL 1 NIVEL 2

Grupo

A/A1 1.570,67 3141,34

Grupo

B/A2 1.349,32 2692,64

Grupo

C/C1 986,48 1972,96

Grupo

D/C2 882,38 1764,76

Grupo

E/A.P. 778,27 1556,54

Artículo 18 Retribuciones del personal interino y eventual.

1. El personal interino percibirá la totalidad de retribuciones básicas, incluidos los trienios reconocidos, correspondientes al Grupo en el que esté incluido el Cuerpo en el que ocupe vacante y la totalidad de las retribuciones complementarias asignadas en la Relación de Puestos de Trabajo al puesto que desempeñe. Asimismo percibirán las cuantías correspondientes al complemento de carrera profesional de conformidad con la normativa sobre función pública aplicable.

2. El personal eventual percibirá las retribuciones básicas y complementarias asignadas al puesto de trabajo de esta naturaleza para el que haya sido nombrado, dentro de la Relación de Puestos de Trabajo de personal eventual. Además, si tuviera la condición de funcionario de carrera, de estatutario fijo o de personal laboral fijo de la Junta de Extremadura percibirá en concepto de antigüedad y carrera profesional, las mismas cuantías que tengan reconocidas, o que les sean reconocidas durante el ejercicio de esas funciones por su Administración de origen.

3. El personal interino y eventual tendrá derecho a percibir, además, dos pagas extraordinarias y dos adicionales de complemento específico al año, siendo aplicable a dichas retribuciones el mismo régimen jurídico y retributivo que el establecido para el personal funcionario de carrera.

Artículo 19 Retribuciones del personal laboral.

1. Con efectos de 1 de enero de 2020 la masa salarial del personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura experimentará la variación general establecida en el artículo 14 de esta ley.

2. Las pagas extraordinarias del personal laboral de la Junta de Extremadura, se abonarán de conformidad con lo establecido en el V Convenio Colectivo, e incorporarán la totalidad del valor mensual del complemento de destino correspondiente al Grupo en que se encuadre la Categoría profesional a que pertenezca cada trabajador.

No obstante, para el año 2020 las cuantías correspondientes del sueldo y trienios por grupos que integran cada paga extraordinaria, para el supuesto de que el Estado no permita variación alguna para 2020 en materia retributiva, serán:

Grupo Sueldo (2) Trienio (2)

I 728,13 32,78

II 744,11 32,78

III 662,10 32,78

IV 631,76 32,78

V 583,54 32,78

3. El complemento específico del personal laboral de la Junta de Extremadura será de 14 pagas iguales, 12 ordinarias y 2 adicionales, por importe, cada una de ellas, del valor mensual del complemento específico, asignado al puesto que ocupe o desempeñe en la Relación de Puestos de Trabajo en vigor. Las pagas adicionales del complemento específico se abonarán en los meses de junio y diciembre o, en aquellos en que deba liquidarse la paga extraordinaria, conforme a lo establecido en el Convenio Colectivo. No obstante, el abono del valor mensual del complemento específico especial, estará condicionado proporcionalmente a la prestación efectiva de dichos servicios especiales.

4. El Complemento de carrera profesional previsto en los artículos7 y 43 del V Convenio Colectivo para el Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura, con arreglo a las siguientes cuantías, para el supuesto de que el Estado no permita variación alguna para 2020 en materia retributiva, en cómputo anual:

Nivel 1 Nivel 2

Grupo I 1.570,67 3141,34

Grupo II 1.346,32 2692,64

Grupo III 986,48 1972,96

Grupo IV 882,38 1764,76

Grupo V 778,27 1556,54

Artículo 20 Retribuciones del personal docente no universitario y del personal estatutario del Servicio Extremeño de Salud.

El personal docente no universitario y el personal estatutario del Servicio Extremeño de Salud percibirán las retribuciones que les afecten según el artículo 17 "retribuciones del personal funcionario" de esta ley, así como los restantes complementos retributivos que les corresponda en aplicación de la normativa específica de dicho personal.

Artículo21. Retribuciones del personal directivo del sector público autonómico.

Las cuantías de las retribuciones de todo personal directivo del sector público autonómico, con independencia de la normativa por la que fueron nombrados, experimentarán para 2020 la variación general del artículo 14 de esta ley, respetando en todo caso los límites previstos en el artículo 17 de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del Estatuto de los Cargos Públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y ello sin perjuicio de la percepción referida a catorce mensualidades, de la antigüedad que pudieran tener reconocida como personal al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o les pudiera reconocer durante el ejercicio de estas funciones, por su administración de origen, que será abonada por la empresa o entidad de destino.

CAPÍTULO II Artículos 22 a 26

DISPOSICIONES EN MATERIA DE GESTIÓN DEL SISTEMA

RETRIBUTIVO

Artículo 22 Disposiciones generales en materia de gestión retributiva.

1. Las retribuciones contenidas en este Título se entenderán siempre hechas a retribuciones íntegras.

Los importes de las retribuciones contempladas en este Título se entienden para una jornada al 100 % y una prestación del servicio a período completo. En todo caso, las retribuciones serán proporcionales a la jornada y al tiempo de servicios efectivamente prestados, salvo que el régimen jurídico aplicable disponga otra cosa.

2. Las retribuciones de cualquier tipo que deban abonarse provenientes de atrasos, se harán efectivas, con cargo a los créditos presupuestarios del organismo en que el empleado público se encuentre afectado en el momento de realizar el abono. Si el empleado público no está en activo se realizará por el organismo en que se encuentre el puesto del que trae causa el abono del atraso. La misma regla se seguirá con respecto a las cotizaciones a la Seguridad Social, o a cualquier otro régimen de previsión social, que deban efectuarse con motivo del abono de dichos atrasos. A estos efectos se autoriza al consejero en materia de hacienda para efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias entre Consejerías.

3. La justificación del abono del salario se realizará mediante la entrega al trabajador de un recibo individual. Dicha entrega podrá ser realizada por los medios electrónicos habilitados al efecto, en cuyo caso los efectos de la notificación serán desde el día siguiente a su publicación.

El abono del salario se realizará principalmente por transferencia bancaria u otra modalidad de pago similar si el órgano pagador así lo acuerda.

4. La aprobación de toda Relación de Puestos de Trabajo tendrá efectos económicos retributivos desde el día 1 del mes siguiente a su entrada en vigor, salvo que la misma se produzca el día 1.

5. Los abonos indebidos generados por actos administrativos que tienen efectos retroactivos o por errores materiales, aritméticos o de hecho, serán regularizados en posteriores nóminas, según el punto 1 del artículo 23 de la Orden de la Consejería de Economía, Industria y Hacienda, de 1 de julio de 1994, por la que se desarrolla el Decreto 25/1994, de 22 de febrero 1994, de Régimen de Tesorería y Pagos de la

Comunidad Autónoma de Extremadura, de forma automática por el sistema de gestión sin necesidad de inicio de Acuerdo.

Cuando no se detecten de forma automática y se trate de personal que ya no genere nómina por haber cesado en su previa relación de servicios, se procederá a dictar Acuerdo de inicio, con la opción de devolución voluntaria mediante Modelo 050 establecido al efecto. Y en el caso de personal que continúe en su relación de servicio se contempla asimismo la opción de descuentos parciales conforme al artículo 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sobre embargos y pensiones.

6. Las retribuciones se ajustarán a las normas básicas dictadas por el Estado, por esta Ley, las restantes normas que le resulten de aplicación dictadas por la Junta de Extremadura y en lo no regulado se aplicarán las del Estado con carácter supletorio.

7. Toda referencia en este Título en materia retributiva realizada a las relaciones de puestos de trabajo, que son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, se entenderá extensiva a otros instrumentos de gestión del empleo público que se utilicen en los diferentes subsectores en la Administración de la Junta de Extremadura.

Artículo 23 Retribuciones fijas y periódicas.

1. Las retribuciones básicas y complementarias que se devenguen con carácter fijo y periodicidad mensual se harán efectivas por mensualidades completas y de acuerdo con la situación y derechos del personal referidos al primer día del mes a que corresponden, salvo en los siguientes casos, en que se liquidarán por días:

  1. En el mes de toma de posesión del primer destino en un Cuerpo o Escala, en el de ingreso al servicio activo, en el de inicio o incorporación por conclusión de licencias sin derecho a retribución.

  2. En el mes en que se produzca un cambio de puesto de trabajo ya sea por concurso, libre designación, comisión de servicios, reasignación de efectivos, u otro sistema de provisión, aun no implicando cambio de situación administrativa, tanto dentro de la administración pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como la adscripción a una administración Pública distinta. Igualmente se procederá cuando se produzca un cambio retributivo en el puesto de trabajo por modificación de la Relación de Puestos de Trabajo u otro procedimiento.

  3. En el mes en que se cesa en el servicio activo, incluido el derivado de un cambio del Cuerpo o Escala de pertenencia, salvo que sea por motivos de fallecimiento, jubilación o retiro de funcionarios sujetos al régimen de clases pasivas del Estado

y, en general, a cualquier régimen de pensiones públicas que se devenguen por mensualidades completas desde el primer día hábil del mes siguiente al del nacimiento del derecho.

2. Las dos pagas adicionales del complemento específico tendrán el periodo y la forma de devengo equivalente al desarrollado para las pagas extraordinarias.

3. La reducción del importe del complemento específico correspondiente al puesto de trabajo que ocupe con el fin de adecuarlo al porcentaje a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, se llevará cabo con arreglo al régimen y condiciones previstos en la disposición adicional octava de la Ley 7/2013, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2014. Para el cálculo del importe de la reducción se considerarán tanto las cuantías del complemento específico o conceptos equiparables de carácter fijo y periodicidad mensual asignados al puesto como, las cantidades efectivamente percibidas en el año anterior por los complementos específicos variables en dicho puesto.

Artículo 24 Pagas extraordinarias.

1. Las pagas extraordinarias se harán efectivas en su totalidad y de acuerdo con la situación y derechos del personal referidos al primer día de junio y diciembre, salvo en los siguientes casos:

  1. Cuando el tiempo de servicios prestados hasta el día en que se devengue la paga extraordinaria no comprenda la totalidad de los seis meses inmediatos anteriores a los meses de junio o diciembre, el importe de la paga extraordinaria se reducirá proporcionalmente, computando cada día de servicios prestados en el importe resultante de dividir la cuantía de la paga extraordinaria que en la fecha de su devengo hubiera correspondido por un periodo de seis meses entre 182 o 183 días, según corresponda.

  2. Cuando estando en servicio activo se encuentren disfrutando de licencias sin derecho a retribución o se hubiera realizado una jornada de trabajo reducida en las fechas indicadas, devengarán la correspondiente paga extraordinaria, si bien, su cuantía experimentará la reducción proporcional prevista en el apartado anterior.

  3. En el mes en que se produzca un cambio de puesto de trabajo, ya sea por concurso, libre designación, comisión de servicios, reasignación de efectivos, u otro sistema de provisión, aun no implicando cambio de situación administrativa, tanto dentro de la administración pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como la adscripción a una administración Pública distinta se liquidará la parte proporcional de la paga

    extra que corresponda. Igualmente se procederá cuando se produzca un cambio retributivo en el puesto de trabajo por modificación de la Relación de Puestos de Trabajo u otro procedimiento.

  4. En el caso de cese en el servicio activo, incluido el derivado de un cambio del Cuerpo o Escala de pertenencia, la última paga extraordinaria se devengará el día del cese y con referencia a la situación y derechos en dicha fecha, pero en cuantía proporcional al tiempo deservicios efectivamente prestados, salvo que el cese sea por jubilación, fallecimiento, o retiro de los funcionarios sujetos al régimen de clases pasivas del Estado y, en general, a cualquier régimen de pensiones públicas que se devenguen por mensualidades completas desde el primer día hábil del mes siguiente al del nacimiento del derecho, en cuyo caso los días del mes en que se produce dicho cese se computarán como un mes completo.

    2. A los efectos previstos en el presente artículo, el tiempo de duración de licencias sin derecho a retribución no tendrá la consideración de servicios efectivamente prestados.

    3. Si el cese en el servicio activo se produce durante el mes de diciembre, la liquidación de la parte proporcional de la paga extraordinaria correspondiente a los días transcurridos de dicho mes se realizará de acuerdo con las cuantías de las retribuciones básicas vigentes en el mismo.

    4. Las cuotas de los derechos pasivos y de cotización de los mutualistas a las Mutualidades Generales de Funcionarios correspondientes a las pagas extraordinarias se reducirán en la misma proporción en que se minoren dichas pagas como consecuencia de abonarse las mismas en cuantía proporcional al tiempo de servicios efectivamente prestados, cualquiera que sea la fecha de su devengo.

Artículo 25 Trienios.

Los trienios se percibirán en el mismo porcentaje y discriminación en que fueron reconocidos, siempre que la jornada de trabajo que se realiza sea igual o superior a los distintos porcentajes de los trienios reconocidos.

Los trienios que tengan un porcentaje reconocido superior al de la jornada de trabajo que se realiza se abonarán en igual porcentaje que la jornada que se realiza.

Los trienios que fueron objeto de reducción en aplicación de la regla anterior, recuperarán su cuantía y porcentaje inicial, con relación al abono, cuando la jornada que se realiza pase a ser igual o superior al porcentaje del trienio reconocido.

Artículo 26 Complementos personales transitorios.

1. Los complementos personales transitorios del personal funcionario y estatutario se reducirán en cuantía igual a la totalidad del incremento de las retribuciones que con carácter fijo y periodicidad mensual en cómputo anual tenga derecho el empleado público, exceptuado el sueldo y los trienios, cualquiera que sea el momento o la causa de dicho incremento, con arreglo a las siguientes normas:

  1. Si el cambio de puesto de trabajo determina una disminución de retribuciones, se mantendrá la cuantía del complemento personal transitorio en ese momento vigente, a cuya absorción se imputará cualquier mejora retributiva ulterior, incluso la que pueda derivarse de nuevos cambios de puestos de trabajo.

  2. En el caso de que el cambio de puesto de trabajo no tenga carácter definitivo, el complemento personal transitorio disminuido o desaparecido conforme a lo dispuesto en este artículo recuperará la cuantía que hubiera correspondido si no se hubiera producido dicho cambio de puesto de trabajo, una vez que el funcionario vuelva a ocupar su anterior puesto de trabajo. La misma regla se seguirá en el caso de que el cese en el puesto de trabajo se produzca por pasar a la situación de Servicios Especiales.

  3. En caso de pasar a la situación de excedencia, el importe del complemento personal transitorio que corresponda al funcionario al recuperar la situación de servicio activo se calculará, primero, disminuyendo, en su caso, al comienzo de cada año dicho complemento en la forma establecida anteriormente, con relación a las retribuciones complementarias del puesto en el que cesó, hasta el mes inmediato anterior al de incorporación a un puesto de trabajo y, segundo, comparando las retribuciones del puesto en el que se incorpora con las del puesto anterior, conforme a las reglas dictadas anteriormente.

  4. A los efectos de la absorción del complemento personal transitorio, en ningún caso serán tenidos en cuenta el complemento de productividad de factor variable ni las gratificaciones por servicios extraordinarios.

2. Se excluyen de la variación prevista en el apartado 1 del artículo 19 los complementos personales transitorios y los denominados garantizados. Para todo el personal laboral que lo tuviera reconocido, el complemento personal transitorio se reducirá en cuantía igual a la totalidad del incremento de las retribuciones que con carácter fijo y periodicidad mensual tenga derecho el trabajador, exceptuado el sueldo y el complemento de antigüedad.

CAPÍTULO III Artículos 27 a 34

OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE PERSONAL

Artículo 27 Limitación al incremento de costes de personal.

1. Durante 2020 no podrán tramitarse expedientes de ampliación de plantilla para atender competencias que se prestan en la actualidad por parte de las entidades del sector público autonómico cuyo presupuesto se encuentra incluido en las letras b), d), e) y f) del artículo 1.1 de la presente ley.

Las necesidades de personal urgentes e inaplazables deberán ser atendidas mediante la reestructuración de plazas vacantes y/o redistribución de efectivos existentes.

2. Las modificaciones generales o puntuales de plantilla, así como los acuerdos sindicales, que afecten a gastos del personal al servicio de los entes del sector público autonómico indicados en el apartado 1 de este artículo, requerirán informes previos y favorables de los órganos directivos competentes en materia de función pública y de presupuestos.

3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33.2 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, para el año 2020 no se dotarán presupuestariamente aquellas plazas de las correspondientes relaciones de puestos de trabajo que se encuentren vacantes sin ocupación, salvo casos excepcionales y por razones urgentes e inaplazables.

4. Durante el año 2020, la contratación de nuevo personal laboral temporal y el nombramiento de personal funcionario interino para la cobertura de vacantes o sustitución transitoria de los titulares, procederá únicamente en casos excepcionales conforme al procedimiento que habrá de determinarse por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de acuerdo a las previsiones contenidas en la legislación básica estatal.

Dichas contrataciones y nombramientos hasta la aprobación del Acuerdo de Consejo de Gobierno requerirán previo informe favorable de la consejería competente en materia de función pública.

Se exceptúa de lo dispuesto en los párrafos anteriores del presente apartado la contratación o nombramiento de personal para la provisión de puestos estatutarios del Servicio Extremeño de Salud y del personal docente no universitario de la Consejería de Educación y Empleo; que se sujetará, en su lugar, al régimen de autorizaciones que determinen de dichos centros directivos, debiendo los mismos remitir con periodicidad semestral a la consejería competente en materia de presupuestos y función pública, una relación de las contrataciones y nombramientos realizados durante ese período.

5. Durante el año 2020 las entidades del sector público autonómico cuyos presupuestos se encuentran incluidos en las letras a), b), c) y d) del artículo 1.2 de esta Ley, podrán proceder a la contratación de nuevo personal con las limitaciones y requisitos establecidos en la legislación básica estatal.

De acuerdo con la legislación básica estatal se podrá proceder a la contratación de personal temporal en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables.

La contratación indefinida y temporal de personal requerirá, además de lo establecido en los párrafos anteriores, autorización de la Consejería competente en materia de función pública y de presupuestos, previos informes de la dirección general de función pública, sobre el cumplimiento de los requisitos referidos y de la secretaria general de presupuestos y financiación sobre las disponibilidades presupuestarias de dichas entidades para llevarla a cabo.

No obstante, cuando se trate de contrataciones de personal temporal con una duración máxima de un mes, o se financien con cargo a los ingresos derivados de la prestación de servicios o que resulten de convocatorias de ayudas de proyectos de otras Administraciones públicas o entes públicos en las que resultan beneficiarios, la mencionada autorización será concedida por el centro directivo competente de la consejería de adscripción, y deberán remitir, con periodicidad semestral, a la consejería competente en materia de presupuestos y función pública, una relación de las contrataciones realizadas durante ese período por estas causas.

Artículo 28 Nombramiento de personal funcionario interino para la ejecución de programas de carácter temporal o por exceso o acumulación de tareas.

1. En casos excepcionales, por razones de necesidad y urgencia debidamente justificadas, se podrá proceder al nombramiento de personal funcionario interino, de conformidad con el artículo 16.1, c) Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, para la ejecución de programas de carácter temporal de duración determinada, siempre que dichos programas estén financiados con fondos finalistas, o se relacionen con la prestación de servicios que se consideren prioritarios por acuerdo del Consejo de Gobierno a propuesta de la consejería competente en materia de función pública, con las siguientes condiciones:

  1. La duración del nombramiento no podrá exceder la duración de la ejecución de los programas a los que se adscriba, no superando en ningún caso, dicho nombramiento la duración máxima de tres años.

  2. El personal funcionario interino nombrado por este motivo no ocupará plazas de la relación de puestos de trabajo.

  3. Las retribuciones básicas y las complementarias asignadas al personal al que se refiere este apartado serán equivalentes a las de un puesto no singularizado correspondiente a su grupo o subgrupo. Asimismo, podrán percibir las indemnizaciones por razón del servicio en las cuantías que se fijen, de conformidad con lo establecido en su normativa específica.

  4. El nombramiento se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria que financie el programa correspondiente.

    2. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1, d) de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, podrá efectuarse el nombramiento de personal funcionario interino por causas expresamente justificadas de necesidad y urgencia originadas por exceso o acumulación de tareas, con las siguientes condiciones:

  5. La duración del nombramiento no podrá ser superior a seis meses dentro de un período de doce meses.

  6. El personal funcionario interino nombrado por este motivo no ocupará plazas de la relación de puestos de trabajo.

  7. Las retribuciones básicas y las complementarias asignadas al personal al que se refieren los apartados anteriores de este artículo serán equivalentes a las de un puesto no singularizado correspondiente a su grupo o subgrupo. Asimismo, podrán percibir las indemnizaciones por razón del servicio en las cuantías que se fijen, de conformidad con lo establecido en su normativa específica.

    3. El nombramiento del personal funcionario interino regulado en los apartados anteriores requerirá autorización de la Consejería competente en materia de administración pública, a propuesta del órgano directivo competente en materia de función pública, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

  8. Memoria elaborada por el órgano que proponga la ejecución de programas temporales en la que se incluirá una proyección económica de este tipo de programas y los nombramientos de personal funcionario interino que conlleva.

  9. Informe previo del órgano directivo competente en materia de función pública sobre la homologación a puestos incluidos en la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.

  10. Informe favorable de la Consejería competente en materia de presupuestos sobre la existencia de crédito.

    4. Se exceptúan de esta autorización los nombramientos de personal interino para suplir los períodos vacacionales, aunque el nombramiento interino utilizado se justifique en un exceso o acumulación de tareas.

    5. El nombramiento de personal funcionario interino para realizar las tareas contempladas en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 36 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, en los mismos supuestos contemplados en los apartados 1 y 2 del presente artículo, se realizará por el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:

  11. Memoria elaborada por el Director del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura en la que se incluirá una proyección económica de este tipo de programas y los nombramientos de personal funcionario interino que conlleva. Dicha memoria contendrá la descripción de las funciones a desempeñar y las titulaciones requeridas para ello.

  12. Informe favorable de la Consejería competente en materia de presupuestos sobre la existencia de crédito.

    6. La selección de los funcionarios interinos en los supuestos previstos en los apartados 1, 2 y 5 del presente artículo habrá de realizarse mediante procedimientos ágiles que respetarán en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de conformidad con lo previsto en el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sin perjuicio de la normativa específica en relación con el personal funcionario del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura.

Artículo 29 Contratación de personal laboral temporal para la ejecución de programas de carácter temporal o por exceso o acumulación de tareas.

1. En los supuestos contemplados en los apartados 1 y 2 del artículo 28 de la presente Ley, cuando la naturaleza de la actividad a desarrollar sea propia de personal laboral de conformidad con la normativa de función pública, podrán formalizarse contratos de trabajo, en cualquiera de las modalidades de contratación previstas en la legislación laboral, con las condiciones y requisitos establecidos en dicho artículo excepto lo relativo a la duración máxima de los contratos que se regirá por la legislación laboral básica.

Los contratos habrán de formalizarse siguiendo las prescripciones del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

2. Se exceptúa de la autorización prevista en el artículo 28, la contratación de personal laboral para suplir los períodos vacacionales, aunque la modalidad contractual utilizada sea la de eventual por circunstancias de la producción.

3. En el supuesto contemplado en el apartado 5 del artículo 28, cuando la naturaleza de la actividad a desarrollar sea propia de personal laboral de conformidad con la normativa de función pública, para realizar las tareas contempladas en los apartados 3, 4 y 5 del artículo 36 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura podrá formalizar contratos de trabajo, en cualquiera de las modalidades de contratación previstas en la legislación laboral y en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación conforme a la referida Ley 10/2010, de 16 de noviembre, para los supuestos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 28, con las condiciones y requisitos establecidos en el apartado 5 del artículo 28 de la presente ley, excepto lo relativo a la duración máxima de los contratos que se regirá por la legislación básica.

Los contratos habrán de formalizarse siguiendo las prescripciones del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

4. El incumplimiento de estas obligaciones formales, así como la asignación al personal contratado de funciones distintas a las que se determinen en los contratos de las que pudieran derivarse derechos a la adquisición de la condición de indefinido, podrá dar lugar a la exigencia de responsabilidades de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.

5. La selección del personal laboral temporal en los supuestos previstos en el presente artículo habrá de realizarse mediante procedimientos ágiles que respetarán en todo caso los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de conformidad con lo previsto en el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura sin perjuicio de los acuerdos o disposiciones que se puedan dictar para regular los procedimientos de selección de personal laboral temporal del CICYTEX.

Artículo 30 Prohibición de ingresos atípicos.

Los empleados públicos comprendidos dentro del ámbito de la presente ley, con excepción de aquellos sometidos al régimen de arancel, no podrán percibir participación alguna en los tributos, comisiones y otros ingresos de cualquier naturaleza que devengue la administración o cualquier poder público como contraprestación de cualquier servicio.

Artículo 31 Personal transferido.

El personal que se transfiera como consecuencia de la asunción de nuevas competencias y servicios se regirá por las siguientes normas:

  1. Hasta que se publique la relación de puestos de trabajo y se adscriba el personal transferido a dichos puestos y sin perjuicio de la aplicación de la normativa autonómica sobre Función Pública, el personal transferido percibirá, en función de sus puestos base de origen:

    1. El sueldo y los trienios o complementos de antigüedad que tuvieran reconocidas en su administración de origen, así como, cualquier complemento personal garantizado o similar que traiga causa en el tiempo de servicios prestados, el cual seguirá teniendo el mismo tratamiento y naturaleza jurídica que en la administración de origen, sin que pueda experimentar el incremento previsto en el artículo 19.1 de esta ley ni transformarse en complemento de antigüedad.

    2. Con la suma del valor anual del complemento de destino, del específico y de cualquier otro de carácter complementario que tenga reconocido y perciba mensual y habitualmente, se formará un complemento a regularizar.

  2. Mientras no se produzca la integración en el Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Junta de Extremadura no se podrá optar a plazas actualmente catalogadas.

  3. Si como consecuencia de la adscripción a los puestos de trabajo se produjera una reducción, en el cómputo anual, de las retribuciones totales, le será reconocido un complemento personal transitorio por la diferencia, a percibir en doce mensualidades, que será absorbido conforme se establece en el artículo 26 de esta ley.

  4. Si como consecuencia de la adscripción a los puestos de trabajo se produjera un aumento, en el cómputo anual, de las retribuciones totales, este se aplicará desde la fecha de efectividad del traspaso de nuevas funciones y servicios.

Artículo 32 Oferta de Empleo Público.

1. A lo largo del ejercicio 2020 no se procederá en el sector público autonómico, salvo las excepciones que se determinen en la legislación básica estatal, a la incorporación de nuevo personal, excepto la que pueda derivarse de la ejecución de los procesos selectivos correspondientes a Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores.

2. Respetando en todo caso las disponibilidades presupuestarias del capítulo I de los correspondientes presupuestos de gastos, la limitación contenida en el apartado anterior no será de aplicación a aquellos sectores o áreas de actuación administrativa

competencia de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura que se excluyan, con carácter básico, por lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2020.

3. Las Ofertas de Empleo Público, de conformidad con la tasa de reposición de efectivos establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado con carácter básico, incluirán el número de plazas existentes en los sectores prioritarios y las susceptibles de ser incluidas en procesos de estabilización según la legislación básica estatal.

Artículo 33 Carrera profesional, productividad y planes de acción social.

1. De acuerdo con lo previsto en la Ley de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con el objeto de que puedan ser retribuidas la progresión alcanzada por los empleados públicos dentro del sistema de carrera administrativa, el interés, iniciativa o esfuerzo con que realicen su trabajo, así como el rendimiento o resultados obtenidos, que deberán quedar acreditados mediante la evaluación del desempeño correspondiente, y las mejoras de los planes de acción social, a medida que se alcancen acuerdos en estas materias a través de la negociación con las centrales sindicales más representativas en el ámbito de la Función Pública de Extremadura, acuerdos que serán finalmente adoptados por el Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, se habilitarán, en su caso, las dotaciones presupuestarias para tales fines. Para ello, se tendrá en cuenta el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

2. Al objeto de establecer un régimen común de prestaciones no salariales de todos los empleados públicos de la Junta de Extremadura, se suspende, durante el ejercicio 2020, la concesión de las prestaciones no salariales del personal estatutario, docente y de administración general, excepto las siguientes:

  1. Mejoras voluntarias reconocidas al subsidio legalmente establecido, en las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia.

  2. Las indemnizaciones previstas en el Convenio Laboral vigente de la Junta de Extremadura para el personal laboral.

  3. La indemnización por fallecimiento prevista en el Decreto 18/1989, de 14 de marzo, por el que se establece para el personal al servicio de la Junta de Extremadura un régimen de autoseguro y de indemnización para los casos de fallecimiento e invalidez absoluta y permanente derivados de accidente laboral.

  4. Las que estén explícitamente dotadas en los presupuestos de esta ley.

Artículo 34 Prohibición de contratación con empresas de trabajo temporal.

La administración autonómica, los organismos autónomos, los entes públicos, las empresas públicas y los consorcios con participación mayoritaria de la Administración, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no utilizarán empresas de trabajo temporal para resolver sus necesidades laborales.

TÍTULO III Artículos 35 a 40

DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS

CAPÍTULO I Artículos 35 a 39

OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO

Artículo 35 Operaciones a largo plazo del Sector Administración General.

1. Se autoriza al Consejo de Gobierno para que, a propuesta del titular de la Consejería competente en materia de hacienda, disponga la realización de operaciones financieras a largo plazo, apelando al crédito interior o exterior o a la emisión de deuda pública, en cualesquiera modalidad y en las condiciones normales de mercado, siempre que el importe máximo formalizado durante el ejercicio garantice el cumplimiento del objetivo de deuda fijado para la Comunidad Autónoma de Extremadura correspondiente al ejercicio 2020, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril , de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

2. Este endeudamiento se formalizará atendiendo a las condiciones más ventajosas para la Hacienda Regional, conforme a lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Extremadura y en los artículos 112 y 115 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, respetando lo establecido en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas y demás normativa aplicable en materia de estabilidad presupuestaria, y en particular el principio de prudencia financiera regulado en su artículo 13.bis.

Artículo 36 Otras operaciones financieras.

La formalización de operaciones de intercambio financiero o derivados financieros tales como seguros, permutas, opciones o cualquiera otra prevista en el artículo 113 b) de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, que por su naturaleza no incrementan el volumen de endeudamiento, no se computarán dentro del límite fijado en el artículo anterior.

Artículo 37 Endeudamiento de los entes del Sector Administraciones Públicas.

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 119 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, las entidades comprendidas en el ámbito de aplicación del citado artículo podrán formalizar operaciones de endeudamiento, cualquiera que sea la forma en que se documenten, cuando éstas se contraten para recibir préstamos interadministrativos de Administraciones Públicas o entidades de su sector público, siempre que las citadas operaciones no afecten al cumplimiento del objetivo de deuda pública aprobado para esta Comunidad Autónoma, correspondiente al ejercicio 2020.

2. El Servicio Extremeño de Salud podrá concertar operaciones de endeudamiento a corto plazo, cualquiera que sea la forma en que se documente, con el límite de que el saldo formalizado de todas las operaciones de esta naturaleza a 31 de diciembre de 2020 no supere el importe de 240.000.000 euros.

3. Las entidades del Sector Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura a que se refiere el artículo 120 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, podrán formalizar operaciones de endeudamiento en coordinación con la política de endeudamiento de la Administración General de la Comunidad Autónoma, dentro de los límites que garanticen el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la aplicación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en relación al endeudamiento de las Comunidades Autónomas.

4. El endeudamiento previsto en los puntos 2 y 3 anteriores se formalizará atendiendo a las condiciones más ventajosas conforme a las normas, reglas, técnicas y cláusulas usuales en los mercados financieros, respetando lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas y en el resto de disposiciones aplicables en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y en particular el principio de prudencia financiera regulado en su artículo 13.bis.

5. La autorización de todas las operaciones de endeudamiento reguladas en este artículo requerirá la formulación de un informe por parte de la Consejería a la que se encuentre adscrita la entidad solicitante o de la que resulte su dependencia presupuestaria que, con carácter previo, se pronuncie sobre la viabilidad económica de la operación.

Artículo 38 Principio de concurrencia y exención de fianzas.

1. A los efectos previstos en el apartado 2 del artículo 117 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, se considerará garantizado el cumplimiento del principio de concurrencia cuando se materialice invitación dirigida a un número mínimo de tres entidades financieras, sin perjuicio de que el plazo de vigencia se extienda a todo el ejercicio económico.

2. La contratación de operaciones financieras a que se refiere el Capítulo II del Título III de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, se eximirá de la obligación de constitución de fianzas.

Artículo 39 Otras relaciones con las entidades financieras.

1. En el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de política financiera y con el fin de garantizar la necesaria coordinación y adecuada relación entre las entidades financieras y la administración de la Junta de Extremadura, así como con sus organismos y demás entes públicos vinculados o dependientes de la misma, la Consejería de Hacienda y Administración Pública informará con carácter previo los instrumentos de colaboración, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, que pretendan suscribirse con aquéllas.

2. Se faculta a la consejería competente en materia de hacienda para dictar las normas de desarrollo y ejecución de la presente disposición.

CAPÍTULO II Artículo 40

DE LOS AVALES

Artículo 40 Concesión de avales.

1. Las entidades que componen el sector público autonómico y demás clasificadas como Sector Administración Pública de la Comunidad Autónoma, incluida la Administración de la Comunidad Autónoma, cuando sus normas de funcionamiento así lo prevean, podrán prestar avales siempre que el saldo vivo del conjunto del sector público autonómico no sea superior a 50.000.000 euros, computándose en el mismo aquellos avales concedidos en ejercicios anteriores que tengan vigencia durante el presente ejercicio, y por el importe no liberado de los mismos.

2. La cuantía máxima de aval a una persona natural o jurídica no podrá superar el 10 % de la cantidad global anterior, salvo que se encuentren participadas por la Administración de la Comunidad Autónoma o alguna de las entidades de su sector público autonómico, en cuyo caso podrá alcanzarse el 15 %.

3. Los contratos de afianzamiento, así como los que se suscriban en contra garantía de los anteriores tendrán, en todo caso, la consideración de contratos administrativos especiales.

4. La autorización de tales operaciones, cuando se realice de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, requerirá en todo caso y con carácter previo, la formulación de un informe por parte

de las entidades que concedan los avales que se pronuncie sobre el riesgo y la viabilidad técnico-financiera.

No se tendrán en cuenta a efectos de lo dispuesto en este artículo los organismos autónomos y entes regulados en el artículo 130 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.

5. En cualquier caso, estas operaciones se formalizarán en coordinación con la política de avales de la Administración de la Comunidad Autónoma, respetando lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas y demás disposiciones aplicables en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y en particular el principio de prudencia financiera regulado en su artículo 13.bis.

