Legalización de libros SL. Necesidad de claridad en la solicitud

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas374-375

Resumen: No es posible legalizar un libro de detalle de actas del consejo si, presentado junto con los demás libros del ejercicio vencido, no indica el ejercicio a que corresponde que debe ser el corriente.

Hechos: Se solicita por una sociedad la legalización de determinados libros relativos al ejercicio de 2017. Entre ellos figura un Libro detalle de Actas Consejo de Administración, sin indicar el ejercicio a que se refiere.

El registrador suspende la legalización por no resultar claro de la instancia la clase de libro que se quiere legalizar. “El libro detalle de actas del consejo se podrá legalizar con actas del ejercicio corriente a efectos probatorios o de cualquier otra naturaleza, y sin perjuicio de que en el libro de actas de todo el ejercicio se incluyan de forma obligatoria estas actas”. Es decir no se legaliza pues del envío “no resulta si el libro que se pretende legalizar es el correspondiente efectivamente a las actas del consejo de administración correspondiente a dicho ejercicio (2017) o, por el contrario, el correspondiente al ejercicio corriente 2018, como libro detalle”.

La sociedad recurre e insiste que en su instancia cumple todos los requisitos necesarios para la legalización de los libros.

Resolución: La DG desestima el recurso.

Doctrina: Lo primero que dice la DG es que se trata de una nimia cuestión que podía fácilmente haber sido solucionada con un poco de buena voluntad.

Entrando en el fondo de la cuestión planteada, para solucionarla se apoya en su Instrucción sobre legalización de libros de 12 de febrero de 2015, en cuya regla novena se venía a decir que los libros de detalle de actas del ejercicio corriente se podían legalizar en cualquier momento del ejercicio sin perjuicio de la legalización, en los cuatro meses siguientes a su cierre, de la totalidad de dicho libro de actas.

Por ello y dado que en el supuesto de hecho que se plantea se solicita la legalización de un libro de detalle de actas del ejercicio 2017, es decir de un ejercicio ya vencido, es obvia “falta de claridad sobre el objeto de la rogación al registrador” ya que si es un libro de detalle no puede venir referido a un ejercicio vencido. En consecuencia concluye que “Dados los efectos probatorios derivados del procedimiento de legalización (artículo 26 en...

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