LEQUETTE, Yves et LEVENEUR, Laurent: Université Panthéon-Assas (Paris II), 1804-2004. Le Code civil. Un passé, un présent, un avenir (sous la direction de) Dalloz, París

AutorFrancisco J. Andrés Santos
Páginas787-800

LEQUETTE, Yves et LEVENEUR, Laurent: UniversitÈ PanthÈon-Assas (Paris II), 1804-2004. Le Code civil. Un passÈ, un prÈsent, un avenir (sous la direction de) Dalloz, ParÌs, 2004. XII + 1059 pp.

Page 787

Esta voluminosa obra se inserta en el impresionante elenco de publicaciones aparecidas con ocasión de la celebración del bicentenario de la promulgación, el 21 de marzo de 1804 (30 de Ventoso del año XII), del Code civil des Français (luego Code Napoléon) 1, y constituye -hasta cierto punto, y salvando las distancias- una suerte de réplica del famoso Livre du Centenaire (París 1904; reimpr. 1969) publicado a instancias de la Societé d'études législatives para conmemorar los primeros cien años de este influyente cuerpo legislativo, verdadera clef de voûte del ordenamiento jurídico francés contemporáneo 2. En este caso, a diferencia de aquella obra, no se trata de una publicación oficial de la civilística francesa en homenaje (y crítica) del chef d'oeuvre del Derecho privado francés, sino que representa únicamente el resultado del esfuerzo emprendido por la Facultad de Derecho de la Universidad Panthéon-Assas (París II) desde el año 2000 para hacer una contribución significativa a la celebración del bicentenario del Código al que Napoléon unió para siempre su nombre. En consecuencia, los 56 trabajos aquí publicados (y que ocupan más de mil páginas) están todos ellos firmados por profesores en activo o antiguos profesores -o, al menos, doctores honoris causa- de dicha Universidad parisina, entre ellos el eximio Jean Carbonnier, figura central de la civilística francesa de la segunda mitad del siglo xx, desaparecido poco antes de la aparición de este libro y en el cual deja su último rasgo de sabiduría en un artículo memorable 3.

Tras un preámbulo a cargo de los directores de la publicación y dos artículos a modo introductorio general (surgidos de la pluma, respectivamente, de Philippe Malaurie 4 e Yves Lequette 5), los restantes trabajos se distribuyen en tres partes, concordantes con la titulación tripartita de la obra: la primera parte (Le Code civil de 1804, pp. 39-130), referida al passé del Codigo; la segunda (Le Code civil de 1804 à nos jours, pp. 135-895) -la más larga y enjundiosa del libro-, sobre su evolución hasta la actualidad (présent) en sus diversas esferas y en relación con otras áreas normativas; y, finalmente, la tercera (L'avenir du Code civil, pp. 899-1053), dedicada a la prospectiva de lo que será del Code civil (su avenir) en el contexto de la globalización e internacionalización del Derecho privado. Como puede observarse a grandes rasgos simplemente examinando su índice, la obra está escrita fundamentalmente por y para civilistas o iusprivatistas; sin embargo, la preocupación de índole histórica tiene una presencia constante a lo largo de todo el volumen en la mayor parte de los artículos (como no Page 788 podía ser de otro modo, tratándose de un libro conmemorativo de un aniversario), no sólo en los de la primera parte, y sería una lástima que sus interesantes páginas pasaran desapercibidas a los historiadores del Derecho, ya que en ellas se encuentran abundantes aportaciones a la reconstrucción histórica del Derecho privado en los dos últimos siglos, no sólo en Francia, sino también en muchos otros lugares (en la medida en que el Code Napoléon constituye un monumento jurídico de alcance universal), y singularmente en España, dada la decisiva influencia del Código francés en la codificación civil española y la conocida dependencia tradicional de la civilística española respecto de las construcciones de la doctrina francesa. De ahí, por tanto, que nos haya parecido conveniente hacer un breve comentario de los trabajos contenidos en este libro, aunque no de todos ellos -ya que tal cosa excedería con mucho tanto el espacio disponible como el ámbito temático propio de esta sede-, sino únicamente de aquellos que presentan un mayor interés historiográfico.

