STSJ Comunidad de Madrid , 27 de Octubre de 2000

PonenteJOSE TOME PAULE
ECLIES:TSJM:2000:12853
Número de Recurso1459/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Ltda. Dª. Mª. del Mar González Saldaña A. del E. Proc. Sra. Arroyo Morollón TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 1459 de 1997 PONENTE Sr. José Tomé Paule SENTENCIA N° 1014 Presidente Ilmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

Dª. Laura Tamames Prieto Castro D. José Tomé Paule En Madrid a veintisiete de octubre de dos mil. Visto por la Sala del margen el recurso n° 1459 de 1997 interpuesto por la Letrada doña María del Mar González Saldaña en representación de doña Maribel y don José contra resolución del Ministerio de Fomento de 21 de octubre de 1990 que declaró la improcedencia de la liquidación de intereses de demora sobre el justiprecio del derecho arrendaticio afectados por la expropiación de terrenos para el desarrollo de la nueva zona aeroportuaria en término de Madrid-Barajas. Habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por su Abogacía y el ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) representado por la Procuradora Dª. Concepción Arroyo Morollón.

La cuantía del recurso es de 1.379.380 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 11 de agosto de 1997 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos y condenando a la Administración al pago de 1.379.380 pesetas más los intereses que se devenguen hasta el completo pago.

SEGUNDO

Las representaciones procesales de la parte demandada contestaron a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

En 24 de julio de 1998 y previo emplazamiento compareció en el proceso AENA, quien después de las alegaciones que consideró oportunas pidió la desestimación del recurso.

CUARTO

No acordado el recibimiento a prueba, se dio traslado a las partes sucesivamente para conclusiones, quienes las evacuaron en sendos escritos en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 26 de octubre de 2000 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Tomé Paule.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Según aparece del expediente administrativo y de la documentación aportada al proceso, se fijan como hechos probados: 1) Que el día 1 de noviembre de 1994 se extendió acta previa de ocupación urgente de terrenos para el desarrollo de nueva zona aeroportuaria (1a Fase A. Pista de Vuelo...

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