ACUERDO DE 28 DE JULIO DE 1997, de la Comision permanente del Consejo general del Poder judicial, por el que se dispone la Publicacion de los Ficheros de Datos jurisdiccionales relativos a la Solvencia patrimonial de Personas incursas en procedimientos penales por delito existentes en el decanato de los Juzgados de Santander.

MarginalBOE-A-1997-21258
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejo General del Poder Judicial
Rango de LeyAcuerdo

El artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, determina las normas por las que se ha de regir la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de datos de las Administraciones Públicas. A fin de dar cumplimiento al expresado mandato legal en lo que se refiere a los ficheros automatizados gestionados por el Decanato de los Juzgados de Santander y de asegurar a los afectados el ejercicio de sus legítimos derechos, todo ello de conformidad con lo dispuesto además en el Título V del Reglamento número 5/1995, de 7 de junio, de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha adoptado el Acuerdo de ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Cantabria», de los ficheros de datos jurisdiccionales relativos a la solvencia patrimonial de personas incursas en procedimientos penales por delito existentes en el Decanato de los Juzgados de Santander que se relacionan en el anexo al presente Acuerdo.

Madrid, 28 de julio de 1997.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

DELGADO BARRIO

ANEXO

En el Decanato de los Juzgados de Instrucción de Santander existe un fichero automatizado de datos jurisdiccionales relativos a la solvencia patrimonial de imputados, en el que se procesan y contienen datos de carácter personal de acuerdo con la siguiente regulación:

  1. Responsable: Decanato de los Juzgados de Instrucción de la ciudad de Santander.

  2. Finalidad: Almacenar datos de carácter personal sobre la solvencia patrimonial de personas incursas en procedimientos penales por delito, con objeto de adecuar la imposición de penas de multa prevista en los artículos 50 a 53 del Código Penal así como la tramitación de piezas de responsabilidad pecuniaria, en general, a fin de evitar que por cada uno de los Juzgados de Instrucción de dicha ciudad se reclamen repetidamente datos referentes a las mismas personas sobre la solvencia patrimonial a los órganos encargados de suministrarlos (Agencia Tributaria, Ayuntamientos, etc). Finalidad amparada en la mejor organización de los servicios judiciales.

  3. Usos: Se utilizarán para la adecuación de penas de multa conforme a los artículos 50.5, 51, 52.2 y 125 del Código Penal. Asimismo, se utilizará para la tramitación de las correspondientes piezas de responsabilidad civil derivada...

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