En este sentido, conviene indicar que todos los trabajos que integran la primera parte del volumen se encuentran directamente insertos en el círculo de interés científico de la Historia del Derecho. Pero antes aún uno de los artículos introductorios, el firmado por Yves Lequette 6, es asimismo un trabajo de índole historiográfica, ya que se destina a confrontar los modos de celebración del centenario del Code y los del bicentenario de la obra, donde quedan suficientemente destacas las fuertes diferencias que separan a uno y otro acontecimiento, dándose la paradoja de que, en algunos aspectos, el Code Napoléon se muestra hoy más moderno que hace un siglo y se encuentra, en parte, menos sometido a crítica que entonces. El A. pasa revista a las principales áreas que constituyen el ordre civil al que el Código ha servido (el Derecho patrimonial y la familia) y la filosofía de las reformas que han experimentado cada una de ellas, así como las fuentes jurídicas sobre las que se articula ese orden (con primacía de la ley estatal como fuente del Derecho par excellence), hoy discutidas en virtud de la ´europeizaciónª del Derecho francés, que pone en cuestión la propia idea de la codificación de carácter nacional en Europa. El A. concluye que, mientras la celebración del centenario, a pesar de todo, fue ocasión para afirmar -con diferentes ´sensibilidadesª- la creencia en Francia y en el futuro del Derecho francés, el bicentenario ha sido ocasión, más bien, para plantear dudas sobre ese futuro, donde es el propio núcleo del sistema jurídico francés y los valores de la sociedad francesa los que se hallan puestos en cuestión.

Entrando ya en la primera parte del libro -la más propiamente historiográfica- nos encontramos con un par de artículos referidos a la influencia del Derecho romano y el ius commune en el proceso codificador francés y en los contenidos normativos concretos del Code civil de 1804, y en sus desarrollos posteriores. El primero de ellos es el del prestigioso romanista Michel Humbert (´Portalis et Justinien, ou les épaules d'Énéeª, pp. 39-50), que examina con gran rigor analítico los defectos estructurales -repetidamente denunciados- que presenta el plan del Code civil, y pone en evidencia su dependencia de esquemas romanos mal sintetizados. Efectivamente, la estructura en tres libros del Código es tributaria del modelo institucional romano, pero no del gayano, sino del justinianeo, netamente inferior al clásico. El libro II del Code es denunciable en cuanto a su título, poco explícito (Des biens et des différents modifications de la propriété), y en cuanto a su contenido, que no responde verdaderamente a tal título: está formado por una yuxtaposición de dos bloques que ningún principio lógico puede soldar, y carece de estructura interna; los tres títulos en que se subdivide están, asimismo, sujetos a crítica (incluso los proyectos de Cambacères proporcionaban un modelo Page 789 claramente preferible). El libro III (Des différents manières dont on acquiert la propriété) constituye una masa enorme y desequilibrada (de una extensión más de ocho veces la del libro II) y presenta faltas de coordinación con el libro anterior en cuanto a la distribución de las materias: todo ello hace pensar al A. que los redactores del Code civil no intentaron modificar el encadenamiento tradicional de las instituciones y que la injustificada distribución de éstas entre el libro II y el III obedece a que los autores del Code partían de una distinción fundamental en dos partes, personas y valores patrimoniales (cualquiera que fuese la naturaleza de éstos), con una obsesión omnipresente por la propiedad, y que esta flagrante ausencia de estructura la encontraron en el modelo mediocre de las Institutiones justinianeas (frente al modelo de Gayo, mucho más coherente, donde la división de las cosas juega un papel operativo determinante, y no ornamental como en la obra justinianea y, consecuentemente, en el Code). Esto se evidencia en una serie de rasgos perceptibles en el Code civil: (i) el iniciar el libro II por la división de las cosas, para luego no derivar nada significativo de ello en la continuación de la exposición; (ii) el mezclar los modos de adquirir la propiedad y los derechos sobre las cosas; (iii) el tratar en dos secciones, y en dos libros diferentes, los modos de adquirir (en particular, la accesión); (iv) el seguir anclado a la incapacidad de dar un hilo conductor o un principio de organización a lo que se presenta como la ´composición del patrimonioª. A estos defectos, visiblemente derivados de la dependencia del modelo institucional, se suma la perturbación producida por la intersección de este con el esquema extraído del Digesto justinianeo, que también tuvo un peso en la organización del material normativo operada por los codificadores. Así, la aportación del Digesto al Code se verifica, a juicio del A., en dos niveles. Por un lado, en la sucesión general de materias en el seno de los libros II y III, donde los derechos sobre las cosas se consideran en función de su valor económico, susceptible de figurar en un balance, en virtud de su mayor o menor certidumbre o seguridad, a partir de la propiedad. Por otro, en la predilección de los redactores por la globalización de los temas -sobre el concepto simplificador de la propiedad- en detrimento de un análisis jurídicamente más articulado de los problemas. El Code Napoléon recibe, pues, según el A., ambas tradiciones, y las conserva a través de un artificio defectuoso. Como puede observarse, este trabajo presenta un tema clásico con un enfoque novedoso y muy estimulante, si bien, a nuestro juicio, el A. no destaca suficientemente el hecho de que es difícil que los codificadores franceses adoptaran ese planteamiento sistemático a partir de la lectura directa de los libri legales de Justiniano, y que más bien su enfoquee estaba mediatizado por las aportaciones de los clásicos del droit commun francés, de gran circulación en su época, como las obras de Gabriel Argou (Institution au...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR