Justicia digital post-covid 19: el desafío de las soluciones extrajudiciales electrónicas de litigios y la inteligencia artificial

AutorFernando Martín Diz
CargoCatedrático de Derecho Procesal. Universidad de Salamanca
Páginas41-74
Justicia digital post-covid19: el desafío de las soluciones extrajudiciales
electrónicas de litigios y la inteligencia artificial
Post-covid19 digital justice: the challenge of ODR solutions and artificial intelligence
FERNANDO MARTÍN DIZ
Catedrático de Derecho Procesal
Universidad de Salamanca
fmdiz@usal.es
https://orcid.org/0000-0002-9288-8204
Resumen: La pandemia causada por el virus COVID-19 ha tenido, y tendrá durante un tiempo,
importantes repercusiones. El mundo de la justicia no será ajeno a estos cambios. La tecnología será el
gran aliado estratégico en la evolución de una justicia menos presencial y más telemática. Es por ello
que en el presente trabajo hemos estudiado, en primer lugar, la incidencia sobre el principio de
inmediación, característico de las formas de obtener justicia. Un principio que evolucionará hacia una
versión virtual. En segundo lugar, hemos anal izado, puesto que consideramos que puede ser uno de los
mayores avances en el ámbito de la Justicia post-covid19, la evolución que pueden presentar los medios
extrajudiciales de resolución de litigios en línea y el desafío de incorporar a estas soluciones de
inteligencia artificial.
Abstract: The pandemic caused by COVID-19 virus has had, and will have for some time, significant
repercussions. The world of justice will not be oblivious to these changes. Technology will be the great
strategic ally in the evolution of a less face-to-face and more telematic justice. That is the reason why,
in the present work, we have studied, in the first place, the incidence on the principle of immediacy,
characteristic of the ways of obtaining justice. A principle that will evolve into a virtual version.
Secondly, we have analyzed, since we consider that it may be one of the greatest advances in the field
Recepción: 26/10/2020
Aceptación: 17/11/2020
Cómo citar este tr abajo: MARTÍN DIZ, Fernando, “Justicia digital post -covid19: el desafío de las soluciones
extrajudiciales electrónicas de litigios y la inteligencia artificial”, Revista de Estudios Jurídicos y
Criminológicos, ISSN-e: 2660-7964, n.º 2, Universidad de Cádiz, 2020, pp. 41-74, DOI:
https://doi.org/10.25267/REJUCRIM.2020.i2.03
Justicia digital post-covid19: el desafío de las soluciones extrajudiciales electrónicas de litigios y la inteligencia…
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of post-covid Justice19, the development that online out-of-court dispute resolution can present and the
challenge of incorporating artificial intelligence into these solutions.
Palabras clave: Justicia, Tecnología, Principio de inmediación, Medios extrajudiciales de litigios en
línea, inteligencia artificial
Key-words: Justice, Technology, Judicial immediacy, ODR, Artificial Intelligence.
SUMARIO: 1. JUSTICIA DIGITAL: UNA APROXIMACIÓN OMNICOMPRENSIVA 2. EL
ENTORNO ACTUAL: UNA JUSTICIA POST-PANDEMIA. 3. ¿EL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN
SE VIRTUALIZA? 3.1 . El principio de inmediación: significado y alcance. 3.2. Transición hacia otra
dimensión de la inmediación: la virtualización de las actuaciones procesales. 3.3. Elementos para la
virtualización en el proceso desde el principio de inmediación. 4. ¿TECNOLÓGICAMENTE SON MÁS
ÁGILES Y VENTAJOSAS LAS SOLUCIONES EXTRAJUDICIALES DE LITIGIOS? 5. MEDIOS
EXTRAJUDICIALES DE RESOLUCIÓN DE LITIGIOS, TECNOLOGÍA E INTELIGENCIA
ARTIFICIAL: EL RETO DEL PRESENTE. 5.1 . ¿Qué es intelig encia a rtificial en el ámbi to jur ídico?
5.2. El desafío de incorporar la inteligencia artificial en el entorno de los ODR. 5.2.A. Intelig encia
artificial con funciones asistenciales en entornos ODR. 5.2.B. Un modelo de transición en ODR con
aplicaciones de inteligencia artificial. 5.2.C. Inteligencia artificial decisoria en ODR: ¿i-arbitraje o i-
mediación? 6. VALORACIÓN CONCLUSIVA. 7. RELACIÓN BIBLIOGRÁFICA.
