Jurisprudencia

AutorPatricia Escribano
CargoProfesora de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC
Páginas145-147
Revista de los Estudios de Derecho y Ciencia PolíticaIDP Número 19 (Octubre, 2014) I ISSN 1699-8154
www.uoc.edu/idp
Universitat Oberta de Catalunya
Patrícia Escribano
145
ACTUALIDAD JURÍDICA
Jurisprudencia
TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) de 13 de mayo de 2014, relativa a Google y el derecho
al olvido.
europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=152065&pageIndex=0&doclang=es&mode=lst&dir=&
occ=first&part=1&cid=219522>
Sentencia de la Sala Cuarta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13 de febrero de 2014 (caso Svensson).
Esta sentencia trae causa de la demanda interpuesta por determinados periodistas que habían redactado varios artículos
publicados en un periódico y en su página web, frente al demandado, que gestionaba una página de internet, donde los
usuarios podían acceder a enlaces que les llevaban a artículos que se publicaban en otras páginas. Al ser desestimada la
demanda por el tribunal correspondiente, recurren en apelación. El tribunal de apelación plantea al Tribunal de Justicia
varias cuestiones prejudiciales. Básicamente si el poner a disposición un enlace a una obra que está en otra página web
es un acto de comunicación pública del art. 3.1 de la Directiva 2001/29, y, por tanto, es necesario el consentimiento del
titular de la obra. El Tribunal de Justicia, después de realizar las correspondientes fundamentaciones, considera que no
constituye un acto de comunicación al público el que existan en un página de internet varios enlaces que conduzcan a
obras que se pueden consultar de forma libre en otras páginas webs.
europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=147847&pageIndex=0&doclang=es&mode=lst&dir=&
occ=first&part=1&cid=219748>
TRIBUNAL SUPREMO
Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 30 de enero de 2014 sobre el derecho a la intimidad e IP. En
esta extensa sentencia, derivada de un delito contra la salud pública, además de otras cuestiones penales, se vuelve a
remarcar el carácter de la dirección IP de los ordenadores como datos personales, por lo tanto, la resolución explica la
necesidad de autorización judicial para poder averiguar otros datos como los números de teléfono, o los titulares de las
líneas.
.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6956920&links=%22J
UAN%20RAMON%20BERDUGO%20GOMEZ%20DE%20LA%20TORRE%22&optimize=20140212&publicinterface=true>
Patrícia Escribano
Profesora de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC
Fecha de publicación: octubre de 2014
Revista de los Estudios de Derecho y Ciencia PolíticaIDP Número 19 (Octubre, 2014) I ISSN 1699-8154
Eloi PuigEloi Puig
Jose R. Agustina
www.uoc.edu/idp
Universitat Oberta de Catalunya
146
Jurisprudencia
Eloi Puig
Eloi Puig
Patrícia Escribano
146
Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 15 de enero de 2014 sobre colisión entre el derecho al honor
y la libertad de información. Este caso se centra en la existencia de intromisión ilegítima en el derecho al honor de
determinadas personas de una asociación de víctimas del terrorismo, por un vídeo realizado por un colaborador de la
parte demandada, es decir, un medio de comunicación responsable de una televisión on line y de una página web donde se
colgaban reportajes. El reportaje original elaborado por un colaborador de la entidad finalmente no fue autorizado para su
publicación. Sin embargo, fue colgado por una persona en Youtube, donde se imputaba a los demandantes determinados
hechos que declaraban que eran falsos. El Tribunal Supremo aprecia la intromisión en el derecho al honor, por entender
que el vídeo fue realizado por uno de los colaboradores de la entidad, aunque no autorizaran su publicación, y entendió
que en la información no hubo veracidad.
