Legitimación

AutorSergio Vázquez Barros
Cargo del AutorAbogado
1. - Legitimación activa

Hemos de partir de la consideración de que nos encontramos ante un concepto excesivamente amplio, habida cuenta que, aunque en principio pueda acreditarse el interés legítimo en cualidad de propietarios, usufructuarios, arrendatarios, poseedores e incluso meros tenedores de las fincas próximas, no cabe la menor duda de que, aplicando el criterio de la anterior legislación procesal, también los que tienen necesidad de pasar por las inmediaciones de la obra ruinosa.

Ahora bien, una cuestión poco clara es si también está legitimado activamente quien pasa circunstancialmente por un lugar y observara el riesgo inminente de que de una obra se pudiera producir un desprendimiento que podría causarle a él, u otra persona cualquiera, un daño; es decir, existiendo el riesgo inminente; pudiera utilizar este interdicto, siempre que se demostrara el interés en la demolición, en cuyo caso ya no tendría un carácter particular, sino general.

En esta materia, la postura reiterada de los distintos órganos jurisprudenciales es la de considerar que, la legitimación activa para promover esta clase de procedimientos corresponde no sólo al propietario, sino también al usufructuario e incluso, todos que tengan alguna propiedad contigua o inmediata que pueda resentirse o padecer por la ruina, y los que tengan necesidad de pasar por las inmediaciones del edificio, árbol o construcción que la amenazare.

Ahora bien, téngase en cuenta que se entiende por necesidad a los efectos de los expuesto en el párrafo anterior, la que no puede dejar de satisfacerse sin quedar, privado el denunciante del ejercicio de un derecho, o sin que se le siga conocido el perjuicio en sus interés, o grave molestia; todo ello es lo que viene a determinar la legitimación activa de las personas sobre las que recae, para poder promover esta clase de interdictos de obra ruinosa, teniendo así la tutela jurídica que se pretende regular.

Ahora bien, resulta evidente, por otro lado que, acreditada la titularidad de la cual dimana la legitimación activa, las cuestiones que se deriven...

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