Instrucción de 31 de diciembre de 1999, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre legalización de libros en los Registros Mercantiles a través de procedimientos telemáticos.

MarginalBOE-A-2000-325
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyInstrucción

La InstrucciÛn de la DirecciÛn General de los Registros y del Notariado de†26 de mayo de†1999, sobre presentaciÛn de las cuentas anuales en los Registros Mercantiles mediante soporte inform·tico y sobre recuperaciÛn de sus archivos (´BoletÌn Oficial del Estadoª de†10 de junio), regulÛ la presentaciÛn de las cuentas anuales de los empresarios o entidades inscritas, y de los sujetos o entidades no inscritas obligadas a ello, mediante soporte inform·tico. La InstrucciÛn de†30 de diciembre ˙ltima ha adecuado las caracterÌsticas del programa inform·tico a la presentaciÛn de las cuentas en euros.

Desde la entrada en vigor de la InstrucciÛn de†26 de mayo de†1999 hasta ahora se ha producido adem·s la aprobaciÛn del Real Decreto-ley†14/1999, de†17 de septiembre, sobre firma electrÛnica, y se ha dictado la ResoluciÛn de este centro directivo de†12 de noviembre de†1999, resolviendo consulta sobre el ·mbito de aplicaciÛn de aquel Real Decreto-ley en relaciÛn con la actuaciÛn profesional de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles.

Finalmente, la Ley de Enjuiciamiento Civil, recientemente aprobada por las Cortes Generales, admite la presentaciÛn ante los Tribunales de los libros de los comerciantes, o su soporte inform·tico, siempre que se especifiquen los asientos que deben ser examinados (artÌculo†327).

Corresponde ahora regular la forma de presentaciÛn de los libros de los comerciantes por vÌa telem·tica para su legalizaciÛn.

Vistos el citado artÌculo†327 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y los artÌculos†12 y†329 a†337 del Reglamento del Registro Mercantil; las ”rdenes del Ministerio de Justicia de†14 de enero de†1994, 14 de junio de†1995 y†30 de abril de†1999, y las Instrucciones de la DirecciÛn General de los Registros y del Notariado de†29 de octubre de†1996, 26 de mayo y†30 de diciembre de†1999, asÌ como la ResoluciÛn de este centro directivo de†12 de noviembre de†1999, dispongo:

CAPÕTULO I Normas generales Artículo 1
ArtÌculo 1 ?Libros susceptibles de presentaciÛn en soporte inform·tico para su ulterior legalizaciÛn por el Registro Mercantil.

Los libros de...

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