.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6945779&links=%22
FRANCISCO%20MARIN%20CASTAN%22&optimize=20140131&publicinterface=true>
Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 7 de enero de 2014 sobre responsabilidad de los servicios de
intermediación de la sociedad de información, como consecuencia de la vulneración del derecho al honor del propietario
de una tienda de informática, por los comentarios proferidos en varios foros de una página web. En esta sentencia del
Tribunal Supremo no se discute el tema de la existencia de la intromisión ilegítima en el derecho al honor, porque queda claro
este extremo. Lo que se recurre es la responsabilidad del titular del dominio de la página web, y lo que analiza el Tribunal
es el artículo 16 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de información y de comercio electrónico.
.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6945778&links=%22
JOSE%20RAMON%20FERRANDIZ%20GABRIEL%22&optimize=20140131&publicinterface=true>
Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 14 de enero de 2014 sobre despido por el uso de internet para fines
particulares en el ámbito laboral. En este supuesto, nos encontramos ante una trabajadora que fue despedida por el uso
de medios informáticos de forma indebida, ya que la empresa había reiterado en varias ocasiones esta prohibición. La
demandante recurre en casación para unificación de doctrina, al considerar que su conducta era tolerada por la empresa,
y que anteriormente en un caso similar, se había declarado la improcedencia de otro despido producido en la misma
empresa. Por lo que respecta a las circunstancias del caso, la empresa prohibía navegar por internet en horario laboral
a través de las herramientas que proporcionaba la propia empresa. Quedó acreditado que el acceso de la trabajadora a
internet para uso personal fue muy elevado, por tanto no se admitió el recurso de casación.
.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6969965&links=%22
FERNANDO%20SALINAS%20MOLINA%22&optimize=20140224&publicinterface=true>
AUDIENCIAS PROVINCIALES
Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 13ª) de 18 de febrero de 2014 sobre el conflicto del derecho
al honor de una compañía aérea y la libertad de información. En esta sentencia se analiza el conflicto entre el derecho
al honor de la compañía área y la libertad de información, como consecuencia de los artículos publicados en un diario
digital, que contenía determinada información que, según la Audiencia, era inexacta e inveraz. Por tanto, entendió que
hubo intromisión ilegítima en el honor de la compañía aérea.
Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28ª) de 31 de marzo de 2014 sobre creación de programas P2P.
En este caso, diversas discográficas habían demandado a determinadas sociedades por la creación de varios programas
para la implantación de protocolos peer to peer, que se ponían a disposición del público a través de unas páginas webs,
donde se podían descargar. La parte demandante entiende que a través de estos programas se podían intercambiar
grabaciones musicales sujetas a propiedad intelectual. La Audiencia entiende que los demandados no intervienen en el
intercambio de archivos, que no pueden ser considerados como proveedores de servicios de internet, sujetos a la LSSI, y
que están al margen de la responsabilidad que pueda exigirse. En este sentido, los programas y las páginas webs avisaban
de la necesidad de respetar los derechos de propiedad intelectual.
Revista de los Estudios de Derecho y Ciencia PolíticaIDP Número 19 (Octubre, 2014) I ISSN 1699-8154
Eloi PuigEloi Puig
Jose R. Agustina
www.uoc.edu/idp
Universitat Oberta de Catalunya
147
Jurisprudencia
Eloi Puig
Eloi Puig
Patrícia Escribano
147
Cita recomendada
ESCRIBANO, Patricia (2014). «Jurisprudencia». IDP. Revista de Internet, Derecho y Política. Número
19, pág. 145-147. UOC. [Fecha de consulta: dd/mm/aa]
ojs/index.php/idp/article/view/n19-jurisprudencia/n19-jurisprudencia-es>
org/10.7238/idp.v0i19.2430>
Los textos publicados en esta revista están –si no se indica lo contrario– bajo una licencia Reco-
nocimiento-Sin obras derivadas 3.0 España de Creative Commons. Puede copiarlos, distribuirlos y
comunicarlos públicamente siempre que cite a su autor y la revista y la institución que los publica
(IDP. Revista de Internet, Derecho y Política; UOC); no haga con ellos obras derivadas. La licencia
completa se puede consultar en http://creativecommons.org/licenses/by-nd/3.0/es/deed.es.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR