Jurisprudencia penal: delitos contra el medio ambiente 2009-2013

AutorCarmen Alastuey Dobón
Páginas399-427
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Jurisprudencia penal: delitos contra el
medio ambiente 2009-2013
CARMEN A LASTUEY DOBÓN
Sumario.– I. INTRODUCCIÓN.–II . EL DELITO DE CONTAMINACIÓN AMBIE NTAL DEL ARTÍCULO 325 Y LOS
TIPOS AGRAVADOS DE LOS A RTÍCULOS 326 Y 338.–1. Ruidos y vibrac iones.–2. Vertidos.–3. Extracciones .–4.
Depósitos.–5. Aterramientos.–III. LA PREVAR ICACIÓN ESPECÍ FICA (ART. 329).–IV. EL DELITO DE DA ÑOS EN
UN ESPACIO NATUR AL PROTEGIDO (ART. 330).–V. EL DELITO DE C ONTAMINACIÓN A MBIENTAL POR I MPRU-
DENCIA GRAV E (ART. 331).–VI. EL DELITO DE CONTAMI NACIÓN AMBIENTA L EN COMISIÓN POR OMISIÓN.–V II.
ALGUNAS CONCLUS IONES.
* * *
I. INTRODUC CIÓN
El objeto de este trabajo es analizar la Jurisprudencia más reciente de los delitos
contra el medio ambiente en sentido estricto, concretamente, los tipificados en el
Capítulo III del Título XVI del Libro II del Código penal (“De los delitos contra los
recursos naturales y el medio ambiente”). El análisis se limita a los asuntos sobre los
que se ha pronunciado la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en los últimos cinco
años, desde 2009 hasta 2013, ambos inclusive. La búsqueda de resoluciones se ha rea-
lizado mediante el repertorio Aranzadi Digital y ha arrojado un total de diecinueve
sentencias.
En la inmensa mayoría de los casos resulta aplicado alguno de los tipos dolosos
de contaminación ambiental del art. 325 CP, lo que no sorprende en modo alguno,
pues se trata del precepto que contiene el núcleo esencial de la regulación que nos
ocupa. El art. 325, entre otros preceptos, fue reformado mediante la LO 5/2010, de
22 de junio. Esta reforma, de la que di cuenta en su momento (véase OPAM 2011),
consistió, por un lado, en suprimir el antiguo apartado segundo del art. 325, por lo
que actualmente el precepto consta de un único apartado, que se corresponde con
Observatorio de políticas ambientales 2014
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el anterior apartado primero. Por otro lado, se incrementó la gravedad de la pena de
prisión prevista junto con las penas de multa e inhabilitación especial para profesión
u oficio: en la legislación derogada se establecía un marco penal de seis meses a cuatro
años, mientras que el marco vigente es de dos a cinco años. Estas modificaciones hay
que tenerlas presentes a la hora de abordar el estudio de las sentencias que aquí van
a ser referenciadas, pues en todas ellas se enjuician hechos que acaecieron durante la
vigencia de la versión del art. 325 anterior a la reforma de 2010, y esa versión es la que
resulta aplicada en las resoluciones estudiadas, incluso en los casos en que la sentencia
de instancia es posterior a la entrada en vigor de la Ley Orgánica de 2010, dado que la
regulación derogada es ley más favorable al reo.
En otro orden de cosas, se da la circunstancia de que en gran parte de las senten-
cias analizadas se aplica o se discute sobre la aplicación de alguno de los tipos agra-
vados que contiene el art. 326. La concurrencia de alguno de estos tipos agravados
determina la aplicación de las penas superiores en grado a las previstas en el art. 325.
Ello conlleva la superación del límite de cinco años de la pena privativa de libertad,
lo que explica que el órgano competente en primera instancia para el conocimiento
y fallo de la causa sea la Audiencia Provincial correspondiente (art. 14 LECr.). Como
se verá, encontramos también un ejemplo de aplicación del tipo agravado del art. 338,
común a todas las conductas descritas en el Título XVI del Libro II del Código penal.
De entre las sentencias analizadas, en unas pocas –concretamente en dos– se trata
la posible aplicación del delito de prevaricación específica en materia medioambien-
tal del art. 329. En una de ellas se aplica el art. 330. En otra, se analiza la posible
concurrencia del tipo imprudente del art. 331 en relación con el delito del art. 325.
Finalmente, encontramos un caso en el que son examinados los requisitos necesarios
para imputar el delito del art. 325 en comisión por omisión.
II. EL DELITO DE CONTAM INACIÓN AMBIENTAL DEL A RTÍCULO 325 Y
LOS TIPOS AGRAVADOS DE LOS A RTÍCULOS 326 Y 338
1. RUIDOS Y VIBR ACIONES
De entre todos los resultados de afectación a los elementos naturales agua, suelo
y aire que se describen en el art. 325 CP, los casos de contaminación acústica son los
más numerosos en las resoluciones analizadas. En estas sentencias, el tipo aplicado es
el definido en el último inciso del art. 325. Como es conocido, este precepto consta
de dos tipos penales. El primero castiga actos de contaminación dolosos que, además
de vulnerar la normativa administrativa medioambiental, sean idóneos para perjudi-
car gravemente el equilibrio de los sistemas naturales. En el segundo, ubicado en el
último inciso del precepto, se agrava la pena de prisión –debe imponerse en su mitad
superior– si el riesgo de grave perjuicio lo fuese para la salud de las personas. Se dis-
cute si este último constituye un segundo tipo básico, es decir, si el art. 325 recoge dos
tipos alternativos, o si más bien se trata de un tipo agravado respecto del anterior. La

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