Jurisprudencia de la Dirección de los Registros y del Notariado

AutorLuis R. Lueso
CargoRegistrador de la Propiedad
Páginas131-134

Page 131

Segregación de finca. No es necesaria la descripción de la finca total cuando la segregación se hace de una porción tomada de una de las suertes que integran la primera.

Resolución de 2 de Enero de 1928 (Gaceta de 2 de Febrero de 1928.)

En el Registro de la Propiedad de Puigcerdá aparece inscrita, en favor de D. Ramón Juves Bertrand, una finca formada por agrupación de varias suertes, entre éstas, bajo la letra A, una compuesta de casa, corrales, era, huerto y un campo llamado el Closal. Dicho D. Ramón, por escritura otorgada en 21 de Mayo de 1926 ante el Notario de dicho punto D. Joaquín Pinol, vende a don Francisco Alat una porción de terreno del dicho campo Closa, expresándose que dicha porción se tomaba y segregaba de la antes mencionada suerte ietra A.

El Registrador no admitió la inscripción del documento por no describirse la total finca de donde se segrega la porción que es objeto de venta, y en el recurso interpuesto contra dicha calificación, el Presidente de la Audiencia declaró bien extendida la escritura, auto que confirma la Dirección generai, con las siguientes consideraciones :

La palabra finca aparece empleada en la ley Hipotecaria y en el Reglamento para su ejecución unas veces con referencia a la superficie deslindada y encerrada en un solo perímetro, y otras como entidad "hipotecaria compleja que comprende varias parcelas o diversidad de elementos económicos, y, por lo tanto, es ne-Page 132cesario distinguir los preceptos aplicables a cada uno de estos supuestos de aquéllos que son comunes a todos.

En el caso de segregar una porción de finca de la ya inscrita, para constituir una nueva, la exigencia reglamentaria de relacionar la inscripción antigua y la nueva, lleva consigo la necesidad de describir la parte y el todo en forma que evite confusiones o referencias equivocadas y satisfaga a los fundamentales preceptos del artículo 9.º de la Ley.

En la escritura origen del recurso se consignan las circunstancias, que se pueden llamar generales, de la heredad situada en el término municipal de Alp, y las especiales de la parcela que, con las otras catorce, la integran, de suerte que no sólo posible identificar la finca, total con arreglo a los preceptos hipotecarios, sino también la parcela de que se ha...

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