TÍTULO IV Artículos 41 a 47

OTRAS NORMAS DE EJECUCIÓN DEL GASTO

CAPÍTULO I Artículos 41 y 42

NORMAS EN MATERIA DE CONTRATACIÓN

Artículo 41 Autorizaciones e informes.

1. Durante el año 2020, a efectos de lo establecido en el artículo 34.1 y 3 de la Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable, requerirán autorización previa mediante acuerdo del Consejo de Gobierno los expedientes de contratación cuyo valor estimado exceda en su cuantía de 600.000 euros y las modificaciones contractuales de los mismos cuando su cuantía supere aislada o conjuntamente dicho importe.

2. En 2020 la adquisición de vehículos se realizará mediante el sistema de contratación centralizada, excepto en aquellos casos de urgencia, necesidad o especiales características que podrán excluirse de dicho sistema de contratación por la Consejería de Hacienda y Administración Pública. Será necesaria la autorización previa y expresa del órgano directivo con competencias en materia de Contratación Centralizada para la adquisición de vehículos que hayan sido excluidos de la contratación centralizada, así como para la adquisición de muebles y equipos de oficina, cuya cuantía supere los 15.000 euros, excluido el IVA.

Artículo 42 Otras normas.

1. En el caso de que, como consecuencia de la ocupación mensual efectiva de las plazas concertadas/contratadas, la tipología de las ocupadas o la aportación de los usuarios a su financiación, se reconozcan obligaciones por debajo del importe máximo mensual concertado, se podrán minorar los créditos autorizados y comprometidos que daban cobertura presupuestaria al período ya ejecutado, con el límite de la diferencia entra la cobertura crediticia existente para dicho período y los reconocimientos de obligaciones efectuados.

2. Durante 2020, en virtud de la previsión establecida en la normativa general de contratos, se determina con carácter uniforme para todos los contratos de obra que concierten todos los órganos de contratación de la Junta de Extremadura y sus entidades públicas dependientes, la siguiente distribución de gastos generales de estructura que inciden sobre dichos contratos:

  1. Trece por ciento en concepto de gastos generales de la empresa, fiscales (IVA excluido), control de riesgos laborales y otros que inciden en el coste de las obras.

  2. Seis por ciento en concepto de beneficio industrial del contratista.

CAPÍTULO II Artículos 43 a 45

NORMAS EN MATERIA DE CONVENIOS, ENCARGOS DE

GESTIÓN Y TRANSFERENCIAS

Artículo 43 Convenios.

1. La celebración de los convenios interadministrativos que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2, a) del artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, formalice la Junta de Extremadura con la Administración General del Estado o con otras Comunidades Autónomas, así como con organismos o entidades dependientes de las mismas, requerirá, en todo caso, la previa autorización del Consejo de Gobierno.

2. La celebración de los convenios interadministrativos que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2, a) del artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, formalice la Junta de Extremadura con Universidades Públicas, Entidades Locales, o con cualesquiera otros organismos y entidades públicas, excepto los previstos en el apartado anterior, requerirá la previa autorización del Consejo de Gobierno tan sólo cuando la cuantía de lo aportado por la Junta de Extremadura supere los 60.000 euros.

3. La celebración de los convenios a que se refiere, el apartado 2, c) del artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, necesitarán autorización previa del Consejo de Gobierno cuando la cuantía que aporte la Junta de Extremadura supere los 60.000 euros.

4. Los convenios a que se refieren los apartados anteriores deberán especificar y someterse a la normativa que les resulte de aplicación de acuerdo con su objeto y naturaleza, sin perjuicio de la necesidad de recabar la autorización del Consejo de Gobierno en los supuestos establecidos en los apartados 1, 2 y 3 de este artículo.

No obstante, cuando el convenio articule la concesión directa de una subvención a una entidad local al amparo del artículo 31.2,b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, solo será preciso recabar la autorización del Consejo de Gobierno cuando el importe de lo aportado por la Junta de Extremadura supere los 600.000 euros.

Artículo 44 Encargos a entidades que tengan la consideración de medio propio y servicio técnico.

1. Durante 2020 los poderes adjudicadores del sector público autonómico podrán realizar encargos de prestaciones propias de los contratos de obras, servicios, concesión de obras y concesión de servicios, a cambio de una compensación tarifaria, a aquellas entidades instrumentales de los mismos, dotadas de personalidad jurídica propia, que tengan atribuida la condición de medio propio personificado de dichos poderes adjudicadores, de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público y normativa de desarrollo.

2. En todo caso, los encargos a que se refiere el presente artículo necesitarán de la previa autorización del Consejo de Gobierno cuando la cuantía que aporte la Junta de Extremadura supere los 60.000 euros.

La autorización del Consejo de Gobierno a que se refiere el párrafo anterior deberá obtenerse antes de la suscripción del encargo por el órgano competente. Una vez obtenida la autorización, corresponderá a los órganos competentes la aprobación del gasto y suscripción del encargo, de conformidad con lo dispuesto en las respectivas normas.

Igualmente, requerirán la previa autorización del Consejo de Gobierno las modificaciones de encargos autorizados por el mismo, cuando superen el 20 por cien del importe del encargo.

Artículo 45 Transferencias globales y específicas.

1. Se consideran transferencias globales, a efectos de la presente ley, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo de Proyectos de Gastos con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar total o parcialmente, con carácter indiferenciado, la totalidad o un sector de la actividad de otras administraciones o de las entidades que forman parte del sector público autonómico.

Estas transferencias se financiarán con cargo a recursos propios de la Comunidad Autónoma, salvo en el caso de actividades de entidades integrantes del sector público autonómico con presupuesto limitativo, que podrán financiarse con fondos finalistas mediante consignación de proyectos singularizados en sus presupuestos de gastos.

2. Se consideran transferencias específicas a los efectos de lo previsto en esta ley, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas, por las entidades del sector público autonómico cuyo presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública.

3. Las transferencias globales se instrumentalizarán mediante resolución dictada por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos correspondientes de acuerdo a lo establecido en el Anexo de Proyectos de Gastos, con indicación de la forma de pago que deberá ajustarse al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería.

Las transferencias específicas, que podrán tener carácter plurianual siempre que resulte necesario en virtud de la naturaleza del proyecto a realizar, deberán formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago que respetará lo indicado en el párrafo anterior; el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.

Cuando dichos gastos vengan cofinanciados con fondos de la Unión Europea, las cuentas y justificaciones deberán estar soportadas, como mínimo, en registros contables separados o códigos contables específicos que faciliten la justificación y control de estos fondos.

En el caso de transferencias globales, cuando afecten a entidades del sector público autonómico, la justificación se realizará mediante la rendición de las cuentas de conformidad

con lo exigido en el artículo 137 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

4. Por razones debidamente justificadas, previa autorización del Consejo de Gobierno, podrán incrementarse las cuantías asignadas a las transferencias previstas en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley, o dotarse nuevas transferencias, siempre que en este último caso se den los supuestos previstos en los números uno y dos anteriores.

No obstante, no será necesaria dicha autorización para las transferencias que se incrementen o se doten nuevas en el programa 800X denominado "Transferencias entre subsectores".

5. Sin perjuicio de lo dispuesto en este precepto, y con independencia de la imputación presupuestaria que corresponda en función de la naturaleza del gasto, quedan excluidas del ámbito de aplicación del régimen legal de las subvenciones, en los supuestos previstos en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y en la legislación estatal básica de aplicación, las aportaciones realizadas a favor de cualesquiera de las entidades públicas citadas que tengan su fundamento jurídico en un convenio y conlleven contraprestación a cargo del beneficiario de la misma.

6. Las sociedades, fundaciones y demás entidades del sector público autonómico sometidas al derecho privado, en la ejecución de los gastos derivados de estas transferencias deberán ajustarse en todo caso a los principios de igualdad y no discriminación, publicidad y transparencia sin perjuicio de las normas que les sean de aplicación en materia de contratación del sector público o de subvenciones.

CAPÍTULO III Artículos 46 y 47

MEDIDAS DE TRANSPARENCIA EN LA EJECUCIÓN DEL

PRESUPUESTO

Artículo 46 Publicidad de contratos públicos, concesiones de servicios, convenios y ayudas y subvenciones.

La actividad de la administración en general, y en particular la relativa a la ejecución del presupuesto, ha de estar presidida por los principios de publicidad y transparencia, resultando a estos efectos de aplicación a los contratos públicos, concesiones de servicios, convenios y ayudas y subvenciones, las medidas de publicidad recogidas en los artículos 8 a 11, ambos inclusive, de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura; y ello sin perjuicio de lo dispuesto por la normativa sectorial que resulte aplicable.

Artículo 47 Retención de operaciones a favor de entidades del sector público autonómico que no cumplan con el deber de información, o con las obligaciones en materia de endeudamiento y avales.

La falta de presentación en plazo de información presupuestaria, económica y financiera, la falta de rendición de cuentas, rendirlas con notable retraso o con graves defectos, así como el incumplimiento de las obligaciones de autorización previa reguladas en los capítulos II y III del Título III de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura o las derivadas de la aplicación de los artículos 13.bis y 14 la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, podrá dar lugar a la retención de los pagos que en la ordenación figuren a favor de estas entidades, hasta tanto se subsanen dichas incidencias.

Corresponderá al Ordenador General de Pagos de la Junta de Extremadura dictar los actos relativos a la retención o liberación de los pagos, a propuesta del órgano competente según el tipo de incumplimiento. En el caso de incumplimiento del deber de información la propuesta podrá ser formulada si vencido el plazo, y tras el requerimiento que en tal sentido realice el órgano competente según el tipo de información, éste no recibiera la información dentro de los diez días hábiles siguientes a su recepción por la entidad requerida.

TÍTULO V Artículos 48 a 50

RELACIONES ECONÓMICO-PRESUPUESTARIAS CON LAS

CORPORACIONES LOCALES

Artículo 48 Fondo Regional de Cooperación Municipal.

El Fondo Regional de Cooperación Municipal para el ejercicio 2020 tendrá una dotación global de 35.428.588 euros, distribuidos en una sección general y una sección especial.

La sección general del Fondo Regional de Cooperación Municipal tendrá una dotación de 33.428.588 euros, que se distribuirá de acuerdo con los criterios que se establecen en el apartado 1 del artículo siguiente.

Además, el Fondo Regional de Cooperación Municipal para el ejercicio 2020 se compondrá de otra sección especial con destino a la financiación de la Capitalidad de Extremadura, de conformidad con el artículo 16.a) de la Ley 7/2015, de 31 de marzo, reguladora del Estatuto de Capitalidad de la ciudad de Mérida, que tendrá una dotación de 2.000.000 de euros, que se abonará al Ayuntamiento de Mérida en cuatro plazos, trimestralmente. Este importe tiene el carácter de entrega a cuenta del definitivo que corresponde de acuerdo con dicha ley.

Artículo 49 Criterios de distribución del Fondo Regional de Cooperación Municipal.

1. La sección general del Fondo Regional de Cooperación Municipal para el ejercicio 2020 se destinará en su totalidad por las Entidades Locales a finalidades previstas en los presupuestos municipales.

La participación de cada municipio y entidad local menor de la Comunidad Autónoma en esta sección general del Fondo Regional de Cooperación Municipal será la suma resultante de los siguientes conceptos:

  1. Una cantidad fija de 17.000 euros, por cada municipio o entidad local menor.

  2. Una cuantía adicional de 20.000 euros, para cada municipio o entidad local menor con una población igual o menor de 2.000 habitantes en concepto de parte especial del Fondo para pequeños municipios y con el fin de corregir desequilibrios territoriales.

  3. La cantidad que resulte de distribuir proporcionalmente al número de habitantes del respectivo municipio o entidad local menor la diferencia entre el total del crédito presupuestario y la suma de las participaciones del apartado a) y b). A estos efectos, no se computarán los habitantes de las entidades locales menores en la población del municipio al que pertenezcan.

La distribución de esta sección general del Fondo Regional de Cooperación Municipal se realizará por la Presidencia de la Junta de Extremadura mediante Resolución que se adoptará en el primer trimestre del ejercicio y que determinará los plazos para el pago de los importes asignados a cada Entidad Local. Con carácter previo a la realización del último pago, las Entidades Locales beneficiarias presentarán certificación acreditativa por parte del Secretario o Secretario-Interventor, en su caso, en la que harán constar el efectivo abono en cuenta de los pagos anteriores y su cargo e imputación al Presupuesto Municipal así como su aplicación al gasto público de la aportación del Fondo Regional de Cooperación Municipal. Dicho certificado deberá ponerse a disposición del Servicio de Relaciones Económico Presupuestarias con las Entidades Locales de la Presidencia de la Junta de Extremadura con fecha límite del 15 de enero de 2021.

2. El abono de la sección especial del Fondo Regional de Cooperación Municipal con destino a la financiación de la Capitalidad de Extremadura se realizará por Presidencia de la Junta de Extremadura mediante Resolución que determinará los plazos para el pago del importe asignado a la Capital de Extremadura.

Artículo 50 Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales de Municipios.

El Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales de Municipios para el ejercicio 2020 tendrá una dotación de 2.590.332 euros.

Las Mancomunidades Integrales destinarán las cantidades que perciban del Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales a las finalidades previstas en sus presupuestos generales y conforme a la memoria justificativa de las actividades para las que solicitan las ayudas.

La participación de cada Mancomunidad Integral en la distribución del citado Fondo se ajustará a los criterios establecidos mediante Decreto del Presidente, previo informe de la Abogacía General y de la Intervención General.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera Tasas y Precios Públicos.

1. Se elevan, a partir del día de entrada en vigor de esta Ley, los tipos de cuantía fija de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura hasta la cuantía que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01 al importe exigible durante el año 2019.

Se exceptúan de lo previsto en el párrafo anterior las tasas que hubieran sido creadas u objeto de actualización específica por normas dictadas desde el 1 de enero de 2019.

Se consideran tipos de cuantía fija aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valora en unidades monetarias.

En todas las tarifas de las Tasas y Precios Públicos cuyo importe sea inferior a 1 euro, su importe se fijará aplicando el coeficiente 1,01 redondeando a la unidad de céntimo inmediato superior.

2. Se autoriza a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda a publicar la relación de las cuantías actualizadas de las Tasas y Precios Públicos a que se refiere el apartado anterior.

Disposición adicional segunda Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Tipo de gravamen reducido en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados para la adquisición de viviendas medias.

Durante el año 2020 se aplicará el tipo de gravamen del 0,1 % a las escrituras públicas que documenten las adquisiciones de inmuebles destinados a vivienda habitual del sujeto pasivo, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

1. Que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 47 del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril.

2. Que el devengo del hecho imponible se produzca entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020.

3. Que se trate de viviendas con protección pública y calificadas como viviendas medias.

Disposición adicional tercera De la ejecución directa de obras, servicios y demás actividades a través de TRAGSA.

La Junta de Extremadura, como partícipe en su accionariado, podrá realizar encargos a la «Empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima (TRAGSA)» y sus filiales en los términos previstos en la regulación de contratos del sector público y su propia normativa.

En todo caso, dichos encargos necesitarán autorización previa del Consejo de Gobierno.

Disposición adicional cuarta Gestión de pagos a proveedores.

En las contrataciones realizadas con cargo a los subconceptos presupuestarios 22106 y 22107 de los programas 211 A, 212 B, 212 C y 212 D, cuyo abono se realice a través de contratos formalizados con entidades financieras para la gestión de pago a proveedores, la imputación al presupuesto se efectuará en un solo acto contable conforme se vayan realizando los abonos a la entidad con cargo a crédito disponible.

Disposición adicional quinta Enseñanza privada concertada.

1. La Junta de Extremadura adoptará, en su caso, las medidas que sean precisas tendentes al mantenimiento, para el año 2020, de los niveles retributivos globales de la enseñanza concertada resultantes de la aplicación, en términos anuales, del artículo 2 de la Ley 6/2010, de 23 de junio, de medidas urgentes y complementarias para la reducción del déficit público en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

2. Las cantidades máximas a percibir del alumnado en concepto de financiación complementaria a la proveniente de los fondos públicos que se asignen al régimen de conciertos singulares, suscritos para enseñanzas de niveles no obligatorios, y en concepto exclusivo de enseñanza reglada, son las que se establecen a continuación:

  1. Ciclos formativos de grado superior: entre 18 y 36 euros alumno/mes durante diez meses, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020.

  2. Bachillerato: entre 18 y 36 euros alumno/mes durante diez meses, en el período

comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020.

La financiación obtenida por los centros, consecuencia del cobro al alumnado de estas cantidades, tendrá el carácter de complementaria a la abonada directamente por la Administración para la financiación de los «Otros Gastos».

La cantidad abonada por la Administración no podrá ser inferior a la resultante de minorar en 3.606,08 euros el importe correspondiente al componente de «Otros Gastos» de los módulos económicos establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2020.

3. En relación con las bases de cotización durante la jubilación parcial de docentes de la enseñanza concertada, la Junta de Extremadura no asumirá incremento de coste alguno respecto a la situación anterior a lo previsto en el apartado 3 de la disposición transitoria décima del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, como consecuencia de lo estipulado en el artículo 6 de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, modificado por el artículo 7 del Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

4. En los supuestos en que se dicten actos o acuerdos contemplados en la normativa del régimen de conciertos educativos que conlleven modificaciones de gasto que surjan con posterioridad a la resolución de las órdenes de convocatoria y que afecten a las cuantías comprometidas inicialmente para cada curso escolar en dichas resoluciones, tales como la variación de las cuantías de los módulos económicos señalados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2020, variaciones en las ratios de profesorado / unidad, complementos saláriales de carácter autonómico u otras establecidas en dicho régimen, deberán complementarse dichos créditos por el importe resultante de las referidas modificaciones en el mismo ejercicio en que aquellos actos o acuerdos se originen y con carácter previo al abono de los mismos.

Disposición adicional sexta De los costes de personal de la Universidad de Extremadura en futuros ejercicios presupuestarios.

1. La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital autorizará, previo informe de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, los costes de personal docente e investigador y de administración y servicios de la Universidad de Extremadura, en el marco de la normativa básica sobre oferta de empleo público, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

2. Con objeto de recabar esta autorización, la Universidad de Extremadura deberá remitir a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, antes del 15 de septiembre de cada ejercicio presupuestario, la siguiente documentación:

  1. Su plantilla de personal efectiva, junto con la relación de puestos de trabajo, comprensiva de todas las categorías de personal, tanto docente e investigador, como de administración y servicios a la que se adjuntará un anexo en el que figuren todos

    los puestos de nuevo ingreso que se proponen, de acuerdo con las disposiciones básicas en materia de oferta de empleo público.

  2. La totalidad de los costes de personal.

  3. La actividad docente e investigadora del personal docente e investigador.

  4. El proyecto del capítulo 1 de sus presupuestos.

  5. Propuesta de costes de personal a autorizar para el ejercicio presupuestario correspondiente.

    Esta documentación se remitirá con la distribución, requisitos y desagregación que establezca la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.

    3. Por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital se dará traslado a la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la información a la que se refiere el apartado precedente, así como de la autorización de costes realizada.

Disposición adicional séptima Subvenciones a la formalización de pólizas de seguros agrarios combinados.

1. La Comunidad Autónoma aplicará el régimen previsto en disposición adicional Séptima de la Ley 2/2019, de 22 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2019 y en el Decreto 199/2018, de 18 de diciembre, de fomento de la contratación de seguros agrarios combinados para la anualidad de 2019 pendientes de concesión, haciendo frente a dichas pólizas con cargo a los presupuestos de la anualidad de 2020.

2. La Comunidad Autónoma contribuirá al sistema estatal de seguros agrarios combinados a través de la concesión directa de subvenciones complementarias de las estatales, por la contratación, a partir del 1 de enero de 2020, de las pólizas de seguros agrarios combinados que tengan por objeto explotaciones agrarias de Extremadura, amparadas en el régimen de ayudas compatible con el derecho de la Unión Europea comunicada por el Estado a la Comisión Europea.

Se dictará en desarrollo y complementación del presente apartado, decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, el cual deberá especificar las líneas de seguros agrarios y los porcentajes subvencionables.

3. En las pólizas de seguro contratadas, que se considerarán solicitudes de subvención, quedará reflejado el importe de la subvención autonómica, el cual será deducido de la prima, y se entenderá que, con su formalización, se formula declaración responsable de la veracidad de los datos de la póliza de seguro, de la veracidad de los datos declarados de

las explotaciones agrarias en Extremadura tenidas en cuenta como objeto asegurado y de la inscripción de las mismas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura, de concurrencia de los requisitos legales, de no concurrencia de causa de prohibición para ser beneficiario, quedando exonerados de la obligación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con las haciendas estatal y autonómica y con la Tesorería General de la Seguridad Social, sin necesidad de aportar acreditaciones suplementarias, sin perjuicio de la posible concurrencia de causas comprobadas que determinen la denegación de la ayuda, de pérdida del derecho a su cobro o de la obligación de reintegro.

4. La Agrupación de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, SA,(AGROSEGURO) colaborará en la gestión de las subvenciones de los apartados anteriores sin contraprestación económica, y quedará sujeta a las actuaciones de comprobación y control de los órganos competentes y a las responsabilidades correspondientes, de conformidad con el convenio que se celebre entre dicha entidad y la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, quedando, hasta la eficacia de dicho convenio, prorrogado el contenido las cláusulas del vigente convenio. El pago de las subvenciones se abonará directamente a AGROSEGURO cuando hubiere deducido su importe al cobrar la prima. Todas las operaciones económicas relativas a las primas subvencionadas o sus modificaciones ulteriores se realizarán mediante transferencia bancaria. Para la gestión y control de las subvenciones, la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y AGROSEGURO, tendrán que facilitarse recíprocamente los datos personales precisos de los posibles beneficiarios con respeto de la legislación vigente en materia de protección de datos personales.

Disposición adicional octava Complemento extraordinario a la cuantía reconocida en concepto de pensión de jubilación e invalidez en su modalidad no contributiva.

1. En el año 2020, las personas beneficiarias de pensiones de jubilación e invalidez, en su modalidad no contributiva, tendrán derecho a la percepción de una prestación única, de carácter extraordinario, sin que implique el derecho a seguir percibiéndose en sucesivos años.

2. La cuantía individual de esta prestación se fija en 240 euros, que se abonará de oficio en un pago único en el mes de abril por la Consejería competente en materia de servicios sociales, sin que sea necesaria solicitud de la persona interesada.

3. Serán personas beneficiarias las perceptoras de pensiones de jubilación e invalidez, en su modalidad no contributiva, en quienes concurra esta condición a fecha de la nómina del mes de enero de 2020 y tengan residencia habitual en Extremadura en esa misma fecha.

4. Estas prestaciones no estarán comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

5. Si por causa imputable al beneficiario de la pensión no contributiva no pudiera realizarse el pago del complemento, el órgano competente lo pondrá en conocimiento de la persona beneficiaria, concediéndole un plazo de diez días hábiles para que subsane la falta. Transcurrido el referido plazo sin que se aporte la documentación requerida, se dictará resolución acordando la pérdida del derecho al cobro del complemento extraordinario.

Disposición adicional novena Adquisición de la condición de personal laboral indefinido no fijo en ejecución de sentencia judicial.

1. Adquirirá la condición de personal laboral indefinido no fijo al servicio de la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en ejecución de sentencia judicial, el empleado público que obtenga dicha declaración en virtud de sentencia judicial firme.

2. Dicho personal laboral indefinido no tendrá en ningún caso adscripción definitiva en el puesto de trabajo que venía desempeñando.

En consecuencia, su régimen jurídico se diferenciará del personal laboral fijo cuyo acceso a la administración se produce mediante procedimientos de convocatoria pública y en aplicación de los principios de igualdad, mérito y capacidad.

3. Atendiendo a las funciones que viniera desempeñando con anterioridad a la sentencia que reconoce su condición de indefinido no fijo, se le adscribirá a un puesto de trabajo de la relación de puestos de personal funcionario o en la de personal laboral.

4. Este personal mantendrá su relación jurídica de carácter temporal hasta tanto se produzca su extinción por la cobertura reglamentaria del puesto de trabajo conforme a la normativa que rige el acceso y la provisión de puestos en esta administración pública, por la amortización del puesto de trabajo o, en su caso, por el acceso a la condición de personal funcionario de carrera o de personal laboral fijo conforme al régimen de acceso al empleo público.

Disposición adicional décima Personal Directivo del Servicio Extremeño de Salud.

El personal directivo del Servicio Extremeño de Salud que con anterioridad a su nombramiento ocupase un puesto de trabajo de carácter asistencial en el organismo autónomo y como consecuencia del nombramiento, viera minoradas sus retribuciones anuales, podrá solicitar un complemento retributivo transitorio por la diferencia, a percibir mensualmente durante el periodo de duración de su nombramiento.

Para el cálculo de dicho complemento se tendrán en cuenta las retribuciones percibidas en los seis meses anteriores al nombramiento como personal directivo, excluida la productividad

variable en todas sus modalidades, y tendrá efectos económicos a partir del mes siguiente a la resolución favorable del Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud.

Lo establecido en esta disposición será aplicable al personal directivo cuyo nombramiento fuese anterior a la entrada en vigor de esta Ley, aunque en ningún caso esta medida tendrá carácter retroactivo.

Disposición adicional undécima Presentaciones tributarias vía telemática.

Las declaraciones y autoliquidaciones de los tributos propios referidas al canon de saneamiento y al Impuesto sobre la eliminación de residuos en vertedero deberán presentarse obligatoriamente por vía telemática.

Disposición adicional duodécima Compromisos en materia de estabilidad presupuestaria.

Para la efectiva aplicación de lo dispuesto en el artículo 38.10 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con lo establecido en los artículos 17.B.5, 19.4 y 20 de la presente Ley, se tendrá en cuenta el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Disposición adicional decimotercera Asignación excepcional o compensatoria de las disposiciones adicionales primera y segunda del Estatuto de Autonomía de Extremadura.

Se generarán, por ministerio de la Ley, en el estado de gastos de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020, las cantidades adicionales, a las previstas en el presupuesto, que se consignen por el Estado para el mismo ejercicio vinculadas a las asignaciones excepcionales y compensatorias a que aluden las disposiciones adicionales primera y segunda del Estatuto de Autonomía de Extremadura, relativas a las asignaciones complementarias para hacer frente a las circunstancias socioeconómicas de Extremadura y a las inversiones complementarias en infraestructuras equivalentes al uno por ciento del producto interior bruto regional, respectivamente.

Disposición derogatoria única Derogación normativa.

1. Quedan derogados los aspectos sustantivos de la Ley 2/2019, de 22 de enero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2019, en todo aquello que se opongan o resulten incompatibles con la presente ley.

2. Asimismo, quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente ley y, expresamente:

  1. Los artículos 66 y 67 del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril.

  2. La Ley 1/2004, de 19 de febrero, de creación de la Empresa Pública "Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura".

Disposiciones Finales
Disposición final primera Modificación del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril.

Se introducen las siguientes modificaciones en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril.

Uno. Se modifica el artículo 47 que pasa a tener la siguiente redacción:

"Artículo 47. Tipo de gravamen reducido para las escrituras públicas que documenten la adquisición de vivienda habitual.

Se aplicará el tipo de gravamen del 0,75 % a las escrituras públicas que documenten la adquisición de inmuebles destinados a la vivienda habitual del sujeto pasivo, siempre que concurran los siguientes requisitos:

  1. Que el valor real de la vivienda no supere los 122.000 euros.

  2. Que la suma de las bases imponibles general y del ahorro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del adquirente no sea superior a 19.000 euros en tributación individual o a 24.000 euros en caso de tributación conjunta y siempre que la renta total anual de todos los miembros de la familia que vayan a habitar la vivienda no exceda de 30.000 euros anuales, incrementados en 3.000 euros por cada hijo que conviva con el adquirente. A los efectos de computar los rendimientos correspondientes debe tenerse en cuenta la equiparación que establece la regla 5.ª del artículo 52.1 de esta ley.

Se considerarán que cumplen este requisito aquellas personas que, aunque no estén obligadas a presentar declaración del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, sus ingresos netos no superen los límites que se acaban de señalar".

Dos. Se modifica el artículo 49 que pasa a tener la siguiente redacción:

"Artículo 49. Tipo de gravamen incrementado aplicable a las escrituras públicas que documenten la formalización de préstamos o créditos hipotecarios.

Se aplicará el tipo de gravamen del 2 % a las escrituras públicas que documenten la formalización de préstamos o créditos hipotecarios cuando el sujeto pasivo sea el prestamista".

Disposición final segunda Autorización para el desarrollo y ejecución de la ley.

Se autoriza al Consejo de Gobierno a dictar, a propuesta de la consejería competente en materia de hacienda y administración pública, las disposiciones y actos necesarios para el desarrollo y ejecución de esta ley. y, en particular, para adaptar las tablas retributivas que aparecen en la misma al incremento de retribuciones que permita el Estado.

Así mismo, se autoriza a la persona responsable, en cada ámbito, de la gestión de política retributiva y de la nómina del personal, a aprobar y publicar las tablas retributivas que afecten a su ámbito de nómina de personal, así como dictar mediante resolución las instrucciones necesarias para su desarrollo e interpretación.

Disposición final tercera Adaptación al sistema de información contable.

Si antes de la entrada en vigor de la presente Ley no se hubiera derogado la normativa que establece y regula el actual sistema de información contable de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, por ende, no estuviera implantado el nuevo sistema de información y comunicación económico-financiera "Alcántara", los Presupuestos elaborados a través del sistema "Alcántara" se adaptarán al sistema contable vigente.

Disposición final cuarta Entrada en vigor.

La presente ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2020 salvo los siguientes preceptos:

  1. La disposición adicional primera, relativa a las tasas, entrará en vigor al día siguiente de la publicación de esta Ley en el Diario Oficial de Extremadura.

  2. La disposición adicional segunda y la disposición final primera, relativas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, entrarán en vigor al día siguiente de la publicación de esta Ley en el Diario Oficial de Extremadura.

  3. La derogación de la Ley 1/2004, de 19 de febrero, de creación de la Empresa Pública "Gestión de Infraestructuras, Suelo y Vivienda de Extremadura" que se lleva a efectos en la letra b) del apartado 2 de la disposición derogatoria única, entrará en vigor al día

siguiente de la publicación de esta ley en el Diario Oficial de Extremadura. Iniciándose a partir de entonces el proceso de liquidación de la misma por incurrir en causa legal de disolución. La sociedad quedará extinguida una vez completadas las operaciones mercantiles necesarias y previstas en la normativa aplicable necesarias en el ámbito mercantil para su liquidación.

Por tanto, ordeno a quienes sea de aplicación esta ley, que cooperen a su cumplimiento y a los tribunales y autoridades que corresponda la hagan cumplir.

En Mérida, a 31 de enero de 2020.

El Presidente de la Junta de Extremadura,

GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA

ANEXO

PROGRAMA DENOMINACIÓN PROGRAMA LEY 2020

111A ACTIVIDAD LEGISLATIVA 13.929.940

111B ACTIVIDAD CONSULTIVA 896.815

112A DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE PRESIDENCIA 6.026.170

113A DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y HACIENDA PÚBLICAS 9.583.040

113B PLANIFICACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTACIÓN 5.440.216

113C ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA 7.174.390

113D ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO 1.890.687

113E CONTROL INTERNO Y CONTABILIDAD PÚBLICA 6.407.202

114A DIRECCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA FUNCIÓN PÚBLICA 6.338.808

114B EVALUACIÓN Y CALIDAD DE LOS SERVICIOS 2.149.562

114C FORMACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 2.217.735

114D ASESORAMIENTO Y DEFENSA DE INTERESES DE LA ADMINISTRACIÓN 3.220.058

PROGRAMA DENOMINACIÓN PROGRAMA LEY 2020

115A RELACIONES INSTITUCIONALES E INFORMATIVAS 28.120.840

115B RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN LOCAL 44.917.154

116A PROTECCIÓN CIVIL E INTERIOR 7.977.743

121A AMORTIZACIÓN Y GASTOS FINANCIEROS DEL ENDEUDAMIENTO PÚBLICO 586.931.392

131B FONDO DE CONTINGENCIA 5.000.000

211A DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SANIDAD 63.562.373

211B FORMACIÓN, INSPECCIÓN Y CALIDAD SANITARIAS 35.500.140

212A PLANIFICACIÓN Y ORDENACIÓN SANITARIAS 4.133.960

212B ATENCIÓN PRIMARIA DE SALUD 648.926.790

212C ATENCIÓN ESPECIALIZADA DE SALUD 980.736.009

212D SALUD PÚBLICA 9.661.216

221A DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EDUCACIÓN 18.794.236

221B FORMACIÓN DEL PROFESORADO DE EDUCACIÓN 6.926.534

222A EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA 377.250.272

222B EDUCACIÓN SECUNDARIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL 425.007.375

PROGRAMA DENOMINACIÓN PROGRAMA LEY 2020

222C EDUCACIÓN ESPECIAL, ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS E IDIOMAS 63.794.081

222D ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS 111.934.207

222E EDUCACIÓN PERMANENTE Y A DISTANCIA NO UNIVERSITARIA 15.595.704

222F ENSEÑANZA AGRARIA 8.153.740

222G ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y AYUDAS A LA ENSEÑANZA 69.375.669

231A DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE DEPENDENCIA 4.434.844

232A ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA 342.706.817

241A DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPLEO 17.273.345

242A FOMENTO Y CALIDAD EN EL EMPLEO 204.487.906

242B FORMACIÓN PARA EL EMPLEO 98.250.474

252A ATENCIÓN A LA INFANCIA Y A LAS FAMILIAS 43.327.895

252B INCLUSIÓN SOCIAL 82.898.631

252C COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y ACCIÓN EXTERIOR 15.593.369

253A IGUALDAD DE GÉNERO Y ESTR. CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES 10.555.911

PROGRAMA DENOMINACIÓN PROGRAMA LEY 2020

253B PROMOCIÓN Y SERVICIOS A LA JUVENTUD 6.874.318

253C ACCIONES EN MATERIA DE EMIGRACIÓN 842.770

253D DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE IGUALDAD 1.011.742

261A PROMOCIÓN Y AYUDAS PARA EL ACCESO A LA VIVIENDA 51.585.435

262A URBANISMO, ARQUITECTURA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 12.201.314

271A DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE CULTURA 4.996.131

272A PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICOARTÍSTICO 9.843.639

272B BIBLIOTECAS 5.227.709

272C MUSEOS Y ARTES PLÁSTICAS 8.051.976

273A PROMOCIÓN Y COOPERACIÓN CULTURAL 8.220.949

273B TEATRO, MÚSICA Y CINE 8.552.067

274A FOMENTO Y APOYO DE LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS 20.629.000

311A DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE AGRICULTURA 31.379.055

312A SANIDAD VEGETAL Y ANIMAL 35.810.444

PROGRAMA DENOMINACIÓN PROGRAMA LEY 2020

312B COMPETITIVIDAD Y CALIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA 36.284.618

313A REGULACIÓN DE PRODUCCIONES 599.873.483

314A DESARROLLO DEL MEDIO RURAL 30.301.025

321A DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE EMPRESA E INNOVACIÓN 6.227.105

322A ORDENACIÓN INDUSTRIAL Y DESARROLLO ENERGÉTICO 7.254.570

323A DESARROLLO EMPRESARIAL 33.262.513

323C EMPRESA AGROALIMENTARIA 27.553.726

324A CONSUMO 4.925.636

325A RELACIONES LABORALES Y CONDICIONES DE TRABAJO 7.291.903

331A INVESTIGACIÓN Y EXPERIMENTACIÓN AGRARIA 5.125.430

331B INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN 64.836.720

331C ESTUDIOS ESTADÍSTICOS Y ECONÓMICOS 1.541.634

332A TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS COMUNICACIONES 37.159.328

PROGRAMA DENOMINACIÓN PROGRAMA LEY 2020

333A ENERGÍA RENOVABLE Y EFICIENCIA ENERGÉTICA 19.973.223

341A COMERCIO DE CALIDAD Y ARTESANÍA EXTREMEÑA 19.771.208

342A ORDENACIÓN Y PROMOCIÓN DEL TURISMO 25.053.164

353A INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS 196.719.123

353B INFRAESTRUCTURAS DE CARRETERAS 78.282.583

353C ORDENACIÓN E INSPECCIÓN DEL TRANSPORTE 40.168.536

353D DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y TRANSPORTES 9.982.301

354A MEDIO NATURAL Y CALIDAD AMBIENTAL 32.448.633

354B PROTECCIÓN Y DEFENSA CONTRA LOS INCENDIOS 42.613.709

354C CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y MEJORA DE LOS MONTES 41.595.664

354D SANEAMIENTO Y ABASTECIMIENTO DE AGUAS 32.417.687

354E DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS HÍDRICOS 3.653.730

Total general 6.006.647.051

ESTADO DE INGRESOS Y

GASTOS

Pág. 3

2020

7912

14

19

24

29

32

34

43

49

54

56

59

61

70

75

83

85

ág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

ág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

p

p

...............

