Lerma y el control de cargos

AutorRicardo Gómez Rivero
Páginas193-230

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Este trabajo se enmarca dentro del proyecto de investigación El Gobierno y sus órganos en la Monarquía de los Austrias, PB97-0581.

I Planteamiento

Ha sido puesto de manifiesto cómo la implantación de los validos responde a un fenómeno europeo 1. Francisco Gómez de Sandoval, marqués de Denia, es el primer valido de Felipe III, al que la historiografía de los últimos años ha dedicado especial atención 2. Se ha señalado, certeramente, que uno los rasgos principales del valido del siglo XVII consistió en su actuación en las esferas "del poder y del clientelismo, de "gobierno y gracia", en el consejo y la corte" 3. La participación del marqués de Denia -duque de Lerma a partir de finales de Page 194 1599 4- en la denominada justicia distributiva, esto es, el reparto de gracias, es algo conocido por todos. Hace más de un siglo, Rott había dicho que el duque de Lerma colocó a sus familiares en los principales cargos del Estado: "son frère -expresó Rott-, Juan de Sandoval, marquis de Villamizar, fut nommé viceroi de Valence; son beau-frère le comte de Lemos, vice-roi de Naples; l`un de ses neveux reçut le généralat des galères d`Espagne, l`autre, la présidence des Indes; ses oncles, don Tomas Borja et don Bernardo de Sandoval, devinrent: le premier, président du Conseil de Portugal; le second, gran inquisiteur et archevêque de Tolède". De tal manera que, según el mismo Rott, dos "años después de morir Felipe II, todos los grandes empleos del reino se encuentran ocupados por parientes o amigos del marqués de Denia" 5. Éstos y otros pocos más han sido los ejemplos que han utilizado los autores desde entonces al hablar del patronazgo de Lerma. En este estudio examinaremos, entre otros aspectos, cómo el valido se esforzará en controlar la presidencia del Consejo de Castilla y a los integrantes del Consejo de la Cámara y de algunas Juntas creadas para atender aspectos fundamentales de la monarquía. Se verá que Lerma, siempre a instancias del rey, comunica los agraciados con cargos a algunos secretarios de Consejos y al de la Junta de Obras y Bosques, para que éstos expidan el correspondiente título. También nos detendremos en su participación en la esfera de los empleos de la Casa Real, en particular el nombramiento del confesor real, cuyo título rubrica el valido. Para la composición de algunos puntos se ha tenido en cuenta la documentación manejada en el Archivo Histórico de Loyola (Guipúzcoa), donde se custodian unos pocos legajos que bajo el epígrafe Ministerio de Lerma es la primera vez que se dan a conocer a la comunidad científica.

II Consejo de Estado

Felipe II fallece el 13 de septiembre de 1598. Durante el reinado de su sucesor se produce el cambio del sistema de gobierno personalista de Felipe II al de valimiento o favoritismo 6. Felipe III, al comienzo de su reinado, entregará las riendas de la monarquía a su valido el marqués de Denia 7. A las pocas horas de morir Felipe II, Francisco Gómez de Sandoval jura como miembro del Consejo de Estado 8. En los días siguientes ingresarán nuevos consejeros de Estado. El Page 195 14, el presidente del Consejo de Castilla, Rodrigo Vázquez; dos días después el conde de Miranda 9 y, por fin, el 19 lo hacen otros cinco: "juraron -escribe el nuncio- por Consejeros de Estado los Duques de Medina Sidonia y Nájera, los Condes de Fuentes y Santa Gadea, que es el Adelantado, y Don Juan de Borja con los quales y los que havía de antes en este Consejo aquí son catorze y con el Príncipe Juan Andrea quinze" 10.

Un apologista del nuevo gobierno, autor del anónimo Discurso del modo en que Gobernó el rei nuestro Sr. D. Phelipe Segundo, y del que ha empezado a tener el Rey nuestro Sr. D. Phelipe tercero 11, escrito en los primeros meses del acceso al trono de éste, alabará a seis de los siete consejeros nombrados en septiembre de 1598 -no menciona al tío del valido Juan de Borja-, a los que considera excelentes profesionales, muy prácticos en asuntos de gobierno y enormemente Page 196 capacitados para desempeñar el nuevo cargo. Sobre la designación de Vázquez expondrá:

"Castilla, que es la cabeza de esta Monarchia, es cosa llana, que ninguno tiene tan particular, y general notizia de las cosas de ella, como el Presidente por aver sido tantos años oydor en Granada y en el Consejo Real, y de la Cámara, y aver escrito en el derecho de Portugal, y sido en aquella Jornada el Letrado de el Rey nuestro Señor, con quien comunicó todo lo mas ymportante, y que a bueltas de las materias de estado de aquel reyno entonzes se tocaron las de todos los demás, con que quedó con general notizia, y después fue Presidente de Hazienda, en que está tan plático, que no es el punto de menos considerazión, por ser la hazienda el alma de la potenzia, y después por las Juntas de los Presidentes, y otros Consejeros, que en su cassa se han hecho, está tan capaz de tantas materias, tan grabes, que no se yo, como se le puede negar esta plaza de Consejero de Estado" 12.

En cuanto al conde de Miranda expresaba que "abiendo gobernado también quatro años en Cataluña, y diez en Napolés, que sabe tan substanzialmente de allí, y por razón de la Presidenzia de Italia, tiene ya sabidos todos los negozios de Sizilia, y Milán, y que realmente de las cosas de Ytalia, no tenemos ningún señor, que las sepa tan consumadamente como él, no se yo tampoco, como se le puede negar".

Respecto del Duque de Medina Sidonia, el general de la armada Alonso Pérez de Guzmán, manifestará el autor desconocido que "siendo tan plático en las cosas de las Indias, que desde que tiene uso de razón, no entiende en Sanlúcar en otra cosa, sino en despachar flotas, armadas, y navíos de aviso, y que no ay allá Presidente, Oidor, Juez, ni ofizial real, que no conozca, y sepa, como prozede, y que importando tanto las Indias, y el conzierto de las flotas, que tan desconzertadas andan, y que no tenemos ningún señor, que sepa nada de esta materia, sino el Duque, como se le pudo negar el ser Consejero de Estado, para que alumbre y saque de las tinieblas, y confusión, en que hasta aquí se a vivido por aver ignorado totalmente estas materias tan importantes y nezessarias" 13.

A continuación el anónimo autor justificaba los nombramientos del embajador Juan Manrique de Lara, duque de Nájera; del conde Fuentes, Pedro Enríquez de Acevedo, capitán general y del adelantado mayor de Castilla, Martín de Padilla, conde de Santa Gadea y capitán general de la armada:

"abiendo sido Virrey de Valenzia -decía del duque de Nájera-, un viejo de su edad, y calidad, arrinconado, y infamado de los magnates, porque les a dicho con libertad algunas verdades, le han tenido desacreditado, y tanto, que con este fin hecharon mno. de el Conde de Valenzia, su hijo, para el Gobierno de Cataluña, siendo el hijo tan libre, y voluntarioso, como todos lo sabemos, y por eso, y la desobedienzia, que tubieron los hijos al Padre, tuvieron el fin, que Page 197 hizieron, y estos magnates, como coadjutores de el hijo en ofensa de el padre, y su talento por juizio de Dios, han de tener particular castigo, pues en un delito hechores y coadjutores todos incurren, y merezen una misma pena, pues a un viejo aflijido, y deshonrrado no era justo se le restituiese la reputazión con hazerle del Consejo de Estado, a donde sino le daña su demasiada agudeza, y arimarse mucho a su parezer, no perderá, por carta de menos, como los ziegos passados, sino por carta de mas a este como se le pudo negar lo que su Magd. le a dado por honrrarle.

Pues el Conde de Fuentes, haviendo gobernado, y defendido a Portugal como todos sabemos, y aver gobernado en Flandes, y aver ganado tan gallardamente tantas fuerzas, que hizo temblar a Franzia, y tanto que si le dejaran, y acudieran con dineros, quiza fueramos oy señores de París, y pudierámos desmenbrar a Françia, y repartilla entre amigos, y quedarnos con buen pedazo, y si mañana se nos ofreze una jornada importante ofensiba, o defensiba, de quien tenemos que hechar mano, sino de el Conde, pues como se le pudo negar, lo que se le a dado.

El Adelantado de Castilla, importando tanto en las cosas del mar, que en ser poderoso por ella consiste el sustento, o perdizión de toda esta Monarchia, y que no tenemos otro señor plático en las cosas del mar occeano, y mediterráneo sino a él, como se le pudo negar el ser consejero de Estado, no obstante su visita, en la qual no por esso dejaran de condenalle los juezes, si lo merezieren sus culpas, como condenan al Rey, en lo que no tiene justizia.

Pues el Marqués de Denia, que con ser el primero le dejó a la postre, dejando aparte su mucho entendimiento, y calidad, y aver governado, también en Valenzia, y sido el más amado y temido virrey, que se ha visto, haziéndole su Magd. la mrd que le haze, como se pudo dejar de hazer del Consejo de Estado, fuera de que por aver sido protector general, y abogado de todo el mundo, tiene una notizia general de quantos negozios ay, para no ignorar las materias, y ser tan capaz para juzgallas, como lo es un grande abogado, si le hiziesen del Consejo R¹. Digo en las materias de especulazión, en que no es menester experienzia en la guerra por tierra ni por mar, y esto lo suplen los consejeros experimentados, que se han metido" 14.

Menos optimista era el juicio que emitiría el embajador Guicciardini sobre los cinco consejeros nombrados el 16 de septiembre. Salvo el tío del valido, Juan de Borja, el resto, o carecía de experiencia en asuntos de gobierno o no convenía por ser beligerantes 15.

Por estas mismas fechas, en concreto el día 20, Felipe III, siguiendo sin duda indicaciones de su valido, expedirá un decreto al secretario del Consejo de Guerra, probablemente también a los demás secretarios de los otros Consejos, ordenando que en lo sucesivo se le envíen directamente todas las consultas de ese Consejo 16, y, cuatro días más tarde...

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