Jurisprudencia ambiental en Galicia (Segundo semestre 2016)

AutorMaría del Carmen Rodríguez Martín-Retorillo
Páginas1-14
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. VII Núm. 2 (2 016): 1 14
-Crònica-
[DOI: http://dx.doi.org/10.17345/rcda.1736] 1
JURISPRUDENCIA AMBIENTAL EN GALICIA
(SEGUNDO SEMESTRE 2016)
MAR ÍA DEL CA RME N RO DRÍ GUE Z MA RT ÍN -RE TOR IL LO
Contratada interina e investigadora del Área de Derecho Administrativo
Universidade da Coruña
Sumario: 1. La naturaleza y finalidad del Impuesto sobre el daño medioambiental causado por
determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada (IDMAE) al hilo de los pronunciamientos más
recientes del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. 2. Análisis del canon aplicable a los distintos tramos
en los que se distribuye el eventual ingreso de toneladas de residuos urbanos e n la Planta de Nostián a la
luz de la sentencia 395/2016, de 15 de junio, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. 3. Estudio d e las cuestiones controvertidas
contenidas en el Decreto 125/2012, de 10 de mayo, por el que se regula la utilización de lodos de depuradora
en el ámbito del sector agrario en la Comunidad Autónoma de Galicia
1. La naturaleza y finalidad del Impuesto sobre el daño medioambiental causado
por determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada (IDMAE) al hilo de
los pronunciamientos más recientes del Tribunal Superior de Justicia de Galicia
La primera de las sentencias analizadas es la 375/2016, de 8 de julio, del Tribunal
Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Contencioso, Sección 4), que resuelve , según
indica su Fundamento de Derecho Primero, los recursos interpuestos por IBERDROLA
GENERACIÓN, S.A.U. contra la desestimación presunta (resolución expresa de fecha
19 de agosto de 2015), por la Junta Superior de Hacienda de la Xunta de Galicia, de las
reclamaciones económico-administrativas 6599- C-14/03 y 6600- C-14/03 , acumuladas,
sobre liquidación y sanción en concepto de Impuesto sobre el daño medioambiental
causado por determinados usos y aprovechamientos del agua embalsada (IDMAE),
ejercicios 2009, 2010, 2011 y 2012, aprovechamiento hidráulico de Chandrexa y San
Cristóbal.
La demandante cuestiona con carácter previo la constitucionalidad del impuesto y, en
cuanto al fondo, la controversia se ciñe a la forma de calcular la cuota tributaria, en
concreto el alcance de la expresión salto bruto del aprovechamiento” a que se refiere el

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