..........................

......................

.................

......

....

......

.............................................................

....................................................

...............................................

....

...............................................................

...............................................................

......................................................

...............................................

...........................

..........................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

.............................................................

....................................................

...............................................................

...............................................................

......................................................

....................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

SEC. 04: CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE EXTREMADURA ..............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

ÍNDICE

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

INSTITUCIONES ESTATUTARIAS ................................

ESTADO DE INGRESOS ...............................................................

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE INGRESOS ......

SEC. 01: ASAMBLEA DE EXTREMADURA .................

RESÚMENES DEL ESTADO DE INGRESOS ....................

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE GASTOS ........

1.2.1.1. SEC. 01: ASAMBLEA DE EXTREMADURA .......................................

SEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE EXTREMADURA ........................

ESTADO DE GASTOS .......................................

RESÚMENES DEL ESTADO DE GASTOS ......................

ADMINISTRACIÓN GENERAL ....................................

ESTADO DE INGRESOS ...............................................................

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE INGRESOS ......

2.1.1.1. SEC. 98: ADMINISTRACIÓN GENERAL ...............................................................

RESÚMENES DEL ESTADO DE INGRESOS ....................

ESTADO DE GASTOS .......................................

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE GASTOS ........

2.2.1.1. SEC. 02: PRESIDENCIA ...............................................................

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

1.2.1.2. SEC. 04: CON

1.1.

1.1.1.

1.1.1.1.

1.1.1.2.

1.1.2.

1.2.

1.2.1.

1.2.2.

2.1.

2.1.1.

2.1.2.

2.2.

2.2.1.

1.

2.

2020

Pág. 4

pág. 217

pág. 635

110

164

305

446

505

597

602

607

623

625

630

645

650

pág.

pág.

pág.

g.

pág. 404

pág. 541

pág.

pág. 564

pág.

pág.

pág.

pág.

ág.

pág. 628

pág.

pág. 640

pág.

pág.

...................................

......................................

..........................................

..........................

.......................

............................................................

................................................

..................................

....................................

...........................

....................................................

p

...............

....

........

......

...............................................................

...............................................................

...............................................................

.................................................

..........................

...............................................................

.............................................................

.....................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

NDA Y ADMÓN PÚBLICA ...........................................

AD Y SERV. SOCIALES ...........................................

Y TERRITORIO .................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

DIGITAL .......................................................

Y SOSTENIBILIDAD ..............................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

SEC. 11: VICEPRESIDENCIA 2.ª Y CONSEJERÍA DE SANID

SEC. 13: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO ........

SEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA ...................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

SEC. 10: VICEPRESIDENCIA 1.ª Y CONSEJERÍA DE HACIE

SEC. 12: CONS. DE AGRICULTURA, DRLLO. RURAL, POBL.

SEC. 14: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA

SEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES ........................

SEJERÍA DE IGUALDAD Y PORTAVOCÍA ..............................

SEC. 18: CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA

2.2.1.12. SEC. 21: FONDO DE CONTINGENCIA ...............................................................

RESÚMENES DEL ESTADO DE GASTOS ......................

ORG.17 102: CONSEJO DE LA JUVENTUD DE EXTREMADURA ...............................................................

...............................................................

SEC. 20: ENDEUDAMIENTO PÚBLICO ..................

ORGANISMOS AUTÓNOMOS ......................................

ESTADO DE INGRESOS ...............................................................

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE INGRESOS ......

ORG. 11 100: SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD .........

ORG. 17 101: INSTITUTO DE LA MUJER DE EXTREMADURA ...............................................................

RESÚMENES DEL ESTADO DE INGRESOS ....................

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

ESTADO DE GASTOS .......................................

2.2.1.7. SEC. 15: CON

2.2.1.8. SEC. 16: CON

2.2.1.9. SEC. 17: CON

2.2.1.2.

2.2.1.3.

2.2.1.4.

2.2.1.5.

2.2.1.6.

2.2.1.10.

2.2.1.11.

2.2.2.

3.1.1.

3.1.1.1.

3.1.1.2.

3.1.1.3.

3.1.

3.1.2.

3.2.

3.

Pág. 5

2020

pág. 653

pág. 680

655

698

703

705

710

720

725

735

pág. 690

pág. 715

pág. 730

pág. 743

740

745

760

767

774

pág.

pág.

ág.

pág. 708

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

pág.

......

......................................................

....

p

.....................

...............................................................

.....................................................

.................................................

....................................................

......................................................

...........................

.......................................

...........................

........................

.....................................

..........................

...........................

...........................

........................

...............................................................

.......................................

...............................................................

.............................................................

...............................................................

G. 15 303: CONSORCIO M.º ETNOGR. EXT. GLEZ SANTANA DE OLIVENZA ..............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

ORG. 17 102: CONSEJO DE LA JUVENTUD DE EXTREMADURA ..............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE GASTOS ........

ORG. 11 100: SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD .........

ORG.17 101: INSTITUTO DE LA MUJER DE EXTREMADURA .

RESÚMENES DEL ESTADO DE GASTOS ......................

CONSORCIOS Y OTROS ........................................

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE INGRESOS ......

G. 14 301: CENTRO DE INVEST. CIENT. Y TECNOL DE EXTREMADURA ...

G. 15 302: CONS. M.º DE LAS CIENCIAS DEL VINO DE ALMENDRALEJO .

...............................................................

G. 14 301: CENTRO DE INVEST. CIENT. Y TECNOL DE EXTREMADURA ...

G. 15 302: CONS. M.º DE LAS CIENCIAS DEL VINO DE ALMENDRALEJO .

G. 15 303: CONSORCIO M.º ETNOGR. EXT. GLEZ SANTANA DE OLIVENZA ..............................................................

ESTADO DE INGRESOS ...............................................................

G. 15 301: CONSORCIO GRAN TEATRO DE CÁCERES ...................

G. 15 304: CONSORCIO MUSEO VOSTELL-MALPARTIDA .................

RESÚMENES DEL ESTADO DE INGRESOS ....................

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE GASTOS ........

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

ESTADO DE GASTOS .......................................

G. 15 301: CONSORCIO GRAN TEATRO DE CÁCERES ...................

3.2.1.

3.2.1.1.

3.2.1.2.

3.2.1.3.

3.2.2.

4.1.1.

4.1.1.1. OR

4.1.1.2. OR

4.1.1.3. OR

4.1.1.4. OR

4.1.1.5. OR

4.1.2.

4.2.1.

4.2.1.1. OR

4.2.1.2. OR

4.2.1.3. OR

4.2.1.4. OR

4.1.

4.2.

4.

2020

Pág. 6

pág. 781

789

pág.

......

....................................................

...............................................................

...............................................................

...............................................................

ORG. 15 304: CONSORCIO MUSEO VOSTELL-MALPARTIDA ..

RESÚMENES DEL ESTADO DE GASTOS ......................

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

4.2.1.5.

4.2.2.

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

INSTITUCIONES ESTATUTARIAS

2020

1.

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

ESTADO DE INGRESOS

1.1.

2020

L

13.929.940

13.929.940

444.979

444.979

TOTA

14.374.919

euros

2020

Pág. 11

en

e

0

P.

9

Import

CA

0

8

CA

P.

7

0

194.000

194.000

194.000

CA

P.

0

GRESOS

6

CA

P.

IN

DE

5

0

CA

PRESUPUESTO

P.

13.735.940

9

9

P.

13.735.940

4

7

.

444.979

14.180.919

4

CA

4

4

3

0

RIA

S

DEL

CA

TUTA

P.

0

ESTA

PITULOS

2

CA

P.

INSTITUCIONES

CA

1

Y

0

ICIOS

P.

CA

R A

D

U

SERV

R E M

A

POR

E X

T

D

L

L

E

S O C I A

GENERA

ICIOS

EXTREMADURA

SERV

Y

Ó M

I C O

EN

DE

E C O N

O

RESUM

ASAMBLEA

C O N

S E J

0

01001

1

-

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

-

4

0

0

L

DE

SOCIA

SECCIÓN

EXTREMADURA

INGRESOS

ICO

Y

0

0

1

4

DE

SECCIÓN

ECONÓM

RA

SECCIÓN

PRESUPUESTO

D

ASAMBLEA

U

TOTAL

CONSEJ

REM

O

A

T

TOTAL

TOTAL

EX

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE INGRESOS

1.1.1.

2020

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

SEC. 01: ASAMBLEA DE EXTREMADURA

1.1.1.1.

2020

13.735.940

13.735.940

13.735.940

194.000

194.000

194.000

13.929.940

13.929.940

euros

2020

Pág. 16

PORTES

en

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS INGRESOS

DURA

DURA

A

S

A

TREM

TREM

RIA

EX

EX

TUTA

DE

DE

UTÓNOM

A

UTÓNOM

A

ESTA

D

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PLICACIÓN

A

UNIDA

A

UNIDA

INSTITUCIONES

EX

COM

COM

LA

LA

E

E

D

DURA

D

DURA

LA

G EN

ERA

TREM

ERA

TREM

LA

EX

EX

G EN

C I Ó N

DE

C I Ó N

DE

UTÓNOM

A

RA

RA

A

I N

I N

UTÓNOM

I S T

I S T

D

A

A

A

A

D

M

M

UNIDA

D

D

E

E

UNIDA

L A

L A

D

ES

L

OM

A

OM

D

T

C O RRI EN

LA

C A

LA

C

PI T

C

RA

DE

U

L

L

D

E

DE

S

D

C I A

A

GENERA

C I A

S

S F EREN

S F EREN

GENERA

REM

T

N

N

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

CIÓN

CIÓN

T

INISTRA

EX

RA

RA

CORRIENTES

E

INISTRA

D

CAPITAL

T

DM

BLEA

DM

CON.

M

LA

DE

LA

A

A

0

0

CORRIENTES

TRANSFERENCIAS

S A

4

7

1

DE

1

DE

PITA

TRANSFERENCIAS

A

L

.

RT

CA

0

1

A

DE

01001

0

0

1S

1S

NSFERENCIA

CAPITULO

NSFERENCIA

CAPITULO

SERVICIO

INGRESOS

1

4

7

P.

TRA

TOTAL

TRA

TOTAL

TOTAL

TOTAL

CA

4

7

13.735.940

194.000

TOTAL

13.735.940

194.000

13.929.940

euros

2020

Pág. 17

en

1

e

0

Import

ICIO

13.735.940

13.735.940

194.000

194.000

13.929.940

SERV

ICULOS

RT

Y

A

S

ICIOS

RIA

TUTA

SERV

ESTA

POR

INSTITUCIONES

INGRESOS

ARTICULOS

DURA

DURA

A

A

DE

TREM

TREM

Y

GENERA

DE

DE

L

EX

EX

A

A

CAPITULOS

UTÓNOM

UTÓNOM

A

EN

A

RESUM

UNIDA

UNIDA

D

D

COM

COM

DE

LA

LA

GENERAL

REM

ADMINISTRACIÓN

A

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

41 - TRANSFERENCIAS CORRIENTES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE

DURA

T

LA

EX

DE

DE

BLEA

CAPITAL

M

SA

DE

TRANSFERENCIAS

A

1

CAPITULO

0

LO

4

7

PI T

U

ICIO

SECCION:

C A

SERV

L

-

O T

TOTAL

TOTAL

71

A

T

13.735.940

13.735.940

194.000

194.000

13.929.940

13.929.940

2020

euros

Pág. 18

en

e

PORTES

Import

IM

INGRESOS

DE

RIA

PRESUPUESTO

S

TUTA

ESTA

DEL

PITULOS

INSTITUCIONES

CA

POR

PITULOS

L

GENERA

CA

EN

RESUM

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

RA

U

A

D

REM

A

T

EX

T

PI T

ES

L

OPERACIONES DE CAPITAL

E

D

C O RRI EN

T

E

ES

C A

D

BLEA

S

C O RRI EN

C I A

C I A

S

S A

S F EREN

ES

S F EREN

M

C I O N

SECCION

-O PERA

A

TOTAL

0

N

N

T

T

1

RA

RA

L

-

TOTA

4

7

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

SEC. 04: CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE EXTREMADURA

1.1.1.2.

2020

444.979

444.979

444.979

444.979

444.979

euros

2020

Pág. 21

en

e

PORTES

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS INGRESOS

DURA

A

RIA

S

TREM

EX

TUTA

DE

UTÓNOM

A

ESTA

A

D

PLICACIÓN

UNIDA

INSTITUCIONES

EX

COM

E

LA

D

DURA

ERA

LA

G EN

TREM

C I Ó N

DE

EX

A

U

I S T

RA

RA

D

I N

UTÓNOM

REM

A

A

M

D

D

L A

A

E

EX

UNIDA

D

T

D

T

C

C O RRI EN

E

ES

OM

S O C I A

L

LA

L

DE

S

C I A

Y

GENERA

I C O

S F EREN

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

RA

Ó M

CIÓN

EC O N

INISTRA

N

CORRIENTES

T

S EJ O

CON.

DM

LA

A

1

0

CORRIENTES

TRANSFERENCIAS

C O N

DE

4

1

RT

1

A

0

.

0

1S

4

4

4

0

0

CAPITULO

0

0

NSFERENCIA

SERVICIO

INGRESOS

TOTAL

P.

TRA

TOTAL

CA

TOTAL

4

444.979

444.979

444.979

euros

TOTAL

2020

Pág. 22

en

Import

1

e

0

444.979

444.979

444.979

ICIO

SERV

ICULOS

RT

A

Y

S

ICIOS

RIA

TUTA

SERV

ESTA

POR

INSTITUCIONES

INGRESOS

ARTICULOS

DURA

A

DE

TREM

L

EX

GENERA

CAPITULOS

Y

DE

UTÓNOM

A

D

DURA

EN

A

RESUM

UNIDA

A

TREM

COM

EX

LA

DE

SOCIA

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Y

ECONÓM

41 - TRANSFERENCIAS CORRIENTES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE

L

ICO

CONSEJO

0

CAPITULO

4

4

ICIO

SERV

SECCION:

TOTAL

TOTAL

444.979

444.979

444.979

444.979

euros

2020

Pág. 23

en

Import

e

PORTES

IM

INGRESOS

DE

S

RIA

PRESUPUESTO

TUTA

ESTA

DEL

INSTITUCIONES

PITULOS

CA

POR

PITULOS

GENERA

L

CA

EN

RESUM

U

RA

A

D

REM

EX

T

D

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

E

S O C I A

L

I C O

Y

C O RRI EN

T

Ó M

ES

EC O N

T

ES

S

S EJ O

C O RRI EN

C I A

C O N

S F EREN

ES

C I O N

SECCION

4

RA

L

0

N

T

-O PERA

TOTA

TOTAL

4

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

RESÚMENES DEL ESTADO DE INGRESOS

1.1.2.

2020

14.180.919

194.000

194.000

L

14.180.919

14.374.919

euros

TOTA

2020

Pág. 26

0

en

e

4

Import

0

444.979

444.979

444.979

SECCION

13.735.940

0

1

13.735.940

194.000

194.000

SECCION

13.929.940

SECCIONES

Y

S

ICULOS

RIA

RT

TUTA

A

ESTA

POR

INSTITUCIONES

INGRESOS

DURA

DURA

DE

A

A

TREM

TREM

GENERA

L

RTICULOS

EX

EX

DE

DE

Y

A

A

A

UTÓNOM

UTÓNOM

EN

PITULOS

D

D

A

A

UNIDA

RESUM

CA

UNIDA

COM

COM

LA

LA

41 - TRANSFERENCIAS CORRIENTES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE

GENERAL

DE

ADMINISTRACIÓN

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

LA

ES

DE

T

C O RRI EN

CAPITAL

C I A

S

DE

S FEREN

TRANSFERENCIAS

N

SECCIÓN

T

RA

L

O T

A

-

TOTAL

TOTAL

T

71

13.735.940

13.735.940

194.000

194.000

13.929.940

euros

2020

Pág. 27

en

Import

e

PORTES

IM

INGRESOS

DE

RIA

PRESUPUESTO

S

TUTA

ESTA

DEL

INSTITUCIONES

PITULOS

CA

POR

PITULOS

L

CA

GENERA

EN

RESUM

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

RA

D

U

REM

A

A

T

ES

L

EX

E

T

PI T

OPERACIONES DE CAPITAL

D

C O RRI EN

T

E

ES

C A

D

BLEA

S

C O RRI EN

S

M

SECCION

C I A

C I A

S A

S F EREN

ES

S F EREN

N

RA

A

C I O N

1

0

RA

L

N

-

T

-O PERA

T

TOTA

4

7

444.979

444.979

444.979

14.374.919

euros

2020

Pág. 28

en

e

PORTES

Import

IM

INGRESOS

DE

RIA

PRESUPUESTO

S

TUTA

ESTA

DEL

PITULOS

INSTITUCIONES

CA

POR

PITULOS

GENERA

L

CA

EN

RESUM

RA

D

U

REM

A

EX

T

D

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

E

S O C I A

L

I C O

Y

C O RRI EN

T

Ó M

ES

EC O N

T

ES

S

S EJ O

C O RRI EN

C I A

C O N

S F EREN

ES

C I O N

SECCION

4

RA

L

0

N

T

-O PERA

TOTA

TOTAL

4

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

ESTADO DE GASTOS

1.2.

2020

9

9

.

L

7

TOTA

13.929.940

13.929.940

444.979

14.374.919

4

4

4

euros

0

9

2020

Pág. 31

en

e

CA

P.

Import

0

8

1.000

1.000

1.000

CA

P.

0

P.

7

CA

OS

6

193.000

193.000

193.000

0

ST

CA

P.

GA

DE

5

0

P.

CA

PRESUPUESTO

4

0

P.

1.665.300

1.665.300

1.665.300

CA

S

3

0

RIA

DEL

CA

P.

PITULOS

TUTA

1.305.097

1.305.097

231.927

231.927

P.

1.537.024

ESTA

2

CA

CA

1

10.765.54

INSTITUCIONES

213.052

213.052

10.978.595

3

Y

P.

10.765.543

CA

ICIOS

SERV

EXTREMADURA

POR

DE

L

SOCIAL

GENERA

ICIOS

EXTREMADURA

Y

ICO

SERV

EN

DE

ECONÓM

O

RESUM

ASAMBLEA

CONSEJ

1

0

-

-

01001

0

0

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

4

DURA

A

REM

T

EX

L

DE

SECCIÓN

SOCIA

EXTREMADURA

GASTOS

Y

1

4

ICO

DE

SECCIÓN

ECONÓM

SECCIÓN

PRESUPUESTO

0

0

O

ASAMBLEA

TOTAL

CONSEJ

TOTA

TOTAL

L

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE GASTOS

1.2.1.

2020

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

SEC. 01: ASAMBLEA DE EXTREMADURA

1.2.1.1.

2020

3.642.145

3.642.145

109.752

97.674

325.998

92.450

13.293

7.158

317.282

218.274

1.181.881

530.678

265.850

134.970

439.675

245.400

494.216

814.933

667.693

309.000

3.902.415

14.669

8.338

2020

euros

PORTES

Pág. 36

en

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

S

RIA

TUTA

ESTA

CION

INSTITUCIONES

PLICA

EX

E

re madura

grupo

y grupo E

t

Ex

y

de

esionales

esionales

A

B

C

D

samblea

grupo

grupo

grupo

grupo

prof

prof

A

la

12C1

y

y

y

y

A

B

C

D

de

subgrupo

subgrupo

agrupaciones

grupo

grupo

grupo

grupo

agrupaciones

A

A

C2

RA

ados

subgrupo

subgrupo

U

de

básicas

A

A

12C1

C2

de

ino

ino

y

y

y

y

A

Diput

D

al

al

al

al

destino

LEGISLATIVA

específico

REM

asimilados

asimilados

personal

subgrupo

subgrupo

subgrupo

dest

específico

asimilados

asimilados

retribuciones

de

V

dest

de

de

subgrupo

personal

complementos

grupo

o

o

de

T

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

EX

ribuciones

Sueldos

del

del

del

del

del

del

del

E

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Complemento

Complemento

Sueldos

Complement

Complemento

Complement

D

Otras

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Trienios

Otros

Sueldos

Ret

BLEA

M

ACTIVIDAD

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

S A

0

0

1

2

3

4

SUBC.

1

2

11101

público)

0

1

2

9

0

0

0

0

0

11006

11100

0

0

0

0

0

12005

1

12101

12199

0

1

0

1

1

1

1

2

2

2

2

2

3

3

3

4

0

4

0

asimilados

cargo

A

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

1

1

1

0

0

0

0

0

0

1

0

1

0

CON.

1

0

1

1

1

110

111

111

2

2

2

2

2

(no

120

2

121

121

estatutarios

3

9

0

0

0

0

1

0

111A

y

ual

3

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

RT.

y

0

públicos

3

0

1111111

11

11

event

2222212

3

212

12

Funcionarios

A

1

1

Personal

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

P.

Cargos

CA

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

2.996

26.003

25.563

25.563

1.898.578

4.090

71.575

13.293

1.987.536

10.765.543

25.000

3.000

1.000

1.000

30.000

10.000

55.000

9.000

1.000

3.000

78.000

20.000

85.000

euros

2020

en

PORTES

Pág. 37

e

Import

IM

S

RIA

TUTA

ESTA

CION

INSTITUCIONES

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

PLICA

EX

rucciones

erial

personal

const

ransport

mat

e

ras

enseres

publicaciones

del

ilizado

ormación

t

eccionamient

ot

illaje

y

de

ut

ras

o

medios

mobiliario

construcciones

y

RA

y

icios

de

inmov

ot

inf

D

edif

alaciones

transporte

libros

U

y

ro

ariable

LEGISLATIVA

ot

A

de

de

de

de

ent

REM

complementos

perf

enseres

procesos

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

sociales

os

os

os

os

empleador

otras

inst

inv

as,

EX

y

y

T

para

rev

y

de

no

ist

Gratificaciones

Cuotas

Formación

Seguros

rrendamient

rrendamient

rrendamient

rrendamient

Edificios

aquinaria,

E

del

D

Otros

Otros

Elementos

obiliario

Equipos

Ordinario

Prensa,

BLEA

ACTIVIDAD

conservación

cargo

A

A

A

A

M

M

M

PERSONAL

a

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

S A

sociales

A

0

0

0

0

0

0

SUBC.

6

0

0

0

0

1

1

51o

2

2

13199

15100

16000

2

16205

16209

os

DE

2

4

5

8

21200

3

21400

00y

0

0

6

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

o

CON.

enimient

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

gast

rendimient

GASTOS

131

1

aciones

151

160

162

162

0

0

1

2

y

2

4

5

8

cánones

1

2

0

111A

3

5

6

0

0

6

0

0

mant

2

2

2

2

2

2

2

2

0

212

214

1

y

1

1

2

2

RT.

13

15

al

16

616

16

prest

CAPITULO

21

0

121

0

0

0

1

1

2

2

0

os

Laborales

ivos

rrendamient

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

as,

A

Reparaciones,

CA

1

1

Incent

1

1

1

1

Cuot

TOTAL

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

P.

A

23.097

55.000

3.000

25.000

10.000

4.000

1.000

1.000

20.000

3.000

100.000

175.000

10.000

2.000

60.000

40.000

15.000

65.000

2.000

25.000

1.000

20.000

144.000

euros

2020

en

PORTES

Pág. 38

Import

IM

e

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

RIA

S

TUTA

ESTA

CION

INSTITUCIONES

PLICA

EX

ransport

e

t

de

comunicacione s

element

os

i

at

as

ados

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ariable

hemoderiv

v

Inmuebles

illaje

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elecomunicaciones

ormat

cursos

y

de

esen

iv

a

ent

ep

RA

ut

rico

y

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r

r

inv

maquinaria,

y

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inf

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select

D

ar

ersos

U

higiénicos

mensajería

Bienes

i

no

icos

eléct

as

A

ico

REM

armacéut

rónico,

ulgación

o

LEGISLATIVA

enciosos

conferencias

l

pruebas

c

ormát

t

o

t

eléctrica

elect

de

suministros

seguros

r

sobre

y

p

cont

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

div

div

aseo

o

EX

f

inf

os

os

os

de

o

icios

y

T

de

y

es

es

y

os

E

n

gast

erial

Energía

Combustible

Vestuario

Alimentación

Product

Repuest

o

erial

Transport

Impuest

Publicidad

eza

D

Product

urídicos,

Oposiciones

c

at

Agua

at

Otros

Postales

Reuniones,

i

i

ros

J

Serv

Primas

t

M

en

p

M

A

Ot

Li

ACTIVIDAD

m

BLEA

M

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

A

SUBC.

S A

0

0

1

1

1

0

0

0

0

0

0

0

9

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

0

22100

2

6

1

22101

22103

22104

22105

1

1

1

1

22199

2

22201

3

22400

5

6

6

6

22606

6

6

7

2

4

0

0

0

1

2

3

7

9

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

111A

2

2

2

1

0

0

CON.

0

2

2

2

2

2

2

221

221

221

221

221

2

2

2

2

221

2

222

2

224

2

2

2

2

226

2

2

2

2

2

2

2

2

2

1

1

1

1

2

3

5

6

6

6

6

6

7

0

RT.

1

A

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

222

22

22

22

22

222222

222

222

222222

P.

CA

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

1.000

77.000

15.000

40.000

1.042.097

40.000

105.000

10.000

155.000

1.305.097

30.000

1.000

1.634.300

1.665.300

1.665.300

1.000

1.000

47.000

50.000

1.000

20.000

35.000

14.000

euros

2020

en

PORTES

Pág. 39

Import

e

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

RIA

S

TUTA

ESTA

CION

INSTITUCIONES

PLICA

EX

tuciones sin fines de lucro

ión

u

igac

est

inst

ral

ico

inv

cult

i

y

ormát

udio

amilias

ico

e

illaje

e

ut

f

er

est

art

asistenciales

ormación

inf

y

íst

a

RA

caráct

de

es

órico,

maquinaria

inf

U

écnicos

D

de

ención

corrient

y

pensiones

hist

e

de

t

A

ados

LEGISLATIVA

REM

rabajos

manut

SERVICIOS

benéficas

erencias

ines de lucro

rimonio

écnicas,

ransport

procesos

eriales

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

rat

t

t

cont

viaje

pat

rabajos

os

y

mat

y

T

o

t

becas

f

para

de

Seguridad

udios

icios

lojamient

Asistencias

EX

de

sin

iv

ros

Gastos

BIENES

Atenciones

Premios,

Construcciones

alaciones

y

Y

ransf

t

t

del

os

act

uciones

E

ras

ES

Bienes

Element

obiliario

D

Equipos

Est

Serv

T

Ot

Inst

ros

A

Ot

M

Ot

BLEA

it

EN

M

ACTIVIDAD

C O RRI EN

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

inst

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

servicio

CORRIENTES

e

general

SUBC.

22701

S A

23300

6

9

9

0

0

0

S

A

0

0

9

0

0

0

0

0

0

amilias

0

0

C I A

7

7

7

2

2

del

8

8

0

23100

48000

uso

2

3

2

2

2

2

2

0

0

0

1

9

2

62200

3

4

5

6

9

0

0

0

0

f

2

2

2

ros

2

S FEREN

44a

0al

CON.

GASTOS

N

inada

ot

razón

es

6

6

6

6

6

6

1

2

2

2

0

227

ros

por

2

4

4

6

6

6

6

6

6

2

2

2

3

231

233

480

8

8

RA

0

622

2

2

2

2

2

7

7

7

y

0

111A

corrient

T

dest

0

1

9

2

3

4

5

6

9

0

Indemnizaciones

1

RT.

LO

suminist

U

22

2

2

2

323

23

CAPITULO

2

C A

48

erencias

PI T

nueva

A

2

2

Inversión

2

4

4

6

6

6

6

6

6

62

8

8

0

2

2

2

2

2

erial,

CA

L

P.

ransf

A

M

T

O T

2

2

2

2

at

2

2

2

TOTAL

4

T

4

4

6

6

6

6

6

6

6

167.000

15.000

5.000

20.000

13.929.940

5.000

5.000

193.000

1.000

13.929.940

13.929.940

1.000

1.000

2020

euros

en

PORTES

Pág. 40

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

RIA

S

TUTA

ESTA

CION

PLICA

INSTITUCIONES

EX

lucro

de

ines

sin

f

uciones

inst

it

e

amilias

illaje

ut

a

plazo

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maquinaria

servicios

y

cort

o

rvicios

U

icas

RA

a

e

LEGISLATIVA

D

los

amos

A

se

REM

técnicas,

d

ormát

los

prést

T

de

de

Instalaciones

plicaciones

ivo

inf

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

EX

rucciones

ivo

operat

D

operat

Const

E

o

Concesión

A

Público

o

ACTIVIDAD

BLEA

uncionamient

or

FF

CA

CA

uncionamient

M

CA

LES

CA

Sect

NCIEROS

0

0

SUBC.

S A

al

REA

f

A

0

0

0

8

del

2

63300

0

0

ES

FINA

f

3

asociada

ERS I O N

4

3

uera

f

al

CON.

OS

6

6

8

1

1

2

0

0

111A

asociada

1

3

633

amos

0

CTIV

0

0

6

6

4

reposición

prést

I N

8

A

0

V

1

erial

3

0

0

U

LO

RT.

nueva

CAPITULO

111A

ICIO

6

4

363de

6

8

inmat

PI T

3de

SERV

SECCIÓN

A

L

Inversión

Concesión

L

C A

P.

Inversión

Inversión

PROGRAMA

L

CA

A

O T

6

6

6

8

TOTA

TOTAL

TOTA

T

3.642.145

1.181.881

3.902.415

26.003

25.563

1.987.536

10.765.543

30.000

78.000

1.042.097

155.000

1.305.097

1.665.300

1.665.300

1.000

167.000

20.000

5.000

193.000

13.929.940

1.000

1.000

euros

2020

TOTAL

Pág. 41

en

Import

e

3.642.145

1.181.881

3.902.415

26.003

25.563

1.987.536

10.765.543

30.000

78.000

1.042.097

155.000

1.305.097

1.665.300

1.665.300

1.000

167.000

20.000

5.000

193.000

1.000

1.000

13.929.940

0

ICIO

1

SERV

L O S

I C U

RT

A

I C I O S

Y

RIA

S

TUTA

S ERV

ESTA

PO R

INSTITUCIONES

O S

S

T

GA

E

D

ERA

L

ARTICULOS

GEN

EN

Y

RES U

CAPITULOS

M

icios

serv

lucro

icios

serv

de

los

or

de

v

i

DURA

emplead

operat

ines

s

o

f

sin

REM

del

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

62 - Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de lo

o

A

cargo

uciones

T

uncionamient

Público

a

inst

EX

ación

DE

it

or

e

público)

sociales

conserv

icio

general

f

al

Sect

BLEA

serv

amilias

os

uso

y

del

10 - Cargos públicos y asimilados

ros

o

al

cargo

del

asociada

f

uera

SA

rendimient

arios

o

ot

cánones

enimient

razón

es

inada

amos

M

gast

f

a

64 - Inversión inmaterial

aciones

y

y

A

at

(no

ros

ut

por

dest

ual

est

mant

corrient

reposición

1os

Reparaciones,

Indemnizaciones

a

y

prést

y

Funcionarios

rrendamient

CAPITULO

2

4

6

8

1

ent

suminist

ev

0

os

al

prest

erencias

nuev

de

ICIO

de

Personal

as,

CAPITULO

erial,

CAPITULO

CAPITULO

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Laborales

ersión

ersión

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iv

Incent

Cuot

Transf

Concesión

SERV

Inv

A

M

Inv

at

-

-

-

-

-

TOTAL

-

-

-

-

TOTAL

-

TOTAL

-

-

TOTAL

-

TOTAL

TOTAL

1

1

1

1

2

2

1

2

13

5

6

0

1

2

3

8

0

3

3

2

2

4

6

6

8

10.765.543

1.305.097

1.665.300

13.735.940

193.000

193.000

13.929.940

13.929.940

1.000

1.000

2020

euros

Pág. 42

en

Import

e

PORTES

IM

STOS

GA

DE

S

PRESUPUESTO

RIA

TUTA

ESTA

DEL

PITULOS

INSTITUCIONES

CA

POR

L

PITULOS

GENERA

CA

EN

RESUM

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

RA

ICIOS

U

A

D

SERV

REM

Y

T

BIENES

ES

EX

T

D

L

E

EN

C O RRI EN

PERSONA

CORRIENTES

T

ES

LES

C I A

S F EREN

OPERACIONES DE CAPITAL

BLEA

S

C O RRI EN

NCIEROS

REA

S A

DE

M

FINA

OS

STOS

C I O N

ERSIONES

OS

TOTAL CAPITULO 8

ES

SECCION

1

A

0

GA

GA

RA

- - -O PERA

INV

TOTAL

ST

N

CTIV

T

A

-

-

TOTAL

1

2

4

6

8

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

SEC. 04: CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE EXTREMADURA

1.2.1.2.

