Jurisprudencia penal ambiental (primer semestre 2018)

AutorMaria Marquès-Banqué, Núria Torres Rosell, Elena Górriz Royo
Páginas1-23
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. IX Núm. 1 (2018): 1 23
-Crònica-
[DOI: http://dx.doi.org/10.17345/rcda.2371] 1
JURISPRUDENCIA PENAL AMBIENTAL
(PRIMER SEMESTRE 2018)
ELENA GÓRRIZ ROYO
Profesora titular de Derecho Penal
Universitat de València. Estudi General
MARIA MARQUÈS I BANQUÉ
Profesora colaboradora de Derecho Penal
Universitat Rovira i Virgili
NÚRIA TORRES ROSELL
Profesora agregada Serra Húnter de Derecho Penal
Universitat Rovira i Virgili
E. Górriz Royo; M. Marquès i Banqué; N. Torres Rosell RCDA Vol. IX Núm.1 (2018)
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Sumario: 1. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. 2. Delitos contra lo s
recursos naturales y el medio ambiente. 3. Delitos relativos a la protección de la flora, la fauna y
los animales domésticos.
1. DELITOS RELATIVOS A LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y EL
URBANISMO
Durante la etapa a la que se ciñe este comentario, han recaído diversas e
interesantes sentencias del Tribunal Supremo en materia de delitos sobre la
ordenación del terrorismo y el urbanismo (art.319 CP, apartados 1 y 2º) así como
en relación con las prevaricaciones urbanísticas (art. 320 CP).
La primera de ellas es la STS núm. 88/2018, de 21 de febrero, en la que se
resuelve el recurso de casación planteado contra la sentencia dictada por la
Audiencia Provincial de Valencia (Sección segunda) de 23 de enero de 2017. En
esta última se condenó a uno de los acusados C.O. -administrador y socio único
de una empresa constructora TSLU-, como autor de un delito continuado contra
la ordenación del territorio, con la atenuante muy cualificada de dilaciones
indebidas, a la pena de prisión de un año y dos meses con inhabilitación especial
para el ejercicio de sufragio pasivo, multa e inhabilitación especial para profesión
u oficio por tiempo de un año y seis meses. Asimismo, se condenó al padre del
anterior, A. U., alcalde de una localidad valenciana desde el año 1979, en
concepto de cooperador necesario de un delito continuado contra la ordenación
del territorio, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a la pena
de prisión de un año y dos meses, inhabilitación especial para ejercicio de
sufragio pasivo y multa; así como en concepto de autor de un delito continuado
de prevaricación urbanística con la atenuante muy cualificada de dilaciones
indebidas a la pena de prisión de un año y dos meses, con inhabilitación especial
para ejercicio del derecho de sufragio pasivo y multa. Ambos condenados
plantearon sendos recursos de casación ante el Tribunal Supremo, donde se
cuestionan alguno de los aspectos más polémicos relativos con la aplicación
reciente, en sede judicial, de los delitos de los arts. 319.2 y 320.2 CP.
Los hechos enjuiciados en primera instancia tuvieron lugar los años 2003 y 2004,
cuando uno de los condenados fue elegido alcalde del municipio valenciano,
vendiendo en ese momento las participaciones sociales de la empresa que

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