1. JUSTICIA DIGITAL: UNA APROXIMACIÓN OMNICOMPRENSIVA
La evolución de la Justicia del siglo XXI pasa inexorablemente por su digitalización. La
Justicia, como elemento que integra la cultura, la sociedad, la convivencia, las relaciones
sociales, humanas y profesionales, no puede ser ajena a la realidad para la que se aplica. Y la
realidad de nuestro siglo es la de la denominada “cuarta revolución industrial”
1
, encarnada y
sostenida sobre el uso y aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la
información. La tarea, ya de partida, no es sencilla. Más en un ámbito tan específico como el
Derecho, en general, y la Justicia, en particular, poco acostumbrado a la modernización, la
dinamización y la innovación. Pero el momento ha llegado, la sociedad lo reclama y el derecho
lo necesita, una justicia abierta y digital
2
es imprescindible, y las reformas legales, ya sean
estructurales o puntuales deben apostar por ello firmemente. Una inversión de poco más de 100
millones de euros anuales, según consta en los últimos ejercicios presupuestarios, para la
1
SCHWAB, K., La cuarta revolución industrial, Ed. Debate, 2016.
2
CORTÉS ABAD, O., “Justicia digital, abierta e innovadora. Hechos y retos”, en Modernización digital e
innovación en la Administración de Justicia, (coord. Gómez Manres a, M. F., y Fer nández sa lmerón, M.,), Ed.
Thomson Reuters Aranzadi, Cizur Menor, 2019, pp. 291-313.
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digitalización de la Justicia en España, en las circunstancias actuales, parece insuficiente si
realmente se apuesta decididamente por una justicia tecnológicamente avanzada y puntera.
Evidentemente, la Justicia es una organización compleja. En sentido amplio, incluyendo las
formas extrajudiciales de resolución de litigios, casi inabarcable e imposible de enumerar en su
despliegue, ya que, junto a la Administración de Justicia pública, asumida por el Poder Judicial
y servida por juzgados y tribunales en el ejercicio constitucional de la función jurisdiccional
que les atribuye el art. 117.3 de la Constitución Española habría que sumar las opciones
arbitrales y de mediación ya disponibles y accesibles para el ciudadano. Estamos, por tanto,
ante un tamaño, diversidad y heterogeneidad que solo pueden encontrar un punto de encuentro
en una concepción omnicomprensiva e integradora de la Justicia, de forma además más
perceptible hoy en día con la eclosión de las formas extrajudiciales de resolución de litigios
tanto a nivel nacional como internacional. De ahí que el presente estudio baraje, precisamente,
esos dos niveles. Además, la extensión e ideas centrales del mismo se condicionan por la
situación actual que la pandemia ocasionada por el virus
3
por el denominado COVID-19, sin
ninguna duda pudiendo afirmar ya que se trata de un suceso que cambiará la sociedad, también
la forma de impartir Justicia, y desde el cual la máxima del “distanciamiento social” como
mandamiento preventivo influirá decisivamente en el proceso y en las formas extrajudiciales
de resolución de litigios. Estas son, por tanto, las líneas maestras, una justicia digital tras la
pandemia del Covid-19 y el desafío que implica, de forma especial en las opciones
extrajudiciales, sobre las cuales sentamos las bases de nuestras reflexiones.
No puede negarse el esfuerzo ya realizado con diversos planes para la digitalización de la
Justicia en nuestro país, e incluso con normas legales ad hoc como el caso de la Ley 18/2011
de uso de las tecnologías en la Administración de Justicia o el Real Decreto 396/2013, por el
que se regulaba el Comité técnico estatal de la Administración de Justicia electrónica o la Ley
42/2015, por la cual se reforma la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil a efectos de potenciar y
obligar al uso de la tecnología en la Administración de Justicia. Fruto de los mismos son, a
título de ejemplo, aplicaciones como LexNet
4
o los diferentes programas informáticos
implementados en las Comunidades Autónomas -hubiera sido deseable una cierta uniformidad
pero la concesión de competencias en materia de justicia a éstas y el asimétrico desarrollo e
inversiones ha dado lugar a disparidad y diferencias notables- para aplicar sistemas de gestión
procesal. En la ausencia de uniformidad estriba, concretamente, uno de los escollos que la
justicia digital en España también ha de solventar en el periodo post-Covid19, por cuanto se
aprecian notables diferencias de medios y resultados entre unos territorios y otros. No podemos
permitir que en este aspecto pueda existir una Justicia digital de dos velocidades en nuestro
3
Puede obtenerse más información con relación a la parte científica del virus en la web de la Organización Mundial
de la Salud: https://www.who.int/es/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019.
4
En virtud de l RD 1065/2015, sobre comunicaciones e lectrónicas en la Administración de Justicia se procede a
desarrollar y a actualizar la regulación de este sistema de comunicaciones electrónicas, para aquellas
Administraciones usuarias del mismo.

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