2020

1

1

1

1

1

1

1

1

46.848

13.732

8.915

10.607

37.223

37.873

5.374

2.469

1.571

164.618

46.729

1.703

48.434

213.052

4.067

euros

2020

Pág. 45

en

PORTES

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

S

RIA

TUTA

ESTA

CION

INSTITUCIONES

PLICA

EX

uncionarios

f

RA

de

emporal

D

os

U

REM

pue st

A

ICOS

t

a

compensar

T

os

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incapacidad

adscrit

personal

a

A

D

B

D

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ECONÓM

grupo

grupo

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E

L

profesional

laboral

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esional

temporal

del

por

S O C I A

perfeccionamiento

illaje

y

ut

y

y

y

y

prof

Y

A

A

12C2

básicas

ino

personal

aria

1

ICOS

subgrupo

subgrupo

subgrupo

complement

subgrupo

dest

destino

A

carrera

incapacidad

alaciones

Y

específico

carrera

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o

sociales

I C O

de

de

del

de

de

retribuciones

o

Ó M

DÍST

y

por

del

del

del

Complemento

Complemento

ribuciones

empleador

del

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

inst

A

EC O N

Sueldos

Sueldos

Complement

ación

Complemento

Complement

EST

Sueldos

Trienios

Otras

Sueldos

Cuotas

Prestación

Formación

del

Prest

Trienios

Complemento

Seguros

aquinaria,

Ret

cargo

M

S EJ O

UDIOS

FF

a

sociales

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

PERSONAL

C O N

0

0

0

0

9

0

0

1

0

EST

0

1

3

0

0

0

0

2

0

SUBC.

0

0

0

12005

12006

1

12101

12106

1

5

6

12605

12607

12608

6

16000

16090

16200

16205

1

1

1

1

1

1

1

1

2

os

DE

arios

gast

3

2

2

2

2

2

2

2

2

1

CON.

GASTOS

aciones

0

1

1C

2

2

2

120

120

2

121

121

2

2

2

126

126

126

2

6ut

160

160

162

162

1

1

1

1

1

1

1

1at

2

0

0

0

0

1

1

5

6

y

3

0

3

4

3

est

1

RT.

2

y

A

1

1

1

1

22212

12

212

12

22212

12

12

16

16

16

16

prest

CAPITULO

Funcionarios

1

1

1

1

2

1

P.

as,

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

CA

Cuot

TOTAL

2

4.067

3.500

900

2.500

400

360

1.000

3.500

14.000

13.500

2.000

41.660

4.200

32.000

150.000

186.200

231.927

444.979

444.979

444.979

euros

2020

PORTES

Pág. 46

en

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

S

RIA

TUTA

ESTA

CION

INSTITUCIONES

PLICA

EX

RA

D

U

REM

A

T

ico

EX

ICOS

publicaciones

iv

ormát

at

as

D

E

L

ECONÓM

ariable

inf

represent

S O C I A

otras

elecomunicaciones

cursos

er

inv

écnicos

ent

caráct

Y

ariable

no

y

de

ención

y

y

ICOS

mensajería

rabajos

Y

libros

ocolarias

ico

erencias

ent

ados

I C O

ros

manut

SERVICIOS

revistas,

t

suminist

t

inv

ormát

rat

Ó M

DÍST

no

de

o

y

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

t

prot

conf

cont

viaje

EC O N

A

Ordinario

Prensa,

erial

Postales

inf

y

y

de

Y

icios

enciones

EST

ros

Reuniones,

udios

icios

lojamient

Gastos

Asistencias

BIENES

EN

at

t

M

Ot

Serv

A

A

Est

Serv

S EJ O

UDIOS

FF

conservación

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

C O N

EST

servicio

CORRIENTES

SUBC.

y

0

0

22001

0

1

2

22201

6

o

6

7

7

0

23100

23300

2

2

2

2

2

2

2

2

3

del

0

9

0

0

0

0

0

0

0

2

9

0

1

6

6

9

0

ot

enimient

razón

GASTOS

2

2

2

2

2

2

2

2

ros

CON.

2

0

0

2

2

2

2

2

2

0

1C

1

mant

1

por

2

220

2

2

2

222

2

2

2

2

3

2

2

ros

231

233

0

2

4

1

2

6

6

7

7

y

0

0

0

0

4

RT.

0

3

1

suminist

ICIO

3

Indemnizaciones

3

C

Reparaciones,

2

2

222

22222

323

23

2

2

2

2

2

2

CAPITULO

2

2

2

2

2

A

3

SERV

SECCIÓN

M

PRO G RA

A

P.

erial,

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

at

2

2

2

CA

TOTAL

TOTAL

TOTA

L

M

164.618

48.434

213.052

4.067

41.660

186.200

231.927

444.979

euros

2020

TOTAL

Pág. 47

en

e

Import

164.618

48.434

213.052

4.067

41.660

186.200

231.927

444.979

ICIO

1

0

SERV

L O S

I C U

RT

A

I C I O S

Y

S

RIA

TUTA

S ERV

ESTA

PO R

O S

S

T

INSTITUCIONES

GA

D

E

ERA

ARTICULOS

L

GEN

Y

EN

CAPITULOS

M

DURA

RES U

A

TREM

EX

DE

L

or

SOCIA

emplead

Y

del

ICO

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

ECONÓM

ación

cargo

sociales

a

conserv

icio

CONSEJO

serv

os

y

ros

o

del

arios

enimient

gast

ot

razón

at

ros

y

y

est

aciones

por

mant

ut

4

Indemnizaciones

1

2

y

suminist

0

prest

LO

Funcionarios

Reparaciones,

CAPITULO

U

ICIO

C A

as,

SERV

PI T

erial,

SECCION:

L

M

Cuot

at

O T

6

3

-

-

A

-

-

-

TOTAL

TOTAL

2

1

2

1

1

T

2

2

2

213.052

231.927

444.979

444.979

444.979

2020

euros

Pág. 48

en

Import

e

PORTES

IM

STOS

GA

DE

RIA

S

PRESUPUESTO

TUTA

ESTA

DEL

PITULOS

INSTITUCIONES

CA

POR

L

PITULOS

GENERA

CA

EN

RESUM

U

RA

A

D

REM

T

EX

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

D

E

S O C I A

ICIOS

L

Y

SERV

Y

I C O

Ó M

BIENES

EC O N

L

PERSONA

CORRIENTES

EN

ES

T

S EJ O

C O RRI EN

C O N

OS

STOS

DE

ES

C I O N

SECCION

ST

0

GA

GA

- - O PERA

TOTAL

TOTAL

4

1

2

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

RESÚMENES DEL ESTADO DE GASTOS

1.2.2.

2020

3.642.145

1.181.881

4.067.033

26.003

25.563

2.035.970

10.978.595

30.000

82.067

1.083.757

341.200

1.537.024

1.665.300

1.665.300

1.000

167.000

20.000

5.000

193.000

14.374.919

1.000

1.000

L

euros

TOTA

2020

Pág. 51

en

Import

e

0

4

164.618

48.434

213.052

4.067

41.660

186.200

231.927

444.979

0

0

0

0

SECCION

0

3.642.145

1.181.881

3.902.415

26.003

25.563

1.987.536

10.765.543

30.000

78.000

1.042.097

1.305.097

1

155.000

1.665.300

1.665.300

1.000

167.000

20.000

5.000

193.000

1.000

1.000

0

13.929.940

SECCION

SECCIONES

Y

RIA

ICULOS

S

TUTA

RT

A

ESTA

POR

OS

INSTITUCIONES

ST

GA

DE

L

GENERA

ARTICULOS

EN

RESUM

CAPITULOS

Y

icios

o

serv

r

c

icios

u

l

los

emplead

e

serv

de

es

lo

v

i

s

or

o

d

sin

de

operat

n

f

i

del

ICIOS

ivo

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

o

cargo

uciones

operat

SERV

uncionamient

Público

a

inst

or

it

o

21 - Reparaciones, mantenimiento y conservación

Y

sociales

icio

uncionamient

e

general

f

público)

BIENES

al

Sect

serv

amilias

os

uso

del

del

CORRIENTES

f

10 - Cargos públicos y asimilados

asociada

12 - Funcionarios y estatutarios

PERSONA

cargo

cánones

gast

ros

EN

L

f

al

uera

o

ot

razón

ES

es

inada

f

asociada

a

al

TRANSFERENCIAS

aciones

CORRIENT

t

en

y

y

(no

REALES

amos

y

64 - Inversión inmaterial

m

ros

por

corrient

dest

reposición

FINANCIEROS

d

i

ual

en

prést

i

r

a

ent

DE

a

os

suminist

ev

prest

OS

OS

rrendamient

nuev

nuev

de

INVERSIONES

al

o

Personal

13 - Laborales

Indemnizaciones

s

erencias

de

ersión

SECCIÓN

i

as,

vST

erial,

ST

ersión

ersión

GA

Concesión

ACTIVOS

en

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t

L

L

Transf

In

A

M

A

c

Cuot

Inv

Inv

Inv

A

at

- - OT

- - - OT

-

-

TOTAL

-

-

-

TOTAL

2

-

TOTAL

TOTAL

1

1

1

T

2

2

2

T

4

6

6

6

8

1

5

6

0

3

8

0

2

3

3

10.765.543

1.305.097

1.665.300

13.735.940

193.000

193.000

1.000

13.929.940

1.000

euros

2020

Pág. 52

en

Import

e

PORTES

IM

STOS

GA

DE

S

PRESUPUESTO

RIA

TUTA

DEL

ESTA

PITULOS

INSTITUCIONES

CA

POR

L

PITULOS

GENERA

CA

EN

RESUM

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

U

RA

ICIOS

A

D

SERV

BIENES

REM

Y

EX

T

T

ES

L

E

EN

OPERACIONES DE CAPITAL

D

C O RRI EN

LES

ES

BLEA

PERSONA

CORRIENTES

NCIEROS

T

S

C O RRI EN

C I A

REA

M

S F EREN

ERSIONES

TOTAL CAPITULO 8

DE

FINA

OS

S A

SECCION

ES

ST

A

STOS

C I O N

OS

TOTAL

N

1

RA

CTIV

0

GA

GA

INV

T

- - -O PERA

-

-

A

1

2

4

6

8

213.052

231.927

444.979

444.979

14.374.919

euros

2020

Pág. 53

en

Import

e

PORTES

IM

STOS

GA

DE

S

PRESUPUESTO

RIA

TUTA

DEL

ESTA

PITULOS

INSTITUCIONES

CA

POR

GENERA

L

PITULOS

CA

EN

RESUM

U

RA

A

D

REM

T

EX

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

D

E

S O C I A

ICIOS

L

Y

SERV

Y

I C O

Ó M

BIENES

EC O N

L

PERSONA

CORRIENTES

EN

ES

T

S EJ O

C O RRI EN

C O N

OS

STOS

DE

ES

C I O N

SECCION

ST

0

GA

GA

- - O PERA

TOTAL

TOTAL

4

1

2

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

ADMINISTRACIÓN GENERAL

2020

2.

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

ESTADO DE INGRESOS

2.1.

2020

L

TOTA

6.002.768.637

6.002.768.637

6.002.768.637

euros

2020

Pág. 58

en

e

P.

9

594.940.780

594.940.780

594.940.780

CA

Import

P.

8

CA

36

7

636.778.9

P.

636.778.936

636.778.936

CA

6

GRESOS

477.493

93

93

P.

477.4

477.4

CA

IN

DE

P.

11.140.244

11.140.244

11.140.244

5

PRESUPUESTO

CA

P.

4

2.513.680.446

2.513.680.446

2.513.680.446

CA

GENERAL

DEL

P.

107.093.030

107.093.030

107.093.030

3

CA

PITULOS

2

P.

1.336.787.581

1.336.787.581

1.336.787.581

CA

ADMINISTRACION

CA

Y

P.

1

801.870.127

801.870.127

801.870.127

ICIOS

CA

SERV

POR

GENERA

ICIOS

L

GENERAL

SERV

EN

RESUM

ADMINISTRACIÓN

-

98001

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

SECCIÓN

INGRESOS

GENERAL

8

ADMINISTRACIÓN

SECCIÓN

PRESUPUESTO

9

L

TOTA

TOTAL

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE INGRESOS

2.1.1.

2020

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

SEC. 98: ADMINISTRACIÓN GENERAL

2.1.1.1.

2020

666.470.127

666.470.127

25.000.000

1.800.000

26.800.000

5.100.000

5.100.000

5.000.000

5.000.000

98.500.000

98.500.000

801.870.127

67.000.000

190.000

32.000.000

99.190.000

832.084.353

832.084.353

9.329.176

4.078.274

96.825.840

249.406.747

5.500.000

212.506

26.760.685

392.113.228

2.200.000

euros

2020

Pág. 63

en

e

PORTES

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS INGRESOS

GENERAL

PLICACIÓN

ADMINISTRACION

FÍSICA

S

EX

S

EN

E

ONA

T

PERS

E

S PO RT

S

S

IMPUESTO SOBRE INSTALACIONES QUE INCIDAN EN EL MEDIO AMBI

LA

DE

A

ERI V

A

RA

D

N

E

T

RENTA

S

I C O S

BA

I O S

D

CO

I O S

D

A

ED

LA

EG ÉT

B EB I D

DEL

M

A

D

T

ED

SOBRE

ERM

ONEROSA

S

BORES

C I N

Y

RO

S

RB U

D

RI C I D

EG O

O S

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T

O L

A

PUESTO

J

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

O S

I N

EZ A

A

O S

T

I EN

DOS

L C O H

C T

C ERV

LA

RO C A

ERM

U

EL EC T

E

U

A

ONIO

M

LES

ENTA

EL

I D

ET

PRO D

A

S

L A

LA

D

H

TRIM

EC H

ONIA

IM

D

D

L A

ES

S

A

PRO V

DEL

RIA

S O B RE

S O B RE

SOBRE

S O B RE

PA

TRIM

DOCUM

I V

S O B RE

S O B RE

S O B RE

A

DOC.

I D

ICA

EL

L

L

L

L

L

L

L

A

A

PA

SOCIET

C T

GENERAL

UTONÓM

SOBRE

S O B RE

AMBIENTE

ISIONES

URÍDICOS

URÍDICOS

ES PEC I A

ES PEC I A

ESPECIA

ES PEC I A

ES PEC I A

ES PEC I A

ES PEC I A

S O B RE

A

SUCESIONES

CIONES

PUESTO

CIONES

RIFA

J

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

J

ES T

MEDIO

NSM

ES T

ES T

O

O

O

O

O

O

O

O

O

DONA

PU

OPERA

CTOS

PU

PU

PU

PU

OS

ES T

ES T

PUEST

ES T

ES T

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ADMINISTRACIÓN

CINEGÉTICOS

TA

IM

I M

TRA

CT

PU

PU

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CIONES

Y

EN

EL

A

A

I M

I M

IM

I M

I M

I M

I M

I M

LES

CON.

APROVECHAMIENTOS

IMPUESTOS SOBRE CONSUMOS ESPECÍFICOS

DONA

INCIDAN

ONIA

0

0

1

0

0

DIDO

0

2

6

170

DIRECTOS

0

11Y

1

1

1

1

1

ONIO

QUE

1

2

2

2

T

ÑA

2

2

2

2

2

2

2

2

2

RIM

0

1

3

4

5

6

7

0

A

0

0

0

210

PA

SUCESIONES

2

2

2

2

2

2

2

3

RIM

.

LOR

IMPUESTOS SOBRE LA RENTA

T

.

PUESTOS

NSM

98001

EL

A

INSTALACIONES

RA

EL

RT

A

PA

IM

V

SOBRE

SOBRE

SOBRE

0

1

1

2

6

0

0

0

2

2

2

2

2

2

2

3

CAPITULO

SOBRE

SOBRE

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

17

21

T

P.

O

O

O

CA

PUEST

PUEST

IMPUESTO

SOBRE

PUESTO

TOTAL

PUEST

IM

IMP.

1

IM

IM

IM

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2.200.000

4.000.000

4.000.000

7.200.000

7.200.000

1.336.787.581

22.450.000

22.450.000

19.020.636

44.427.128

63.447.764

10.565.037

874.781

11.439.818

6.824.484

80.048

2.850.916

9.755.448

107.093.030

1.490.610.488

125.174.216

13.144.501

3.086.574

62.136.094

7.022.732

37.279.997

2020

euros

Pág. 64

PORTES

en

e

Import

IM

RUR AL

DESARROLLO

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS INGRESOS

S E CTOR PÚBLICO ESTATAL EN MATERIA DE EDUCACIÓN

S E CTOR PÚBLICO ESTATAL EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES

Y

AGRICULTURA

GENERAL

S E CTOR PÚBLICO ESTATAL EN MATERIA DE EMPLEO

ESTATAL

S E CTOR PÚBLICO ESTATAL EN MATERIA DE SANIDAD

MATERIA

DE

T

L

EN

A

A

EST

PÚBLICO

ADMINISTRACION

PLICACIÓN

PÚBLICO

SECT

OR

ICA

C O RR IENTE

ONÓM

EX

OS

S E CTOR

DEL

T

AUT

C ERRA

EL

EL

D

ES

O

D

D

D

D

D

EL

EL

EL

N

ERTEDERO

ERC I C I O S

ES T

ES

ES

ES

ES

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EG RA

PU

FINANCIACIÓN

V

PRES U

N

N

N

N

N

I N

T

T

T

T

T

T

EN

EG RA

EG RA

EG RA

EG RA

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ES

EJ

T

T

T

T

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A

D

D

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T

RESIDUOS

ES

SISTEMA

ES

ES

ES

ES

EN

E

EL

DE

I N

I N

I N

I N

I N

I D

A

A

A

A

T

T

I D

I D

I D

I D

A

E

I D

D

ES

ES

D

D

D

D

D

DE

C O RRI EN

C O RRI EN

T

CIÓN

DEL

EN

EN

EN

EN

EN

ES

T

T

T

T

T

CORRIENTES

D

D

D

D

D

E

E

E

E

E

ES

ES

ES

ES

ES

ES

ES

C O RRI EN

INA

ELIM

S

C I O N

IENTO

UEGO

T

T

T

C I O N

C O RRI EN

C O RRI EN

C O RRI EN

T

T

S

O

PERA

C O RRI EN

C O RRI EN

C I A

L T

LA

M

O

PERA

J

GENERAL

A

TOTAL CAPITULO TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS

SOBRE

NEA

EL

U

S

S

S

S

S

ERSOS

ERTEDERO

B L I C O S

BIENES

S F EREN

D

D

SA

SOBRE

E

E

M

C I A

EG RO S

TRANSFERENCIAS

S F EREN

S F EREN

S F EREN

Y

DIV

N

C I A

C I A

C I A

C I A

PUESTO

DE

EGRO S

RGO

S

DE

S F EREN

S F EREN

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

T

RA

EN

ADMINISTRACIÓN

NON

SA

S A

T

T

PREC I O S

ENTA

INGRESOS

N

N

N

N

N

RA

RA

V

S

S

S

A

REI N

IM

CA

A

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REC A

RA

RA

RA

RA

O T

RESIDUOS

T

T

V

T

T

T

T

T

ES

CON.

UEGO

T

DE

INDIRECTOS

J

DE

88C O RRI EN

4

0

0

0

0

1

0

1

0

3

9

3

4

5

6

7

9

2

CIÓN

2

3

3

3

3

3

3

3

3

4

4

4

4

4

4

5

0

1

1

9

9

9

400

0

0

0

0

0

0

INA

DES

IDA

ES

.

ELIM

PUESTOS

C I O N

A

98001

SANEAMIENTO

TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS

RT

CTIV

IM

A

LA

O

PERA

2

2

3

3

3

33E

3

3

3

4

4

4

4

4

4

40

SOBRE

SOBRE

CAPITULO

D

FISCALES

4

5

0

1

1

8

8

9

9

9

0

0

0

0

0

0

DE

PUESTO

EG RO S

P.

OTROS INGRESOS

CA

PUESTO

CANON

TOTAL

TASAS

IM

REI N

IM

T

2

2

3

3

3

3

3

3

3

3

4

4

4

4

4

4

4

1.738.454.602

88

30.000

30.000

867.953

77.854.409

78.722.362

76.773.623

600.169.225

988.733

18.541.901

696.473.482

2.513.680.446

7.251.467

7.251.467

2.961.755

2.961.755

927.022

927.022

11.140.244

470.908

6.585

477.493

477.493

24.793.330

4.817.874

347.4

euros

2020

Pág. 65

en

e

PORTES

Import

IM

RUR AL

DESARROLLO

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS INGRESOS

AGRICULTURA

DE

GENERAL

S E CTOR PÚBLICO ESTATAL EN MATERIA DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA

Y

ICO

MATERIA

ONÓM

EN

I L

U

EN

V

J

ADMINISTRACION

A

UT

PL EO

ESTATAL

EM

PLICACIÓN

UCIONA

RIOS

L

E

O

IT

O RES

L ES

PÚBLICO

D

EX

INST

RA

UNITA

T

EN

U

I V

CO

RU

M

C T

S E CTOR

COM

PERA

TRANSFERENCIAS CORRIENTES DE MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCAL

ES

PÚBLI

EST

PROGRAMA

O

UTONÓM

FONDOS

ICO

PROGRAMAS

EL

SECTOR

EL

F EA

ES

ES

G A

D

D

:

DEL

EUROPEA

:

T

T

A

N

N

L

RO PEA

EUROPEA:

EUROPEA:

EG RA

EG RA

EU

L

A

I N

I N

INTERTERRITORIA

CIONES

S

INSTITUCIONA

S

T

T

UNIÓN

C I A

I Ó N

UNIÓN

UNIÓN

L

UEBLES

TA

TIV

L

D

I N

D

ES

ES

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A

A

ESTA

FUNDA

PRO V

L O C A

INISTRA

U

INM

I D

I D

LES

T

T

PÚBLICO

DE

PÚBLICO

B L I C O

E

DE

E

DE

DE

BIENES

DM

REA

LA

L A

LA

LA

E

E

EN

EN

ES

D

D

A

A

A

D

D

SECTOR

CORRIENTES

SECTOR

C O RRI EN

T

DE

SECTOR

CORRIENTES

C O RRI EN

CORRIENTES

CORRIENTES

CONCESIONES

PATRIMONIALES

T

ES

L

L

ERSIONES

PRODUCTOS

CIÓN

C A

C A

PI T

PI T

S

INV

PENSA

L ES

TRANSFERENCIAS

INGRESOS

DEL

DEL

DEL

S

S

IENDA

S

E

E

GENERAL

S

S

S

S

D

D

NSFERENCIA

C I A

C I A

IV

DE

OTRA

COM

NTES

NSFERENCIA

NTES

S F EREN

NTES

S F EREN

TRANSFERENCIAS

Y

ES PEC I A

V

C I A

C I A

DE

INTEGRA

DE

DE

LQUILER

REALES

S F EREN

INTEGRA

PRODUCTOS

S F EREN

O S

N

N

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

RA

EUROPEA

ADMINISTRACIÓN

T

OTROS

FONDOS

TRA

INTEGRA

RA

ENTA

ENTA

TRA

I EN

RA

RA

N

N

DES

DES

UNIÓN

CORRIENTES

DES

M

A

T

T

A

V

V

T

T

EC H

ONIALES

INVERSIONES

CON.

ENTIDA

ENTIDA

ENTIDA

LA

PRO V

OTROS INGRESOS PATRIMONIALES

4

4

TRANSFERENCIAS

L ES

4

2

0

ENAJENACIÓN

DE

4

DE

460

6

DE

9

9

494

498

DE

4

590

0

0

DE

0

0

0

4

4

5

5

5Y

PATRIM

6

6

7

7

7

2

0

0

A

2

9

0

4

7

ES

CORRIENTES

CORRIENTES

CORRIENTES

CORRIENTES

EB L ES

REA

.

C ES I O N

RT

U

INGRESOS

ES

I N

98001

M

A

0

C O N

ERS I O N

NSFERENCIA

4

4

4

4

5

5E

6

6

7

7

7

NSFERENCIA

NSFERENCIA

NSFERENCIA

CAPITULO

B I EN

D

V

CAPITULO

S

4S

46

6S

9949

49

S

4ES

5

0

0

0

0

59

O S

I N

CAPITULO

P.

D

C T

D

E

E

TRA

TRA

TRA

TRA

TOTAL

REN

PRO D

TOTAL

EN

TOTAL

T

T

CA

A

U

A

V

4

4

4

4

4

4

4

5

5

5

6

6

7

7

7

10.920.000

94.116.863

134.995.555

250.000

250.000

10.914.200

10.914.200

253.088.539

2.801.207

11.902.861

222.645.074

181.500

490.619.181

636.778.936

594.940.780

594.940.780

594.940.780

6.002.768.637

6.002.768.637

euros

2020

Pág. 66

PORTES

en

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS INGRESOS

GENERAL

S E CTOR PÚBLICO ESTATAL EN MATERIA DE VIVIENDA

A

L

EST

A

T

PÚBLICO

RO PEA

EU

PLICACIÓN

ADMINISTRACION

RIOS

O RES

L

RA

UNITA

OR

L ES

O RI A

B L I C O

EX

SECT

EN

FINES DE LUCRO

U

ERRI T

DEL

O R

M

C T

COM

T

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL DE MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCAL

PRÉSTAMOS RECIBIDOS EN EUROS A LARGO PLAZO DE ENTES DEL S

S

ES

RU

EC T

ES

EST

A

C I Ó

N

T

EL

SIN

M

N

D

ER

EG RA

FONDOS

C O O PERA

P

ES

PRO G RA

D

I N

T

F EA

F EM

EG RA

INSTITUCIONES

N

T

ES

EUROPEA

RO PEA

RO PEA

RO PEA

RO PEA

:

:

:

:

:

T

A

I N

I D

EU

EU

EU

EU

D

ES

EN

L

D

TA

FAMILIAS

T

E

L

L O C A

A

N

N

N

E

UNIÓN

N

I Ó N

I Ó N

I Ó N

I Ó N

T

L

A

I D

D

ESTA

U

U

U

U

E

PI T

E

E

PÚBLICO

B L I C O

DE

DE

E

E

EN

LA

L A

L A

L A

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C A

D

D

D

A

LE

A

A

A

A

D

D

PI T

D

L

L

L

L

L

SECTOR

SECTOR

CAPITAL

PITA

S

C A

PI T

PI T

PI T

PI T

E

DE

DE

E

E

E

E

C I A

CA

C A

C A

C A

C A

S

D

D

GENERAL

D

D

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TRANSF. DE CAPITAL DE FAMILIAS E INSTITUC. SIN FINES LUCRO

S F EREN

C I A

DEL

DEL

C I A

C I A

C I A

C I A

S

S

S

S

S

S F EREN

N

RA

NTES

NTES

TRANSFERENCIAS

NSFERENCIA

S F EREN

S F EREN

S F EREN

S F EREN

T

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

ADMINISTRACIÓN

RA

S

N

RA

N

N

N

INTEGRA

N

INTEGRA

T

O T

TRA

RA

RA

RA

RA

EUROPEA

DES

DES

T

T

T

T

UNIÓN

CAPITAL

CON.

ENTIDA

ENTIDA

DE

DE

LA

0

0

760

DE

780

DE

9

9

9

9

9

911

FINANCIEROS

8

TRANSFERENCIAS

9

0

4

5

6

7

PRÉSTAMOS RECIBIDOS EN EUROS

L

L

L

PITA

PITA

PITA

7

7

7

7

7

7

7

RT

CA

.

CA

CA

OS

A

0

1

DE

DE

DE

0

98001

PASIV

8

NSFERENCIA

NSFERENCIA

NSFERENCIA

CAPITULO

CAPITULO

INGRESOS

ICIO

7

7

7

7

7

7

7

00S

76

S

9

78

99999S

91

SERV

CA

P.

TRA

TRA

TRA

TOTAL

TOTAL

TOTAL

TOTAL

7

7

7

7

7

7

7

7

7

9

666.470.127

26.800.000

5.100.000

5.000.000

98.500.000

801.870.127

99.190.000

832.084.353

392.113.228

2.200.000

4.000.000

7.200.000

1.336.787.581

22.450.000

63.447.764

11.439.818

9.755.448

107.093.030

1.738.454.602

30.000

78.722.362

696.473.482

2.513.680.446

7.251.467

2.961.755

927.022

11.140.244

477.493

euros

2020

TOTAL

Pág. 67

en

Import

e

666.470.127

26.800.000

5.100.000

5.000.000

98.500.000

801.870.127

99.190.000

832.084.353

392.113.228

2.200.000

4.000.000

7.200.000

1.336.787.581

22.450.000

63.447.764

11.439.818

9.755.448

107.093.030

30.000

1.738.454.602

78.722.362

696.473.482

2.513.680.446

7.251.467

2.961.755

927.022

11.140.244

477.493

ICIO

1

0

SERV

ICULOS

RT

Y

A

ICIOS

GENERAL

SERV

POR

ADMINISTRACION

INGRESOS

DE

GENERA

ARTICULOS

L

L

INSTITUCIONA

A

Y

TA

L

EN

L

ESTA

LOCA

RESUM

CAPITULOS

PÚBLICO

PÚBLICO

PÚBLICO

DOC

TOR

.

TOR

TOR

SEC

SEC

SEC

DEL

DEL

DEL

URÍDICOS

ERTEDERO

17 - IMP. SOBRE INSTALACIONES QUE INCIDAN EN EL MEDIO AMBIENTE

55 - PRODUCTOS DE CONCESIONES Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES

NTES

NTES

NTES

OS

J

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

V

I C O S

CT

EN

GENERAL

INTEGRA

INTEGRA

INTEGRA

EUROPEA

A

EG ÉT

Y

CIONES

RESIDUOS

22 - IMPUESTOS SOBRE CONSUMOS ESPECÍFICOS

C I N

EG O

LES

ES

UNIÓN

DES

DES

DES

DONA

O S

ONIA

DIDO

DE

T

U

ENTIDA

ENTIDA

INISTRACIÓN

J

C O RRI EN

ENTIDA

I EN

RIM

D

T

LA

M

T

Y

E

ÑA

CIÓN

DE

DE

PA

SUCESIONES

CORRIENTES

DE

DE

10 - IMPUESTOS SOBRE LA RENTA

12 - IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

59 - OTROS INGRESOS PATRIMONIALES

A

D

EC H

INA

A

ES

ES

PRO V

NSM

I D

LOR

C I O N

CORRIENTES

CORRIENTES

CORRIENTES

25 - CANON DE SANEAMIENTO

31 - TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS

.

A

EB L ES

A

ADM

I V

ELIM

U

A

T

A

V

RA

EL

LA

C T

O

PERA

I N

M

E

SOBRE

S O B RE

SOBRE

SOBRE

S O B RE

SOBRE

1

2

D

3

4

INGRESOS

B I EN

5

60 - VENTA DE INVERSIONES REALES

S

S

S

S

ES

PUESTO

O

O

O

U

8

CAPITULO

PUESTO

PUESTO

NSFERENCIA

NSFERENCIA

ES T

PUEST

ES T

CAPITULO

30 - TASAS FISCALES

9

LO

EG RO S

NSFERENCIA

NSFERENCIA

E

D

PI T

CAPITULO

CAPITULO

ROS

T

SECCION:

PU

PU

C A

A

IM

I M

REI N

IM

IM

I M

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OT

L

TRA

TRA

TRA

TRA

REN

TOTAL

TOTAL

T

-

-

-

-

-

-

-

-

A

-

-

-

-

O T

TOTAL

-

TOTAL

1

1

2

2

2

2

3

3

T

4

4

4

4

5

1

6

0

1

3

4

8

9

0

4

6

9

4

477.493

134.995.555

250.000

10.914.200

490.619.181

636.778.936

594.940.780

594.940.780

6.002.768.637

euros

2020

TOTAL

Pág. 68

en

Import

e

477.493

134.995.555

250.000

10.914.200

490.619.181

636.778.936

594.940.780

594.940.780

1

6.002.768.637

ICIO

0

SERV

ICULOS

RT

Y

A

ICIOS

GENERAL

SERV

POR

ADMINISTRACION

INGRESOS

ARTICULOS

DE

L

GENERA

EN

Y

LOCA

CAPITULOS

TA

L

L

ESTA

RESUM

PÚBLICO

PÚBLICO

TOR

TOR

S EC

SEC

D

EL

DEL

78 - TRANSF. DE CAPITAL DE FAMILIAS E INSTITUC. SIN FINES LUCRO

T

ES

NTES

GENERAL

EG RA

N

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

INTEGRA

EUROPEA

I N

DES

T

D

ES

INISTRACIÓN

ENTIDA

A

UNIÓN

EN

LA

I D

T

E

DE

DE

PITA

PITA

L

D

EUROS

PI T

A

EN

L

L

ADM

E

DE

DE

C A

CA

CA

D

RECIBIDOS

C I A

S

S

S

9

CAPITULO

S F EREN

NSFERENCIA

NSFERENCIA

CAPITULO

OS

LO

8

6

7

9

M

SECCION:

A

PI T

SERVICIO

U

RA

TRA

TRA

PRÉST

TOTAL

C A

L

N

-

-

-

TOTAL

O T

-

TOTAL

T

0

6

9

1

A

7

7

7

9

T

801.870.127

1.336.787.581

107.093.030

2.513.680.446

11.140.244

4.770.571.428

477.493

636.778.936

637.256.429

594.940.780

594.940.780

6.002.768.637

6.002.768.637

euros

2020

Pág. 69

en

e

PORTES

Import

IM

INGRESOS

DE

PRESUPUESTO

GENERAL

ADMINISTRACION

DEL

PITULOS

CA

POR

PITULOS

GENERA

L

CA

EN

RESUM

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

INGRESOS

ERA

L

ROS

REA

L ES

G EN

Y

OT

T

C I Ó N

A

ES

ES

L

C O RRI EN

ERS I O N

INDIRECTOS

PÚBLICOS

ES

C A

PATRIMONIALES

PI T

DIRECTOS

OPERACIONES DE CAPITAL

T

RA

I N

D

C O RRI EN

NCIEROS

I S T

VE

D

S

PRECIOS

C I A

C I A

E

I N

C I Ó N

FINA

S

A

IMPUESTOS

PUESTOS

S F EREN

INGRESOS

S F EREN

C I O N

SECCION

S,

EN

OS

TOTAL CAPITULO 9

D

M

ES

A

9

SA

N

J

A

N

SIV

IM

T

T

- - - -- O PERA

T

PA

8

RA

EN

RA

L

A

-

-

-

TOTA

TOTAL

1

2

3

4

5

6

7

9

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

RESÚMENES DEL ESTADO DE INGRESOS

2.1.2.

