Impuestos especiales. Labores de tabaco y bebidas alcohólicas

AutorMercedes Ruiz Garijo
Cargo del AutorProfesora Titular Interina de Derecho Financiero y Tributario. Universidad Complutense
  1. IMPUESTOS ESPECIALES. LABORES DE TABACO Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS

Para finalizar la fiscalidad del tráfico turístico queremos hacer referencia a dos impuestos especiales que gravan el tráfico de determinados productos (su fabricación, importación e introducción en territorio español): las labores de tabaco y las bebidas alcohólicas (cerveza, vino, bebidas fermentadas, alcohol y bebidas derivadas) (341).

La importancia de estos impuestos en el sector turísticos es, también, notable. Aunque los sujetos pasivos son, principalmente, los fabricantes de dichos productos, al igual que sucede con el IVA, se produce la repercusión del impuesto. En consecuencia, las principales empresas turísticas que lo soportan son los restaurantes, cafeterías, bares, etc., adquirentes de dichos productos. No así los buques o aeronaves que realicen el tráfico internacional. La LIIEE los exime del impuesto, excepto que se trate de navegación aérea o marítima de recreo (art. 9.2 LIIEE).

La recaudación de ambos impuestos ha sido cedida a las CC.AA. (en un 40 por ciento de lo recaudado en el territorio de cada una de ellas). Esta cesión, en el ámbito del...

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