La legítima de la Ley 5/2015 de Derecho Civil Vasco: sus caracteres

AutorDiego Mª Granados de Asensio
Cargo del AutorNotario
Páginas29-40
29
Al tratar de la legítima la primera cuestión que nos plantea-
mos es si tiene sentido el mantenimiento de la legítima en los
tiempos actuales, en la medida en que supone una limitación a
las facultades dispositivas, máxime si, como dice su Exposición
de Motivos, la Ley Vasca parte del principio de libertad y del
carácter dispositivo de las leyes.
Establecer o eliminar la legítima es un criterio de política
legislativa. Que la ley determine la obligatoriedad de una le-
gítima mayor o menor, o de que la legítima sea en propiedad
o en usufructo, o que se pudiera establecer, por ejemplo, una
legítima colectiva para los hijos del primer matrimonio y otra
para los del segundo, dependerá del criterio del legislador en
cada lugar y momento histórico, atendidas las circunstancias
sociológicas y económicas, de moralidad social dominante, ré-
gimen familiar, organización de la propiedad, etc.
El Código civil de 1889 fundamenta especialmente la legíti-
La legítima de la Ley 5/2015 de
Derecho Civil Vasco: sus caracteres
1
1. Texto de la Ponencia presentada el 2 de marzo 2016 en la Jornada celebrada en la Di
putación Foral de Gipuzkoa. Publicado en Boletín JADO. Año XIV, núm. 27. Enero-
Diciembre 2015-2016, pp. 521-530. Academia Vasca de Derecho (AVD-ZEA). Bilbao.

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