2020

666.470.127

26.800.000

5.100.000

5.000.000

98.500.000

801.870.127

99.190.000

832.084.353

392.113.228

2.200.000

4.000.000

7.200.000

1.336.787.581

22.450.000

63.447.764

11.439.818

9.755.448

107.093.030

1.738.454.602

30.000

78.722.362

2.513.680.446

927.022

L

696.473.482

7.251.467

2.961.755

11.140.244

477.493

477.493

euros

A

OT

2020

Pág. 72

T

en

8

Import

666.470.127

26.800.000

e

9

5.100.000

5.000.000

98.500.000

4.000.000

SECCION

801.870.127

99.190.000

832.084.353

392.113.228

2.200.000

7.200.000

1.336.787.581

22.450.000

63.447.764

11.439.818

9.755.448

107.093.030

1.738.454.602

30.000

78.722.362

696.473.482

2.513.680.446

7.251.467

2.961.755

927.022

11.140.244

477.493

477.493

SECCIONES

Y

ICULOS

GENERAL

RT

A

POR

ADMINISTRACION

INGRESOS

ARTICULOS

ICO

DE

UTONÓM

Y

GENERA

A

L

L

CAPITULOS

TA

INSTITUCIONA

L

L

EN

ESTA

LOCA

RESUM

PÚBLICO

PÚBLICO

PÚBLICO

TOR

TOR

TOR

DOC

SEC

SEC

SEC

.

55 - PRODUCTOS DE CONCESIONES Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES

AMBIENTE

URÍDICOS

ERO

DEL

DEL

DEL

ED

ERT

NTES

NTES

NTES

J

MEDIO

OS

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

ICOS

CT

EN

INTEGRA

INTEGRA

INTEGRA

EUROPEA

V

CIONES

EL

A

CINEGÉT

EN

U

Y

INGRESOS

O S

EG O

22 - IMPUESTOS SOBRE CONSUMOS ESPECÍFICOS

LES

RES I D

DES

DES

DES

T

ES

UNIÓN

DONA

OS

INCIDAN

LES

ONIA

U

DIDO

E

ROS

ENTIDA

ENTIDA

ENTIDA

J

D

REA

Y

IENT

E

QUE

RIM

C O RRI EN

D

12 - IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

LA

M

T

ÑA

C I Ó N

ES

Y

ES

OT

PA

DE

DE

DE

DE

ES

D

A

ECHA

A

T

SUCESIONES

INSTALACIONES

NSM

I D

EL I M

LOR

I N

C I O N

CORRIENTES

C O RRI EN

EB L ES

PATRIMONIALES

A

ES

10 - IMPUESTOS SOBRE LA RENTA

31 - TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS

.

INDIRECTOS

CORRIENTES

ONIALES

ERS I O N

PROV

PÚBLICOS

CORRIENTES

CORRIENTES

V

DIRECTOS

A

I V

IENTO

U

V

A

S

RA

EL

M

C T

O

PERA

M

I N

SOBRE

SOBRE

S

39 - OTROS INGRESOS

NSFERENCIA

SOBRE

SOBRE

S O B RE

S O B RE

NEA

S

SA

LES

PRECIOS

60 - VENTA DE INVERSIONES REALES

A

T

L A

D

I N

E

S

S

C I A

ES

PATRIM

E

B I EN

D

C I Ó N

PUESTO

SOBRE

PUESTOS

PUESTOS

NSFERENCIA

S FEREN

O

O

FISCA

INGRESOS

PUESTO

O

O

DE

EG RO S

NSFERENCIA

NSFERENCIA

PUEST

PUEST

S,

D

A

E

ES T

ES T

NON

N

INGRESOS

S

SA

A

A

J EN

IM

IMP.

REI N

PU

PU

IM

SA

T

T

A

OTROS

EN

IM

IM

IM

I M

CA

A

TRA

TRA

T

RA

IM

I M

TRA

TRA

REN

T

- -OT

O T

-

-

A

-

TOTAL

-

-

-

-

-

A

TOTAL

-

-

-

-

A

-

-

TOTAL

O T

T

L

L

L

1

1

1

2

2

2

2

2

3

3

T

4

4

4

4

T

6

17

0

1

3

4

5

0

8

0

4

6

9

4

59

5

T

250.000

L

134.995.555

10.914.200

490.619.181

636.778.936

594.940.780

594.940.780

A

6.002.768.637

OT

euros

2020

Pág. 73

T

en

e

8

9

Import

134.995.555

250.000

10.914.200

SECCION

490.619.181

636.778.936

594.940.780

594.940.780

6.002.768.637

SECCIONES

Y

ICULOS

GENERAL

RT

POR

A

ADMINISTRACION

INGRESOS

ARTICULOS

DE

L

GENERA

CAPITULOS

Y

L

EN

ESTA

LOCA

TA

L

RESUM

PÚBLICO

PÚBLICO

TOR

TOR

78 - TRANSF. DE CAPITAL DE FAMILIAS E INSTITUC. SIN FINES LUCRO

SEC

S EC

D

DEL

EL

T

NTES

ES

INTEGRA

EG RA

EUROPEA

N

T

I N

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

D

DES

ES

ENTIDA

A

UNIÓN

EN

LA

T

I D

L

L

D

DE

L

E

DE

A

EUROS

A

PI T

L

PITA

PI T

PITA

CA

C A

CA

E

C A

EN

DE

D

E

DE

RECIBIDOS

NCIEROS

D

S

C I A

FINA

NSFERENCIA

S

S

S

C I A

S F EREN

NSFERENCIA

S FEREN

M

OS

OS

N

A

SIV

SECCIÓN

N

RA

TRA

RA

T

TRA

PRÉST

T

L

L

L

PA

0

-

6

9

1

-

-

A

-

O T

TOTA

TOTA

7

7

7

T

9

801.870.127

1.336.787.581

107.093.030

2.513.680.446

11.140.244

4.770.571.428

477.493

636.778.936

637.256.429

594.940.780

594.940.780

6.002.768.637

6.002.768.637

2020

euros

Pág. 74

en

e

PORTES

Import

IM

INGRESOS

DE

PRESUPUESTO

GENERAL

ADMINISTRACION

DEL

PITULOS

CA

POR

PITULOS

GENERA

L

CA

EN

RESUM

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

INGRESOS

ERA

L

ROS

REA

L ES

G EN

Y

OT

T

C I Ó N

A

ES

ES

L

C O RRI EN

ERS I O N

INDIRECTOS

PÚBLICOS

ES

C A

PATRIMONIALES

PI T

DIRECTOS

OPERACIONES DE CAPITAL

T

RA

I N

D

C O RRI EN

NCIEROS

I S T

VE

D

S

PRECIOS

C I A

C I A

E

I N

C I Ó N

FINA

S

A

IMPUESTOS

PUESTOS

S F EREN

INGRESOS

S F EREN

C I O N

SECCION

S,

EN

OS

TOTAL CAPITULO 9

D

M

ES

A

9

SA

N

J

A

N

SIV

IM

T

T

- - - -- O PERA

T

PA

8

RA

EN

RA

L

A

-

-

-

TOTA

TOTAL

1

2

3

4

5

6

7

9

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

ESTADO DE GASTOS

2.2.

2020

L

TOTA

18.669.875

.286.235

4.103.730

44.917.154

68.976.994

83.040

2.338.778

9.786.274

7.174.390

6.407.202

4.116.873

8.556.543

23.045.818

3.101.438

euros

9.5

1

2020

Pág. 77

en

0

0

0

0

9

0

0

CA

Import

e

P.

8

0

0

0

0

0

0

CA

P.

7

286.000

50.000

5.772.340

0

0

0

0

0

P.

6.108.340

CA

OS

30

ST

266.116

0

6

190.612

1.541

458.269

367.696

248.900

6.401.197

953.000

32.000

118.498

P.

1.096.1

10.747.500

1.166.813

GA

CA

5

DE

0

0

0

0

0

0

P.

CA

PRESUPUESTO

0

0

0

0

0

4

40

13.882.9

1.992.786

38.108.920

53.984.646

2.035.383

06.436

P.

6

CA

GENERAL

0

0

0

0

0

0

DEL

3

CA

P.

PITULOS

ADMINISTRACION

2

0

1.497.643

.023.687

279.818

2.801.148

3.072.496

130.964

489.459

410.264

38.929

470.038

1.298.089

3.287.083

997.584

CA

P.

CA

1

5

2.737.176

3

4

5

Y

ICIOS

1

2

6

.

.

754.535

6

6

5.624.591

4.107.465

1.958.914

2.895.618

5.667.996

5.415.273

3.614.835

6.533.520

9.011.235

937.041

2

8

CA

1

P.

8

4

SERV

.

Y

10008 - DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORM

A

POR

ERI O R

C I Ó N

PÚBLICA

O S

C I Ó N

T

ES T

RA

EX

RA

PU

10009 - DIRECCIÓN GENERAL DE FINANCIACIÓN A

UTONÓM

C C I Ó N

L

I S T

I N

I S T

GENERA

I N

C I A

PRES U

M

TRIBUTOS

FUNCIÓN

E N

D

ICIOS

A

A

A

E

E

M

D

P R E S I D

GENERAL

E

D

D

E

D

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DE

DE

L

CIÓN

EUROPEOS

L

EN

SERV

GENERAL

ERA

ERA

GENERAL

ERA

ERA

L

L

L A

G EN

GENERAL

GENERAL

G EN

G EN

G EN

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UNICA

E

FONDOS

RÍ A

RÍ A

RESUM

SECRETARÍA

I REC C I Ó N

E T

I REC C I Ó N

SECRETARÍA

A

D

COM

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INTERVENCIÓN

E

B I N

S EC RET

S EC RET

DIRECCIÓN

ABOGACÍA

DIRECCIÓN

CIÓN

CIÓN

ICA

Y

Y

NCIA

-

-

-

-

-

-

-

-

G A

02001

- --L

10006

D

D

0

0

0

3

4

5

L

2

3

LOCA

10001

0

0

0

0

DIGITA

10004

10005

10007

0

1

1

2

2

2

0

FINA

0

0

0

0

0

0

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

D

D

D

D

D

D

E

E

E

E

E

E

E

E

E

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

D

D

D

S EJ

PÚBLICA

S EJ

PÚBLICA

S EJ

PÚBLICA

S EJ

PÚBLICA

S EJ

PÚBLICA

S EJ

PÚBLICA

S EJ

PÚBLICA

C O N

S EJ

PÚBLICA

S EJ

PÚBLICA

SECCIÓN

C O N

C O N

C O N

C O N

C O N

C O N

C O N

C O N

Y

CIÓN

Y

CIÓN

Y

CIÓN

Y

CIÓN

Y

CIÓN

Y

CIÓN

Y

CIÓN

INISTRA

Y

CIÓN

Y

CIÓN

ERA

ERA

ERA

ERA

ERA

ERA

ERA

ERA

ERA

PRI M

PRI M

INISTRA

PRI M

INISTRA

PRI M

INISTRA

PRI M

INISTRA

PRI M

INISTRA

PRI M

INISTRA

PRI M

INISTRA

PRI M

INISTRA

0

2

A

A

A

A

C I A

DM

A

A

A

A

A

SECCION

C I A

DM

C I A

DM

C I A

DM

C I A

DM

C I A

DM

C I A

DM

C I A

DM

C I A

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EN

Y

EN

Y

EN

PRESIDENCIA

Y

EN

Y

EN

Y

EN

Y

EN

Y

EN

Y

EN

Y

C I A

C I A

C I A

L

P R E S I D

E N

EN

EN

PRES I D

PRES I D

I C EPRES I D

CIENDA

I C EPRES I D

CIENDA

I C EPRES I D

CIENDA

I C EPRES I D

CIENDA

I C EPRES I D

CIENDA

I C EPRES I D

CIENDA

I C EPRES I D

CIENDA

I C EPRES I D

CIENDA

I C EPRES I D

CIENDA

TOTA

V

V

V

V

HA

HA

HA

HA

HA

HA

HA

HA

HA

V

V

V

V

V

.

L

8

7

6

102

TOTA

76.001.043

1.738.049.382

123.347.684

0

9.738.507

344.753.

4.925.636

1.922.319

2.736.630

1.379.055

75.385.167

9

103.356.113

763.568.155

93.497.340

.

1

3

8

2020

euros

2.22

Pág. 78

0

0

0

0

0

0

en

e

P.

9

Import

CA

0

0

8

0

0

0

0

CA

P.

7

0

456.666

P.

38.287.099

1.632.922

2.699.433

43.076.120

7.050.541

51.036.673

85.387.925

13.710.900

CA

OS

ST

0

.139.367

333.374

11.519.121

50.290

P.

21.131.734

1.780.096

430.000

17.252.248

742.041

1.546.246

36.926.065

1.488.976

18.221.810

6

3

GA

CA

DE

5

0

0

0

0

0

0

P.

PRESUPUESTO

CA

4

0

2.641.819

9.060

500.000

P.

1.685.489.930

1.349.676

84.591.015

171.422.993

1.945.552.674

1.047.900

18.916.079

1.167.862

664.711.353

782.912

CA

2.19

DEL

3

3.000

3.000

GENERAL

0

0

0

0

0

0

P.

PITULOS

CA

0

8

10.549.944

2

ADMINISTRACION

2.036.133

1.006.305

13.244.978

43.270.694

.

597.108

13.021

13.891.518

17.024.671

3

777

CA

P.

60.168.239

5

2.472.317

2.327.676

3

5

CA

12.357.

41.677.546

Y

1

ICIOS

9.093.853

4

5.416.230

115.840.861

2.079.178

6

9

.

522.632

P.

23.731.595

156.684.349

15.697.596

30.847.630

11.753.196

9.652.225

48.423.941

CA

.

5

1

3

5

SERV

RI

NITA

E

11003 - DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA

Y

11008 - DIRECCIÓN GENERAL DE ACCESIBILIDAD Y CENT

ROS

12004 - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COM

UNITA

12005 - DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA FORESTAL

POR

EXTREMADURA

L A

O C I Ó N

PATRIMONIO

SOCIOSA

Y

Y

11002 - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, FORM

A

D

C I Ó N

Y

L

Y

DEPENDENCIA

AGRICULTURA

GENERA

S

PRO M

PO B L A

ICIOS

RIA

E

E

DE

DA

NITA

GENERAL

DE

DE

GENERAL

D

D

A

O

LA

L

CONSUMO

EN

SERV

LIZA

REM

SA

GENERAL

ERA

T

DE

RA

D

G EN

CENT

RESUM

DIRECCIÓN

SECRETARÍA

FAMILIAS

LIDA

EX

ATENCIÓN

GENERAL

RÍ A

RA

CA

I C I O

SECRETARÍA

L

CIÓN

Y

S ERV

Y

INSTITUTO

DIRECCIÓN

RU

S EC RET

RIA

A

A

T

CIÓN

- RA

AUTONOMÍA

DERÍA

RRO L L O

-

6

3

-

-

-

-

-

10010

CONT

11001

0

11007

12001

12002

1

GA

0

0ES A

1

1

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

0

NA

2D

RRO L L O

D

E

DE

DE

DE

DE

DE

DE

ERÍ A

ERÍA

ERÍA

ERÍA

ERÍA

ERÍA

ERÍA

RRO L L O

RRO L L O

RRO L L O

RRO L L O

S EJ

PÚBLICA

CONSEJ

CONSEJ

CONSEJ

CONSEJ

CONSEJ

CONSEJ

C O N

ES A

,O RI O

ES A

ES A

ES A

ES A

SECCIÓN

LES

CIÓN

Y

Y

Y

Y

Y

Y

RA

RA

RA

RA

RA

LES

LES

LES

LES

LES

,O RI O

,O RI O

,O RI O

,O RI O

D

D

D

D

D

ERA

L T

L T

L T

L T

L T

SOCIA

SOCIA

SOCIA

SOCIA

SOCIA

SOCIA

U

ERRI T

U

ERRI T

U

ERRI T

U

ERRI T

U

ERRI T

SEGUNDA

SEGUNDA

SEGUNDA

SEGUNDA

SEGUNDA

Y

PRI M

INISTRA

Y

Y

ICIOS

ICIOS

ICIOS

ICIOS

SEGUNDA

ICIOS

ICIOS

G RI C U

G RI C U

G RI C U

T

T

Y

G RI C U

Y

G RI C U

Y

T

T

T

1

SECCION

C I A

DM

SERV

SERV

SERV

E

E

C I Ó N

C I Ó N

ICEPRESIDENCIA

ICEPRESIDENCIA

ICEPRESIDENCIA

ICEPRESIDENCIA

ICEPRESIDENCIA

1

A

A

A

A

0

1

EN

PO B L A

A

D

D

SERV

SERV

SERV

E

E

E

C I Ó N

C I Ó N

A

C I Ó N

D

Y

SECCION

I C EPRES I D

D

D

D

D

D

D

ICEPRESIDENCIA

ERÍ A

ERÍ A

Y

Y

Y

Y

Y

Y

PO B L A

ERÍ A

PO B L A

ERÍ A

PO B L A

ERÍ A

PO B L A

CIENDA

TOTAL

L

NIDA

NIDA

NIDA

NIDA

NIDA

NIDA

S EJ

L ,

S EJ

L ,

S EJ

L ,

S EJ

L ,

S EJ

L ,

D

D

HA

TOTA

SA

RA

RA

RA

RA

RA

V

V

SA

V

SA

V

SA

V

V

SA

V

SA

C O N

RU

C O N

RU

C O N

RU

C O N

RU

C O N

RU

214

.

7

L

2

2

.084

2

TOTA

8.024.644

7.977.743

2.786.997

1.085.975.

138.812.852

117.453.366

7.963.440

656.443.980

23.425.698

4.504.906

19.257.033

9

3

1.301.260.50

.

9

6.672

euros

3

2020

3

Pág. 79

3

en

9

0

0

0

0

0

0

Import

e

P.

CA

0

0

0

0

0

0

P.

8

CA

100.000

7

0

0

0

0

50.020

157.336.059

30.000

80.000

P.

1.817.666

1.927.666

CA

3.377.847

365.800

OS

ST

3.101.407

65.770.192

0

6

5.394

P.

41.680.623

513.869

5.640

5.051.834

176.538

7.180.564

54.614.462

531.235

GA

CA

DE

5

0

0

0

0

0

0

CA

PRESUPUESTO

P.

4

2.816.391

533.775

1.863.669

4.462.903

685.730

P.

691.839.941

90.345.046

2.474.439

24.300

595.500

267.695.978

366.283.896

444.979

CA

GENERAL

0

0

0

DEL

3

0

0

0

P.

CA

PITULOS

2

52.512

P.

1.212.445

3.017

49.341.933

6.228.565

18.882.680

4.711.168

3.234.003

12.760.686

280.345

12.552.357

26.394.684

85.044.488

2.734.335

ADMINISTRACION

CA

CA

Y

ICIOS

1.677.894

3.080.096

554.511

121.687.089

653.180.283

1

3.664

7.711.771

772.193

1.150.275

3.372.523

30.010.468

6.318.813

2.961.535

P.

CA

7

793.389.990

9

.

8

SERV

0

POR

12010 - DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERATIVAS Y ECONOM

ÍA

DOCENTE

E

EMPLEO

Y

ICIOS

PL EO

URBANISMO

L

CIÓN

EMERGENCIAS,

PROTECCIÓN CIVIL E INTERIOR

E DUCACIÓN

RMACIÓN

EM

DE

SERV

A

EL

GENERA

PE RSONAL

F O

NOV

R ABAJO

ICO

DE

ICIOS

DE

E

RA

IN

T

B L

O

L

GENERAL

L

ERA

D

DE

D

PA

O

REM

D

E

E

DE

E

O RI O

ERA

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RIOS

L

EN

SERV

LEÑ

A

ERA

ERA

T

L

ERRI T

GENERAL

C I Ó N

G EN

GENERAL

ERA

GENERAL

G EN

G EN

A

G EN

REM

EX

ENT

A

G EN

T

T

RESUM

DIRECCIÓN

DIRECCIÓN

DIRECCIÓN

RÍ A

RÍ A

F O RM

TIV

EX

B L I C O

PLEM

EL

A

A

D

L

SOCIA

I C I O

Y

S EC RET

S EC RET

I REC C I Ó N

I REC C I Ó N

EDUCA

I REC C I Ó N

COM

SECRETARÍA

C I Ó N

L

E

D

A

T

PRO F ES I O N

INCLUSIÓN

D

D

S ERV

OS

- A

-

-

-

-

-

-

-

-

-

T

-

EN

12007

12009

EN

IV

O RD

3

0

0

0

0

13005

0

0

0

EDUCA

14001

3

3

3

3

3

3

1

2

3

4

7

8

9

1

1

1

1

1

1

1

0

0

0

0

0

0

0

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

RRO L L O

D

G EN

RRO L L O

RRO L L O

A

Y

A

ES A

ES A

ES A

PL EO

PL EO

PL EO

PL EO

EMPLEO

C I A

PL EO

PL EO

PL EO

Y

Y

Y

Y

Y

Y

SECCIÓN

Y

Y

D

D

D

,O RI O

,O RI O

,O RI O

EM

C I EN

EM

EM

EM

EM

EM

EM

RA

RA

RA

L T

L T

L T

,

EDUCACIÓN

C I Ó N

U

ERRI T

U

ERRI T

U

ERRI T

C I Ó N

C I Ó N

C I Ó N

C I Ó N

C I Ó N

C I Ó N

G RI C U

Í A

U

U

Y

G RI C U

Y

G RI C U

Y

U

U

U

U

C A

C A

C A

C A

C A

C A

C A

T

T

T

O M

A

C I Ó N

C I Ó N

C I Ó N

1

ED

U

3EC O N

A

A

2ED

ED

ED

ED

ED

ED

D

1

PO B L A

PO B L A

SECCION

SECCION

D

D

D

D

D

D

D

D

D

D

E

E

E

E

E

E

E

DE

E

E

E

E

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

PO B L A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

S EJ

L ,

S EJ

L ,

S EJ

L ,

S EJ

S EJ

S EJ

S EJ

S EJ

C O N

C O N

RA

RA

TOTAL

CONSEJERÍA

RA

S EJ

C O N

C O N

C O N

C O N

S EJ

L

S EJ

L

RU

RU

C O N

C O N

C O N

C O N

TOTA

C O N

DIGITA

RU

L

61.727.486

33.262.513

588.431

TOTA

17.791.586

111.934.207

6.476.798

238.453.105

4.996.131

.055.812

15.071.348

629.000

25.053.164

89.805.455

9.982.301

euros

24

20.

0

2020

Pág. 80

en

9

0

0

0

0

0

e

P.

CA

Import

8

0

0

0

0

0

0

P.

CA

7

0

21.214.151

8.899.737

26.226.010

1.333.894

4.691.170

62.364.962

1.357.873

445.287

P.

4.750.683

4.740.000

11.293.843

CA

6

OS

ST

924.156

72.000

1.910.810

610.195

8.698.514

183.176

P.

1.256.000

3.394.118

2.902.365

3.857.967

1.119.685

12.252.903

20.316.096

361.622

GA

CA

DE

0

0

0

0

0

0

PRESUPUESTO

P.

5

CA

5.385.755

00

4

1.932.500

102.784.538

3.0

422.725

149.517.568

471.628

12.449.811

1.197.218

8.626.526

3.920.580

P.

38.544.071

26.665.763

CA

DEL

GENERAL

0

3

0

0

0

0

0

P.

CA

PITULOS

275.838

255.256

110.743

66.000

590.606

P.

2.373.723

40.151

5.856.046

2.477.048

2.851.655

2.999.164

1.531.437

10.449.910

3.026.687

ADMINISTRACION

2

CA

CA

Y

1

ICIOS

769.270

1.994.838

1.599.142

447.431

3.531.242

712.557

6.719.221

2.608.244

P.

12.016.015

3.750.721

4.868.715

3.132.942

21.079.843

6.593.992

CA

SERV

POR

EXTREMADURA

Y

DIGITAL

S,

ERSIDA

L

,D

C I A

ECA

ECONOMÍA

GENERA

DE

POLÍTICA

CULTURA

C I EN

EMPRESA

AGENDA

BIBLIOT

DEPORTES

TURISMO

E

ICIOS

UNIV

DE

DE

DE

ESTADÍSTICA

DE

DE

GENERAL

D

ERAL

DE

CULTURAL

ERA

Y

ERAL

L

L

GENE RAL

DE

DE

EN

SERV

CIÓN

GENERAL

GENERAL

GENERAL

GENERAL

G EN

GENE RA

GENE RAL

A

DE

RÍ A

RESUM

INNOV

SECRETARÍA

PATRIMONIO

S EC RET

DIRECCIÓN

INSTITUTO

DIRECCIÓN

RIA

DIRECCIÓN

,

15001 - SECRETARÍA GEN

15002 - SECRETARÍA GEN

DIRECCIÓN

DIRECCIÓN

DIRECCIÓN

SECRETARÍA

A

Y

ECNOLOGÍA

-

-

ERCIO

-

-

-

ERSITA

-

-

-

-

-

2

0

14003

14004

14010

14011

3

ARCHIVOS

0

0

0

0

14009

UNIV

0

0

0

4

COM

16001

5

5

5

4

6

1

T

1

1

1

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES

G EN

G EN

G EN

G EN

G EN

G EN

DEPORTES

DEPORTES

D

D

D

D

D

D

A

A

A

A

A

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DEPORTES

Y

Y

Y

Y

Y

Y

Y

Y

Y

Y

NSPORTE

A

A

A

A

A

A

C I EN

C I EN

C I EN

C I EN

C I EN

C I EN

TURISM

TURISM

TURISM

C I A

C I A

C I A

C I A

C I A

C I A

O

O

O

TRA

,

,

,

D,

,

,

,

SECCIÓN

CULTURA

CULTURA

CULTURA

Í A

Í A

Í A

Í A

Í A

Í A

,

,

,

O M

O M

O M

O M

O M

O M

ILIDA

EC O N

EC O N

EC O N

EC O N

EC O N

EC O N

1

1

OV

E

SECCION

SECCION

E

E

E

E

E

DE

DE

DE

DE

4

D

D

D

D

D

D

5M

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍ A

ERÍA

ERÍA

ERÍA

ERÍA

S EJ

C O N

DIGITA

C O N

DIGITA

C O N

DIGITA

C O N

DIGITA

C O N

DIGITA

DIGITA

TOTA

CONSEJ

CONSEJ

CONSEJ

TOTAL

CONSEJ

S EJ

S EJ

S EJ

S EJ

S EJ

LLLLLLL

VIVIENDA

C O N

L

TOTA

48.000.240

5.839.546

78.282.583

40.068.536

182.173.206

40.322.289

12.332.409

6.240.522

58.895.220

3.653.730

27.227.793

23.260.666

32.417.687

86.559.876

euros

2020

Pág. 81

en

9

0

0

0

0

0

0

e

P.

Import

CA

8

0

0

0

0

0

0

P.

CA

P.

31.271.261

3.710.280

34.981.541

2.256.803

1.330.100

75.000

3.661.903

16.355.926

2.656.456

1.505.698

20.518.080

7

CA

6

OS

0

ST

5.532.931

3.516.787

64.325.950

19.076.791

92.814.081

11.200

796.877

808.077

213.708

P.

5.033.098

8.376.639

28.823.361

42.446.806

GA

CA

0

0

0

0

0

0

5

DE

CA

PRESUPUESTO

P.

00

253.000

0

4

10.000

0.000

18.776.600

34.774.536

9.776.287

1.005.600

P.

6.713.6

45.556.423

34.000

525.639

1.559.639

CA

11.80

1.

0

GENERAL

0

0

0

0

0

DEL

P.

3

PITULOS

CA

ADMINISTRACION

2

P.

1.507.764

300.393

1.559.375

1.633.941

8.028.160

969.946

518.687

1.360.988

2.849.621

1.690.265

1.198.869

7.475.860

953.746

11.318.740

CA

CA

Y

1

ICIOS

2.974.684

1.769.366

8.676.978

7.557.804

27.572.824

321.004

696.135

3.002.057

6.019.196

1.749.757

4.605.900

3.226.072

1.134.882

P.

10.716.611

CA

2.

EXTREMADURA

SERV

Y

POR

Y

ENERGÍA

E

U

RA

E

CIÓN

I T

VIVIENDA

MOVILIDAD

TRANSPORTES

COOPERA

DE

INDUSTRIA

L

EC T

SOSTENIBILIDAD

PLANIFICACIÓN

,

GENERA

E NTUD

RQ U

ICIOS

RRO L L O

D

DE

E

DE

E

ES A

A

A

UV

L

DE

D

DE

DE

DE

L

J

EN

SERV

GENERAL

ERA

CIÓN

GENERAL

VIARIAS

GENERAL

GENERAL

GENERAL

EL

LA

GENERA

GENERAL

GENERAL

HIDRÁULICAS

REM

D

T

RESUM

G EN

EDIFICA

PA

DIRECCIÓN

I REC C I Ó N

EX

RA

DE

DIRECCIÓN

INFRAESTRUCTURAS

LA

DIRECCIÓN

SECRETARÍA

C I A

SECRETARÍA

A

INSTITUTO

DIRECCIÓN

DIRECCIÓN

DIRECCIÓN

DE

G EN

C I O N

INFRAESTRUCTURAS

L

-

-

16002

16005

D

-

-

-

-

A

-

-

-

-

-

D

A

0

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

3

LIDA

16004

0T

17001

0

3

ERN

18001

0

4

2

MINAS

18003

18004

6

CA

7

7

8

1

1

I N

1

1

0

0

0

0

Y

Y

Y

ECOLÓGICA

Y

Y

NSPORTE

NSPORTE

NSPORTE

NSPORTE

PORTAVOCÍA

Y

Y

Y

O C Í A

OCÍA

ECOLÓGICA

ECOLÓGICA

ECOLÓGICA

A

PORTA

V

V

TRA

TRA

TRA

TRA

PO RT

NSICIÓN

NSICIÓN

NSICIÓN

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D,

D,

D,

D,

SECCIÓN

D

D

Y

Y

ILIDA

ILIDA

ILIDA

ILIDA

IGUALDAD

Y

L D

LDA

A

TRA

TRA

TRA

TRA

OV

M

M

M

M

1

1

7RA

RA

RA

RA

1

A

OV

OV

OV

LA

LA

LA

LA

SECCION

6

I G U

IGUA

DE

DE

DE

DE

SECCION

SECCION

DE

E

DE

D

D

D

D

8

ERÍA

ERÍA

ERÍA

ERÍA

ERÍ A

ERÍA

ERÍA

ERÍA

ERÍA

ERÍA

CONSEJERÍA

D

PA

PA

PA

PA

CONSEJ

VIVIENDA

CONSEJ

VIVIENDA

CONSEJ

VIVIENDA

S EJ

CONSEJ

VIVIENDA

CONSEJ

SOSTENIBILIDA

SOSTENIBILIDA

SOSTENIBILIDA

TOTA

C O N

CONSEJ

CONSEJ

SOSTENIBILIDA

L

TOTAL

CONSEJ

CONSEJ

TOTAL

L

0

0

.

0

TOTA

586.931.392

586.931.392

5.000.000

0

6.002.768.637

.

0

5

0

euros

2020

Pág. 82

en

9

0

e

P.

516.938.611

516.938.611

516.938.611

CA

Import

8

0

P.

CA

0

P.

341.268.514

7

CA

6

OS

.479

0

CA

ST

GA

324.310

P.

5

DE

P.

5.000.000

5.000.000

5.000.000

CA

PRESUPUESTO

0

4

P.

3.302.378.969

CA

GENERAL

1

DEL

7

3

8

0

P.

69.992.781

69.995.781

CA

9

PITULOS

2

9

.

6

9

.

2

ADMINISTRACION

0

P.

246.408.229

CA

CA

Y

ICIOS

1.196.468.054

0

P.

1

CA

SERV

POR

GENERA

L

ICIOS

PÚBLICO

SERV

CONTINGENCIA

EN

IENTO

M

RESUM

ENDEUDA

FONDO

DE

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

1

21001

0

-

-

2

0

0

SECCIÓN

GASTOS

PÚBLICO

2

0

CONTINGENCIA

IENTO

SECCION

SECCION

PRESUPUESTO

2

1

M

DE

ENDEUDA

TOTAL

FONDO

TOTAL

TOTAL

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONÓMICA DE GASTOS

2.2.1.

2020

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

2.2.1.1. SEC. 02: PRESIDENCIA

2020

1

1

1

1

1

81.421

64.258

145.679

62.464

47.597

51.580

161.642

140.543

27.464

161.435

261.637

81.696

110.397

421.550

449.029

211

46.965

2.102

euros

2020

Pág. 87

en

PORTES

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

y grupo E

Gobierno

emporal

esionales

emporal

PRESIDENCIA

A

de

t

t

grupo

Consejo

prof

incapacidad

grupo

agrupaciones

incapacidad

1

y

DE

grupo

grupo

grupo

A

esional

grupo

grupo

grupo

A

B

C

D

A

B

C

ADMINISTRACIÓN

cargos

miembros

subgrupo

y

y

y

y

prof

y

y

y

del

por

por

aria

ino

ico

A

A

12C1

C2

de

básicas

ino

ico

A

A

aria

12C1

asimilados

específ

subgrupo

subgrupo

os

al

dest

dest

carrera

alt

de

subgrupo

de

complement

subgrupo

personal

de

ribuciones

específ

subgrupo

subgrupo

subgrupo

de

de

complement

L

o

o

o

o

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

ribuciones

o

complementos

ERA

del

del

del

ribuciones

Sueldos

del

del

del

del

del

G EN

Complement

Complement

Sueldos

ación

ret

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Trienios

Complement

Complement

Complement

ación

ras

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Y

Ret

Ret

Ot

Prest

Prest

Otros

RÍ A

A

S EC RET

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

DIRECCIÓN

SUBC.

0

0

0

1

1

0

0

0

0

1

1

2

2

2

2

0

0

0

1

0

0

1

2

3

4

6

0

1

6

0

0

1

2

0

0

0

0

9

público)

1

0

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

1

0

1

0

0

0

12005

0

1

1

1

1

12199

6

6

6

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

0

0

0

0

0

0

9

0

0

0

CON.

Cargos públicos y asimilados

cargo

1

0

0

1

1

1

1

1

1

(no

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

1

1

1

1

2

2

2

2

2

120

2

2

2

2

2

121

2

2

2

0

1

0

1

1

1

0

0

0

0

0

0

1

1

1

1

6

6

6

0

112A

RT.

0

2

ual

A

0

0

1

1

1

1

2

2

2

2222212

1

1

1

1

1

1

event

2222212

Personal

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

CA

1

1

P.

