Justicia restaurativa y técnicas de reparación del daño ecológico en el delito medioambiental

AutorAntoni Cardona Barber
CargoProfessor i investigador postdoctoral de Dret Penal Universitat Autònoma de Barcelona
Páginas1-35
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. XI Núm. 2 (2020): 1 - 35
- Estudi -
https://doi.org/10.17345/rcda2910
JUSTICIA RESTAURATIVA Y TÉCNICAS DE REPARACIÓN DEL DAÑO
ECOLÓGICO EN EL DELITO MEDIOAMBIENTAL1
RESTORATIVE JUSTICE AND DAMAGE REPAIR TECHNIQUES
IN ENVIRONMENTAL CRIME
ANTONI CARDONA BARBER
Professor i investigador postdoctoral de Dret Penal
Universitat Autònoma de Barcelona
antonio.cardona@uab.cat
Fecha de recepción: 12 de septiembre de 2020 / Fecha de aceptación: 10 de noviembre de
2020
RESUMEN: El presente trabajo tiene por objeto estudiar el alcance de algunas
de las herramientas vigentes en el Código penal para intentar mejorar la
reparación del daño ecológico resultante de la comisión de un delito
medioambiental. En concreto, se analizarán las capacidades que pueden tener
las penas de multa, el instituto del decomiso y, algunas de las funciones de la
responsabilidad civil ex delicto, para, desde una nueva mirada de justicia
restaurativa, mejorar las expectativas de reparación del daño ante lesiones
provocadas por la comisión de un delito ecológico.
RESUM: El present treball té per objecte estudiar l'abast d'algunes de les eines
vigents en el Codi penal per intentar millorar la reparació del dany ecològic
resultant de la comissió d'un delicte mediambiental. En concret, s'analitzaran les
capacitats que poden tenir les penes de multa, l'institut del decomís i, algunes de
les funcions de la responsabilitat civil ex delicto, per, des d'una nova mirada de
justícia restaurativa, millorar les expectatives de reparació dels danys provocats
per la comissió d’un delicte ecològic.
1 Este trabajo se enmarca en el desarrollo del Proyecto I+D+i “Reparación, Justicia Restaurativa
y mediación en la delincuencia socioeconómica” (DER2017-84088-R) (IP: Dra. Mercedes García
Arán).
A. Cardona RCDA Vol. XI Núm. 2 (2020): 1-35
2
ABSTRACT: The purpose of this work is to study the scope of some of the tools
in the Spanish Penal Code in order, from a new perspective of restorative justice,
to try to improve the repair of ecological damage resulting from the commission
of an environmental crime. Specifically, will be analyzed the capacities that fine
penalties, the institute of confiscation and some of the functions of civil liability
may have when improving the expectations of reparation for injuries caused by
an ecological crime.
PALABRAS CLAVE: Delito ecológico Delito medioambiental Justicia
restaurativa Penas de multa Decomiso Responsabilidad civil Reparación
Restauración.
PARAULES CLAU: Delicte ecològic Delicte mediambiental Justícia
restaurativa Penes de multa Decomís Responsabilitat civil Reparació
Restauració.
KEY WORDS: Ecological crime - Environmental crime - Restorative justice - Fine
penalties - Confiscation - Civil liability - Reparation - Restoration.
SUMARIO: I. Cuestiones introductorias. 1. Las sanciones reparadoras como posibles
instrumentos de justicia restaurativa en los delitos ecológicos 2. Requisitos de la tesis propuesta:
una necesaria visión maximalista de la justicia restaurativa. 3. Excurso: ¿Están tutelados los
intereses de las víctimas en el sistema penal español? II. La utilidad reparadora de las penas
pecuniarias. 1. Algunas cuestiones generales sobre las penas permitidas. 2. La posible función
reparadora de la pena de multa en el delito medioambiental. III. L a posible utilidad restaurativa
del decomiso. 1. Algunos apuntes generales del decomiso. 2. La posible función restaurativa del
decomiso en el delito medioambiental. IV. La utilidad reparadora del artículo 112 del Código
penal. V. Algunas medidas reparadoras previstas en la Parte especial del Código penal. VI.
Conclusiones.
I. CUESTIONES INTRODUCTORIAS
1. Las sanciones reparadoras como posibles instrumentos de justicia
restaurativa en los delitos ecológicos
Durante las últimas décadas, en varios países, y dentro de las corrientes de la
conocida como justicia restaurativa, se han ido planteando una serie de
propuestas alternativas a los modelos tradicionales de resolución de conflictos
RCDA Vol. XI Núm. 2 (2020): 1-35 Justicia restaurativa y técnicas de reparación…
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penales2, cuyos principales objetivos han sido (y son) favorecer la reparación del
daño padecido por las víctimas del delito y, mejorar su protagonismo en el
transcurso del procedimiento penal3. A tal fin los sistemas de justicia restaurativa
han canalizado sus respuestas a través de los conocidos como procesos
restaurativos, procesos que facilitan encuentros participativos donde, víctimas y
victimarios, intentan alcanzar algún tipo de acuerdo reparador4.
En este sentido, el desarrollo pormenorizado de las cuestiones sobre las
diferentes tipologías o conceptualizaciones de las corrientes de justicia
restaurativa desbordaría el objeto concreto de este artículo, y, por ello, por
cuestiones de espacio y sistematización, aviso al lector que en las páginas
siguientes no encontrará un tratamiento de la dicotomía referida.
Ahora bien, si analizamos los instrumentos diseñados en las corrientes de justicia
restaurativa sí veremos cómo éstos están especialmente pensados para resolver
los conflictos dimanantes de los delitos tradicionales, es decir, aquellos tipos
penales con bienes jurídicos individuales y víctimas concretas identificables. En
cambio, el sistema de encuentros participativos, método prototípico de las
escuelas de justicia restaurativa, presenta algunos inconvenientes cuando se
enfrenta a los conflictos nacidos a raíz de la comisión de delitos con estructura
compleja: tipos penales con bienes jurídicos colectivos y posibles víctimas
difundidas, como ocurre, concretamente, en la estructura típica del delito
medioambiental.
En este contexto, el delito medioambiental, previsto en el artículo 325 del Código
penal, castiga al que, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter
general protectoras del medio ambiente, provoca o realiza actuaciones que
causan o puedan causar daños sustanciales en la calidad del aire, del suelo, de
2 Entre muchos otros ver TAMARIT SUMALLA, J.M: La justicia restaurativa: concepto, principios
y marco teórico, en Tamarit (Coord.) La justicia restaurativa: desarrollo y aplicaciones, Granada,
Comares, 2012; o, también, SHAPLAND, J: Implications of growth: Challenges for restorative
justice, en International Review of Victimology, 2014, p. 113.
3 En este sentido, por ejemplo, GARCÍA ARÁN señala que: En la segunda mitad del siglo XX se
produjo lo que ha sido denominado movimiento de redescubrimiento de la víctima,
genéricamente dedicado a reconocer los derechos de las víctimas de los delitos y, en ocasiones,
a otorgarles un mayor protagonismo en el proceso penal: GARCÍA ARÁN, M, Reparación a la
víctima y mediación en la delincuencia económica, en Un Derecho penal comprometido, libro
homenaje al Dr. Gerardo Landrove Díaz, Valencia, Tirant Lo Blanch, 2011, p. 449.
4 Entre otros muchos otros ver GORDILLO SANTANA, L.F.: La justicia restaurativa y la mediación
penal, Iustel, Madrid, 2007; o, BARONA VILAR, Mediación penal. Fundamento, fines y régimen
jurídico. Valencia, Tirant lo Blanch, 2011, pp.144-149.

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