Ley 1/2019, de 7 de febrero, de modificación de la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón

AutorDr. Fernando López Pérez
CargoProfesor del Centro Universitario de la Defensa, Zaragoza
Páginas69-70
www.actualidadjuridicaambiental.com
69
Autonómica
Aragón
Publicado en Actualidad Jurídica Ambiental el 20 de marzo de 2019
Ley 1/2019, de 7 de febrero, de modificación de la Ley 11/2003, de 19 de marzo, de
Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón
Autor: Dr. Fernando López Pérez. Profesor del Centro Universitario de la Defensa,
Zaragoza
Fuente: BOA núm. 35, de 20 de febrero de 2019
Temas clave: Bienestar animal; Comunidades Autónomas; Protección de animales
Resumen:
En la línea de otras Comunidades Autónomas, Aragón ha procedido a modificar la Ley
11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal, a fin de prohibir la utilización de animales
de la fauna silvestre en espectáculos circenses, atendiendo a varios factores expuestos en el
expositivo, tales como:
-La posibilidad de aumentar el tráfico ilegal de animales y la caza furtiva de especies
protegidas.
-Las evidencias científicas actuales que manifiestan que los animales salvajes no son aptos
para el modo de vida que implican los espectáculos circenses, al constituir un entorno
inadecuado para la satisfacción de algunas de las necesidades básicas de sociabilidad,
espacio y salud de los animales en general.
-La capacidad para desarrollar muchos de sus comportamientos naturales se ve gravemente
reducida, al tiempo que los animales son obligados a realizar comportamientos
antinaturales
Todo ello causaría que el bienestar, salud y reproducción de estos animales de la fauna
silvestre mermen considerablemente.
De esta manera, se han modificado de la Ley 11/2003 los artículos 3, introduciendo la
prohibición, el 34, dedicado al régimen de los animales utilizados en los espectáculos
circenses, y el 69, a fin de incluir como infracción grave la utilización de especies de la
fauna silvestre en espectáculos circenses.
A través de esta reforma se ha dado cobertura legal a la práctica que algunos ayuntamientos
de la Comunidad -caso de Zaragoza- ya venían realizando desde hace algún tiempo, y evitar
así que cualquier recurso interpuesto contra esta clase de normativas municipales pueda
acabar levantando esta prohibición. Esto es lo que precisamente ocurrió en Talavera de la

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