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

6.714

4.024

1.713.777

4.807

8.915

27.369

10.326

22.726

17.309

8.134

2.335

15.535

1

1

1

1

1

1

1

1

2020

euros

Pág. 88

en

PORTES

Import

e

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

ADMINISTRACION

PLICA

EX

y grupo E

esionales

emporal

PRESIDENCIA

emporal

ar

incapacidad

i

l

t

t

si

prof

agrupaciones

incapacidad

m

o

DE

grupo

esional

zad

esional

D

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ADMINISTRACIÓN

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I

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I

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grupo

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grupo

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L

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o

o

o

o

em

Complemento

complementos

t

ERA

ret

em

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Complement

del

del

del

del

en

del

del

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

G EN

Sueldos

Sueldos

Trienios

Complement

ación

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Complemento

ación

Prest

Sueldos

l

l

Complement

p

ras

m

m

Y

Co

Prest

Otros

Sueldos

Sueldos

Ot

Co

p

DIRECCIÓN

RÍ A

S EC RET

A

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

0

SUBC.

2

6

6

12605

6

6

6

6

6

0

0

0

0

0

0

13100

1

13102

1

1

13199

6

6

2

2

2

2

2

2

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

0

0

0

0

1

9

0

0

0

0

0

0

0

0

9

0

0

3

4

6

7

8

2

0

0

1

3

4

5

6

1

6

0

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

CON.

112A

6

2

126

0

1

1

1

1

1

1

1

estatutarios

2

2

2

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

6

6

6

6

6

6

0

0

0

0

0

0

1

1

1

6

6

2

2

2

3

3

3

3

3

3

131

3

131

3

3

131

3

3

RT.

0

0

y

2

2212

33333313

313

3313

2

2

2

2

3

3

2

A

Funcionarios

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

CA

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

P.

459

1

1

117.927

1

35.506

35.506

562.642

562.645

2.737.176

12.500

83.810

19.100

115.410

76.000

10.000

1

1

1

1

1

1

1

euros

2020

Pág. 89

en

PORTES

Import

e

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

emporal

sar

PRESIDENCIA

m

en

rucciones

t

incapacidad

personal

o

p

urales

c

nat

e

a

const

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bienes

ras

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general

DE

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t

y

y

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ut

ADMINISTRACIÓN

prof

rucciones

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medios

i

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de

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L

o

o

o

o

complementos

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i

sociales

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os

os

ras

inst

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n

p

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Complement

Complement

Complement

Complement

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rrendamient

n

y

ERA

ación

del

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G EN

Sueldos

Cuotas

i

rrendamient

rrendamient

ó

ac

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y

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Otros

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Y

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A

A

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RÍ A

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CA

CA

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S EC RET

DIRECCIÓN

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CA

CA

CA

CA

CA

sociales

PERSONAL

0

SUBC.

6

6

3

6

6

13609

6

6

13699

1

16000

0

2

16205

0

2

4

2

3

0

0

0

1

9

0

9

0

0

0

0

0

0

3

3

4

5

7

8

2

0

0

0

0

0

0

0

0

0

GASTOS

gast

1

1

1

1

1

1

1

1

1

os

DE

2

2

2

2

2

3

3

3

5

6

6

0

0

0

1

1

Arrendamientos y cánones

o

112A

rendimient

1

CON.

0

3

1

1

1

1

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

3

3

3

136

3

3

136

5

160

6

6

162

y

0

0

0

1

1

6

6

6

6

6

6

1

0

2

0

2

4

2

3

0

2

aciones

1

RT.

333313

3313

0

0

1

1

prest

CAPITULO

1

0

1

1

1

1

1

5al

16

6616

1

1

2

2

2

2

2

0

Laborales

as,

A

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P.

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

CA

Incent

1

1

1

Cuot

TOTAL

2

2

2

2

2

20.000

5.000

20.000

131.000

41.900

28.000

24.000

105.818

33.447

8.271

25.780

10.511

350

3.000

3.040

3.000

7.800

100

65.000

48.000

12.237

34.050

7.500

euros

2020

Pág. 90

en

PORTES

Import

e

IM

CION

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

PLICA

EX

e

ransport

t

PRESIDENCIA

comunicacione s

os

de

publicaciones

ados

element

y

ormación

ariable

DE

hemoderiv

de

ras

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illaje

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Inmuebles

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y

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de

e

y

y

ADMINISTRACIÓN

ransport

procesos

libros

maquinaria,

no

icos

eléct

telecomunicaciones

inv

enseres

ent

ico

as,

ormát

armacéut

rónico,

mensajería

Bienes

t

inv

L

rica

higiénicos

seguros

de

ist

ERA

para

no

de

suministros

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

sobre

y

f

os

rev

inf

eléct

ible

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de

G EN

Element

obiliario

Equipos

Ordinario

Prensa,

erial

Energía

Combust

Vestuario

Alimentación

Repuest

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Servicios

os

os

y

os

de

o

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Agua

Gas

Product

Product

at

Otros

Postales

Transportes

Primas

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Y

M

M

M

RÍ A

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A

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CA

CA

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CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

DIRECCIÓN

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0

0

0

0

1

2

0

3

6

1

2

4

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

1

1

0

SUBC.

1

1

1

456y

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

0

0

0

1

22101

22102

1

22104

22105

1

1

1

1

22199

22200

22201

22300

22400

222o

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

5

4

5

6

enimient

1

CON.

1

1

1

2

2

2

2

221

221

2

221

221

2

2

2

2

221

222

222

223

224

2

0

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

0

0

1

1

1

1

1

1

5

0

112A

0

RT.

22

1

2

mant

Reparaciones,

2

A

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

222222

222

22

222222

22

22

22

22

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

CA

P.

12.000

13.000

100

40.000

5.000

100

450.659

134.000

470

18.000

20.000

1.155.233

100

74.970

20.000

430

600

96.000

1.497.643

20.000

20.000

127.000

euros

2020

Pág. 91

en

PORTES

Import

e

IM

GENERAL

CION

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

PLICA

EX

tuciones sin fines de lucro

PRESIDENCIA

ico

inst

i

e

as

iv

ormát

at

s

amilias

a

p

inf

o

DE

i

represent

ormat

v

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cursos

caráct

t

a

i

n

iv

as

r

u

es

er

c

i

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ADMINISTRACIÓN

y

y

inf

o

m

ocolarias

ulgación

erencias

d

ep

a

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de

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es

local

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t

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a

t

c

y

al

ersos

ados

i

en

r

rabajos

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es

r

r

i

en

u

mensajería

d

o

p úblico

c

erencias

c

t

os

or

L

prot

div

ldiv

rat

conf

u

aseo

esi

SERVICIOS

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

y

t

enciones

y

viaje

Publicidad

Jurídicos,

Reuniones,

r

as

ERA

gast

es

y

y

y

cont

trabajos

de

ad

o

d

en

Limpieza

icios

Y

o

e

c

er

i

d

t

G EN

ros

Seguridad

Postales

udios

Otros

lojamient

ad

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sect

ransf

i

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v

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Gastos

Y

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t

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Est

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t

sist

BIENES

r

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del

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DIRECCIÓN

A

A

A

T

A

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Ot

EN

RÍ A

A

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

egrant

int

S EC RET

SUBC.

1

22603

6

22700

22701

2

6

9

9

6

9

0

0

0

servicio

CORRIENTES

6

0

idades

6

6

2

6

22703

7

7

22799

0

23100

2

3

0

9

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

del

4

ent

4

2

2

2

2

2

2

3

3

3

6

8

0

0

0

0

9

0

0

0

0

0

0

0

ot

CON.

razón

ros

6

6

6

6

6

7

7

0

2

3

227

231

a

1

2

2

226

2

227

227

GASTOS

0

es

9

0

2

2

0

2

227

2

2

y

3

3

3

6

8

112A

ros

por

corrient

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

4

4

Indemnizaciones

RT.

2222

3

22222

22

22

2222

suminist

323

CAPITULO

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

4

4

3

6

8

0

A

erencias

P.

ransf

erial,

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

at

2

2

2

2

4

4

CA

TOTAL

M

T

30

127.000

147.000

5.000

10.000

1.000

250

30

2.198

18.478

53.022

30.149

3.500

937

10.000

97.638

150.000

150.000

266.116

80.000

80.000

12.000

2020

euros

Pág. 92

en

PORTES

e

Import

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

lucro

ines

de

sin

f

uciones

inst

i

t

PRESIDENCIA

illaje

illaje

e

ormación

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y

municipios

ut

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amilias

f

a

y

DE

maquinaria

maquinaria

promoción

inf

inf

ADMINISTRACIÓN

al

de

de

servicios

a

capit

capital

de

local

ines de lucro

écnicas,

transporte

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materiales

rvicios

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transporte

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publicidad

y

e

de

los

erencias

Transferencias de capital a entidades integrantes del sector p úblico

ERA

Construcciones

alaciones

de

para

activos

los

para

se

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

d

de

ivo

L

de

Elementos

t

t

obiliario

Construcciones

alaciones

activos

en

f

G EN

Equipos

t

Elementos

Equipos

operat

Transferencias

ransf

uciones

sin

ivo

CORRIENTES

Inst

Otros

obiliario

Otros

Inversión

o

ras

RÍ A

Y

M

operat

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M

Ot

o

DIRECCIÓN

uncionamient

S EC RET

A

it

FF

inst

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

LES

SUBC.

uncionamient

amilias

62200

e

0

0

0

0

0

0

0

f

0

0

0

0

0

0

al

0

REA

TRANSFERENCIAS

2

3

62400

5

6

62900

63200

3

2

2

3

3

3

8

asociada

63400

5

6

63900

64200

ES

76000

9

a

al

f

ERS I O N

6

6

6

f

6

6

6

7

1

CON.

6

6

6

6

6

6

V

7

622

2

624

2

2

629

632

3

634

3

3

639

642

760

8

es

I N

3

5

6

3

5

6

9

0

112A

corrient

asociada

0

reposición

0

RT.

CAPITULO

2

erial

U

62

262

2262

LO

6

6

6

6

6

6

7

erencias

633633363de

nueva

A

8

64

inmat

C A

PI T

76

P.

ransf

Inversión

Inversión

Inversión

CA

TOTAL

O T

6

6

6

6

6

6

6

6

6

6

6

6

6

7

7

A

L

T

T

12.000

92.000

4.739.935

euros

2020

Pág. 93

en

PORTES

e

Import

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

PRESIDENCIA

DE

ADMINISTRACIÓN

lucro

ERA

ines

de

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

L

f

G EN

sin

RÍ A

Y

uciones

CAPITAL

S EC RET

DIRECCIÓN

A

FF

it

e

inst

DE

SUBC.

amilias

TRANSFERENCIAS

CON.

a

f

1

al

0

capit

2

A

0

112A

de

erencias

RT.

CAPITULO

1

0

2

A

A

1

M

P.

ransf

CA

TOTAL

PRO G RA

T

13.735.940

13.735.940

13.735.940

194.000

194.000

194.000

13.929.940

18.669.875

euros

2020

Pág. 94

en

PORTES

e

Import

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

a dura

a dura

t

t

r

r

em

em

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e

Ex

Ex

ea

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d

b

b

sam

sam

l

l

SUBSECTORES

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l

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A

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en

ap

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es

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c

d

r

r

o

e

i

c

L

ENTRE

c

c

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

ERA

as

as

en

en

TRANSFERENCIAS

Transferencias de capital a la Asamblea de Extremadura

er

er

i

i

G EN

sf

remadura

an

an

r

r

sf

RÍ A

CORRIENTES

Ext

CAPITAL

T

T

S EC RET

samblea

A

FF

CA

de

CA

TRANSFERENCIAS

TRANSFERENCIAS

DE

SUBC.

2

0

0A

0

0

0

0

a

4

2la

7

0

7

1

CON.

2

2

800X

corrient

es

0

0

4

02001

RT.

0

0

0

erencias

CAPITULO

CAPITULO

2

2

0

2

X

8

4

7

SERVICIO

M

A

A

CA

4

7

TOTAL

PRO G RA

P.

ransf

TOTAL

TOTAL

T

1

1

64.258

31.232

28.860

41.206

165.556

62.464

41.195

8.915

74.262

86.789

273.626

140.543

13.732

42.068

36.104

53.455

136.474

335

144.191

19.418

1.484

euros

2020

Pág. 95

en

PORTES

Import

e

IM

GENERAL

CION

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

PLICA

EX

PRESIDENCIA

emporal

emporal

A

t

grupo

grupo

grupo

A

B

D

t

grupo

incapacidad

incapacidad

A

B

y

y

A

A

C

D

A

12C2

1

y

y

DE

grupo

grupo

grupo

grupo

esional

por

por

cargos

subgrupo

subgrupo

subgrupo

subgrupo

y

aria

y

PRESIDENCIA

y

y

prof

ino

ico

ino

ADMINISTRACIÓN

al

A

A

12C1

C2

básicas

aria

os

al

ino

ico

alt

dest

al

al

dest

específ

específico

dest

carrera

de

de

asimilados

asimilados

asimilados

asimilados

complement

subgrupo

subgrupo

subgrupo

subgrupo

ribuciones

específ

de

de

de

complement

del

ribuciones

o

o

o

o

o

o

complementos

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

del

del

del

LA

ret

Sueldos

Complement

Complement

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Complement

Complemento

ación

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Trienios

Complement

Complement

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ación

DE

Y

Ret

Prest

Ot

ras

Prest

Otros

GABINETE

DIRECCIÓN

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

SUBC.

0

0

0

0

0

0

0

0

9

1

3

3

0

1

11101

público)

0

0

0

0

0

0

0

0

9

3

0

0

1

0

0

0

0

12005

0

1

1

1

1

12199

0

0

7

8

0

1

3

0

0

0

1

2

3

6

0

1

6

0

Cargos públicos y asimilados

cargo

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

0

0

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

1

3

3

3

3

CON.

0

0

0

0

1

1

1

1

111

1

2

2

2

2

120

2

2

2

2

2

121

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

(no

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

0

1

1

0

0

0

0

0

1

1

1

1

0

112A

RT.

0

2

ual

A

0

0

0

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

111111

event

222212

2222212

CA

P.

Personal

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

587.808

259.244

259.245

1.286.235

1.286.235

1.286.235

1

1

1

1

2020

euros

Pág. 96

en

PORTES

Import

e

IM

GENERAL

CION

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

PLICA

EX

sar

PRESIDENCIA

p

m

en

a

o

A

c

o

DE

r

grupo

p

al

ADMINISTRACIÓN

em

PRESIDENCIA

ino

ad

1

t

A

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ico

y

subgrupo

específ

dest

ap

ac

i

i

c

o

o

o

r

de

n

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Complement

Complement

del

sociales

p

empleador

n

LA

Sueldos

Cuotas

ac

ó

est

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i

DE

Y

Pr

GABINETE

DIRECCIÓN

cargo

FF

CA

CA

CA

CA

CA

a

sociales

PERSONAL

0

0

0

0

9

7

SUBC.

6

6

6

16000

0

2

2

2

8

0

gast

1

1

1

1

6os

DE

6

6

CON.

6

GASTOS

0

1

1

1

estatutarios

1

0

112A

3

2

2

2

160

6

02003

0y

2

aciones

0

2

RT.

y

1

16

CAPITULO

2

2

2

6

A

prest

1

1

1

1

1

SERVICIO

M

A

A

Funcionarios

CA

P.

as,

1

1

1

1

1

Cuot

TOTAL

PRO G RA

TOTAL

128.516

128.516

62.464

21.034

12.035

19.988

57.999

67.180

9.034

9.237

258.976

107.457

15.616

24.249

16.025

1

1

1

1

1

1

1

1

euros

2020

Pág. 97

en

PORTES

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y ACCIÓN EXTERIOR

emporal

emporal

emporal

t

t

t

TERIOR

incapacidad

incapacidad

incapacidad

A

EX

C

D

grupo

grupo

grupo

esional

esional

y

y

y

ACCIÓN

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prof

prof

por

por

por

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A

1C1

C2

básicas

ino

ino

carrera

aria

aria

dest

subgrupo

subgrupo

específico

dest

carrera

igüedad

complement

os

DE

subgrupo

ribuciones

alt

ant

IV

I

IV

de

de

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complement

complementos

de

de

complement

de

grupo

grupo

grupo

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

del

GENERAL

ribuciones

ación

o

o

o

o

o

ret

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Complemento

ación

del

del

del

del

Prest

Trienios

Complement

Complement

Complement

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ación

Sueldos del grupo I

Complement

del

ras

Prest

Otros

Prest

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Ret

DIRECCIÓN

Ot

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CT

CT

CT

CT

CT

0

9

SUBC.

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0

0

0

0

0

0

9

0

1

9

0

0

0

0

1

1

0

0

0

12005

0

1

12101

1

1

12199

6

6

6

13000

0

6

8

8

0

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

3

3

3

3

0

0

0

2

3

6

0

6

0

7

2

0

5

3

0

3

cargo

arios

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

4

CON.

asimilados

at

252C

0

1

1

1

0

0

0

0

1

1

1

6

6

6

0

6

8

8

0

1

2

2

2

2

1

(no

120

2

121

2

2

121

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

222ut

130

0

3

3

3

3

y

2

ual

est

1

1

1

1

RT.

22212

2212

0

1

2

2

2

3

3

3

3

1

públicos

1

event

2212

13

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

y

0

Cargos

Funcionarios

A

P.

Personal

CA

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

2

2

2

1

52.341

3.220

218.913

97.568

97.571

703.977

1.501

2.400

3.901

1.600

1.000

1.000

3.600

983

2.500

4.000

500

7.500

2.000

2020

euros

Pág. 98

en

PORTES

e

Import

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y ACCIÓN EXTERIOR

sar

p

TERIOR

m

en

a

c

ados

o

al

enseres

o

EX

ariable

hemoderiv

p

illaje

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telecomunicaciones

general

especial

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t

y

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ransport

c

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DE

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e

n

ico

GENERAL

i

d

ras

inv

ormát

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r

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

os

inst

t

Complement

Complemento

Complemento

aquinaria,

t

sociales

sociales

f

p

en

empleador

n

y

os

inf

y

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o

o

o

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i

Cuotas

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l

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p

Element

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Combustible

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Servicios

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m

Cuotas

est

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Cánones

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Pr

A

M

M

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DIRECCIÓN

cargo

FF

CT

CT

CT

CT

CA

CT

CA

a

CT

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

sociales

PERSONAL

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0

0

5

7

0

0

9

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

2

6

SUBC.

DE

8

8

13808

13809

16000

16000

0

5

9

0

0

22103

1

22200

22201

gast

1

1

1

6os

2

2

222o

2

2

2

3

3

0

0

1

1

1

234y

GASTOS

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2

2

2

4

CON.

3

3

138

138

160

160

6

0y

0

0

1

1

1

2

2

221

2

222

222

8

8

5

9

2

3

4

0

0

1

CAPITULO

Arrendamientos y cánones

2

0

1

1

0

252C

aciones

mant

1

2

2

2

2

2

2

2

2

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

RT.

3313

13

16

16

2222

222

22

6

0

0

1

1

1

0

Reparaciones,

A

prest

P.

Laborales

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1

1

1

1

1

1

1

CA

Cuot

TOTAL

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

500

500

1.000

10.000

1.500

40.000

23.670

30.000

25.000

15.000

10.000

3.000

19.476

211.087

472.363

38.505

7.500

926.584

1.000

11.500

2.000

7.000

3.000

euros

2020

Pág. 99

en

PORTES

Import

e

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y ACCIÓN EXTERIOR

TERIOR

a

informativa

personalizados

personalizados

ormat

EX

iv

cursos

cursos

deportivas

inf

ACCIÓN

y

écnicos

écnicos

divulgación

conferencias

y

y

mensajería

ulgación

erencias

propios

propios

ención

ención

t

t

DE

comunicaciones

seguros

culturales

diversos

mensajería

rabajos

rabajos

manut

conf

medios

medios

manut

y

y

y

t

t

div

y

y

a

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

GENERAL

y

viaje

viaje

de

gastos

a

o

o

y

y

trabajos

de

de

Postales

Transportes

Transportes

Primas

Publicidad

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Reuniones,

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Actividades

Otras

Otros

Postales

udios

udios

Encargos

Encargos

Otros

lojamient

lojamient

Gastos

Gastos

Asistencias

A

A

Est

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CA

CA

CT

CT

CA

CT

CA

CT

CT

CT

CA

CA

CT

CA

CT

CT

CT

CA

CT

CA

CA

DIRECCIÓN

2

0

SUBC.

22201

22209

22300

22300

22400

6

22602

6

22606

22609

22699

22703

7

7

7

7

22799

0

0

23100

23100

23300

6

6

6

4

4

0

0

2

2

2

2

2

2

2

2

0

0

0

1

1

0

0

ros

2

2

2

2

2

2

3

3

ot

6

4

CON.

252C

222

222

223

223

224

2

226

2

226

226

226

227

2

2

2

2

227

y

3

3

231

231

233

0

2

2

2

2

2

2

2

2

6

7

7

7

7

0

0

0

2

ros

0

2

2

2

2

2

RT.

22

22

22

22

22

222

222

22

22

22

222222

suminist

3323

23

23

2

2

2

erial,

A

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

at

2

2

2

2

2

CA

P.

M

24.500

958.585

1.264.761

44.467

1.309.228

6.000

6.000

118.558

118.558

14.000

14.000

1.447.786

2.000

2.000

79.000

69.612

148.612

150.612

3.260.960

2020

euros

PORTES

Pág. 100

en

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

)

CION

(CDIEX

PLICA

e

Europea

st

u

d

EX

e

ormación

Y

an

a

am

er

Inf

c

e

i

Ib

er

ación

o

ea

e

p

Document

r

o

COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y ACCIÓN EXTERIOR

Eu

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i

i

em

d

g

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ac

c

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TERIOR

est

A

i

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v

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i

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e

n

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EX

i

n

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c

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d

p

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ac

ac

o

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Fu

Fu

i

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t

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promoción

a

a

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m

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l

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ACCIÓN

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es

es

inst

y

es

local

o

es

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técnicos

a

a

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es

inf

al

t

si

Transferencias corrientes a entidades integrantes del sector p úblico

r

SERVICIOS

en

en

en

en

lucro

publicidad

i

i

i

i

en

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r

r

r

p

procesos

t

t

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DE

o

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r

r

r

c

c

o

p úblico

c

c

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de

se

trabajos

as

as

o

y

o

b

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

i

c

c

c

en

en

sect

en

en

de

GENERAL

i

or

i

Estudios

ec

ines

y

c

para

los

en

Y

er

er

er

s,

er

f

i

sf

del

BIENES

sf

sf

i

sf

o

sin

ersión

an

an

T

T

r

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em

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Equipos

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r

r

T

r

T

es

Pr

uciones

operat

DIRECCIÓN

Inv

CA

EN

egrant

CORRIENTES

it

FF

CA

CA

int

LES

CA

inst

CA

CT

CT

CT

o

e

SUBC.

servicio

CORRIENTES

idades

uncionamient

0

2

0

0

0

0

TRANSFERENCIAS

4

1

6

6

8

9

2

0

0

2

0

0

0

0

erior

REA

del

4

4

4

0

amilias

0ext

64100

4

ent

4

4

4

4

ES

4

6

6

0

0

f

a

a

al

al

razón

GASTOS

ERS I O N

es

f

4

CON.

4

4

4

4

252C

4

4

6

8

9

2

641

4

6

V

corrient

4

4

0

1

es

0

es

0

4

6

I N

6

2

0

por

corrient

corrient

asociada

0

RT.

2

Indemnizaciones

CAPITULO

2

erial

U

5

C

LO

erencias

CAPITULO

4

4

4

A

erencias

erencias

4

4

4

6

6

4

6

8

9

2

nueva

4

64

inmat

A

C A

M

2

PI T

P.

L

TOTAL

ransf

ransf

ransf

Inversión

Inversión

4

A

CA

O T

T

T

4

4

4

4

TOTAL

6

6

6

PRO G RA

T

T

15.616

13.732

10.517

8.915

7.110

28.043

24.298

3.219

111.458

31.209

31.210

142.668

100

100

1

1

1

1

1

1

1

1

1

euros

2020

en

PORTES

Pág. 101

Import

e

IM

CION

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

PLICA

EX

uncionarios

f

os

de

emporal

pue st

t

a

compensar

os

TERIOR

incapacidad

adscrit

a

A

B

C

D

D

EX

IGRACIÓN

y

grupo

grupo

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esional

por

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esional

enseres

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laboral

emporal

t

y

y

y

y

prof

y

prof

ACCIÓN

EM

C2

ico

personal

carrera

ino

aria

mobiliario

A

A

12C1

ino

C2

subgrupo

DE

carrera

básicas

dest

dest

ico

DE

subgrupo

subgrupo

subgrupo

de

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complement

subgrupo

incapacidad

de

ATERIA

del

de

de

complementos

ribuciones

específ

os

de

GENERAL

del

del

del

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

del

del

o

o

o

o

o

o

por

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Complement

Complement

ribuciones

sociales

Sueldos

Complement

ación

Sueldos

Complement

Complement

ación

empleador

M

ret

Trienios

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Prest

Cuotas

rrendamient

EN

Otros

Ret

Ot

ras

A

Prest

del

DIRECCIÓN

ACCIONES

cargo

sociales

FF

PERSONAL

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

a

CA

SUBC.

0

0

2

0

0

12005

1

1

1

1

12199

5

6

6

6

6

6

16000

0

5

0

1

2

3

0

1

2

2

2

2

2

2

2

2

6

0

0

3

6

7

8

2

0

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

6os

DE

2

0

0

0

0

0

0

0

9

0

0

0

0

0

1

9

0

gast

2

2

2

2

2

0

CON.

0

0

Funcionarios y estatutarios

2

120

2

1

1

1

0

0

1

1

1

1

5

6

6

6

6

6

GASTOS

1

1

2

aciones

2

2

2

2

2

121

2

2

2

2

2

2

160

6

0y

0

cánones

0

4C

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

2

5

0

2

RT.

os

0

CAPITULO

2

5

y

3

rrendamient

2

2

2

222212

1

222212

16

A

prest

2

2

2

6

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

2

CA

as,

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

Cuot

TOTAL

2

P.

A

1

1

2

1

1

1

392

590

986

896

412

791

186

321

92

1.791

516

910

305

8.000

23.037

2.359

1.342

euros

2020

Pág. 102

en

PORTES

Import

e

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

TERIOR

publicaciones

ados

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IGRACIÓN

a

illaje

ormación

ariable

iv

hemoderiv

ut

ras

ormat

cursos

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rucciones

inf

ent

icos

EM

elecomunicaciones

e

y

y

de

ot

inv

y

inf

DE

const

alaciones

ariable

no

ransport

procesos

libros

y

ico

mensajería

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i

ATERIA

suministros

DE

ras

a

enseres

armacéut

inst

higiénicos

t

inv

as,

ormát

c

comunicaciones

seguros

div

div

GENERAL

r

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

t

ot

de

conf

aseo

y

para

aquinaria,

icios

y

os

rev

inf

el

os

os

de

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y

no

éc

y

ist

t

os

y

icios

obiliario

Ordinario

Prensa,

erial

f

de

ía

M

Element

Equipos

Product

Product

Postales

ras

Transportes

g

Primas

Publicidad

EN

Edif

M

at

Otros

Reuniones,

er

Agua

ros

Limpieza

M

M

En

Serv

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DIRECCIÓN

Ot

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

ACCIONES

conservación

0

0

SUBC.

0

0

0

1

22101

1

1

22199

2

22201

2

22300

22400

6

6

6

22700

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

0

9

0

0

1

1

1

1

1

23456y

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

0

0

0

1

2

0

6

4

0

9

2

6

9

enimient

22222o

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

3

4

CON.

1

1

1

1

1

2

2

2

2

221

2

2

221

2

222

2

223

224

2

2

2

227

5

6

0

0

0

1

1

1

2

2

6

6

6

2

5

mant

0

3

0

4C

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

Reparaciones,

2

2

RT.

1

1

1

1

1

222222

2222

222

222

22

22222

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

0

2

A

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

CA

P.

16.053

1.314

58.328

4.076

1.612

5.688

65.102

545.000

545.000

545.000

20.000

20.000

40.000

40.000

50.000

50.000

50.000

842.770

4.103.730

euros

2020

en

PORTES

Pág. 103

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

lucro

tuciones sin fines de lucro

de

ines

sin

f

uciones

i

i

t

TERIOR

e

e

inst

inst

IGRACIÓN

amilias

amilias

EX

promoción

a

a

f

f

ACCIÓN

es

al

EM

técnicos

ención

corrient

écnicos

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de

DE

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y

t

DE

ATERIA

trabajos

manut

SERVICIOS

erencias

rabajos

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viaje

ines de lucro

publicidad

GENERAL

y

de

t

o

y

trabajos

de

ransf

en

ines

f

f

Y

ersión

y

ransf

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Gastos

M

Estudios

Otros

lojamient

ras

ras

BIENES

sin

udios

uciones

uciones

sin

EN

CAPITAL

t

t

A

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Est

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FF

CA

EN

DIRECCIÓN

ACCIONES

CORRIENTES

CA

CA

CA

CA

inst

LES

CA

CA

CA

inst

it

it

e

e

DE

SUBC.

22706

22799

0

servicio

CORRIENTES

0

0

0

0

0

0

0

REA

0

0

TRANSFERENCIAS

TRANSFERENCIAS

0

23100

9

amilias

1

2

9

amilias

ros

a

2

del

4

3

6

6

7

f

f

8

4

4

ES

8

ot

CON.

a

y

razón

ERS I O N

227

0

9

227

3

231

GASTOS

8

4

4C

corrient

V

4

8

0

es

1

2

9

4

al

0

3

0

ros

por

erial

de

2

CAPITULO

CAPITULO

I N

2

4

6

6

7

capit

0

2

5

0

RT.

LO

22

22

suminist

U

323

0

Indemnizaciones

erencias

CAPITULO

8

4

4

8

inmat

2

6

7

2

253C

ICIO

4

6

PI T

erial,

PROGRAMA

A

erencias

C A

SERV

CA

2

at

2

TOTAL

P.

Inversión

2

2

TOTAL

ransf

A

ransf

O T

4

6

6

7

TOTAL

TOTAL

L

T

M

T

T

1

64.258

64.259

1

1

1

1

1

15.616

27.464

27.588

34.234

104.903

78.079

42.068

38.778

32.427

104.448

117.960

13.252

427.015

158.357

euros

2020

PORTES

Pág. 104

en

e

Import

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

al

r

LOCAL

o

emporal

emporal

A

B

p

em

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grupo

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t

t

t

compensar

d

ad

INISTRACIÓN

incapacidad

incapacidad

y

y

ac

i

A

B

C

D

ap

a

ADMINISTRACIÓN

1

2

grupo

c

A

A

grupo

grupo

grupo

esional

n

emporal

r

por

por

o

p

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i

subgrupo

aria

aria

i

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ADM

incapacidad

y

y

y

y

prof

ino

t

complement

subgrupo

subgrupo

al

al

dest

ico

A

carrera

t

A

12C1

C2

básicas

ar

complement

os

destino

alt

específ

subgrupo

subgrupo

específico

asimilados

em

en

DE

asimilados

o

o

LA

de

de

l

de

de

p

GENERAL

ribuciones

retribuciones

o

o

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

c

del

del

del

del

sociales

por

m

CON

Sueldos

n

ación

Complement

Complement

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

ación

Complemento

Complemento

ó

Complement

ac

i

ación

Prest

Sueldos

Trienios

Ret

Prest

Otras

est

Cuotas

Prest

DIRECCIÓN

Pr

RELACIONES

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

0

9

0

0

0

0

9

0

0

0

1

0

1

0

0

1

2

3

6

0

0

SUBC.

público)

0

0

0

0

0

9

9

1

1

1

0

0

1

1

1

0

0

0

0

12005

12006

12100

12101

1

1

16000

Cargos públicos y asimilados

cargo

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

0

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

6

CON.

arios

5

at

0

0

1

1

1

1

1

2

2

2

2

120

120

121

121

160

6

1

1

0

0

1

1

1

0

0

0

0

1

1

0

0

115B

0

1

1

1

1

1

1

1

(no

1

1

1

1

1

1

22ut

2

ual

est

1

Funcionarios

0

1

1

1

1

1

1

1

RT.

y

0

event

222212

12

1

1

1

1

1

1

1

12

12

16

A

0

1

1

1

1

1

2

2

6

P.

Personal

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

CA

158.358

754.535

763

839

250

1.068

2.920

369

17

1.412

981

974

271

519

256

53

100

22

50

39

85

21

330

euros

2020

PORTES

Pág. 105

en

e

Import

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

e

ransport

LOCAL

LOCAL

t

os

de

INISTRACIÓN

publicaciones

ados

element

ADMINISTRACIÓN

y

ariable

representativas

illaje

ormación

iv

hemoderiv

illaje

a

rucciones

inf

ut

ras

ent

ormat

ADM

y

de

alaciones

ariable

maquinaria,

ot

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no

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elecomunicaciones

y

inv

y

y

inf

const

transporte

procesos

ico

mensajería

libros

protocolarias

ulgación

eléctrica

ent

DE

ras

inv

as,

ormát

armacéut

t

inst

div

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

GENERAL

empleador

suministros

seguros

y

LA

para

rev

inf

os

os

y

de

ot

de

no

f

ist

de

de

CON

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y

aquinaria,

Elementos

Equipos

Ordinario

Prensa,

erial

Energía

Combustible

Vestuario

Product

Otros

icios

Transportes

Atenciones

Publicidad

del

M

at

Agua

Repuest

Postales

Edif

Serv

Primas

DIRECCIÓN

M

RELACIONES

cargo

sociales

PERSONAL

conservación

FF

a

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

0

SUBC.

2

3

21400

0

0

0

22100

22101

22103

22104

1

1

22199

2

22201

22300

22400

22601

6

DE

1

1

1

6y

2

2

2

2

2

2

2

0

0

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

0

1

2

6

1

0

2

gast

os

2

2

2o

2

2

2

2

2

2

2

5

CON.

y

GASTOS

1

214

2

3

6

enimient

1

1

0

0

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

0

1

1

2

6

2

2

2

221

221

221

221

2

2

221

2

222

223

224

226

0

115B

2

2

aciones

RT.

CAPITULO

0

mant

2

2

1121

22222

22

22

22

2222

222

22

22

22

2

2

2

2

2

2

2

2

A

prest

1

2

CA

TOTAL

as,

Reparaciones,

Cuot

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

P.

35.578.588

787

3.559

250.300

335

100

683

308

55

85

768

76

261.711

1.522

12.821

15.187

279.818

2.290.332

240.000

1.541

38.108.920

38.108.920

2020

euros

Pág. 106

en

PORTES

Import

e

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

local

público

sect

or

es

del

ant

LOCAL

t

LOCAL

n

r

ico

eg

es

ad

INISTRACIÓN

personalizados

es

ormát

i

i

o

u

s

n

i

d

ad

t

p

ADMINISTRACIÓN

inf

i

m

en

d

cursos

caráct

iv

u

an

r

i

as

er

c

n

i

c

as

o

y

select

m

t

a

a

a

écnicos

m

de

es

o

t

ADM

erencias

propios

enciosos

pruebas

ención

es

es

t

t

local

ersos

t

en

ados

i

i

i

residencia

informáticas

r

r

DE

rabajos

medios

manut

r

SERVICIOS

r

r

r

en

en

o

o

o

p úblico

LA

cont

conf

y

y

viaje

as

GENERAL

div

aseo

as

as

rat

c

c

c

gast

en

y

de

y

en

en

a

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

os

o

de

c

c

c

t

cont

i

i

i

or

er

CON

urídicos,

Reuniones,

Oposiciones

Limpieza

Seguridad

udios

icios

Encargos

Y

er

lojamient

encias

sect

er

Gastos

Traslado

Aplicaciones

sf

sf

sf

Ot

Est

ros

J

Serv

sist

BIENES

an

an

an

del

RELACIONES

A

A

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r

r

r

T

T

T

es

ES

EN

DIRECCIÓN

T

int

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

A

CA

C O RRI EN

CA

T

SUBC.

22701

3

6

7

9

6

9

4

0

0

servicio

CORRIENTES

0

0

0

0

0

0

9

0

0

1

0

0

0

0

0

C I A

S

6

6

7

0

23100

23200

idades

6

6

22700

7

7

2

3

0

1

9

64000

ros

2

2

2

2

2

2

2

2

del

4

4

4

ent

S FEREN

a

2

2

2

2

2

2

2

3

3

6

6

6

6

6

6

6

0

3

CON.

227

ot

razón

GASTOS

0

1

9

115B

es

N

0

2

5

2

2

2

2

227

2

2

2

777y

3

231

232

3

6

6

6

ros

corrient

2

2

2

2

2

2

2

2

4

4

4

RA

640

2

0

por

Indemnizaciones

T

0

LO

RT.

222222

22

suminist

323

23

CAPITULO

A

erencias

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

4

4

4

PI T

64

2

2

3

6

6

6

U

P.

C A

erial,

CA

2

2

2

2

2

2

2

2

2

at

2

2

2

2

TOTAL

4

4

4

6

L

ransf

M

O T

T

A

T

44.917.154

1.541

1.541

5.472.340

300.000

5.772.340

5.772.340

44.917.154

68.976.994

euros

2020

Pág. 107

en

PORTES

e

Import

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

LOCAL

LOCAL

INISTRACIÓN

o

mancomunidades

p

i

ADMINISTRACIÓN

i

s

u

c

m

i

n

ADM

a

a

t

i

al

al

local

ap

capit

e

DE

de

p úblico

d

c

GENERAL

LA

c

erencias

i

or

as

CON

en

sect

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

an

er

CAPITAL

sf

Transf

del

egrant

DIRECCIÓN

r

RELACIONES

T

es

FF

FC

TA

REA

LES

int

DE

0

SUBC.

TRANSFERENCIAS

0

0

idades

ES

6

6

0

ERS I O N

7

7

ent

0

1

al

0

1

5

a

5

CON.

I N

2

0

6

0

115B

6

0

V

7

7

capit

0

0

0

RT.

2

erial

U

inmat

erencias

CAPITULO

LO

115B

de

PI T

7

7

SERVICIO

SECCIÓN

C A

A

6

6

P.

Inversión

ransf

TOTAL

L

PROGRAMA

A

T

CA

O T

7

7

TOTAL

TOTAL

T

504.010

540.172

3.099.034

336.840

35.506

1.109.029

5.624.591

119.411

138.506

2.401.856

141.375

2.801.148

13.735.940

1.309.228

38.134.920

790.558

14.000

53.984.646

20.478

97.638

340.153

458.269

194.000

5.852.340

62.000

6.108.340

68.976.994

2020

euros

Pág. 108

TOTAL

en

Import

e

5

64.259

104.903

427.015

158.358

754.535

2.920

261.711

15.187

279.818

38.108.920

38.108.920

1.541

1.541

5.772.340

5.772.340

44.917.154

0

0

0

0

0

ICIO

SERV

1

4

0

128.516

370.434

218.913

128.781

846.645

4.001

4.586

984.912

30.188

1.023.687

1.309.228

6.000

663.558

14.000

1.992.786

2.000

188.612

190.612

50.000

50.000

0

4.103.730

ICIO

SERV

ICULOS

3

165.556

273.626

587.808

259.245

0

0

0

0

0

0

0

0

ICIO

0

1.286.235

1.286.235

RT

SERV

Y

A

0

1

ICIOS

145.679

161.642

1.713.777

117.927

35.506

562.645

2.737.176

115.410

131.000

1.155.233

96.000

1.497.643

13.735.940

20.000

127.000

13.882.940

18.478

97.638

150.000

266.116

194.000

80.000

12.000

286.000

0

18.669.875

ICIO

GENERAL

SERV

SERV

POR

ADMINISTRACION

OS

ST

GA

DE

GENERA

L

EN

RESUM

au

RTICULOS

ucional

icios

Y

A

inst

local

serv

it

PITULOS

público

público

lucro

icios

los

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de

serv

or público local

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de

emplead

de

t

sect

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operat

or

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ines

i

lo

ines

v

s

o

f

CA

remadura

sin

o

ad

sin

de

a

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

r

sec

f

del

ivo

del

del

el

em

uciones

d

u

cargo

t

t

t

es

r

uciones

Ex

Ex

operat

an

es

ación

de

egrant

integrantes

o

uncionamient

it

e

int

a

inst

t

ea

n

inst

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eg

r

i

público)

sociales

conserv

icio

samblea

idades

entidades

uncionamient

o

al

r

serv

sam

amilias

e

b

ad

f

les

e

er

i

d

amilias

PRESIDENCIA

cargo

os

10 - Cargos públicos y asimilados

o

t

A

del

la

f

ent

ex

ros

asociada

f

l

f

a

en

A

i

a

y

t

15 - Incentivos al rendimiento

arios

ot

gast

a

a

a

a

al

al

a

a

al

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cánones

enimient

t

t

razón

y

(no

y

t

i

ut

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aciones

corrient

es

es

es

es

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corrientes

en

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mant

at

ros

por

corrient

corrient

reposición

erial

ap

ap

capit

r

r

ual

est

y

Indemnizaciones

o

e

e

de

c

a

1os

suminist

d

d

i

c

c

2

Funcionarios

CAPITULO

rrendamient

0

i

ent

ev

prest

LO

i

erencias

erencias

Transferencias

erencias

CAPITULO

c

nuev

de

inmat

c

c

LO

erencias

i

LO

y

as

6as

as

2

4

7

SECCION:

Personal

13 - Laborales

erial,

PI T

ersión

er

U

en

U

en

en

U

ICIO

as,

Reparaciones,

er

C A

sf

sf

ersión

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PI T

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Cuot

at

Transf

Transf

Transf

an

r

Inv

Inv

r

r

C A

an

an

Transf

C A

sf

SERV

-

-

-

TOTAL

-

-

-

-

A

-

-

-

-

-

-

-

-

A

-

-

A

A

O T

TOTAL

-

M

L

T

T

Inv

L

T

L

2

2

6

1

O T

O T

TOTAL

1

2

0

2

1

1

1

2

2

T

4

4

4

4

6

3

2

4

46

8

9

2

3

4

2

6

8

6

6

T

7

7

7

T

5.624.591

2.801.148

53.984.646

62.410.385

458.269

6.108.340

6.566.609

68.976.994

68.976.994

euros

2020

Pág. 109

en

Import

e

PORTES

IM

STOS

GA

DE

PRESUPUESTO

GENERAL

DEL

ADMINISTRACION

PITULOS

CA

POR

GENERA

L

PITULOS

CA

EN

RESUM

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

ICIOS

SERV

BIENES

Y

T

A

ES

L

EN

ES

C A

PI T

L

C O RRI EN

T

C I A

LES

E

EN

PERSONA

CORRIENTES

S

C O RRI EN

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OPERACIONES DE CAPITAL

D

C I A

PRES I D

REA

C I A

S

S F EREN

DE

ES

OS

STOS

C I O N

ERSIONES

SECCION

0

ST

N

N

T

2

GA

GA

RA

- - -O PERA

T

TOTAL

INV

RA

-

TOTAL

1

2

4

6

7

-

PRESUPUESTOS GENERALES DE LA

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

HACIENDA

2.2.1.2. SEC. 10: VICEPRESIDENCIA 1.ª Y CONSEJERÍA DE

Y ADMÓN PÚBLICA

2020

70.885

64.258

15.616

14.430

20.603

185.795

78.079

27.464

77.183

84.059

266.786

296.701

82.390

210.339

255.843

109.064

200.792

591.020

1

1

1

1

1

2020

euros

en

PORTES

Pág. 112

e

Import

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

PÚBLICAS

y grupo E

Gobierno

emporal

emporal

emporal

emporal

esionales

A

A

B

HACIENDA

t

de

grupo

grupo

grupo

prof

incapacidad

incapacidad

incapacidad

incapacidad

t

t

t

y

y

y

Consejo

1

Y

A

B

C

D

del

subgrupo

subgrupo

por

por

1

2

grupo

grupo

grupo

grupo

agrupaciones

por

por

A

A

A

cargos

miembros

subgrupo

aria

aria

aria

aria

y

y

y

y

ADMINISTRACIÓN

ino

ico

ino

ico

A

A

12C1

C2

de

básicas

ino

alt

complement

complement

específ

asimilados

os

al

dest

al

al

dest

dest

de

complement

asimilados

asimilados

específ

de

subgrupo

subgrupo

de

complement

subgrupo

subgrupo

de

personal

L

ribuciones

o

o

o

o

o

de

ERA

ribuciones

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

del

del

del

del

del

ación

ribuciones

G EN

Sueldos

ación

ret

Complement

Complement

ación

Sueldos

Sueldos

Complement

Complement

ación

Prest

Prest

Prest

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Complement

DE

Trienios

Ret

Ret

Prest

ras

DIRECCIÓN

Ot

RÍ A

S EC RET

A

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

0

SUBC.

0

0

0

0

7

8

0

0

1

0

1

0

0

1

2

3

4

6

0

1

3

3

0

0

0

12005

1

0

0

0

9

0

9

0

0

0

9

0

0

0

0

9

público)

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

1

3

3

0

1

1

1

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

0

0

0

0

0

0

0

cargo

Cargos públicos y asimilados

1

CON.

0

1

1

0

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

(no

1

1

1

1

1

1

1

0

0

0

0

0

0

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

120

2

2

113A

0

0

1

1

3

3

3

3

0

0

1

1

1

0

0

0

0

0

0

1

1

0

RT.

0

ual

A

2222212

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

event

1

1

1

1

1

1

1

0

0

0

0

0

0

0

0

1

1

1

1

1

2

2

P.

Personal

CA

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

2

1

1

2

638.830

1

1

2

2

1

1

80.010

1.610

1.334

2.468.830

883

13.732

10.517

35.658

57.187

64.725

167

65.086

euros

2020

PORTES

Pág. 113

en

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

PÚBLICAS

y grupo E

emporal

HACIENDA

esionales

emporal

prof

m

ar

i

t

t

si

incapacidad

incapacidad

l

o

A

Y

esional

grupo

grupo

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agrupaciones

esional

zad

C

D

o

i

ADMINISTRACIÓN

prof

y

y

y

prof

ad

an

por

por

t

A

de

específico

carrera

aria

1C1

C2

g

básicas

ino

ico

ü

ino

aria

complement

ed

ar

i

subgrupo

subgrupo

específ

al

dest

carrera

I

complementos

t

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IIIIIIVVan

so

n

dest

de

subgrupo

personal

ribuciones

de

o

de

complement

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e

er

grupo

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Complemento

d

L

o

p

o

o

o

o

o

de

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

ERA

del

del

del

del

del

del

del

del

del

en

en

Complement

ación

ret

Sueldos

Sueldos

t

t

G EN

Sueldos

Complement

Complement

Complement

ación

em

p

em

l

l

Complement

p

Prest

Otros

Sueldos

Trienios

ras

Prest

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

m

m

RÍ A

DE

Ot

Co

Co

A

S EC RET

DIRECCIÓN

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

SUBC.

12101

1

1

12199

6

6

6

6

12605

6

6

6

6

6

0

0

0

0

0

0

0

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

3

3

3

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1

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1

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1

9

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1

1

1

CON.

113A

121

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6

6

6

6

6

6

6

6

0

0

0

0

0

0

0

1

2

2

121

2

2

2

2

126

2

2

2

3

3

3

3

3

3

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

estatutarios

0

1

1

2

2

3

3

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

Funcionarios

1

RT.

y

2

2

2

2

2

3

3

3

3

3

3

3

3

12

2212

222212

A

1

P.

CA

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

48.352

6.242

11.314

9.000

321.988

864.063

864.066

4.107.465

1.800

2.000

127

1.000

140

140

1

1

1

1

1

1

2

1

2020

euros

en

PORTES

Pág. 114

Import

e

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

PÚBLICAS

laje

orma ción

il

emporal

emporal

sar

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en

rucciones

y

HACIENDA

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os

os

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G EN

Sueldos

Sueldos

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en

i

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rrendamient

rrendamient

rrendamient

rrendamient

rrendamient

rrendamient

ó

m

DE

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l

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A

A

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CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

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CA

CA

CA

CA

CA

CA

1

0

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3

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1

9

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1

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1

1

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6

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0

2

2

3

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1

2

0

0

0

0

0

0

0

0

0

gast

1

1

1

1

1

1

1

1

1

66os

DE

2

2

2

2

2

2

CON.

1

1

3

131

3

02y

1

1

1

6

6

6

6

GASTOS

2

1

3

131

3

3

136

3

3

136

160

6

6

0

0

0

0

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0

0

1

1

3

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5

6

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113A

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1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

1

prest

1

1

1

1

1

1

2

RT.

313

3313

3313

3313

16

CAPITULO

1

6

6

0

0

0

0

1

1

2

2

2

2

2

0

0

Laborales

as,

A

CA

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

Cuot

TOTAL

2

2

2

2

2

2

P.

4.713

9.920

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71.362

10.213

585

34.341

153.056

200.000

20.580

143.516

118.200

27.862

28.000

100.000

2.710

1.480

1.678

29.561

9.834

12.050

325.391

340.160

euros

2020

Pág. 115

en

PORTES

e

Import

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

PÚBLICAS

ransport

e

de

t

HACIENDA

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comunicacione s

os

ados

element

y

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Y

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CA

CA

CA

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1

1

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1

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1

1

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2

2

2

2

2

2

2

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0

0

0

22100

22101

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1

1

1

22199

2

22201

0

0

0

0

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0

1

2

6

1

2

0

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2

2

2

2

2

2

2

2

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4

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113A

0

0

0

1

1

1

2

1

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1

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221

221

221

221

221

221

2

2

2

221

2

222

0

y

0

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0

2

2

2

2

2

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2

2

2

2

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2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

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Reparaciones,

RT.

20

22222

22

22

1

1

1

1

1

22

22

22

22222

222

1

os

A

P.

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

CA

A

1

1

1

3

35.500

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579

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15.199

101

103.335

78.830

1.000

186.970

6.717

2.897.266

7.675

4.072

507

euros

2020

en

PORTES

Pág. 116

e

Import

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

PÚBLICAS

ico

HACIENDA

as

iv

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at

Inmuebles

Y

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y

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Transportes

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ERA

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G EN

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2

2

2

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2

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2

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3

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5

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6

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7

22799

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23300

2

2

2

2

2

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2

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2

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0

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9

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0

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CON.

ros

1

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2

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2

2

2

2

2

2

227

227

227

227

2

2

227

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2

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0

suminist

0

113A

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1

22

22

22

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22222222

22

22

22

2222

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23

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A

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

P.

2

2

2

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2

2

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2

2

2

2

2

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2

2

2

2

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2

2

2

CA

M

12.254

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100.000

100.000

1.935.383

1.935.383

2.035.383

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9.300

100.000

1.000

4.300

124.600

36.000

21.000

22.000

87.000

166.000

75.784

1.312

euros

2020

Pág. 117

en

PORTES

e

Import

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

local

público

lucro

or

de

sect

PÚBLICAS

ines

del

sin

f

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eg

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inst

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r

procesos

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t

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obiliario

Equipos

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0

0

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9

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2

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3

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4

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6

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6

6

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6

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f

5

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0

1

asociada

a

a

al

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GASTOS

4

113A

1

6

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2

2

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6

6

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asociada

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3

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9

es

9

es

0

6

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1

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por

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Indemnizaciones

0

1

RT.

CAPITULO

CAPITULO

4

4

6

6

6

6

6

6

6

A

erencias

erencias

6

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6

6

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P.

Inversión

Inversión

CA

TOTAL

ransf

ransf

4

4

TOTAL

T

T

6

6

6

6

6

6

6

6

6

6

6

77.096

367.696

9.583.040

9.583.040

euros

2020

PORTES

Pág. 118

en

e

Import

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

PÚBLICAS

HACIENDA

ADMINISTRACIÓN

Y

ERA

L

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

G EN

RÍ A

DE

S EC RET

A

FF

DIRECCIÓN

REA

LES

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1

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113A

0

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A

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U

1

LO

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SERVICIO

1

1

3

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M

A

A

P.

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CA

A

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O T

TOTAL

L

T

1

1

1

1

1

1

1

1

1

64.258

64.259

312.316

82.390

63.102

115.887

106.196

363.017

398.365

42.480

3.050

1.486.810

407.844

euros

2020

Pág. 119

en

PORTES

e

Import

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

C I Ó N

uncionarios

C I A

de

f

FI N

PRESUPUESTACIÓN

N

A

os

emporal

emporal

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Y

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t

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grupo

grupo

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A

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C

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C

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por

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C2

y

y

y

y

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A

A

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y

y

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subgrupo

subgrupo

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ino

ico

E

dest

dest

incapacidad

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complement

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subgrupo

subgrupo

L

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de

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de la Comunidad Autónoma de Extremadura

o

o

o

o

o

ERA

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del

del

del

del

del

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G EN

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ación

Complement

Complement

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Sueldos

Sueldos

Sueldos

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Sueldos

Sueldos

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Cuotas

Ret

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PLANIFICACIÓN,

RÍ A

S EC RET

A

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

0

SUBC.

0

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

6

0

0

0

1

1

0

0

1

2

3

0

1

6

0

0

2

3

6

7

8

0

9

0

0

0

0

0

0

0

9

0

0

0

0

0

0

9

0

0

12005

1

1

1

1

12199

5

6

6

6

6

6

16000

Cargos públicos y asimilados

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

CON.

1

1

0

0

0

0

1

1

1

1

5

6

6

6

6

6

0

arios

0

2B

1

at

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

2

2

2

2

120

2

2

2

2

121

222222ut

1

160

6

0

RT.

1

1

1

est

0

3

Funcionarios

A

222212

222212

0

y

16

0

2

2

2

2

2

2

6

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

CA

P.

407.845

1.958.914

4.500

500

100

5.100

3.500

200

2.500

600

100

100

100

180

500

1.600

57.428

18.800

35.456

121.064

3.570

1.230

euros

2020

PORTES

Pág. 120

en

Import

e

IM

GENERAL

CION

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

PLICA

EX

C I Ó N

C I A

ransport

PRESUPUESTACIÓN

e

N

FI N

de

t

A

publicaciones

comunicacione s

Y

os

O S

as

personalizados

element

at

iv

informático

ES T

a

ormación

PU

y

de

iv

Y

illaje

ariable

represent

ut

PRES U

ACIÓN

y

y

ut

ras

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ormat

cursos

y

y

ent

rico

carácter

inf

de

inv

y

alaciones

ot

inf

ariable

eléct

écnicos

no

de

libros

maquinaria,

propios

ención

PROGRAM

E

procesos

ico

D

rónico,

ocolarias

ulgación

erencias

t

enseres

ent

manut

L

inv

as,

ormát

mensajería

rabajos

contratados

inst

div

ERA

conf

medios

y

y

viaje

t

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

empleador

para

aquinaria,

no

ist

de

prot

rev

inf

elect

os

y

y

a

de

Equipos

Ordinario

erial

y

o

G EN

obiliario

Prensa,

Alimentación

Repuest

erial

Postales

enciones

Publicidad

Reuniones,

udios

Servicios

Encargos

lojamient

PLANIFICACIÓN,

del

Gastos

t

M

M

M

M

Est

A

A

RÍ A

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A

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CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

S EC RET

sociales

PERSONAL

conservación

0

0

0

0

1

2

1

2

1

2

6

6

4

0

SUBC.

1

1

1

356y

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

3

0

0

0

22105

1

1

22201

6

6

6

7

22709

7

0

23100

os

0

0

0

0

0

0

1

DE

2

2

1

0

0

0

0

1

0

222o

2

2

2

2

2

2

2

2

ot

2

CON.

GASTOS

gast

ros

3

5

6

enimient

y

ros

1

1

1

2

2

2

221

2

2

222

2

2

2

2

227

2

7y

3

231

aciones

0

0

2B

0

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

1

1

6

6

6

7

0

1

1

0

RT.

CAPITULO

1

mant

0

3

1

Reparaciones,

prest

22222

2222

222222

1

1

2

suminist

A

323

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

as,

erial,

CA

P.

Cuot

TOTAL

2

2

2

M

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

at

2

2

4.800

130.964

5.000

5.000

107.900

136.000

243.900

248.900

2.338.778

2.338.778

euros

2020

Pág. 121

en

PORTES

e

Import

IM

GENERAL

CION

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

PLICA

EX

C I Ó N

C I A

N

FI N

PRESUPUESTACIÓN

A

O S

Y

ES T

ormación

PRES U

ACIÓN

PU

Y

inf

de

servicios

icas

écnicos

PROGRAM

D

SERVICIOS

E

procesos

los

d

e

ormát

rabajos

t

L

ERA

para

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

inf

operat

plicaciones

y

t

ivo

G EN

BIENES

Equipos

PLANIFICACIÓN,

udios

Y

A

o

Est

EN

RÍ A

uncionamient

A

FF

CA

CA

CA

S EC RET

CORRIENTES

LES

f

0

SUBC.

servicio

0

0

0

0al

REA

6

1

3

4

4

ES

0

0

del

asociada

razón

GASTOS

ERS I O N

6

6

6

CON.

3

4

4

0

0

2B

6

6

6

V

0

6

0

1

2

0

3

por

reposición

Indemnizaciones

LO

0

1

erial

I N

0

1

1

RT.

CAPITULO

inmat

113B

ICIO

1

A

4

SERV

4

6

3de

6

6

PI T

U

TOTAL

C A

P.

Inversión

Inversión

L

PROGRAMA

6

A

T

6

6

CA

O T

TOTAL

64.258

64.259

218.621

178.511

42.068

172.493

8.170

108.413

366.198

417.479

50.741

1.035

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

euros

2020

PORTES

Pág. 122

en

e

Import

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

L

y grupo E

emporal

emporal

A

esionales

I G I T

D

t

t

C I Ó N

SERVICIOS

prof

RA

incapacidad

I S T

grupo

agrupaciones

incapacidad

A

grupo

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esional

grupo

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esional

B

C

D

A

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y

y

y

y

y

y

M

I N

LOS

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cargos

prof

y

prof

por

D

aria

A

A

A

12C1

C2

dest

DE

de

básicas

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complement

subgrupo

subgrupo

subgrupo

ino

ico

A

A

12C2

básicas

ino

ico

subgrupo

personal

específ

subgrupo

subgrupo

subgrupo

específ

E

dest

os

carrera

carrera

alt

CALIDAD

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de

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de

de

complement

L

ribuciones

o

o

o

de

de

ERA

ribuciones

complementos

ación

o

o

o

ret

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Sueldos

Sueldos

ación

ret

del

del

del

del

del

del

del

del

G EN

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Trienios

Complement

Complement

Complement

Complement

Complement

Complement

Prest

Y

ras

Sueldos

Sueldos

Ret

Prest

Otros

Sueldos

Trienios

EVALUACIÓN

ras

RÍ A

Ot

Ot

A

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

S EC RET

0

9

0

0

SUBC.

0

1

1

0

0

0

0

0

12005

0

1

1

1

1

12199

6

6

6

12605

6

6

6

6

0

0

0

0

0

0

0

9

0

0

0

0

0

0

1

0

0

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

0

1

2

3

4

6

0

1

6

0

0

1

3

6

7

8

2

Cargos públicos y asimilados

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

0

0

0

0

1

1

1

1

6

6

6

6

6

6

6

CON.

0

3B

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

2

2

2

2

2

120

2

2

2

2

2

121

2

2

2

126

0

4

2

2

2

2

RT.

2222212

2222212

22212

0

0

2

2

2

2

0

1

1

1

A

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

CA

P.

1.563.741

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

431.960

431.962

2.059.962

2.850

100

2.952

7.909

114

6.092

500

euros

2020

PORTES

Pág. 123

en

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

e

A

ransport

I G I T

L

D

emporal

de

t

C I Ó N

SERVICIOS

t

compensar

os

personal

publicaciones

comunicacione s

ados

incapacidad

element

RA

y

a

I S T

emporal

del

illaje

ormación

ariable

hemoderiv

de

I N

o

LOS

por

ut

ras

ent

illaje

ot

y

incapacidad

aria

eccionamient

construcciones

alaciones

M

y

de

inv

y

t

inf

ut

rico

A

DE

ariable

no

icos

D

e

eléct

y

CALIDAD

complement

ransport

procesos

libros

maquinaria,

E

L

complementos

sociales

perf

inv

as,

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armacéut

ent

ico

rónico,

por

otras

inst

ormát

de

ist

de

t

ERA

ación

Formación

empleador

para

no

eléctrica

f

ación

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

y

Cuotas

y

os

rev

inf

elect

suministros

G EN

os

os

Prest

Ordinario

del

Edificios

aquinaria,

Y

Otros

Prest

Element

Equipos

Prensa,

erial

Energía

Alimentación

at

Agua

Product

Repuest

erial

EVALUACIÓN

at

Otros

M

M

M

RÍ A

cargo

A

FF

CA

CA

CA

CA

CA

a

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

S EC RET

sociales

PERSONAL

conservación

9

SUBC.

6

12699

DE

16000

0

2

21200

0

0

0

22100

22101

22105

1

1

1

22199

9

0

0

0

0

0

0

0

0

1

1

2

1

1

1

346y

2

2

2

2

2

2

0

0

0

0

0

0

0

1

2

6

1

2

1

estatutarios

GASTOS

gast

1

1

222o

66os

2

2

2

2

2

2

CON.

126

6

3

aciones

2

4

6

enimient

0

2

160

6

6

02y

212

1

1

1

2

2

2

221

221

221

2

2

2

221

0

3B

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

0

0

1

1

1

0

1

1

mant

1

RT.

CAPITULO

0

4

y

A

prest

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

Funcionarios

6

6

1

1

1

212

16

21

22222

22

22

22222

as,

Reparaciones,

CA

P.

1

1

1

1

1

Cuot

TOTAL

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

930

267

1.040

375

338

423

21.223

26.065

241

441

65.969

4.121

1.517

5.638

74.559

5.541

2.000

7.500

1

1

1

1

1

euros

2020

PORTES

Pág. 124

en

Import

e

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

I G I T

A

L

D

ico

C I Ó N

SERVICIOS

as

v

ormát

illaje

i

t

at

ut

I S T

esen

iv

RA

er

ormación

a

inf

elecomunicaciones

y

I N

ep

LOS

ormat

cursos

caráct

maquinaria

r

inf

r

M

ulgación

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as

técnicos

de

ención

A

DE

peritajes

y

inf

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de

i

CALIDAD

mensajería

comunicaciones

ar

erencias

l

E

o

ersos

ados

écnicas,

procesos

t

seguros

div

aseo

trabajos

c

D

manut

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L

o

rat

t

r

conf

y

o

Transportes

de

y

cont

viaje

SERVICIOS

p

os

ERA

y

t

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

y

y

o

de

es

y

trabajos

para

n

G EN

Postales

icios

o

gast

de

c

Reuniones,

Seguridad

Valoraciones

icios

Y

alaciones

Serv

Y

ras

Primas

Publicidad

ros

Limpieza

Estudios

Otros

i

lojamient

BIENES

obiliario

en

Equipos

Ot

A

Ot

A

Serv

Gastos

t

Inst

M

RÍ A

EVALUACIÓN

A

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

EN

S EC RET

SUBC.

2

22201

2

22300

22400

6

22706

2

0

0

0

0

9

0

9

1

2

6

9

9

0

servicio

2

0

0

6

6

6

22700

22701

22702

22799

CORRIENTES

7

2

2

2

2

2

3

3

3

3

0

0

0

0

0

0

0

0

23100

ros

2

2

2

2

2

2

2

2

del

6

6

6

3

5

6

2

2

6

6

6

6

7

0

CON.

222

223

ot

razón

2

2

227

227

227

GASTOS

ros

0

3B

3

5

6

2

2

224

2

2

227

227

2

y

3

231

0

4

por

3

3

3

0

1

2

2

2

2

2

2

2

2

6

6

6

RT.

Indemnizaciones

2

2

1

1

222

222

22

222222

22

22

22

222

suminist

323

CAPITULO

A

2

2

2

2

2

2

6

6

6

3

3

3

P.

erial,

CA

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

at

2

2

TOTAL

M

6

6

6

15.041

15.041

2.149.562

euros

2020

PORTES

Pág. 125

en

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

ADMINISTRACION

PLICA

EX

A

L

I G I T

C I Ó N

SERVICIOS

D

RA

I S T

I N

M

LOS

servicios

los

A

DE

D

E

L

D

d

e

ERA

CALIDAD

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

operat

ivo

G EN

Y

o

RÍ A

EVALUACIÓN

uncionamient

A

S EC RET

FF

REALES

f

SUBC.

al

asociada

CON.

INVERSIONES

0

0

4

reposición

CAPITULO

0

1

B

3B

de

RT.

1

1

1

4

1

Inversión

A

A

P.

M

CA

TOTAL

PRO G RA

1

1

1

1

1

1

1

156.158

59.733

21.034

17.829

47.576

156.075

168.427

20.078

4.818

1.350

653.082

3.681

2.059

1.533

7.274

175.298

euros

2020

PORTES

Pág. 126

en

Import

e

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

UNICACIONES

A

L

I G I T

COM

C I Ó N

D

LAS

emporal

t

compensar

incapacidad

DE

personal

RA

Y

A

B

C

D

B

a

I S T

ACIÓN

grupo

grupo

grupo

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esional

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esional

esional

emporal

del

I N

por

er

al

o

M

g

aria

2

y

y

y

y

prof

y

prof

INFORM

D

12C1

C2

ino

carrera

en

prof

t

A

A

dest

subgrupo

A

ico

dest

carrera

carrera

A

ino

ico

ino

o

subgrupo

subgrupo

complement

incapacidad

eccionamient

E

III

dest

ec

i

específ

c

D

subgrupo

de

de

específ

subgrupo

de

de

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de

esp

de

íf

L

o

o

o

o

o

o

o

o

o

perf

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Complement

ERA

LA

por

DE

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

ación

t

y

del

del

del

del

del

del

sociales

G EN

em

Sueldos

Trienios

Complement

Complement

ación

Trienios

Complement

Complement

Complement

Complement

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Cuotas

Formación

en

p

l

m

Prest

RÍ A

Co

Prest

S EC RET

TECNOLOGÍAS

A

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

0

1

SUBC.

0

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

3

3

3

3

6

6

2

3

0

1

6

0

1

7

8

2

2

0

1

6

0

0

1

1

1

1

1

0

0

12005

1

1

1

1

6

12605

6

6

1

6

0

1

1

1

16000

1

1

0

2

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

0

0

0

0

0

9

0

0

0

1

0

0

0

0

9

0

arios

CON.

at

0

3A

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

222ut

1

1

1

1

1

1

2

2

2

2

120

2

2

2

2

2

126

3

3

3

3

160

6

6

0

0

0

0

1

1

1

1

6

6

6

6

0

1

1

1

0

2

1

0

RT.

0

2

y

2

3

3

est

Funcionarios

222212

A

2

2

3

3

3

2222212

16

1

1

1

3

6

6

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

P.

Laborales

CA

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

175.300

835.656

1.000

156.800

100

100

500

500

500

1.500

100

500

500

1.000

100

247.600

410.800

2.000

2.000

100

4.100

414.900

1.000

euros

2020

PORTES

Pág. 127

en

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

UNICACIONES

e

L

A

ransport

I G I T

COM

D

t

o

e s

os

ac

LAS

i

de

ico

C I Ó N

n

DE

u

i

n

c

publicaciones

element

m

ormát

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ACIÓN

I S T

ariable

y

e

ormación

RA

Y

illaje

d

er

inf

c

I N

y

otras

ent

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cursos

ut

caráct

M

inv

D

y

éc

i

A

t

no

INFORM

inventariable

maquinaria,

elecomunicaciones

y

c

inf

r

écnicos

libros

de

de

manutención

ico

erencias

E

,

o

t

el

n

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diversos

ados

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i

revistas,

ormát

mensajería

rabajos

SERVICIOS

procesos

ERA

LA

empleador

no

de

t

ó

rat

ec

suministros

t

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

de

L

r

t

conf

cont

inf

el

y

viaje

os

y

gastos

y

trabajos

para

G EN

de

DE

Ordinario

Prensa,

erial

Repuest

Postales

Transportes

Reuniones,

i

udios

icios

Y

Alojamiento

al

er

Otros

Servicios

del

Otros

Gastos

Asistencias

Equipos

at

TECNOLOGÍAS

at

Otros

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M

M

Est

Serv

RÍ A

cargo

EN

S EC RET

sociales

PERSONAL

A

FF

a

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

SUBC.

2

1

2

0

6

6

9

0

0

0

22000

22001

servicio

CORRIENTES

2

DE

0

1

1

0

0

0

2

2

2

2

2

2

2

0

1

1

22199

2

2

22201

22300

6

22699

7

7

22799

23000

23100

23300

os

2

2

2

2

2

2

del

6

6

CON.

ot

gast

ros

y

GASTOS

0

220

220

1

1

2

6

7

7

razón

2

2

2

221

222

223

2

2

227

230

233

GASTOS

6

0

2

2

226

y

231

0

2

ros

por

3A

2

2

2

0

3

aciones

2

2

2

2

2

6

1

3

Indemnizaciones

RT.

CAPITULO

22

2

22

22222

222

22

222

2222

suminist

23

23

23

CAPITULO

2

2

2

2

2

2

6

2

A

prest

as,

P.

erial,

CA

Cuot

TOTAL

M

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

at

2

2

2

TOTAL

6

1.412.000

1.413.000

9.000

9.000

1.230.000

400

2.789.745

944.011

4.964.156

6.386.156

7.636.712

9.786.274

2020

euros

en

PORTES

Pág. 128

Import

e

IM

GENERAL

CION

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

PLICA

EX

UNICACIONES

A

L

I G I T

COM

D

LAS

C I Ó N

DE

ACIÓN

I S T

ormación

ormación

RA

Y

M

de

de

servicios

I N

inf

inf

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icas

écnicos

técnicos

A

E

INFORM

procesos

rvicios

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los

informáticas

t

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ormát

se

d

e

rabajos

trabajos

L

ivo

t

ERA

LA

para

los

para

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

inf

G EN

DE

Equipos

de

y

y

ivo

Equipos

operat

Aplicaciones

plicaciones

udios

Estudios

TECNOLOGÍAS

o

RÍ A

uncionamient

operat

Est

A

o

S EC RET

LES

A

FF

FD

CA

FD

CA

FD

CA

SUBC.

uncionamient

0

0al

0

REA

asociada

0

f

2

3

6

6

64000

0

1

64100

6

4

4

ES

0

0

0

0

ERS I O N

f

6

6

6

CON.

asociada

al

I N

6

6

0

1

3

0

2

3

640

4

4

641

0

0

2

reposición

1

0

3A

6

6

6

6

V

0

3

erial

A

0

LO

6

6

3de

6

6

RT.

2

nueva

64

U

3

4464

inmat

PI T

3

SERVICIO

1

3

2

A

C A

M

Inversión

A

P.

L

Inversión

Inversión

6

CA

O T

A

T

6

6

6

6

6

PRO G RA

TOTAL

1

64.258

64.259

484.090

576.727

140.401

520.153

32.679

357.437

989.914

954.277

152.919

242.586

2.933

883

1

1

1

1

1

1

1

1

euros

2020

en

PORTES

Pág. 129

e

Import

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

y grupo E

emporal

esionales

emporal

prof

incapacidad

incapacidad

t

t

grupo

grupo

grupo

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esional

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A

B

C

D

A

B

C

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TRIBUTOS

agrupaciones

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esional

por

por

cargos

aria

aria

TRIBUTARIA

y

y

y

y

prof

y

y

y

y

prof

A

subgrupo

A

12C1

C2

de

ino

ico

A

A

12C1

C2

básicas

dest

os

carrera

dest

ino

ico

carrera

alt

DE

complement

subgrupo

subgrupo

subgrupo

personal

de

de

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complement

subgrupo

subgrupo

subgrupo

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de

ribuciones

específ

de

de

o

o

o

ribuciones

complementos

del

del

del

del

del

del

del

del

del

o

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

o

o

GENERAL

ación

ADMINISTRACIÓN

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Trienios

Complement

Complement

Complement

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

ación

Complement

Complement

ret

Complement

Prest

Sueldos

Prest

Otros

Trienios

Ret

Ot

ras

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

DIRECCIÓN

0

0

0

1

2

3

4

0

1

6

0

0

1

2

3

6

7

8

2

SUBC.

1

1

0

0

0

0

2

0

0

0

12005

1

1

1

1

12199

6

6

6

6

12605

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

6

6

6

6

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

0

9

0

0

0

0

0

0

0

0

9

0

0

0

0

0

0

0

1

Cargos públicos y asimilados

1

1

0

0

0

0

0

1

1

1

1

6

6

6

6

6

6

6

6

4

CON.

113C

0

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

2

2

2

2

2

120

2

2

2

2

121

2

2

2

2

126

0

2

2

2

2

1

RT.

0

0

2

2

2

2

2222212

222212

222212

0

A

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

P.

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

CA

1

1

1

4.455.009

1.148.727

1.148.728

5.667.996

1.000

1.000

400

500

50

50

16.000

5.000

22.000

30.000

100

23.000

35.000

900

500

100

euros

2020

PORTES

Pág. 130

en

e

Import

IM

CION

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

PLICA

EX

il

laje

compensar

emporal

y

ut

t

incapacidad

alaciones

a

publicaciones

ados

emporal

inst

es

illaje

ormación

ariable

hemoderiv

TRIBUTOS

t

al

por

r

ut

ras

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maquinaria,

construcciones

at

y

ot

y

u

inf

ent

TRIBUTARIA

e

n

de

inv

complement

incapacidad

alaciones

es

ariable

en

no

icos

y

complementos

de

ransport

enseres

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libros

b

i

DE

ent

ico

os

t

y

a

sociales

por

otras

inst

inv

as,

ormát

rica

armacéut

GENERAL

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

r

ación

ación

empleador

t

c

y

aquinaria,

y

para

inf

u

de

no

f

ist

Cuotas

rrendamient

u

os

rev

eléct

r

aest

os

Otros

Element

Equipos

erial

Alimentación

Prest

Prest

del

Edificios

obiliario

Ordinario

Prensa,

Energía

Product

ADMINISTRACIÓN

r

at

Agua

DIRECCIÓN

cargo

A

In

M

M

M

f

FF

CA

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sociales

PERSONAL

conservación

CA

CA

a

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

SUBC.

DE

2

0

1

1

1

1

1

3456y

2

2

2

2

2

6

12699

16000

0

3

0

21200

0

0

0

1

22101

22105

1

9

9

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

2

0

6

gast

GASTOS

1

1

6os

2

2

2222o

2

2

2

2

2

CON.

126

0y

estatutarios

2

4

2

160

6

3

0

3

4

5

6

enimient

0

0

0

1

1

113C

6

0

cánones

aciones

0

1

212

1

1

1

1

2

2

2

2

221

221

0

2

CAPITULO

0

y

mant

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

Funcionarios

rrendamient

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

Reparaciones,

RT.

y

os

A

prest

6

0

1

1

1

1

2

212

16

121

222222

22

CA

P.

as,

A

1

1

1

1

Cuot

TOTAL

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

50

1.000

90

1.000

1.000

2.000

500

50

61.763

53.603

63.000

800

108.000

382.456

1.622

486

2.700

4.808

410.264

1.000

15.000

16.000

130.000

euros

2020

PORTES

Pág. 131

en

Import

e

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

e

ransport

t

de

comunicacione s

os

as

ico

element

iv

ut

ormát

illaje

at

de

inf

personalizados

er

ormación

illaje

represent

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TRIBUTOS

maquinaria

y

y

caráct

y

cursos

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rico

inf

inf

TRIBUTARIA

eléct

écnicos

de

maquinaria,

propios

y

y

ención

de

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rónico,

mensajería

ocolarias

erencias

t

ersos

ados

procesos

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rvicios

DE

ros

rabajos

manut

écnicas,

div

de

prot

conf

aseo

viaje

elect

para

rat

medios

SERVICIOS

GENERAL

y

os

t

cont

se

t

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

os

suminist

Y

y

es

y

a

o

para

los

Repuest

erial

ales

ADMINISTRACIÓN

Transport

enciones

gast

Reuniones,

Limpieza

Seguridad

udios

icios

Encargos

lojamient

Asistencias

y

de

de

alaciones

ros

ros

at

Post

Serv

Gastos

BIENES

Equipos

Equipos

ivo

t

M

Ot

A

Ot

A

Est

operat

Inst

EN

DIRECCIÓN

uncionamient

o

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

FD

CA

SUBC.

9

0

0

0

1

1

1

6

7

23100

23300

1

2

9

1

0

1

6

9

6

9

4

0

servicio

CORRIENTES

1

0

2

0

1

0

9

0

0

0

0

0

0

1

2

3

6

6

22700

22701

7

7

0

6

6

3

0

ros

al

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

del

6

6

f

6

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

3

2

2

3

ot

1

1

1

2

3

6

6

6

0

6

6

3

4

CON.

razón

2

2

2

2

2

2

6

2

113C

2

2

2

2

2

2

227

2

2

2

777y

3

233

GASTOS

ros

0

2

2

2

2

2

2

6

2

227

231

asociada

6

2

0

por

2

3

1

Indemnizaciones

RT.

2222222222

22

323

CAPITULO

2

2

2

suminist

23

2

2

nueva

3

0

A

erial,

Inversión

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

6

6

6

CA

P.

M

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

at

2

2

2

TOTAL

6

6

6

4.000

15.000

149.000

29.100

676.614

175.600

49.816

931.130

1.096.130

7.174.390

7.174.390

2020

euros

en

PORTES

Pág. 132

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

ormación

ormación

inf

inf

TRIBUTOS

de

de

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TRIBUTARIA

técnicos

técnicos

procesos

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los

informáticas

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DE

d

e

trabajos

trabajos

para

para

ivo

y

y

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

GENERAL

Equipos

operat

Equipos

Aplicaciones

Aplicaciones

ADMINISTRACIÓN

Estudios

Estudios

o

DIRECCIÓN

uncionamient

FF

CA

FD

CA

FD

CA

FD

REA

LES

00al

0

0

f

SUBC.

3

3

asociada

6

6

64000

64000

64100

64100

ES

ERS I O N

6

6

4

6

6

CON.

3

3

640

640

641

641

0

0

0

6

6

V

0

4

0

113C

reposición

0

1

erial

LO

I N

1

33de

RT.

64

64

64

64

inmat

113C

6

6

PI T

SERVICIO

A

U

P.

L

Inversión

Inversión

PROGRAMA

C A

A

6

6

6

6

6

6

CA

O T

TOTAL

T

1

70.885

70.886

640.247

490.904

199.822

300.414

303.939

1.173

988.539

1.170.150

126.784

3.510

4.225.488

1.103.379

15.519

1

1

1

1

1

1

1

euros

2020

Pág. 133

en

PORTES

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

emporal

emporal

t

PÚBLICA

t

compensar

incapacidad

incapacidad

personal

CONTABILIDAD

A

B

C

D

A

D

a

o

grupo

grupo

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grupo

esional

grupo

grupo

emporal

del

t

por

cargos

por

A

A

carrera

aria

12C1

C2

básicas

aria

ino

ico

A

1C2

básicas

y

y

y

y

prof

ino

ico

eccionamient

y

y

dest

dest

complement

os

L

subgrupo

subgrupo

subgrupo

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incapacidad

alt

específ

de

de

de

ribuciones

complement

complementos

subgrupo

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de

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ERA

ribuciones

Y

o

o

o

o

o

ribuciones

perf

G EN

ación

INTERNO

Complement

Complement

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

y

del

del

del

del

del

del

sociales

por

ret

ación

ret

Sueldos

Complement

Prest

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Trienios

Sueldos

Complement

Complement

ación

C I Ó N

Ret

ras

Otros

Sueldos

Cuotas

Formación

Prest

ras

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Ot

Ot

ERV

CONTROL

EN

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

I N

SUBC.

1

0

0

2

2

2

2

T

1

0

0

0

0

12005

0

1

1

1

1

12199

6

6

6

6

6

16000

0

2

0

9

0

0

0

1

2

3

6

0

1

6

0

0

3

6

7

8

0

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

6

6

0

0

0

0

0

0

0

0

9

0

0

0

0

0

9

0

Cargos públicos y asimilados

1

1

0

0

1

5

CON.

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

2

2

2

2

120

2

2

2

2

2

121

2

2

2

2

2

160

6

6

0

0

0

1

1

1

1

6

6

6

6

6

0

2

0

113E

RT.

222212

2222212

1

0

0

2

2

2

2

2

Funcionarios y estatutarios

0

6

6

16

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

A

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

CA

P.

1.118.899

5.415.273

1.000

2.900

300

17.190

3.100

1.000

25.490

11.382

2.057

13.439

38.929

1.000

1.000

3.000

12.000

15.000

237.000

700.000

2020

euros

PORTES

Pág. 134

en

Import

e

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

PÚBLICA

publicaciones

iv

informático

as

illaje

illaje

y

y

CONTABILIDAD

at

ut

ut

represent

ormación

otras

cursos

carácter

maquinaria

maquinaria

inf

y

y

écnicos

de

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ariable

de

ención

icas

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libros

ocolarias

erencias

t

ent

t

contratados

SERVICIOS

écnicas,

rvicios

procesos

L

manut

los

ormát

inv

rabajos

écnicas,

se

d

e

ERA

Y

no

revistas,

rabajos

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

o

t

prot

empleador

t

y

conf

t

t

viaje

los

para

inf

G EN

INTERNO

enciones

y

de

y

alaciones

de

ivo

Y

Ordinario

Servicios

lojamient

alaciones

Prensa,

Reuniones,

udios

operat

Gastos

plicaciones

ivo

udios

del

C I Ó N

Est

BIENES

Equipos

cargo

A

A

t

Inst

operat

A

Inst

Est

o

EN

EN

o

uncionamient

FF

a

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

ERV

CONTROL

sociales

PERSONAL

uncionamient

2

0

0

0

0

6

T

0

1

6

6

0

CORRIENTES

f

00al

6

22709

servicio

0

I N

SUBC.

0

22001

asociada

7

0

23100

3

3

6

0

1

0

0

0

0

os

DE

2

2

2

2

2

del

6

6

2

2

2

2

3

3

3

4

4

0

0

0

0

gast

ot

f

6

6

6

CON.

razón

ros

al

y

GASTOS

0

6

6

7

0

GASTOS

3

0

5

2

2

2

2

2

6

3

6

0

1

113E

ros

por

reposición

2

220

2

2

2

227

y

3

231

asociada

0

6

6

6

6

2

3

3

4

4

0

aciones

RT.

1

CAPITULO

222

22222

suminist

323

prest

Indemnizaciones

CAPITULO

2

2

2

nueva

A

4

4

2

2

2

6

6

6

33de

erial,

Inversión

Inversión

6

6

CA

as,

P.

Cuot

TOTAL

2

2

2

2

2

2

at

2

2

TOTAL

M

6

6

6

6

6

937.000

953.000

6.407.202

6.407.202

euros

2020

en

PORTES

Pág. 135

e

Import

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

PÚBLICA

CONTABILIDAD

L

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

ERA

Y

G EN

INTERNO

C I Ó N

ERV

CONTROL

LES

EN

FF

T

I N

REA

SUBC.

ES

CON.

ERS I O N

I N

0

5

0

0

V

0

5

0

113E

1

1

3

RT.

SERVICIO

0

erial

U

1

LO

inmat

E

C A

M

PI T

Inversión

1

PRO G RA

A

A

P.

A

CA

O T

TOTAL

L

T

298.394

298.395

13.732

1

1

1

1

1

7.595

9.754

31.082

46.848

13.732

10.517

26.744

8.170

33.951

55.729

66.519

9.695

271.907

165.202

euros

2020

Pág. 136

en

PORTES

Import

e

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

EX

remadura

uncionarios

t

f

grupo

E

Ex

de

y

urídica

emporal

emporal

esionales

emporal

pue st

de

os

a

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B

J

t

t

t

compensar

Comisión

prof

os

incapacidad

incapacidad

a

agrupaciones

incapacidad

adscrit

2

A

A

B

y

la

grupo

grupo

grupo

grupo

esional

emporal

C

D

de

t

por

por

por

subgrupo

laboral

aria

aria

miembros

y

y

y

y

prof

ino

ico

carrera

A

personal

A

12C1

C2

de

ino

aria

al

complement

dest

dest

asimilados

complement

subgrupo

subgrupo

específico

de

subgrupo

subgrupo

incapacidad

específ

de

personal

de

o

de

complement

CONSULTIVA

o

del

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

del

del

del

del

del

GENERAL

ribuciones

Complement

Complement

o

o

sociales

por

ación

Complement

ación

ación

ribuciones

Sueldos

ación

Prest

Prest

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Trienios

Complemento

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Prest

Cuotas

Ret

Ret

Prest

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

ABOGACÍA

ACTIVIDAD

SUBC.

1

0

1

2

2

6

0

9

0

0

0

9

público)

0

0

0

0

1

5

0

1

2

2

2

2

2

2

2

0

0

0

0

9

0

9

5

0

1

1

1

0

0

0

0

0

12005

1

12101

1

1

5

16000

0

0

1

0

1

0

0

1

2

3

4

0

6

0

0

0

cargo

arios

Cargos públicos y asimilados

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

5

6

5

0

1

1

1

0

0

0

0

0

1

1

1

5

0

CON.

111B

at

0

0

0

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

6

1

1

1

1

1

(no

120

121

160

0

0

ual

est

1

1

1

1

1

1

1

1

1

222ut

1

1

1

1

1

1

1

1

RT.

event

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

2222212

0

0

1

y

212

16

1

1

1

2

2

2

6

A

Personal

Funcionarios

CA

1

P.

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

100

50

165.203

766.587

2.327

2.427

1.000

13.000

1.000

500

1.000

16.500

3.000

11.700

5.000

500

1.000

100

1.000

500

500

500

euros

2020

Pág. 137

en

PORTES

e

Import

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

ransport

e

laje

ut

de

t

os

il

alaciones

y

publicaciones

comunicacione s

ados

element

rucciones

y

inst

illaje

ormación

ariable

hemoderiv

maquinaria,

de

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ut

ras

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de

inv

y

y

ot

inf

ent

ut

rico

e

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const

alaciones

ariable

no

icos

eléct

de

ransport

procesos

libros

maquinaria,

ras

enseres

ent

ico

rónico,

os

t

inv

as,

ormát

CONSULTIVA

eléctrica

armacéut

GENERAL

ot

empleador

rrendamient

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

inst

y

y

para

os

rev

inf

os

os

de

no

f

elect

ist

de

Cánones

icios

aquinaria,

Element

obiliario

Equipos

Ordinario

Prensa,

erial

Combustible

Vestuario

Alimentación

del

Energía

Repuest

erial

cargo

Edif

at

Agua

at

Gas

Product

A

M

M

M

M

FF

CA

CA

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ABOGACÍA

ACTIVIDAD

a

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

PERSONAL

SUBC.

sociales

conservación

0

1

1

1

3

20900

0

0

0

22100

22101

22102

22103

22104

22105

1

1

1

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

1

DE

1

1

23456y

2

2

2

2

2

2

0

0

0

0

0

0

1

2

6

1

2

os

2

gast

GASTOS

cánones

enimient

22222o

2

2

2

2

2

2

3

6

CON.

111B

aciones

y

0

209

1

1

1

1

1

2

2

2

221

221

221

221

221

221

2

2

2

2

3

4

5

6

0

0

0

1

1

1

0

y

mant

0

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

prest

2

1

RT.

CAPITULO

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

rrendamient

Reparaciones,

020

22222

22

22

22

22

22

1

1

1

1

1

2

2

2

os

as,

A

P.

CA

Cuot

TOTAL

A

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

100

500

100

100

500

1.000

50

6.000

26.000

44.000

4.000

1.000

107.201

3.500

130.228

500

100

4.100

896.815

2020

euros

PORTES

Pág. 138

en

Import

e

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

ico

ormát

inf

elecomunicaciones

cursos

caráct

er

y

écnicos

de

ención

ados

CONSULTIVA

higiénicos

mensajería

erencias

ersos

suministros

manut

seguros

t

div

conf

aseo

rabajos

viaje

rat

SERVICIOS

de

t

GENERAL

y

y

os

os

de

gast

t

cont

o

icios

y

y

de

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Product

Otros

Postales

Transportes

Primas

Reuniones,

ros

Seguridad

eza

udios

lojamient

i

Servicios

p

Gastos

Asistencias

BIENES

Y

Serv

m

ACTIVIDAD

Ot

EN

Li

A

Est

ABOGACÍA

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

4

SUBC.

0

6

9

0

6

9

0

0

0

1

22199

22201

22300

22400

servicio

6

2

1

9

0

0

0

0

2

2

6

7

22701

CORRIENTES

2

2

2

2

2

3

2

2

ros

2

7

7

0

23100

23300

2

2

2

2

2

del

ot

1

CON.

razón

111B

6

2

0

2

2

ros

por

221

2

222

223

224

2

2

2

227

2

77y

231

2

2

2

2

2

6

6

7

0

GASTOS

2

2

2

3

233

1

1

0

0

B

RT.

2

222

2

Indemnizaciones

222

22

22

22222

suminist

1

A

323

23

CAPITULO

2

A

M

1

erial,

2

2

2

2

2

2

2

P.

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

at

2

2

2

CA

TOTAL

PRO G RA

M

1

1

1

1

1

1

70.885

70.886

499.705

13.732

31.551

98.058

8.170

177.369

472.735

812.529

58.994

10.278

2.183.126

8.915

3.595

5.213

3.763

euros

2020

en

PORTES

Pág. 139

Import

e

IM

CION

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

PLICA

EX

ADMINISTRACIÓN

E

grupo

LA

y

DE

emporal

esionales

emporal

INTERESES

incapacidad

incapacidad

t

t

prof

A

B

C

D

A

grupo

grupo

grupo

grupo

agrupaciones

esional

grupo

DE

por

cargos

por

general

DEFENSA

aria

12C1

C2

aria

1

igüedad

y

y

y

y

prof

A

A

de

ino

A

ino

ino

y

complement

subgrupo

subgrupo

subgrupo

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personal

os

dest

específico

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carrera

ico

alt

dest

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IV

ant

dest

de

de

de

subgrupo

de

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específ

o

o

de

de

GENERAL

ribuciones

complementos

o

ación

Sueldos

Complement

Complemento

complementos

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Y

o

o

o

Sueldos

Sueldos

Complement

Complemento

ación

Complement

Complement

del

del

del

del

del

del

del

Prest

Sueldos

Sueldos

Trienios

Sueldos

Complement

Complement

ASESORAMIENTO

Ret

Prest

Otros

Otros

Sueldos

ABOGACÍA

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

0

9

0

0

0

0

0

0

0

9

0

0

0

0

0

0

SUBC.

0

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

3

3

3

3

1

1

0

0

0

0

0

12005

1

12101

1

1

12199

6

6

12608

12699

0

0

1

1

0

0

0

1

2

3

4

0

6

0

0

7

3

5

0

1

arios

Cargos públicos y asimilados

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

6

CON.

at

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

114D

0

0

2

2

2

2

2

120

2

121

2

2

121

2

2

126

126

ut

1

1

1

1

3

3

3

3

1

1

0

0

0

0

0

1

1

1

6

6

0

0

1

1

RT.

1

0

est

0

Funcionarios

0

0

3

3

3

3

A

y

2222212

212

2212

2212

12

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

P.

CA

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

571.863

883

22.371

571.865

2.848.248

400

3.000

1.000

1.262

5.663

3.000

243.000

2.500

1.000

1.500

1.000

1.000

1.000

1

1

1

1

1

2020

euros

PORTES

Pág. 140

en

e

Import

IM

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

ADMINISTRACION

CION

PLICA

ADMINISTRACIÓN

EX

e

LA

ransport

DE

emporal

sar

de

t

m

en

os

INTERESES

o

incapacidad

publicaciones

t

p

ormación

c

personal

element

esional

a

r

del

o

y

al

p

illaje

ariable

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DE

por

ut

ras

illaje

y

aria

ad

prof

ut

t

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ent

DEFENSA

carrera

d

eccionamient

construcciones

ariable

de

inv

ot

i

ac

no

complement

alaciones

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libros

maquinaria,

e

y

ap

c

enseres

procesos

ent

ico

o

complementos

o

r

sociales

de

ist

r

i

i

t

de

perf

otras

inst

a

inv

as,

ormát

c

n

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

GENERAL

Complement

ación

t

Y

empleador

aquinaria,

Alimentación

n

y

os

rev

inf

os

y

para

ó

p

y

no

de

el

éc

ASESORAMIENTO

ac

ía

Otros

Formación

Prest

Cuotas

est

Edificios

Element

obiliario

Ordinario

erial

del

Equipos

Prensa,

er

Agua

g

Vestuario

at

Repuest

i

Pr

cargo

M

M

M

En

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

ABOGACÍA

a

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

sociales

PERSONAL

conservación

6

0

0

0

0

0

0

0

0

1

2

0

1

0

9

SUBC.

1

1

3

3

1

1

1

1

3456y

2

2

2

2

2

13199

16000

0

2

21200

0

0

0

1

22101

22104

22105

1

1

1

1

1

66os

DE

2

2

2

2

9

0

0

0

0

0

0

0

0

0

1

gast

GASTOS

enimient

2222o

2

6

CON.

3

0

3

131

160

6

6

02y

212

1

1

1

1

2

2

2

2

221

221

221

2

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

1

3

4

5

6

0

0

0

1

1

CAPITULO

0

aciones

mant

0

114D

1

1

1

Reparaciones,

RT.

A

prest

3313

16

21

222222

22

22

6

6

1

1

1

1

2

Laborales

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

CA

P.

as,

1

1

1

1

1

1

Cuot

TOTAL

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

250

10.501

22.998

14.999

10.000

317.851

100

6.296

10.000

16.296

339.810

6.000

26.000

1

1

1

euros

2020

Pág. 141

en

PORTES

Import

e

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

ADMINISTRACIÓN

LA

DE

INTERESES

comunicacione s

ut

as

illaje

at

iv

y

de

y

represent

ormación

DE

rico

cursos

elecomunicaciones

maquinaria

DEFENSA

inf

ocolarias

erencias

y

y

eléct

écnicos

contenciosos

ención

de

rónico,

ersos

mensajería

SERVICIOS

manut

écnicas,

seguros

t

conf

div

rabajos

procesos

y

t

prot

ros

GENERAL

aseo

viaje

t

t

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Y

elect

suminist

de

y

y

de

es

y

os

rabajos

o

para

ASESORAMIENTO

erial

Servicios

Postales

Transport

enciones

gast

de

ros

eza

Y

Jurídicos,

Reuniones,

Seguridad

alaciones

t

Primas

ros

udios

p

ros

lojamient

i

Gastos

BIENES

Equipos

M

Ot

A

Ot

Li

A

Est

Ot

at

m

ABOGACÍA

t

Inst

CORRIENTES

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

EN

2

9

SUBC.

0

0

0

1

6

9

0

6

9

0

2

2

2

3

1

2

22201

6

22603

6

6

22701

servicio

1

0

9

0

0

0

0

0

9

0

0

9

0

0

0

0

2

2

2

1

3

4

2

2

2

2

2

2

2

2

3

3

7

7

7

0

23100

ros

3

2

2

2

2

2

2

2

2

2

del

6

6

6

1

1

ot

razón

ros

2

226

0

2

3

4

6

6

6

7

0

GASTOS

6

CON.

2

2

222

2

2

114D

por

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

6

6

2

2

2

2

227

2

2

77y

3

231

3

3

3

6

Indemnizaciones

RT.

1

0

22222

22222

22222

323

CAPITULO

2

2

suminist

3

3

0

A

erial,

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

6

6

2

2

2

2

CA

P.

M

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

at

2

2

TOTAL

6

6

32.000

32.000

3.220.058

4.116.873

euros

2020

en

PORTES

Pág. 142

Import

e

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

ADMINISTRACIÓN

LA

DE

INTERESES

DE

servicios

DEFENSA

los

ivo

d

e

GENERAL

Y

operat

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

o

ABOGACÍA

ASESORAMIENTO

uncionamient

FF

REALES

al

SUBC.

asociada

f

INVERSIONES

6

CON.

0

0

0

6

CAPITULO

0

114D

reposición

1

0

D

0

1

de

4

1

RT.

SERVICIO

A

A

1

M

P.

Inversión

CA

TOTAL

PRO G RA

TOTAL

1

1

1

1

1

1

1

1

1

64.258

64.259

446

411.476

394.097

210.339

264.757

232.507

768.500

795.146

102.110

3.509

2.991

1.350

euros

2020

en

PORTES

Pág. 143

Import

e

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

PÚBLICA

y grupo E

emporal

FUNCIÓN

emporal

esionales

prof

t

t

PÚBLICA

incapacidad

incapacidad

LA

A

grupo

grupo

B

C

D

B

C

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grupo

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esional

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agrupaciones

esional

FUNCIÓN

y

y

y

y

DE

cargos

por

prof

y

y

y

prof

por

aria

dest

carrera

A

A

12C1

C2

básicas

aria

os

dest

ino

ico

A

2C1

C2

de

básicas

ino

ico

carrera

DE

ORGANIZACIÓN

alt

complement

subgrupo

subgrupo

subgrupo

subgrupo

ribuciones

específ

de

de

complement

complementos

subgrupo

subgrupo

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de

personal

ribuciones

específ

o

o

o

o

o

o

de

de

GENERAL

ribuciones

Sueldos

Sueldos

ación

ret

Complement

Complement

Complement

ación

ret

Complement

Complement

del

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

del

del

del

del

del

del

del

Prest

Sueldos

Sueldos

Trienios

ras

Otros

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Trienios

Complement

ras

DIRECCIÓN

Y

Ret

Prest

DIRECCIÓN

Ot

Ot

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

SUBC.

1

1

0

0

0

0

0

12005

0

1

1

1

1

12199

6

6

6

6

12605

6

6

6

6

0

0

0

1

2

3

6

0

1

6

0

1

2

3

4

6

7

8

2

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

9

0

0

0

0

0

0

0

0

9

0

0

0

0

0

0

0

1

CON.

Cargos públicos y asimilados

0

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

7

0

0

2

2

2

2

120

2

2

2

2

2

121

2

2

2

2

126

2

2

2

2

114A

1

1

0

0

0

0

0

1

1

1

1

6

6

6

6

6

6

6

6

1

RT.

0

0

A

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

0

0

2

2

2

2

222212

2222212

222212

P.

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

CA

40

3.187.237

859.202

700.855

100.123

330.403

398.704

2.389.289

5.640.785

1.460

9.000

60

375

9.363

20.000

34.299

74.598

15.966

32.513

1

1

1

1

2020

euros

PORTES

Pág. 144

en

Import

e

IM

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

GENERAL

CION

PLICA

EX

PÚBLICA

emporal

a

compensar

absolut

PÚBLICA

e

FUNCIÓN

t

as

incapacidad

aria

permanent

personal

a

at

iv

a

LA

emporal

o

as

olunt

v

represent

o

cursos

FUNCIÓN

del

iv

DE

por

ormat

iv

jubilación

allecimient

incapacidad

incapacidad

y

y

t

aria

eccionamient

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ORGANIZACIÓN

inf

select

por

por

por

complement

ocolarias

ulgación

erencias

ersos

DE

contenciosos

pruebas

manutención

ent

f

sociales

por

Indemnizaciones

Indemnizaciones

Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador

perf

GENERAL

Indemnizaciones

inv

prot

div

div

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

y

no

os

y

ible

conf

gast

y

y

viaje

ación

ación

Formación

enciones

Oposiciones

de

Prest

Cuotas

Otros

Publicidad

Reuniones,

Alojamiento

Prest

Ordinario

Combust

Jurídicos,

Gas

t

ros

Gastos

Y

A

Ot

FF

DIRECCIÓN

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

DIRECCIÓN

PERSONAL

9

9

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0

9

0

0

0

1

2

0

0

3

1

2

6

7

9

SUBC.

2

6

6

6

6

6

2

2

2

2

2

2

2

6

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0

1

1

1

2

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0

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1

6

6

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6

6

6

23000

23100

ros

1

1

1

1

1

1

DE

estatutarios

ot

2

2

2

2

2

2

2

7

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ros

2

160

162

1

2

2

2

6

0

1

1

1

2

GASTOS

0

1

1

1

1

1

2

2

2

2

6

6

0

1

6

6

0

114A

6

6

6

2

221

2

2

2

226

2

2

2

666y

230

231

0

1

RT.

16

6666616

CAPITULO

2

2

222

2

2

22222

y

suminist

Funcionarios

23

23

erial,

1

1

1

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

A

CA

1

1

1

1

1

1

1

1

TOTAL

2

2

2

2

2

2

2

2

2

at

2

2

P.

M

387.628

436.107

510.705

143.819

143.819

143.819

1.000

25.000

1.000

27.000

16.499

16.499

43.499

6.338.808

euros

2020

Pág. 145

en

PORTES

Import

e

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

tuciones sin fines de lucro

PÚBLICA

inst

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i

e

PÚBLICA

amilias

LA

f

ormación

ormación

a

DE

inf

inf

es

FUNCIÓN

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servicios

procesos

eriales

rvicios

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DE

ORGANIZACIÓN

SERVICIOS

erencias

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mat

e

los

GENERAL

se

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

d

Asistencias

ransf

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para

los

para

ivo

sin

Y

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t

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f

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ivo

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M

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DIRECCIÓN

DIRECCIÓN

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inst

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CA

CA

CA

CA

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CORRIENTES

S

uncionamient

f

e

S FEREN

0

23300

amilias

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0

0

0

0

0

0

0

0

0al

REA

4

f

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6

6

9

5

6

6

f

6

9

6

GASTOS

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al

8

2

2

2

3

ES

a

4

V

7

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9

es

0

6

N

5

6

9

6

233

RA

6

6

asociada

6

0

114A

corrient

T

reposición

I N

8

2

2

2

3

1

RT.

23

LO

LO

CAPITULO

8

2

2

2

erencias

114A

U

U

0

C A

C A

4

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nueva

A

6

6

6

6

3de

PI T

A

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2

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6

6

O T

P.

ransf

Inversión

Inversión

6

O T

L

L

PROGRAMA

T

4

6

A

T

T

15.616

12.943

20.637

49.197

31.232

27.464

42.068

56.607

16.340

32.010

100.147

92.644

15.443

1

1

1

1

1

1

1

1

1

1

2020

euros

en

PORTES

Pág. 146

e

Import

IM

GENERAL

ADMINISTRACION

DETALLE DE LA ESTRUCTURA ECONOMICA DE LOS GASTOS

CION

PLICA

EX

PÚBLICA

grupo

grupo

ADMINISTRACIÓN

E

E

emporal

esionales

emporal

esionales

emporal

y

y

grupo

prof

prof

t

t

t

A

PÚBLICA

incapacidad

incapacidad

incapacidad

grupo

1

y

LA

grupo

grupo

grupo

A

B

C

D

B

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FUNCIÓN

subgrupo

agrupaciones

esional

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agrupaciones

A

DE

y

y

y

y

prof

y

y

por

por

por

aria

dest

ino

ico

A

A

12C1

C2

de

ino

A

de

aria

2C2

básicas

aria

al

dest

ino

DE

PERSONAL

asimilados

dest

específ

complement

subgrupo

subgrupo

subgrupo

subgrupo

específico

carrera

de

personal

complementos

de

subgrupo

subgrupo

personal

específico

ribuciones

de

complement

de

complement

o

o

de la Comunidad Autónoma de Extremadura

del

GENERAL

Complement

o

o

o

Sueldos

Sueldos

Sueldos

Sueldos

del

del

del

del

del

del

del

DEL

Sueldos

Complement

ación

Complement

Complemento

ret

Prest

Sueldos

Trienios

Complement

Sueldos

Sueldos

Sueldos

ación

Complement

Complemento

ación

Ot

Prest

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DIRECCIÓN

FORMACIÓN

FF

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

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CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

CA

0

0

0

9

0

0

1

0

0

1

2

3

SUBC.

público)

1

0

1

1

1

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

1

1

1

0

0

0

0

0

12005

1

12101

1

1

12199

6

6

6

6

6

12608

6

0

0

0

0